picture_as_pdf 2011-10-27

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 204


Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA TRADICIONAL DE SANTA FE MES DE NOVIEMBRE DE 2011

Emisiones: 3430, 3431, 3432 y 3433


VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente Nº 00302-0091440-7 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Dpto. Loterías y Preimpresos atento a las facultades conferidas por el Decreto 2480/09, eleva para su aprobación la programación de sorteos comunes de Lotería Tradicional de Santa Fe para el mes de Noviembre de 2011;

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de Quinientos Mil Pesos ($ 500.000) al precio de Treinta y Seis Pesos ($ 36) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de un Millón Trescientos Dos Mil Setecientos Noventa y Un Pesos con veinte centavos ($ 1.302.791,20), lo que representa el Sesenta con Treinta y Uno por Ciento (60,31%) sobre el total a emitirse de Sesenta Millares;

Que la Resolución de Dirección General Nro. 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento, Contable de la Caja y que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto N° 2688/78 y Decreto N° 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

Art. 1º) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones Nros. 3.430, 3.431, 3.432 y 3.433 de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse los días 05, 12, 19 y 26 de Noviembre de 2011 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3º Ley 25.917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas - Premios.

Art. 3º) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

Santa Fe, 19 de Octubre de 2011.

MONICA B. CALDERON

A/c Dirección General

Caja de Asistencia Social

Lotería de Santa Fe


EMISION


Partes por entero Millares Total emitido Premios

2 60 $ 2.160.000,00 $ 1.302.791,20

% s/emisión: 60,31%


PRECIO

ENTERO UNA PARTE

VALOR NOMINAL $ 36,00 $ 18,00

PROV. STA. FE C/IMP. $ 39,60 $ 19,80

OTRAS JURISDIC. C/IMP. $ 43,20 $ 21,60


SORTEOS

NUMERO FECHA PRESCRIPCION

3430 05-Nov-11 05-Dic-11

3431 12-Nov-11 12-Dic-11

3432 19-Nov-11 19-Dic-11

3433 26-Nov-11 26-Dic-11


PREMIOS

CANTIDAD UNA PARTE ENTERO TOTAL

1 premio de $ 250.000,00 $ 500.000,00 $ 500.000,00

1 premio de $ 25.000,00 $ 50.000,00 $ 50.000,00

1 premio de $ 15.000,00 $ 30.000,00 $ 30.000,00

1 premio de $ 10.000,00 $ 20.000,00 $ 20.000,00

1 premio de $ 7.500,00 $ 15.000,00 $ 15.000,00

5 premios de $ 5.000,00 $ 10.000,00 $ 50.000,00

10 premios de $ 2.500,00 $ 5.000,00 $ 50.000,00

600 premios 10 extrac. de 3 cifras $ 30,00 $ 60,00 $ 36.000,00

59 premios term. 3 c. del primer premio $ 30,00 $ 60,00 $ 3.540,00

540 premios term. 2 c. del primer premio $ 25,00 $ 50,00 $ 27.000,00

5400 premios term. 1 c. del primer premio $ 21,60 $ 43,20 $ 233.280,00

6666 premios progresión 9 en 9 $ 21,60 $ 43,20 $ 287.971,20

13285 premios por un total de $ 1.302.791,20


APROXIMACIONES

5% DEL PRIMER PREMIO

2 aprox. números anterior y posterior $ 2.000,00 $ 4.000,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $ 1.500,00 $ 3.000,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $ 1.000,00 $ 2.000,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $ 500,00 $ 1.000,00

Reserva para premios especiales $ 15.000,00

5% DEL SEGUNDO PREMIO

2 aprox. números anterior y posterior $ 750,00 $ 1.500,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $ 500,00 $ 1.000,00

5% DEL TERCER PREMIO

2 aprox. números anterior y posterior $ 450,00 $ 900,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $ 300,00 $ 600,00


Progresión: Si al billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 6, 7 u 8 el importe de un premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de aquel (50% a la anterior y 50% a la posterior).

S/C 7266 Oct. 27

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RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 205


Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA CHICA DE SANTA FE

Emisiones: 718, 719, 720 y 721

Mes: Noviembre 2011


VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente Nº 00302-0091439-3 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Dpto. Loterías y Preimpresos atento a las facultades conferidas por el Decreto 2480/09, eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería Chica de Santa Fe proyectados para el mes de Noviembre de 2011.

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de Quince Mil Pesos ($ 15.000), al precio de Cuatro Pesos con Cincuenta y Cinco centavos ($ 4,55) cada billete, sin perjuicio del impuesto que fija la Ley de Sellos;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de Veintisiete Mil Quinientos Sesenta Pesos ($ 27.560,00) por emisión, lo que representa el sesenta con cincuenta y siete por ciento (60,57%) sobre el total a emitirse de diez (10) millares, siendo su fraccionamiento de una sola parte;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja;

Que la partida presupuestaría correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los sorteos establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. Del artículo 2do. del Decreto Nº 2688/78 y Decreto Nº 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

Art. 1º) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 718, 719, 720 y 721 de Lotería Chica de Santa Fe, a realizarse los días 05, 12, 19 y 26 de Noviembre de 2011 por medio de las extracciones de la Lotería Tradicional de Santa Fe en la fecha respectiva y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º) El gasto que demande la gestión de referencia deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3º Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas - Premios.

Art. 3º) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

Santa Fe, 19 de Octubre de 2011.

MONICA B. CALDERON

A/c Dirección General

Caja de Asistencia Social

Lotería de Santa Fe


PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE: NOVIEMBRE DE 2011


PRECIO DEL BILLETE ENTERO

VALOR NOMINAL $ 4,55

PROV. STA. FE C/IMP. $ 5,00

OTRAS JURISDIC. C/IMP. $ 5,50


SORTEOS

NUMERO FECHA PRESCRIPCION

718 05-Nov-11 05-Dic-11

719 12-Nov-11 12-Dic-11

720 19-Nov-11 19-Dic-11

721 26-Nov-11 26-Dic-11


PREMIOS ENTERO TOTAL

A LAS 4 CIFRAS

1 premio de $ 15.000,00 $ 15.000,00

1 premio de $ 1.250,00 $ 1.250,00

1 premio de $ 750,00 $ 750,00

1 premio de $ 500,00 $ 500,00

1 premio de $ 250,00 $ 250,00

A LAS 3 ULTIMAS CIFRAS

9 del primer premio $ 50,00 $ 450,00

9 del segundo premio $ 30,00 $ 270,00

9 del tercer premio $ 25,00 $ 225,00

9 del cuarto premio $ 20,00 $ 180,00

9 del quinto premio $ 15,00 $ 135,00

A LAS 2 ULTIMAS CIFRAS

90 del primer premio $ 10,00 $ 900,00

90 del segundo premio $ 9,00 $ 810,00

90 del tercer premio $ 8,00 $ 720,00

90 del cuarto premio $ 7,00 $ 630,00

90 del quinto premio $ 6,00 $ 540,00

A LA ULTIMA CIFRA

900 del primer premio $ 5,50 $ 4.950,00

1400 premios por un total de: $ 27.560,00

EMISION

Fraccionamiento Millares Total emitido Premios

1 parte 10 $ 45.500 $ 27.560,00

% s/emisión: 60,57%

S/C 7267 Oct. 27

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


LLAMADO A CONCURSO


De conformidad con lo establecido por el artículo N° 10° del Decreto N° 2623/09, Resolución N° 0260/010 y atento a lo obrado en el Expte- Nº 02001-0004663-8, el Presidente del Consejo de la Magistratura resuelve: Convócase a concurso de oposición, antecedentes y entrevista para cubrir la siguiente vacante definitiva:

HELVECIA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL

Miembros integrantes del Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica: Por la lista única conformada por profesionales de las Universidades Nacionales y Colegios de Abogados de la Provincia en reemplazo del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial conforme Resolución del Pte. Del Consejo N° 101/10- Titular Dr. Juan Pablo Orquera y suplente: Dr. Dalmacio Chavarri. Por las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales – Titular: Dra. Sandra Frustagli y Suplente: Dr. Omar Barbero. Por los Colegios, de Abogados de la Provincia — Titular: Dra. Rita Porteiro y Suplente: Dr. Pablo Nirich -

Miembros integrantes de Cuerpo Colegiado Entrevistador: Por la lista única conformada por profesionales de las Universidades Nacionales y Colegios de Abogados de la Provincia en reemplazo del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder judicial conforme Resolución del Pte. Del Consejo N° 101/10-Titular: Dr. Carlos Hernández y Suplente: Dr. Edgardo D’ Agostino. Por las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales.- Titular Dra. Mirta H. Mangione Muro y Suplente: Dr. Ernesto Granados. Por los Colegios de Abogados de la Provincia - Titular: Dra. Liliana Urrutia y Suplente: Dr. Jorge Marks.

Plazo de Inscripción: 15 días hábiles. Fecha de inicio de inscripción: Martes 02 de Noviembre de 2011 a las 08,00 hs. hasta las 12,00 hs- del día martes 22 de noviembre de 2011.

Procedimiento de Inscripción: Los interesados deberán completar el formulario de inscripción en el sitio web del Consejo de la Magistratura; www.portal.santafe.gov.ar > Ministerio de Justicia y Derechos Humanos > Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales. Una vez completo el formulario de inscripción digital deberá entregar en la sede del Consejo de la Magistratura - Amenábar 2689 (3.000 Santa Fe) o en la Delegación Rosario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Santa Fe 1950 en horario de 08.00 a 12.00 hs, el formulario adjunto en el mismo sito web que imprimirá y llenará de acuerdo al instructivo que lo acompaña, dentro del plazo de inscripción fijado para este concurso.

No se recibirán solicitudes luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la inscripción.

S/c 7257 Oct. 27 Oct. 31

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS


RESOLUCION GENERAL Nº 019/11 – API


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 20 OCT 2011

VISTO:

El Expediente N° 13301-0216449-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se tramita la implementación de un servicio web que permita a los contribuyentes y/o responsables obtener una constancia de cumplimiento fiscal para participar en cualquier licitación y/o contratación con el Estado Provincial; y,

CONSIDERANDO:

Que el Código Fiscal (t.o. 1997 y modificatorias) en su artículo 131 determina que las personas o entidades incluidas en el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia de Santa Fe, deberán solicitar su inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y que no se le abonarán órdenes de pago sin que el interesado justifique el cumplimiento de las obligaciones emergentes en las condiciones, formas, requisitos y plazos que disponga esta Administración Provincial de Impuestos;

Que la Ley 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado en su artículo 141 determina que pueden contratar con el Sector Público Provincial No Financiero todas las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas en dicho artículo. Entre ellas el inciso f) refiere a las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones impositivas y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación;

Que esta Administración Provincial de Impuestos ha evaluado la necesidad de implementar una aplicación informática, tendiente a facilitar a los contribuyentes y/o responsables que participen en cualquier licitación y/o contratación con el Estado Provincial la obtención de una constancia de cumplimiento de sus obligaciones tributarias;

Que para lograr dicho objetivo, este Organismo ha desarrollado una aplicación informática que permitirá, -ingresando al sitio web disponible en la página de la Provincia de Santa Fe, mediante la CUIT y la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos- gestionar la constancia con la cual podrá acreditar, en primera instancia, que ha dado cumplimiento con la presentación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Planes de Facilidades de Pagos y Agentes de Retención, Percepción y /o Recaudación al momento que es solicitada;

Que en función a lo expresado en el párrafo anterior y aún obteniendo la constancia de cumplimiento fiscal en los conceptos tributarios mencionados, se busca la implementación y puesta en marcha de un sistema con una concepción integradora de los datos del contribuyente que permita evaluar el comportamiento y cumplimiento fiscal del mismo en todos los tributos que resulte titular en la provincia de Santa Fe;

Que se busca agilizar los tiempos que demandan las gestiones personales en dependencias del Organismo, como los tiempos administrativos que éstas insumen para su análisis;

Que para completar el circuito de emisión y dar certeza a la vigencia de la constancia, el receptor deberá obtener un reporte desde la página web www.santafe.gov.ar – Impuestos – Impuesto sobre los Ingresos Brutos – sistema “Constancia de Cumplimiento Fiscal – Consulta” que indicará el estado en que se encuentra la misma;

Que, asimismo, se permitirá el acceso para verificar la vigencia de la constancia de cumplimiento otorgada como también el estado en que se encuentra la misma;

Que la aplicación fue desarrollada por esta Administración Provincial de Impuestos a través de la Sectorial de Informática, dependiente de la Dirección General de Coordinación, con la participación en las definiciones técnicas de las áreas operativas de las Administraciones Regionales y la Subdirección de Seguridad de Información;

Que la presente se dicta en uso de la facultades conferidas por los artículos 13, 15 y cc. del Código Fiscal (t.o. 1997 y modificatorias);

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica mediante Informe Nº 651/2011 de fs. 11, no encontrando observaciones de índole legal que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Créase la “Constancia de Cumplimiento Fiscal” que deberán presentar los contribuyentes y/o responsables que participen en compras, licitaciones, contrataciones y/o cualquier otra gestión con el Estado Provincial, en el marco de las disposiciones legales vigentes, cualquiera sea la jurisdicción o ente de la provincia que las lleven a cabo, la que podrá ser presentada ante cualquier organismo Estatal, Nacional, Provincial, Municipal y/o Comunal que lo requiera.

ARTICULO 2°- Apruébese el sistema informático denominado “SOLICITUD DE CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL” que será utilizado por los contribuyentes y/o responsables para obtener la constancia aprobada en el artículo 1° de la presente resolución y mediante el cual se verificará que los mismos hayan cumplido, a la fecha de solicitud, con las siguientes obligaciones:

La presentación y pago de las Declaraciones Juradas correspondientes a los anticipos mensuales por los períodos fiscales no prescriptos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

El pago de las cuotas de los Planes de Facilidades de Pagos formalizados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La presentación y pago de las Declaraciones Juradas correspondientes a los períodos fiscales no prescriptos de aquellos responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que actúan como Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación.

ARTICULO 3°- El servicio habilitado por el artículo 2° se encontrará disponible durante los trescientos sesenta y cinco (365) días del año en la página web de esta Administración Provincial de Impuestos ingresando al sitio www.santafe.gov.ar – IMPUESTOS – IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS – SOLICITUD DE CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL.

ARTICULO 4°- Los contribuyentes y/o responsables deberán habilitar en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP- el servicio API – SANTA FE – SOLICITUD DE CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL.

A fin de acceder a la aplicación deberán utilizar para su identificación la clave única de identificación tributaria (CUIT) y la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual será autenticada por dicho Organismo en cada oportunidad que ingresen a la misma.

Cumplimentados los datos requeridos, el sistema mostrará distintas pantallas donde se deberá consignar la información que hace al requerimiento que se tramita.

Una vez confirmada la presentación y verificado lo previsto en el artículo 2°, se obtendrá la constancia.

ARTICULO 5°-La constancia de cumplimiento no será emitida cuando se registren inconsistencias en bases de datos vinculadas, entre otras:

Falta de presentación de la/s declaración/es jurada/s correspondiente/s a el/los anticipo/s del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Falta de pago de la/s declaración/es jurada/s correspondiente/s a el/los anticipo/s del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Falta de presentación y pago de la/s declaración/es jurada/s correspondiente/s a los responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que actúan como Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación.

Falta de pago de la/s declaración/es jurada/s correspondiente/s a los responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que actúan como Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación.

Falta de pago de cuota/s de Planes de Facilidades de Pagos por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, o que estos se encuentren caducos o en condiciones de caducidad.

Que se encuentre en Quiebra o se registren Apremios impagos.

Inconsistencias en base de datos: No se encontraron cuentas para esa CUIT, Posee más de una cuenta Activa, Número de Inscripción no Activo e Inscripto como no contribuyente.

ARTICULO 6°- No obstante la emisión de la constancia vía electrónica, la Administración Provincial de Impuestos verificará el cumplimiento de la totalidad de los tributos en los cuales se encuentren inscriptos y/o resulten responsables los contribuyentes que inician el trámite de solicitud de la Constancia de Cumplimiento Fiscal.

ARTICULO 7°- Dispónese para las jurisdicciones o entes detallados en el artículo 1º la obligación de verificar el estado de la constancia de cumplimiento al momento de ser presentada por el contribuyente y/o responsable para la participación de la gestión que se lleve a cabo.

ARTICULO 8°- La constancia de cumplimiento fiscal será verificada a través de la página web mediante el servicio Constancia de Cumplimiento Fiscal – Consulta, donde se consignará el estado “vigente”, “vencida” o “bloqueada”, obteniendo una constancia de la situación a ese momento para ser agregada a la actuación administrativa que se tramita.

Este servicio estará disponible en la página web www.santafe.gov.ar ingresando a: Impuestos – Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Constancia de Cumplimiento Fiscal-Consulta y se deberá ingresar la CUIT, el Número de Inscripción y la imagen solicitada.

ARTICULO 9°- La “Constancia de Cumplimiento Fiscal” tendrá una vigencia y validez de CIENTO VEINTE (120) días corridos, contados a partir del día de su emisión, inclusive.

Dicha validez se suspenderá en la medida que se constaten incumplimientos tributarios. La dependencia actuante de este Organismo notificará al interesado y procederá a marcar en el sistema el estado “Bloqueada”.

Cuando el contribuyente y/o responsable comunique que ha regularizado la situación que dio origen a la suspensión -Bloqueo- se procederá a activar nuevamente la constancia –Desbloqueo- desde la fecha emitida originalmente, situación que se comunicará mediante correo electrónico.

Finalizado el plazo de vigencia de una Constancia que fue bloqueada, sin que el contribuyente haya subsanado las inconsistencias que dieron origen a la observación, el sistema rechazará automáticamente su ingreso para solicitar una nueva Constancia.

ARTICULO 10°- La constancia generada por el sistema, que como Anexo I forma parte de la presente, contendrá como mínimo la siguiente información:

a) Apellido y nombres, razón social o denominación de los contribuyentes y/o responsables y Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

b) Número de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

c) Domicilio Fiscal.

d) Código y descripción de la/s actividad/es declarada/s.

e) Fecha de inicio de actividad.

f) Fecha de validez.

Durante la vigencia de una constancia no se podrá solicitar otra. El contribuyente y/o responsable podrá reimprimir la misma, ingresando al sistema aprobado en el artículo 2°.

ARTICULO 11°- El sistema informático aprobado constituye un servicio que se pone a disposición de los contribuyentes y/o responsables y no conculca, en modo alguno, las facultades de esta Administración Provincial de Impuestos de realizar las verificaciones que se crean convenientes, en el momento que se considere oportuno, a fin de constatar la real situación fiscal del contribuyente y en su caso efectuar las determinaciones impositivas pertinentes.

ARTICULO 12°- Apruébese el Anexo I que forma parte de la presente.

ARTICULO 13°- La presente Resolución tendrá vigencia desde el 1º de Noviembre de 2011 inclusive, quedando sin efecto toda otra disposición que se oponga a la misma.

ARTICULO 14°- La Subdirección de Secretaría General procederá a comunicar los términos de la presente a todos los Ministerios, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos, Empresas del Estado Provincial y al Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTICULO 15º - Invítase a las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe a adoptar, en cuanto fuere aplicable y en el marco de su competencia, las disposiciones de la presente resolución, requiriendo para sus gestiones de compras y contrataciones la Constancia de Cumplimiento Fiscal.

ARTICULO 16º- Autorízase a la Dirección General de Coordinación a comunicar fehacientemente a las Municipalidades y Comunas la vigencia de la presente resolución general.

ARTICULO 17°- Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

C.P.N. JOSE DANIEL RAFFIN

Administrador Provincial de Impuestos


ANEXO I

CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL


Resolución General Nº XX/ 2011 – API

Constancia Nº Trámite Válido CUIT Nro. de

hasta Inscrip

Contribuyente (Apellido y Nombres, denominación o razón social):

Domicilio Fiscal:

Actividad/es (Código – Descripción)

Esta Constancia de Cumplimiento Fiscal se emite conforme a los términos del Artículo 2º de la Resolución General Nº XX/2011 y podrá ser presentada por el contribuyente en las gestiones de compras, licitaciones, contrataciones y/o cualquier otra gestión con el Estado Provincial, en el marco de las disposiciones legales vigentes, cualquiera sea la jurisdicción o ente de la provincia que las lleven a cabo o ante cualquier organismo Estatal Nacional, Provincial, Municipal y/o Comunal que lo requiera.

La presente tiene una vigencia de CIENTO VEINTE (120) días corridos, contados a partir del día de su emisión inclusive, y sólo tiene VALIDEZ si el receptor cuenta, al momento de evaluar su adjudicación o el cumplimiento de los requisitos administrativos exigidos por dichos organismos, con el reporte: “VIGENTE”, obtenido desde la página web www.santafe.gov.ar - Impuestos - Impuestos sobre los Ingresos Brutos - “Constancia de Cumplimiento Fiscal – Consulta”.

La emisión de la Constancia se realiza sin perjuicio de las facultades de esta Administración Provincial de Impuestos de realizar las verificaciones que se crean convenientes -en el momento que se considere oportuno- a fin de constatar la real situación fiscal del contribuyente y, en su caso, efectuar las determinaciones impositivas pertinentes.

SANTA FE,

S/C 7271 Oct. 27

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MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


RESOLUCION Nº 000940


Santa Fe, 24 de octubre de 2011

VISTO:

El Expediente Nº 01501-0054901-6, del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

que mediante las presentes actuaciones se propicia el Llamado a Concurso para cubrir el cargo Categoría 09 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, correspondiente a la Dirección General de Deportes de la Subsecretaría de Desarrollo Deportivo de este Ministerio;

que el Decreto Nº 1729/09, homologatorio del Acta Paritaria Central N° 5, reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de los Concursos” del Escalafón General, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concurso;

que la mencionada Categoría se encuentra vacante y corresponde a un cargo cuya función es esencial para el normal funcionamiento de la Subsecretaría de referencia;

que a los efectos de la cobertura definitiva del mismo, corresponde llevar a cabo el Llamado a Concurso interno, el cual se efectivizará bajo el nuevo Régimen de Concursos establecido por el citado Decreto;

que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han asumido la participación que por la normativa les corresponde;

que las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Jurídicos han tomado debida intervención;

que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Llamar a concurso para cubrir el cargo Categoría 09 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, correspondiente a la Dirección General de Deportes de la Subsecretaría de Desarrollo Deportivo de este Ministerio.

ARTÍCULO 2°: La descripción del puesto y determinación del perfil solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles se encuentran detallados en el Anexo I. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de esta resolución.

ARTÍCULO 3°: Establecer que en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica y de la entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese, según lo establecido en el Artículo 92° del texto actualizado del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y archívese.

Dr. Pablo G. Farías

Ministro de Desarrollo Social

ANEXO I

Jurisdicción: Ministerio de Desarrollo Social.

Cargo a cubrir: Categoría 9 - Agrupamiento Administrativo - Director General de Deportes.

Organismo: Subsecretaría de Desarrollo Deportivo.

Lugar de prestación de servicios: Bv. Gálvez Nº 1228 de la ciudad de Santa Fe -Departamento La Capital-.

Cantidad de puestos a cubrir: Uno (1).

Horario de trabajo: Según reglamentación vigente.

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

*Asesorar y asistir a la Superioridad en temas relacionados con las políticas generales del Estado que se establezcan, como así también con el Deporte Federado, Comunitario y Escolar coordinando con otras áreas del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal para un mejor aprovechamiento de recursos, según la Ley Provincial del Deporte Nº 10.554.

*Planificar la elaboración de programas de apoyo al deporte y el posterior seguimiento de su desarrollo por parte de las áreas afectadas, en lo que hace a infraestructura deportiva y perfeccionamiento de dirigentes, técnicos, entrenadores y de-portistas.

*Coordinar con los dirigentes deportivos de la provincia pautas para detectar necesidades del deporte en cuanto a infraes-tructura deportiva y recursos humanos.

*Planificar programas de participación de la comunidad en actividades deportivas.

*Dar pautas para la coordinación de tareas entre las distintas áreas técnicas de la Subsecretaría de Desarrollo Deportivo para un mejor funcionamiento.

*Aconsejar al Subsecretario sobre estrategias a llevar a cabo para el cumplimiento de los objetivos de la Unidad de Organi-zación, conforme a las normativas en vigencia.

*Promover la difusión de la información referida a los progresos deportivos, de prevención de la salud, organismos o depen-dencias a su cargo.

*Coordinar con la Subdirección General de Deportes para promover acciones tendientes a la capacitación del personal.

*Intervenir, asesorar y elaborar con la Subdirección General de Deportes el proyecto de presupuesto anual, el que será apro-bado y ejecutado por la autoridad competente.

*Asesorar a la Superioridad sobre la inversión de fondos del organismo en lo que hace a la ejecución de programas deporti-vos.

CONOCIMIENTOS

1) Conocimiento de la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:

a) De la organización del Estado:

*Ley Nº 12817 - Ley de Ministerios.

b) Del Personal:

*Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial - Ley Nº 8525.

*Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial - Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

*Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias - Decreto Nº 1919/89 y modificatorios.

*Decreto Nº 0291/09.

c) Del trámite y la gestión:

*Conocimiento sobre reglamentación de actuaciones administrativas (Decreto-Acuerdo

Nº 10204/58) y normas sobre la confección y análisis de actos administrativos o normas legales (Decreto Nº 916/08).

*Conocimientos sobre Ley Nº 12510 y Decreto Ley Nº 1757/56 y modificatorias.

*Decreto Nº 0027/93 - Trámites muy urgentes.

*Resoluciones Nros. 07/06 y 021/08 del Honorable Tribunal de Cuentas.

2) Conocimiento general de la normativa inherente a la Unidad de Organización:

*Ley Nacional Nº 20.655/74 de Fomento y Desarrollo del Deporte.

*Ley Provincial Nº 10.554/90 de Promoción y Fiscalización del Deporte y su Decreto Reglamentario Nº 2511/94.

3) Conocimientos técnico específicos:

*Manejo de Internet, correo electrónico.

*Conocimiento avanzado de Word.

*Conocimiento y experiencia en redacción administrativa (Disposiciones, Memos, Notas).

*Manejo del Sistema Provincial de Administración Financiera (SIPAF).

*Conocimiento del Sistema de Información de Expedientes de la Provincia (SIE).

REQUISITOS, ESTUDIOS Y/O EXPERIENCIA

*Título: Secundario (Excluyente). Preferentemente con estudios superiores.

CARACTERÍSTICAS PERSONALES

*Trato amable y respetuoso.

*Liderazgo para el cambio.

*Pensamiento estratégico, habilidad analítica.

*Marcada capacidad de trabajo y de gestión.

*Profunda responsabilidad y compromiso.

*Integridad, honestidad y ética.

*Iniciativa, creatividad e innovación.

*Orientación al trabajo por resultados.

*Capacidad para la resolución de problemas.

*Capacidad para la integración y conformación de equipos de trabajo multidisciplinarios.

ANEXO II

COMPOSICIÓN DEL JURADO

El Jurado estará integrado para el cargo concursado, de la siguiente manera:

Presidente: Señor Subsecretario de Desarrollo Deportivo, Lic. PABLO CATÁN.

Titulares:

1) Señor Secretario de Administración Financiera Institucional del Ministerio de Economía, C.P.N. PABLO ANDRÉS OLIVARES.

2) Señor Director General de la Función Pública del Ministerio de Economía, DR. FRANCISCO BERRAZ MONTYN.

3) Señora Secretaria de Desarrollo para la Ciudadanía, LIC. PATRICIA GIURICICH.

4) Señora Secretaria de Inclusión Social, LIC. SILVIA HICKMANN.

5) Señora MÓNICA PAYA - UPCN.

6) Señor HUGO RODRIGUEZ- UPCN.

7) Señor PEDRO AIZEMBERG - UPCN.

8) Señora NORMA QUIÑONEZ - ATE.

Suplentes:

1) Señor Subsecretario de Gasto Público del Ministerio de Economía, C.P.N. CLAUDIO CICARÉ.

2) Señora Directora General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, C.P.N. MÓNICA TRIBOLO DE BATTISTELLA.

3) Señor Subsecretario Legal y Técnico, Dr. FABIO MUDRY.

4) Señora Subsecretaria de Administración, ADRIANA BONELLI.

5) Señor ALEJANDRO ROMERO - UPCN.

6) Señora MARÍA EVA LÓPEZ - UPCN.

7) Señor ENRIQUE MELNIK - UPCN.

8) Señora MARÍA SUSANA FIGUEROA - ATE.

LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Subsecretaría de Desarrollo Deportivo -Mesa de Entradas, sita en Bv. Gálvez Nº 1228 -Planta Baja- de la ciudad de Santa Fe.

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción del Portal de la Página Web Oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8.00 horas a 12.00 horas.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10052 y modificatorias.

El llamado a concurso se difundirá durante diez (10) días hábiles a partir de la apertura de la inscripción, la que permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en el Portal de la Página Web Oficial de la Provincia.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Desarrollo Social en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

Presentación de la documentación

Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta cinco (5) días habiles después de su finalización, lo que abarca el plazo que va desde el día 26 de octubre de 2011 y hasta el día 16 de noviembre de 2011 o día hábil posterior, en el horario de 8.00 horas a 12.00 horas.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: Del 17 de noviembre de 2011 al 21 de noviembre de 2011.

Lugar: Subsecretaría de Desarrollo Deportivo, Salón Auditorio, sito en Bv. Gálvez Nº 1228 -Primer Piso- de la ciudad de Santa Fe.

Hora: A partir de las 15.00 horas.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos de la siguiente manera:

PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5

Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: 23 de noviembre de 2011.

Lugar: Subsecretaría de Desarrollo Deportivo, Salón Auditorio -de acuerdo a la cantidad de inscriptos- sito en Bv. Gálvez Nº 1228 de la ciudad de Santa Fe.

Hora: A partir de las 15.00 horas.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: 28 de noviembre de 2011.

Lugar: Subsecretaría de Desarrollo Deportivo, Salón Auditorio, sito en Bv. Gálvez Nº 1228 -Primer Piso- de la ciudad de Santa Fe.

Hora: A partir de las 15.00 horas.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: 01 de diciembre de 2011.

Lugar: Subsecretaría de Desarrollo Deportivo, Salón Auditorio, sito en Bv. Gálvez Nº 1228 -Primer Piso- de la ciudad de Santa Fe.

Hora: A partir de las 15.00 horas.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación Psicotécnica 20%

Entrevista Personal 10%

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de mérito confeccionado en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

S/C 7276 Oct. 27 Oct. 31

__________________________________________


SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE


RESOLUCION 103


Santa Fe, 25 de octubre de 2011

VISTO:

El expediente Nº 02101-0012210-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 1º Inciso 17) de la Resolución Nº 83/08 ampliada por su similar Nº 498/09, ambas emanadas del Ministerio de Aguas Servicios Públicos y Medio Ambiente, se delega en el Secretario de Medio Ambiente las facultades necesarias para la realización de la Audiencia Pública de Pesca;

Que según lo establecido en los artículos 12º y 13º de la Ley Nº 11.717, artículo 6º párrafo 3º de la Ley Nº 12.212 y artículo 26º de la Ley Nº 12.817, se ordena a la ex Secretaría de Estado de Medio Ambiente, hoy Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente a través de su Secretaría de Medio Ambiente, la realización de la Audiencia Pública anual de Pesca;

Que mediante el Anexo I de la presente resolución, se establecen normas de procedimientos, a los efectos de la convocatoria y funcionamiento de la Audiencia Pública de Pesca;

Que conforme al Punto 2 del anexo mencionado en el considerando precedente, resulta necesaria la designación del Presidente, Secretaria de Actas y Moderadora de la Audiencia Pública de Pesca;

Que obran como antecedentes, la Resolución Nº 652 del 3 de noviembre de 2008, emanada del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, la Resolución Nº 0092 del 6 de noviembre de 2008, la Resolución Nº 139 del 7 de diciembre de 2009 y su modificatoria Nº148 del 30 de diciembre de 2009 emanadas de la Secretaría de Medio Ambiente;

Que la competencia en la materia surge de lo establecido en las .Leyes Nº 11.717 y Nº 12.212, Nº 12.817, su Decreto Reglamentario Nº 0025/07 y artículo 1º inciso 17 de la Resolución Nº 0083/08, ampliada por su similar Nº 0498/09, ambas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Convocar a la Audiencia Pública Anual de Pesca para el 7 de diciembre de 2011 en el horario de 09.00 a 12.00 horas en el domicilio de la Universidad Católica de Santa Fe, sito en calle Echague Nº 7150 , de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar las normas de procedimientos para la Audiencia Pública de Pesca que como Anexo I, forma parte de la presente.

ARTICULO 3º.- Designar como Presidente de la Audiencia Pública referida en el artículo primero del presente decisorio, al señor Subsecretario de Recursos Naturales, Lic. Néstor Ricardo Biasatti.

ARTICULO 4º.- Designar como Secretaria de Actas de la Audiencia Pública referida en el artículo primero del presente decisorio a la señora Directora General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Medio Ambiente, Lic. Mónica Mussetti.

ARTÍCULO 5º.- Designar como Moderadora de la Audiencia Pública referida en el artículo primero de la presente a la Directora General de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales del Ministerio de

Justicia y Derechos humanos, Lic. Nilda Santoro.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

César Mackler

Secretario de Medio Ambiente

ANEXO I

CONVOCATORIA AUDIENCIA PÚBLICA ANUAL DE PESCA

1.- DE LA CONVOCATORIA

- Se convoca a la Audiencia Pública Anual de Pesca, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Nº 12.212, artículo 6º) y bajo las prescripciones de la Ley Provincial Nº 11.717 y al solo efecto de abordar la problemática de la pesca en el contexto regional.

- La Audiencia reviste el carácter de obligatoria y no vinculante y se convoca en la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, en fecha y lugar especificados en el artículo primero de la presente.

- La convocatoria a la Audiencia Pública, será difundida por la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, conforme a los artículos 11º y 12º, cuarto párrafo del Decreto Nº 1.292/04.

- Los interesados deberán comunicar fehacientemente por escrito su intención de participar en la Audiencia Pública, consignando datos personales, domicilio, teléfono y/o mail e Institución a la que representan (si procede) a la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe (Patricio Cullen Nº 6161 de la ciudad de Santa Fe, institucionales@santafe.gov.ar; TE 0342-4579215). El Registro de Participantes se habilitará entre los 30 (treinta) y los 5 (cinco) días corridos previos a la realización de la Audiencia, y la inscripción será libre y gratuita.

- Asimismo, quien además de participar desee hacer uso de la palabra, deberá consignarlo para ser incluido en el Registro de Oradores y entregar, en el momento de la registración, copia escrita de los fundamentos de la exposición, a los fines de evaluar su pertinencia.

- Quienes participen en representación de personas jurídicas, deberán acreditar haber sido designados para representarlos en esta Audiencia, para tales fines. De no ser así, se considerará como intervención de un particular.

- El Registro de Oradores, será conformado de acuerdo al artículo 11º, párrafos 4º y 5º del Decreto Nº 1.292/04.

2.- DEL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA

- La Autoridad Convocante de la Audiencia, se reserva la potestad de resolver cualquier situación emergente de la misma que no haya sido considerada en estas normas de procedimientos y del Presidente de la Audiencia Pública, la potestad de resolver cualquier situación durante el desarrollo y no contemplada en la presente.

- Los participantes que se hayan registrado en el listado de oradores, podrán hacer uso del tiempo establecido para su exposición en forma oral, apoyada por material gráfico o audiovisual, sólo utilizado como accesorio o complementario del argumento oral. No se contempla la instancia de entrega de documentación o material escrito y/o gráfico, en cualquiera de sus variantes, sea a través de soporte papel o digital.

- Cada una de las partes intervinientes tiene el derecho de hacer uso de su tiempo para expresar fundadamente su opinión, pero no se contempla la instancia para el intercambio de opiniones ni el diálogo entre los distintos participantes. La Autoridad Convocante, deberá asegurar la provisión de los elementos y mecanismos necesarios para el normal funcionamiento de la Audiencia: Infraestructura adecuada al objetivo del evento, medios audiovisuales: micrófonos y PC con cañón para proyección de imágenes digitales, medios y personal afectados al registro de la información volcada en la Audiencia (filmación) y personal afectado a las tareas administrativas y asistencia a los expositores.

- La Autoridad Convocante tiene la obligación de recibir y registrar las diferentes opiniones de los participantes por medio de los mecanismos establecidos a tal efecto, pero no existe obligatoriedad alguna para acatar opiniones u objeciones vertidas en la Audiencia. Queda expresamente establecido que el ciudadano participa para que el presidente de la audiencia disponga de más información u opinión. La audiencia no habilita a los participantes a peticionar que los conceptos, iniciativas u opiniones volcadas durante la Audiencia sean adoptados para la posterior toma de decisiones, pero sí que la Autoridad Convocante fundamente su decisión en caso de rechazo.

- Si existiera impedimento real que condicione la realización de la audiencia, la Autoridad Convocante deberá arbitrar los medios para asegurar la reprogramación de la misma en los términos y condiciones fijados en el presente marco procedimental, en todos los casos promoviendo y facilitando la mayor participación de los interesados.

- Los términos de las etapas de convocatoria y desarrollo de la Audiencia Pública, revisten el carácter de Normas de Regulación, en un todo de acuerdo con el Capítulo IV- Mecanismos de Participación Comunitaria del Decreto Nº 1.292/04 (Reglamentación del Capítulo V- Artículos 12º y 13º de la Ley Nº 11.717).

3.- DE LOS RESULTADOS DE LA AUDIENCIA PÚBLICA:

- Se informará de los resultados de la Audiencia Pública, consignando fecha, hora, Presidente, Secretario, Oradores, participantes y se guardará copia de los registros:

Al Consejo Provincial Pesquero en las reuniones mensuales previa y próxima, por revestir el carácter de Audiencia Pública Anual en cumplimiento del artículo 6º de la Ley Nº 12.212.

Se publicará en el Boletín Oficial y en la página Web de la Provincia.

Se publicará en los mismos medios donde fuera publicada su convocatoria.

4.- DEL ARCHIVO:

- Toda la documentación producida en las tres (3) etapas anteriores, será archivada en la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Medio Ambiente.

5.- LA SECRETARÍA Y SEDE ADMINISTRATIVA

- Será ejercida por la Dirección General de Relaciones Institucionales dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente, quien tendrá la responsabilidad de las convocatorias, comunicaciones y resguardo de toda la documentación que demande el funcionamiento de la audiencia pública.

S/C 7277 Oct. 27

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ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

MIRTHA N. CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal Nº 2-F de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria del Dr. Luis Chede, se hace saber que en los autos caratulados: FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/Ceballos Nicolás Roque s/Ejecución Fiscal, Expte. Nº 54.238-F, Boleta de Deuda Nº 5336/10, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 16 de Noviembre de 2011, a las 14 horas, la que se llevará a cabo en el local cedido sito en Bv. Balcarce 946 de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situada en esta ciudad de Cañada de Gómez, Dpto. Iriondo, Pcia. de Santa Fe, en la manzana letra “H” del plano oficial al Norte de las vías férreas, designada con el Nº 6ª en el plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Agrimensor Enrique Pedro Silvani, archivado en el Dpto. Topográfico del Servicio de Catastro e Información Territorial, Regional Rosario, bajo el nº 70.936 del año 1972, se ubica en la esquina que forma la calle Pellegrini y el Boulevard Balcarce y mide 10,77 m. de frente al Oeste por 18,55 m. de fondo y frente al Norte, encierra una superficie total de 199,78 m2. y linda: al Oeste, con la calle Pellegrini; al Norte, con el Boulevard Balcarce; al Sud en Primo Arcangeli y al Este, con Helidoro Bigoglio. Inscripción Dominio Matrícula 14-2092 Dpto. Iriondo. Informe del Reg. Gral. de Propiedades. Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose hipotecas, pero si lo siguiente: Embargos: Presentación 329.763 del 27/04/2011 por $ 153.134,99 o/Juz. 1ª. Instancia de Dist. Civil, Comercial y Laboral 1ª. Nom. de Cda. de Gómez, autos Nuevo Banco de Santa Fe S.A. c/Ceballos Nicolás Roque s/Juicio Ejecutivo, Expte. Nº 1461/2010; y Presentación 347.974 del 21/06/2011 por $ 11.906,53 o/los presentes autos, e Inhibiciones: al Tº 122 I Fº 3397 Nº 328.889 del 21/04/2010 por $ 80.000 o/Juz. Distrito 16ª Nom. de Rosario, Expte. Nº 473/2010, autos Distribuidora A.G. S.R.L. c/Ceballos Nicolás Roque s/Inhibición Gral.; al Tº 122 I Fº 5633 Nº 346960 del 18/06/2010 por $ 16.500 o/Juz. Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Cda. Gómez, Expte. Nº 475/2010, autos Eichhorn Gustavo Gabriel c/Ceballos Nicolás Roque s/Ejecutivo; al Tº 122 I Fº 9197 Nº 391.121 del 02/11/2010 por $ 26.000 o/Juz. Distrito 13ª. Nom. de Rosario, Expte. Nº 978/2010, autos Moine Juan c/Miele Graciela y Otros s/Ejecutivo y al Tº 122 I Fº 9419 Nº 394.051 del 10/11/2010 por $ 25.610 o/Juz. Distrito 14ª. Nom. de Rosario, Expte. Nº 942/2010, autos Moine Juan José c/José G. Menendez y Cia. S.C. y Ot. s/Ejecutivo. Saldrá a la venta con la condición de “Ocupado”, según constancias de autos, siendo de aplicación para su desocupación el Art. 589 del C.P.C. y C.N., con la Base de $ 120.000. Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una 1ª. Retasa del 25% menos de la Base o sea $ 90.000 y de persistir la falta de oferentes por la 1ª. Retasa con una 2ª. Retasa del 50% de la Base o sea $ 60.000 y de persistir la falta de postores por la 2ª. Retasa la subasta se declarará desierta. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio de compra como seña, con más el 3% de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza. El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos. Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble y fotocopias de título de propiedad, a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptarán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador. Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de 3 días para la ratificación por la persona indicada, o en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. El inmueble será exhibido el día 14 de noviembre de 2011 de 10 a 12 horas. Informes Martillera Te. 0341-4402392 (de tarde). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el nº de C.U.I.T. del ejecutado es 20-13382325-6 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 11 de Octubre de 2011. Fdo. Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.

S/C 150167 Oct. 27 Oct. 28

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REMATE POR

JUANA M.B. ANGELONI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 1 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos Fisco Nacional (AFIP) C/Otro (Cuit 30-50256729-9) s/ejec. Fiscal Expte. 1516/08, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M.B. Angeloni (Cuit 27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día 4 de noviembre de 2011 a las 16 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, si llevara a cabo la subasta de los bienes embargados consistentes en vasos y copones de cristal fino, los que saldrán a la venta Sin Base y al mejor postor, a saber: desde lote 1 al 15: 1 docena de vasos Lauco (x lote), Lote 16 al 30: 1 doc. De vasos trago largo (x lote), Lote 31 al 45: 1 doc. De vasos trago corto (x lote), lote 46 al 60: 1 doc. De vasos wisky (x lote), Lote 61 al 56: 1 doc. Vasos Lauco, 1 doc. Vasos trago largo, 1 doc. Trago corto x 1 doc. Vasos wisky (x lote). Lote 66 al 72: 2 doc. De vasos Lauco (x lote), lote 73 al 79: 2 doc. De vasos trago largo (x lote); lote 80 al 86: 2 doc. De vasos trago corto (x lote), Lote 87 al 93: 2 doc. De vasos wisky (x lote), Lote 94 al 99: combo de 1 doc. Vasos lauco, 1 doc. Vasos trago largo, 1 doc. Trago corto y 1 doc. Vaso wisky (x lote). Lote 100 al 112: 1 doc. Copones blades Nº 4 (x lote) Lote 113 al 125: 1 doc. Copones blades Nº 5 (x lote), Lote 126 al 137: 1 doc. Copones blades nº 7 (x lote), Lote 138 al 140: 2 doc. Copones blades Nº 4 (x lote), lote 141 al 143: 2 doc. Copones blades Nº 5 (x lote), lote 144 al 147: 2 doc. Copones blades Nº 7 (x lote), lote 148 al 166: combo de 1 doc. Copones blades Nº 4, 1 doc. Copones blades Nº 5 y 1 doc. Copones Nº 7 (x lote), lote 167 al 176: combo de 2 doc. Copones blades Nº 4, 1 doc. Copones blades Nº 5 y 1 doc. Copones blades Nº 7 (x lote). Ver bienes en el lugar de depósito judicial sito en calle San Martín 1646 de San Carlos Centro, días y horarios libre y/o coordinar al 0342-154060858. Condiciones: quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el total del precio de compra, el I.V.A. y comisión de ley del martillero 10% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.2 ley 7547), todo al contado en efectivo y en pesos. El retiro de los bienes será por cuesta y cargo del comprador los días 7 y 8 de noviembre en el horario de 8 hs. a 16 hs. del lugar referenciado donde se encuentran en depósito judicial. Asimismo deberán conformarse con las constancias obrantes en autos no siendo admisible reclamo alguno luego de efectuado el remate. Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de Identidad. Santa Fe, octubre de 2011. Fdo. Hugo R. Medici, Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C 150407 Oct. 27 Oct. 28

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REMATE POR

JUANA M.B. ANGELONI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 1 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos Fisco Nacional (AFIP) C/Otro (Cuit 30-50256729-9) s/ejec. Fiscal Expte. 2642/09, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M.B. Angeloni (Cuit 27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día 4 de noviembre de 2011 a las 17 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, si llevará a cabo la subasta de los bienes embargados consistentes en copones de cristal fino, varios modelos los que saldrán a la venta Sin Base y Al Mejor Postor, a saber: desde lote 1 al 10: 1 docena de copones Rics, lote 11 al 20: 1 doc. De copones Ulises, Lote 21 al 30: 1 doc. De copones Rural, Lote 31 al 40: 1 doc. De copones Biggest, Lote 41 al 45: 2 doc. De copones Rics, lote 46 al 50: 2 doc. De copones Ulices, Lote 51 al 55: 2 doc. De copones Rural, Lote 56 al 60: 2 doc. De copones Biggest. Ver bienes en el lugar de depósito judicial sito en calle San Martín 1646 de San Carlos Centro, días y horarios libre y/o coordinar al 0342-154060858. Condiciones: quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el total del precio de compra, el I.V.A. y comisión de ley del martillero 10% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.2 ley 7547), todo al contado en efectivo y en pesos. El retiro de los bienes será por cuesta y cargo del comprador los días 7 y 8 de noviembre en el horario de 8 hs. a 16 hs. del lugar referenciado donde se encuentran en depósito judicial. Asimismo deberán conformarse con las constancias obrantes en autos no siendo admisible reclamo alguno luego de efectuado el remate. Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de Identidad. Santa Fe, octubre de 2011. Fdo. Hugo R. Medici - Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C 150405 Oct. 27 Oct. 28

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REMATE POR

JUANA M.B. ANGELONI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 1 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos Fisco Nacional (AFIP) C/Otro (Cuit 30-50256729-9) s/ejec. Fiscal Expte. 360/07, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M.B. Angeloni (Cuit 27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día 4 de noviembre de 2011 a las 17,30 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, si llevará a cabo la subasta de los bienes embargados consistentes copones de cristal fino, varios modelos los que saldrán a la venta Sin Base y Al Mejor Postor, a saber: Lote 1 al 17: 1 docena de copones Rics (x cada lote), lote 8 al 14: 1 docena de copones Ulices (x cada lote), Lote 15 al 21: 1 docena de copones Rural (x cada lote), lote 22 al 28: 1 docena de copones Biggest (x cada lote), lote 29: combo de 1 doc. De copones Rics, 1 doc. De copones ulices, 1 docena de copones Rural, 1 docena de copones Biggest, lote 30: Combo de 1 doc. De copones Rics, 1 doc. De copones Ulices, 1 docena de copones Rural, 1 docena de copones Biggest, lote 31 al 33: combo de 2 doc. De copones Rics (x cada lote), lote 34 al 36: 2 doc. De copones Ulices (x cada lote), Lote 37 al 39: combo de 2 doc. De copones Rural (x cada lote), lote 40 al 42: combo de 2 doc. De copones Biggest (x cada lote), Lote 43: Combo de 1 doc. De cop. Ulices, 1 doc. De cop. Rics y 1 doc. De cop. Biggest. Ver bienes en el lugar de depósito judicial sito en calle San Martín 1646 de San Carlos Centro, días y horarios libre y/o coordinar al 0342-154060858. Condiciones: quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el total del precio de compra, el I.V.A. y comisión de ley del martillero 10% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.2 ley 7547), todo al contado en efectivo y en pesos. El retiro de los bienes será por cuesta y cargo del comprador los días 7 y 8 de noviembre en el horario de 8 hs. a 16 hs. del lugar referenciado donde se encuentran en depósito judicial. Asimismo deberán conformarse con las constancias obrantes en autos no siendo admisible reclamo alguno luego de efectuado el remate. Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de Identidad. Santa Fe, octubre de 2011. Fdo. Hugo R. Medici Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C 150401 Oct. 27 Oct. 28

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REMATE POR

JUANA M.B. ANGELONI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 1 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos Fisco Nacional (AFIP) C/Otro (Cuit 30-50256729-9) s/ejec. Fiscal Expte. 1234/05, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M.B. Angeloni (Cuit 27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día 4 de noviembre de 2011 a las 18 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, si llevará a cabo la subasta de los bienes embargados consistentes copones de cristal fino, varios modelos los que saldrán a la venta Sin Base y Al Mejor Postor, a saber: desde Lote 1 al 7: 1 doc. De copones Rics, Lote 8 al 14: 1 doc. De cop. Ulices, Lote 15 al 21: 1 doc. De cop. Rural, Lote 22 al 28: 1 doc. De cop. Biggest, lote 29 al 31: 2 doc. De copones Rics, Lote 32 al 34: 2 doc. De cop. Ulices, Lote 35 al 37: 2 doc. De cop. Rural, lote 38 al 39: 2 doc. De cop. Biggest. Ver bienes en el lugar de depósito judicial sito en calle San Martín 1646 de San Carlos Centro, días y horarios libre y/o coordinar al 0342-154060858. Condiciones: quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el total del precio de compra, el I.V.A. y comisión de ley del martillero 10% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.2 ley 7547), todo al contado en efectivo y en pesos. El retiro de los bienes será por cuesta y cargo del comprador los días 7 y 8 de noviembre en el horario de 8 hs. a 16 hs. del lugar referenciado donde se encuentran en depósito judicial. Asimismo deberán conformarse con las constancias obrantes en autos no siendo admisible reclamo alguno luego de efectuado el remate. Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de Identidad. Santa Fe, octubre de 2011. Fdo. Hugo R. Medici Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C 150399 Oct. 27 Oct. 28

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