picture_as_pdf 2008-10-27

CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA


RECURSOS DE ORIGEN PROVINCIAL

MES: SETIEMBRE 2008

TRIBUTARIOS


RUBRO RECAUDACION

($)

11.2.0.00. Sobre el Patrimonio 24.463.108,60

11.2.3.00. Impuesto Inmobiliario 21.246.355,79

11.2.4.00. Patente Unica s/Vehículos 3.216.752,81

11.3.0.00. Sobre Producción, consumo y transacciones 232.317.951,33

11.3.5.00. Imp. de Sellos y tasas Ret. de Servicios 39.244.539,06

11.3.6.00. Impuesto s/los Ingresos Brutos 193.073.412,27

11.5.0.00. Otros Tributos 1.213.270,59

TOTALES 257.994.330,52


NOTAS:

PATENTE UNICA S/VEHICULOS: Corresponde al 10% de la recaudación conforme al mecanismo previsto en la Ley de Presupuesto vigente.

IMPUESTO INMOBILIARIO: Corresponde al 100% de la recaudación conforme al mecanismo previsto en la Ley de Presupuesto vigente.

IMPUESTO DE SELLOS: Total de Sellos Setiembre $ 39.251.634,06. Se deduce el importe de $ 7.095,00 correspondiente al mes de Setiembre - Reintegro Registro Civil por matrimonio fuera del Asiento - Ley Nro.12.229 Decreto Nro. 1.659 del 13 de Julio de 2006.

La Coparticipación de Ingresos Brutos e Impuestos Nacionales a las Municipalidades de la Provincia, fue realizada con los índices de Distribución Definitivos para el ejercicio 2007 y provisorios para el ejercicio 2008 aprobados por decreto Nº 0050/2008, que fue publicado en el Boletín Oficial Nro. 23.560 del 23/01/2008.

Para la Distribución del Impuesto Inmobiliario y Patente Unica sobre Vehículos los índices de Distribución fueron comunicados al Nuevo Banco de Santa Fe por Expedientes Nros. 00304 - 0005972-6 y 00304 - 0005971-5.

FUENTE: Ejecución de Recursos - Clasificación por Rubro Setiembre de 2008.

CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, Santa Fe


REGIMENES DE COPARTICIPACION DE IMPUESTOS NACIONALES

MES: SETIEMBRE 2008


CONCEPTO IMPORTES

A - COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS LEY Nº 23.548

ICOPARTICIPACION FEDERAL 401.416.533,58

IIAFECTACIONES -29.191.781,41

IIIRECAUDACION NETA DE AFECTACIONES (I - II) 372.224.752,17

B - OTROS REGIMENES DE COPARTICIPACION 107.818.473,90

CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, Santa Fe

Nota:

La Coparticipación de Ingresos Brutos e Impuestos Nacionales a las Municipalidades de la Provincia, fue realizada con los índices de Distribución, aprobados por decreto Nº 0050/2008, que fue publicado en el Boletín Oficial Nº 23.560 del 23/01/2008.


TRANSFERENCIAS

MES: SETIEMBRE 2008


RUBRO RECAUDACION

17.0.0.00. Transferencias Corrientes

24.119.303,70

17.1.0.00. Del sector Privado 0,00

17.1.2.00. De Instituciones Privadas sin Fines de Lucro 0,00

17.1.3.00. De Empresas Privadas 0,00

17.2.0.00. De La Administración Nacional 24.119.303,70

17.2.1.00. De Administración Central Nacional 24.058.053,70

17.2.2.00. De Instituciones Descentralizadas Nacionales 61.250,00

17.5.0.00. De Gobierno, Empresas e Instituciones Pcas. Pciales. 0,00

17.5.1.00. De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales 0,00

17.5.3.00. De Empresas Públicas no Financieras 0,00

17.6.0.00. Del Sector Externo 0,00

17.6.1.00. De Gob. Extranjeros 0,00

17.6.2.00. De Org. Internacionales 0,00

22.0.0.00. Transferencias De Capital 203.308,25

22.2.0.00. De La Administración Nacional 203.308,25

22.2.1 .00. De La Administración Central Nacional 203.308,25

22.5.0.00. De Gobiernos e Instituc. Pciales. y Municipales 0,00

22.5.1 .00. De Gobiernos, Inst. y Empresas Pcas. Pciales. 0,00

TOTALES 24.322.611,95

FUENTE : Ejecución de Recursos - Clasificación por Rubro Setiembre 2008.

CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, Santa Fe.

CPN MARIA CRISTINA GONNET

Contadora General de la Provincia a/c


EJERCICIO 2008

COEFICIENTES DEFINITIVOS

DISTRIBUCIÓN IMPUESTOS NACIONALES E INGRESOS BRUTOS PARA COMUNAS


NOMBRE COMUNA CÓDIGO ÍNDICE DE COPARTICIPACIÓN


0BOUQUET B010207 0,00246902

0MONTES DE OCA B010405 0,00452502

0TORTUGAS B010504 0,00372982

0AREQUITO B020107 0,00943702

0ARTEAGA 2 B020206 0,00453142

0BERABEVU B020305 0,00366982

0BIGAND-CASEROS B020404 0,00726742

0CHABAS B020503 0,00995782

0CHAÑAR LADEADO B020602 0,00789542

0GODEKEN B020701 0,00276582

0LOS MOLINOS B020800 0,00314742

0LOS QUIRQUINCHOS B020909 0,00406262

0SANDFORD B021006 0,00312662

0SAN JOSE DE LA ESQUINA B021105 0,00954102

0VILLADA B021204 0,00230182

0ALDAO B030106 0,00273702

0ANGELICA B030205 0,00265222

0ATALIVA B030304 0,00323222

0AURELIA B030403 0,00098502

0BAUER Y SIGEL B030502 0,00129222

0BELA ITALIA B030601 0,00195142

0BICHA B030700 0,00097462

0BIGAND-CASTELLANOS B030809 0,00087702

0CASTELLANOS B030908 0,00102582

0CLUCELLAS B031005 0,00256982

0COLONIA CELLO B031104 0,00113062

0COLONIA ITURRASPE B031203 0,00078262

0COLONIA RAQUEL B03130 0,00134502

0CORONEL FRAGA B031401 0,00124662

0EGUSQUIZA B031500 0,00133942

0ESMERALDA B031609 0,00154262

0ESTACION CLUCELLAS B031708 0,00170262

0EUSEBIA 2 B031807 0,00192982

0EUSTOLIA B031906 0,00085782

0FIDELA B032003 0,00093942

0GALISTEO B032201 0,00110502

0GARIBALD B032300 0,00125302

0HUGENTOBLER B032409 0,00080662

0HUMBERTO 1 B032508 0,00703862

0JOSEFINA B032607 0,00405222

0LEHMAN B032706 0,00406902

0MARGARITA B032805 0,00119542

0MARIA JUANA B032904 0,00671542

0MAUA B033001 0,00075862

0PRESIDENTE ROCA B033100 0,00192582

0PUEBLO MARINI B033209 0,00090262

0RAMONA B033308 0,00289622

0SAGUIER B033407 0,00131062

0SAN ANTONIO B033506 0,00114342

0SANTA CLARA DE SAGUIER B033605 0,00371302

0SAN VICENTE B033704 0,00810822

0SUSANA B033803 0,00227942

0TACURAL B033902 0,00256182

0TACURALES B034009 0,00130102

0VILA B034108 0,00275942

0VILLA SAN JOSE B034207 0,00125382

0VIRGINIA B034306 0,00112902

0ZENON PEREYRA B034405 0,00312902

0ALCORTA B040105 0,01020022

0BOMBAL B040204 0,00487542

0CAÑADA RICA B040303 0,00156422

0CEPEDA B040402 0,00116262

0EMPALME VILLA CONSTITUCION B040501 0,00841062

0GENERAL GELLY B040600 0,00161782

0GODOY B040709 0,00240182

0J.B. MOLINA B040808 0,00251222

0JUNCAL B040907 0,00224742

0LA VANGUARDIA B041004 0,00118182

0MAXIMO PAZ B041103 0,00509382

0PAVON B041202 0,00266822

0PAVON ARRIB B041301 0,00319702

0PEYRANO B041400 0,00399142

0RUEDA B041509 0,00148582

0SANTA TERESA B041608 0,00488502

0SARGENTO CABRA B041707 0,00200982

0THEOBALD B041806 0,00106262

0CAYASTA B050104 0,00580982

0HELVECIA B050203 0,01206262

0SANTA ROSA B050302 0,00857222

0COLONIA MASCIAS B050401 0,00213142

0SALADERO CABAL B050500 0,00190022

0AMENABAR B060103 0,00285542

0AARON CASTELLANOS B060202 0,00113142

0CAFFERATA B060301 0,00264502

0CAÑADA DEL UCLE B060400 0,00197062

0CARMEN B060509 0,00317542

0CARRERAS B060608 0,00335782

0COLONIA CHRISTOPHERSEN B060707 0,00164422

0CHAPUY B060806 0,00141862

0CHOVET B060905 0,00391622

0DIEGO DE ALVEAR B061002 0,00323862

0ELORTONDO B061101 0,00875382

0HUGES B061200 0,00641942

0LABORDEBOY B061309 0,00198982

0LA CHISPA B061408 0,00126582

0LAZZARINO B061507 0,00120582

0MAGGIOLO B061606 0,00331382

0MARIA TERESA B061705 0,00562822

0MELINCUE B061804 0,00338262

0MIGUEL TORRES B061903 0,00115222

0MURPHY B062000 0,00518902

0SANTI SPIRITU B062109 0,00560742

0SAN EDUARDO B062208 0,00217462

0SAN FRANCISCO DE SANTA FE B062307 0,00104422

0SAN GREGORIO B062406 0,00645622

0SANTA ISABEL B062505 0,00681622

0TEODELINA B062604 0,00864742

0WHEELWRIGHT B062802 0,00847302

0ARROYO CEIBAL B070102 0,00225622

0BERNA B070201 0,00196022

0EL ARAZA B070409 0,00155462

0EL SOMBRERITO B070508 0,00237062

0EL RABON B070607 0,00274022

0FLORENCIA B070706 0,01046662

0ING. CHANOURDIE B071001 0,00206742

0LANTERI B071209 0,00403462

0LA SARITA B071258 0,00299382

0LAS GARZAS B071308 0,00297142

0LOS LAURELES B071605 0,00277222

0SAN ANTONIO DE OBLIGADO B071803 0,00417622

0TACUARENDI B071902 0,00466422

0VILLA ANA B072108 0,00543942

0VILLA GUILLERMINA B072207 0,00735382

0GUADALUPE NORTE B072306 0,00230822

0NICANOR MOLINAS B072405 0,00188742

0BUSTINZA B080101 0,00268582

0CARRIZALES B080200 0,00230342

0CLASSON B080309 0,00202502

0CORREA B080408 0,00806262

0LUCIO V. LOPEZ B080507 0,00134502

0OLIVEROS B080606 0,00693942

0PUEBLO ANDINO B080705 0,00318502

0SALTO GRANDE B080804 0,00363302

0SERODINO B080903 0,00504022

0VILLA ELOISA B081109 0,00482742

0ARROYO AGUIAR B090100 0,00241782

0CABAL B090209 0,00086422

0CANDIOTI B090308 0,00209542

0EMILIA B090407 0,00196822

0LLAMBI CAMPBELL B090506 0,00395782

0MONTE VERA B090605 0,01042102

0NELSON B090704 0,00652502

0SAN PEDRO B090902 0,00134182

0SAUCE VIEJO B091009 0,01152262

0ARROYO LEYES B091108 0,00385622

0SAN JOSE DEL RINCON B091207 0,01339382

0CAVOUR B100107 0,00103782

0COLONIA SAN JOSE B100206 0,00114102

0CULULU B100305 0,00113142

0ELISA B100404 0,00292662

0EMPALME SAN CARLOS B100503 0,00118422

0FELICIA B100602 0,00360982

0FRANCK B100701 0,00710502

0GRUTLY B100800 0,00191462

0HIPATIA B100909 0,00145782

0HUMBOLT B101006 0,00651382

0ITUZAINGO B101105 0,00076502

0JACINTO L. ARAUZ B101204 0,00089862

0LA PELADA B101303 0,00237942

0LAS TUNAS B101402 0,00132422

0MARIA LUISA B101501 0,00151942

0MATILDE B101600 0,00186742

0NUEVO TORINO B101709 0,00154742

0PILAR B101808 0,00655862

0PROGRESO B101907 0,00367782

0PROVIDENCIA B102004 0,00177782

0PUJATO NORTE B102103 0,00086262

0RIVADAVIA B102202 0,00098422

0SA PEREYRA B102301 0,00279622

0SAN AGUSTIN B102400 0,00179862

0SAN CARLOS NORTE B102608 0,00182262

0SAN CARLOS SUR B102707 0,00315382

0SAN JERONIMO DEL SAUCE B102806 0,00184982

0SAN JERONIMO NORTE B102905 0,00857862

0SAN MARIANO B103002 0,00115382

0SANTA CLARA DE BUENA VISTA B103101 0,00458902

0SANTA MARIA CENTRO B103200 0,00088822

0SANTA MARIA NORTE B103309 0,00099302

0SANTO DOMINGO B103408 0,00296582

0SARMIENTO B103507 0,00264262

0SOUTOMAYOR B103606 0,00092262

0ESTEBAN RAMS B110106 0,00107702

0GATO COLORADO B110205 0,00260262

0JUAN DE GARAY B110304 0,00069462

0LOGROÑO B110403 0,00178422

0GREGORIA PEREZ DE DENIS B110502 0,00326982

0MONTEFIORE B110601 0,00104662

0POZO BORRADO B110700 0,00253542

0SAN BERNARDO-9 DE JULIO B110718 0,00163782

0SANTA MARGARITA B110809 0,00249702

0VILLA MINETTI B110908 0,00729142

0ACEBAL B120105 0,00711062

0ALBARELLOS B120204 0,00118502

0ALVAREZ B120303 0,00803862

0ARMINDA B120402 0,00108102

0CARMEN DEL SAUCE B120501 0,00184582

0CORONEL BOGADO B120600 0,00381542

0CORONEL DOMINGUEZ B120709 0,00177462

0ESTACION ALVEAR B120808 0,00519302

0FIGHIERA B120907 0,00698022

0GRAL. LAGOS B121012 0,00535142

0IBARLUCEA B121103 0,00472422

0PIÑERO B121202 0,00216982

0PUEBLO ESTHER B121301 0,00891542

0PUEBLO MUÑOZ B121400 0,00125302

0PUEBLO URANGA B121509 0,00188662

0SOLDINI B121608 0,00436182

0VILLA AMELIA B121707 0,00221302

0ZABALLA B121806 0,00680582

0AGUARA B130104 0,00141382

0AMBROSETTI B130203 0,00236982

0ARRUFO B130302 0,00347062

0CAPIVARA B130401 0,00112582

0COLONIA ANA B130500 0,00105622

0COLONIA BOSSI B130609 0,00118182

0COLONIA DOS ROSAS B130708 0,00093142

0COLONIA ROSA B130807 0,00211702

0CONSTANZA B130906 0,00100822

0CURUPAYTI B131003 0,00116582

0HERSILIA B131102 0,00441462

0HUANQUEROS B131201 0,00182662

0LA CABRAL B131219 0,00091782

0LA CLARA B131300 0,00084022

0LA LUCILA B131409 0,00101702

0LA RUBIA B131508 0,00128182

0LAS AVISPAS B131607 0,00089382

0LAS PALMERAS B131706 0,00154582

0MOISES VILLE B131805 0,00385702

0MONIGOTES B131904 0,00128582

0MONTE OSCURIDAD B132001 0,00152582

0ÑANDUCITA B132100 0,00094022

0PALACIOS B132209 0,00145062

0PORTUGALETTE B132308 0,00082822

0SAN GUILLERMO B132407 0,00992342

0SANTURCE B132506 0,00077142

0SOLEDAD B132605 0,00258342

0SUARDI B132704 0,00879782

0VILLA SARALEGUI B132803 0,00191862

0VILLA TRINIDAD B132902 0,00473942

0ALEJANDRA B140103 0,00606022

0CACIQUE ARIACAIQUIN B140202 0,00114982

0COLONIA DURAN B140301 0,00197062

0LA BRAVA B140400 0,00144902

0ROMANG B140509 0,01136022

0AROCENA B150102 0,00322582

0BARRANCAS B150201 0,00749382

0CAMPO PIAGGIO B150300 0,00077862

0CASALEGNO B150409 0,00103782

0CENTENO B150508 0,00485382

0DESVIO ARIJON B150607 0,00443062

0ESTACION DIAZ B150706 0,00293782

0ESTACION IRIGOYEN B150805 0,00306342

0GABOTO B150904 0,00418502

0GESSLER B151001 0,00191062

0IRIGOYEN B151100 0,00199462

0LARRECHEA B151209 0,00153462

0LOMA ALTA B151308 0,00097462

0LOPEZ B151407 0,00255942

0MACIEL B151506 0,00752182

0MONJE B151605 0,00363302

0SAN EUGENIO B151704 0,00080422

0SAN FABIAN B151803 0,00179062

0ANGELONI B160101 0,00121222

0CAYASTACITO B160200 0,00131782

0CRESPO B160309 0,00744342

0ESCALADA B160408 0,00319142

0ESTHER B160507 0,00078502

0LA CAMILA B160606 0,00093702

0LA CRIOLLA B160705 0,00371062

0LA PENCA Y CARAGUATA B160804 0,00124422

0NARE B160903 0,00135222

0PEDRO GOMEZ CELLO B161000 0,00170822

0RAMAYON B161109 0,00153942

0SAN BERNARDO-SAN JUSTO B161208 0,00075702

0SAN MARTIN NORTE B161307 0,00153622

0SILVA B161406 0,00118662

0VERA Y PINTADO B161505 0,00221622

0VIDELA B161604 0,00350662

0COLONIA DOLORES B161703 0,00140342

0ALDAO B170100 0,00138902

0CORONEL ARNOLD B170308 0,00179862

0FUENTES B170506 0,00413142

0TIMBUES B170605 0,00518422

0LUIS PALACIOS B170704 0,00211702

0PUJATO B170902 0,00517782

0RICARDONE B171009 0,00331782

0SAN JERONIMO SUD B171207 0,00416982

0VILLA MUGUETA B171306 0,00375302

0CAÑADA ROSQUIN B180109 0,00731462

0CARLOS PELLEGRINI B180208 0,00723302

0CASAS B180307 0,00167062

0CASTELAR B180406 0,00174742

0COLONIA BELGRANO B180505 0,00223542

0CRISPI B180604 0,00142982

0LANDETA B180802 0,00248822

0LAS BANDURRIAS B180901 0,00099542

0LAS PETACAS B181008 0,00210982

0LOS CARDOS B181107 0,00245382

0MARIA SUSANA B181206 0,00504902

0PIAMONTE B181305 0,00522262

0SAN MARTIN DE LAS ESCOBAS B181404 0,00391622

0TRAILL B181602 0,00086022

0FORTIN OLMOS B190207 0,00539062

0LA GALLARETA B190306 0,00464342

0MARGARITA B190405 0,00625462

0TOBA B190504 0,00183142

0CAÑADA OMBU B190603 0,00154982

0GARABATO B190702 0,00364022

0GOLONDRINA B190801 0,00200502

0INTIYACO B190900 0,00302342

0LOS AMORES B191007 0,00267062

0TARTAGAL B191106 0,00347862


1,000000000


S/C 2087 Oct. 27


__________________________________________


ADMINISTRACION PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


RECAUDACION TOTAL POR IMPUESTO

SEPTIEMBRE 2008

(en pesos corrientes)


IMPUESTOS IMPORTE

INGRESOS BRUTOS (I.B.) 193.105.269

INMOBILIARIO (IN.) 21.249.389

ACTOS JURIDICOS (AJ.) 39.261.158

PATENTE VEHICULOS (P.V.) 35.225.655

APORTES SOCIALES (A.S.) 691.162

RECURSOS VARIOS (VA.) 629.639

TOTAL 290.162.272

S/C 2084 Oct. 27

__________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


NOTIFICACION


Se notifica por este medio, que en los autos caratulados: C.U.D.A.I.O Ref: s/Solicita compra medicación Inmunosupresora Pacientes mbs y profe” (Expte. N° 00512-0000387-8 c/ agreg. 00512-0000392-6), Se ha dictado la Resolución N° 941 (M.S.) - 434 (M.E.) de fecha 12/08/08; que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 6/08, tramitada a los fines de concretar la adquisición de medicamentos con destino a la Dirección Provincial del Centro único de Donación, Ablación e implante de órganos C.U.D.A.I.O.

ARTICULO 2°.- Desestímanse las ofertas presentadas para el renglón 1 por las firmas MELEZANE S.A., DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A. Y ER-CO S.R.L., esta última en su alternativa, por no presentar Certificado de Estudios de Biodisponibilidad y Bioequivalencias, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31° del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto - Acuerdo N° 2809/79.

ARTICULO 3°. ———

ARTICULO 4°. ———

Fdo. Dr. Miguel Angel Cappiello - C.P.N. Angel José Sciara.

Dirección General de Despacho, 16 de Octubre de 2008.

S/C 2081 Oct. 27 Oct. 28

__________________________________________


HONORABLE TRIBUNAL

DE CUENTAS


NOTIFICACIONES


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la ASOCIACION CIVIL “CENTRO PARA LA CONVOCATORIA Y LA INSERCION SOCIAL”, que en los autos caratulados: “Expediente N° 00901-0019019-0 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, Subsidio otorgado por Decreto Nro. 0086/05 por el importe de $ 5.000,00.-“ destinado a “... mejoramiento de la infraestructura”. se ha dictado la Resolución Nro. 626/08 de la Sala II del T.C.P. (de fecha 26/08/08), la cual se transcribe en su parte pertinente: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1ro.: Formular cargo a la ASOCIACION CIVIL CENTRO PARA LA CONVOCATORIA Y LA INSERCION SOCIAL, de la ciudad de Rosario, por la suma de $ 5.113.21.- (Pesos cinco mil ciento trece con veintiún centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. La tasa de interés utilizada corresponde a valores de la serie de “Tasas de Interés Corregida de Caja de Ahorro Común” Comunicación “A” 1828 - B.C.R.A - punto 1, Artículo 2do.-. Intimar a la responsable para que dentro de los treinta (30) días, hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado... Artículo 3ro.: Hacer saber, de conformidad a la Ley n° 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario...” Artículo 4to.: Regístrese. notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.” Fdo.: C.P.N. Horacio Alesandria - Presidente. C.P.N. Nora R. Vallejos - Vocal, Dr. Mario C. Esquivel - Vocal C.P.N. Sonia M. Monteferrario Sec. Sala II. Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

S/C 2080 Oct. 27 Oct. 28

__________________________________________


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. MARIA GUADALUPE TABORDA, D.N.I. 14.681.465, que en los autos caratulados: “Expediente N° 00901-0026400-4 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe. Subsidio otorgado por Decreto Nro. 2312/06 por el importe de $ 4.200,00.- destinado a ...la adquisición de una silla de ruedas especial”, se ha dictado la Resolución Nro. 661/08 de la Sala II del T.C.P (de fecha 05/09/08), la cual se transcribe en su parte pertinente: VISTO: ... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1ro.: Formular cargo a la Sra. MARIA GUADALUPE TABORDA, de la ciudad de Santa Fe, por la suma de $ 4.237,62.- (Pesos cuatro mil doscientos treinta y siete con sesenta y dos centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. La tasa de Interés utilizada corresponde a valores de la serie de Tasas de Interés Corregida de Caja de Ahorro Común. Comunicación “A” 1828 - B.C.R.A. - punto 1. Artículo 2do.- Intimar a la responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles corridos a partir de la notificación de la presente resolución- proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado. Artículo 3ro.: Hacer saber, de conformidad a la Ley N° 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictadas por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario...”Artículo 4to: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado. “Fdo. C.P.N. Horacio Alesandria Presidente - C.P.N. Nora R. Vallejos - Vocal. Dr. Mario C. Esquivel - Vocal. C.P.N. Sonia M. Monteferrario - Sec. Sala II”. Sin Otro particular saludo a Ud. atentamente.

S/C 2079 Oct. 27 Oct. 28

__________________________________________


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. MARCELO FABIAN CORALLO, D.N.I.: 21.549.822, que en los autos caratulados.- Expediente N° 00901-0013500-1 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe. Subsidio otorgado por Decreto Nro. 2076/03) por el importe de $ 1.200,00.-a” destinado a “solventar gastos de construcción de un lugar donde pueda habitar su esposa,”, se ha dictado la Resolución Nro. 642/08 de la Sala II del T.C.P (de fecha 26/08/08), la cual se transcribe en su parte pertinente: “VISTO... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1ro. Formular cargo al Sr. MARCELO FABIAN CORALLO, de la ciudad de Santa Fe por la suma de $ 1.240,73.- (Pesos un mil doscientos cuarenta con setenta y tres centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución, La tasa de interés utilizada corresponde a valores de la serie de “Tasas de Interés Corregida de Caja de Ahorro Común” - Comunicación “A” 1828 - B.C.R.A - punto 1. Artículo 2do: Intimar al responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado... Artículo 3ro.: Hacer saber, de conformidad a la Ley n° 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario...” _Artículo 4to.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.- “Fdo. - C.P.N. Horacio Alesandria - Presidente C.P.N. Nora R. Vallejos - Vocal, Dr. Mario C. Esquivel - Vocal, C.P.N. Sonia M. Monteferrario - Sec- Sala II”.

S/C 2078 Oct. 27 Oct. 28

__________________________________________


RESOLUCION N° 045/08 - TCP


Santa Fe, 29 de Setiembre de 2008.

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0034901-7 del registro del S.I.E; y,

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 1 de la actuación referenciada, el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, a través de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, solicita a este Tribunal, la cesión de software para firmar digitalmente archivos tipo pdf, a fin de ser implementado en esa Jurisdicción;

Que, dicha solicitud, se realiza en relación a las actividades que se están desarrollando con firma digital en este Tribunal de Cuentas, y con la que realizará la notificación de normativa a las distintas Jurisdicciones del Gobierno Provincial;

Que, el personal de informática de este Organismo, ha suministrado toda la documentación elaborada, poniéndola a disposición de dicha Secretaría para futura instrumentación;

Que, dicha Secretaría, tiene a su cargo la coordinación de actividades relativas a la implementación de la firma digital en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, y considera indispensable avanzar sobre dicha temática sin duplicar esfuerzos; por lo que necesita contar con dicho software, a fin de redistribuirlo para su utilización en otros proyectos;

Que, el proyecto de Convenio ha sido elaborado por la Dirección General de Informática de este Tribunal de Cuentas, y ha tomado oportuna intervención también la Fiscalía Jurídica TCP mediante Proveído de fecha 26-09-08, el cual obra agregado a fs. 13, así como la Dirección General de Informática de la Provincia, en su carácter de Organismo Rector competente de las políticas informáticas de aplicación en el Sector Público Provincial;

Por ello, y de acuerdo a lo resuelto por Reunión Plenaria iniciada en fecha 22-09-2008 (c.i. del 29-09-2008) y registrada en Acta Nº 1213-Cont. II; y a las atribuciones conferidas al Organismo de Control Externo de raigambre constitucional, por los Artículos Nºs. 192º, segundo párrafo y Artículo 203º, incisos n) y o) de la Ley Nº 12.510, de Administración, Eficiencia y Control del Estado;

EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar el Modelo de Convenio de Colaboración que se celebrará entre este Tribunal de Cuentas de la Provincia y el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, que forma parte integrante como ANEXO de la presente Resolución, autorizando a la Presidencia del Tribunal de Cuentas a suscribir el mencionado Convenio en representación del Cuerpo Plenario.

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el sitio Web-TCP y Boletín Oficial de la Provincia; luego, y archívese.-

Fdo.: CPN Horacio R. Alesandria - Presidente.

CPN Nora R. Vallejos - Vocal.

Dr. Mario C. Esquivel - Vocal.

CPN Bernardo M. Salzman - Vocal Subr.

CPN Graciela B. de Vecchioni - Vocal Subr.

CPN Adrián N. Escudero - SAP (DG).


ANEXO


CONVENIO DE COLABORACION ENTRE (Tribunal de Cuentas de la Provincia) Y (Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado), PARA LA COOPERACION TECNICA, INTERCAMBIO Y TRANSFERENCIA TECNOLOGICA RELATIVA A ASPECTOS DE APLICACION DE FIRMA DIGITAL.


En la ciudad de Santa Fe, a los ( ... ) del mes de octubre del dos mil ocho, en la sede del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, sita en calle San Martín 1725:

REUNIDOS:

De una parte, el señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia -en adelante H. TCP-, CPN Horacio Ramón Alesandria, en nombre y representación del mismo, de acuerdo con acreditación de la representación que ostenta;

Y de otra, el señor Ministro de Gobierno y Reforma del Estado -en adelante MGyRE-, Dr. Antonio Juan Bonfatti, en nombre y representación del mismo, de acuerdo con acreditación de la representación que ostenta;

EXPONEN:

Que la introducción y el progresivo uso de las nuevas tecnologías en las Administraciones Públicas, supone la implementación de nuevas metodologías de trabajo, a través de los cuales se instrumenta la actividad administrativa.

Que la administración electrónica, como instrumento de la Administración Pública, debe encuadrarse en los principios que rigen la actuación administrativa y dentro del concepto de “procedimiento administrativo común”.

Que las nuevas tecnologías deben servir a los principios de colaboración y cooperación que rigen las relaciones interadministrativas, y a los principios de eficacia y eficiencia para la actuación de todas las Administraciones Públicas.

Que las Administraciones Públicas han de impulsar la utilización y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para desarrollar su actividad y ejercer sus competencias, con las limitaciones que establecen la Constitución y las leyes en la utilización de estos medios.

Que, a partir de la sanción del Decreto Nº 1573/08, reglamentario de la Ley Nº 12.491, el Poder Ejecutivo ha creado la Infraestructura de Firma Digital en la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, impulsando los proyectos y actividades al respecto en el Poder Ejecutivo Provincial.

Que la Dirección General de Informática del H.TCP (DGI-TCP) ha investigado y trabajado en el uso de la tecnología de firma digital, para dar solución eficiente que optimice distintos procedimientos administrativos que competen a este Organismo (en particular, se aplica al proyecto de notificación de Resoluciones firmadas digitalmente a las distintas Jurisdicciones del Gobierno Provincial).

Que, el personal informático de Soporte Técnico (DGI-TCP), ha aportado desinteresadamente toda la experiencia adquirida y suministrado la documentación elaborada, poniéndola a disposición de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión para futuras implementaciones.

Que, en el marco de la implementación de dicho Proyecto se desarrollaron diferentes actividades, como la reingeniería a procesos administrativos, utilización de herramientas de código abierto, elaboración de instructivos y capacitación de recursos humanos de las distintas Jurisdicciones de la Administración Pública Provincial.

Que, atendiendo a los principios de eficacia y eficiencia en la actuación administrativa, los Organismos citados, establecen el presente acuerdo de colaboración con el fin de no duplicar esfuerzos y fortalecer o mejorar las investigaciones y soluciones implementadas.

Que, por todo lo expuesto, las partes intervinientes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para firmar el presente Convenio, manifestando su interés por facilitar a los ciudadanos las relaciones administrativas a través de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, por lo que se procede a la formalización del presente Convenio con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS:

PRIMERA.- Objeto.

El objeto de este Convenio es establecer un marco formal para la cooperación técnica, intercambio y transferencia de aspectos relativos a la tecnología de firma digital, tales como software, reportes de problemas y mejoras, instructivos de utilización y aplicación de buenas prácticas, entre otros.

SEGUNDA.- Obligaciones del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia.

El H. TCP se compromete a facilitar y poner a disposición de la Infraestructura de Firma Digital (IFD-SF), todos los aspectos tecnológicos que surjan y/o se deriven de la implementación de su proyecto de notificación de normativa con firma digital, con el fin de que la experiencia que se realice en esta temática en el H.TCP sea aprovechada y distribuida a otras áreas de gobierno.

El H. TCP asume continuar con el esquema de transferencia y colaboración técnica ya iniciado, en la medida que dichas actividades no degraden el servicio que, actualmente, la Dirección de Informática presta dentro de este Organismo, tanto en lo que hace a distribución de documentación e informes, como capacitación que pueda servir para replicar experiencia en otras áreas de la Administración.

TERCERA.- Obligaciones del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.

El MGyRE se compromete a ceder al H. TCP, aquellas eventuales modificaciones y mejoras que se puedan hacer tanto sobre la aplicación que actualmente se utiliza en la implementación de notificaciones digitales, como así también cualquier otra herramienta tecnológica que pueda contribuir al marco de aplicación de la firma digital.

El MGyRE se compromete a brindar toda la colaboración técnica posible a los proyectos que, en esta temática, encare el H. TCP en el mismo esquema establecido.

CUARTA.- Vigencia y Resolución.

Este convenio será efectivo y entrará en vigor el día siguiente al de su firma. El plazo de vigencia es indefinido.

No obstante, el presente Convenio podrá resolverse cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

- Incumplimiento de las Cláusulas del Convenio;

- Mutuo acuerdo de las partes.

QUINTA.- Naturaleza e interpretación del Convenio.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento, serán resueltos por las partes a través de los interlocutores establecidos en la Cláusula Cuarta y, en defecto de acuerdo, serán resueltas por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

SEXTA.- Designación de Interlocutores por las partes.

Con el fin de cumplimentar lo establecido en el presente Convenio, tanto el H.TCP como el MGyRE designan a la Lic. Graciela Forzani e Ing. Daniel Fernández por la Dirección General de Informática, y a la Lic. Graciela Brusa por la Infraestructura de Firma Digital de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, respectivamente, como interlocutores por cada una de las partes firmantes.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio de Adhesión en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

POR POR

Fdo.: Fdo.:

Fdo.: CPN Horacio R. Alesandria - Presidente.

CPN Nora R. Vallejos - Vocal.

Dr. Mario C. Esquivel - Vocal.

CPN Bernardo M. Salzman - Vocal Subr.

CPN Graciela B. de Vecchioni - Vocal Subr.

CPN Adrián N. Escudero - SAP (DG).-

S/c 2085 Oct. 27 Oct. 28

__________________________________________


RESOLUCION N° 046/08 - TCP


Santa Fe, 29 de Setiembre de 2008.

VISTO:

El Expediente Nro. 00901-0034900-6 del registro del S.I.E; y,

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 1 de la actuación referenciada, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa, solicita a este Tribunal, en el marco de un Convenio de Colaboración, la cesión de los derechos de uso de un código fuente de los Programas Informáticos para la administración del Sistema Stock Inventario, a fin de ser implementado en esa Jurisdicción;

Que, dicha solicitud, surge a raíz de la demostración efectuada por la Sectorial de Informática de este Organismo a dicho Ministerio, como consecuencia de la reciente formación del área de Informática del Organismo solicitante y la carencia de recursos tecnológicos que permitan atender con inmediatez los requerimientos funcionales;

Que, el proyecto de Convenio, ha sido elaborado por la Dirección General de Informática de este Tribunal de Cuentas y ha tomado oportuna intervención también la Fiscalía Jurídica TCP mediante Proveído de fecha 26-09-08, el cual obra agregado a fs. 16, así como la Dirección General de Informática de la Provincia, en su carácter de Organismo Rector competente de las políticas informáticas de aplicación en el Sector Público Provincial;

Por ello, y de acuerdo a lo resuelto por Reunión Plenaria iniciada en fecha 22-09-2008 (c.i. del 29-09-2008) y registrada en Acta Nº 1213-Cont. II; y a las atribuciones conferidas al Organismo de Control Externo de raigambre constitucional, por los Artículos Nºs. 192°, segundo párrafo y Artículo 203º, incisos n) y o) de la Ley Nº 12.510, de Administración, Eficiencia y Control del Estado;

EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

Resuelve:

Artículo 1º - Aprobar el Modelo de Convenio de Colaboración que se celebrará entre este Tribunal de Cuentas de la Provincia y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que forma parte integrante como ANEXO de la presente Resolución, autorizando a la Presidencia del Tribunal de Cuentas a suscribir el mencionado Convenio en presentación el Cuerpo Plenario.

Artículo 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese en el sitio Web-TCP y Boletín Oficial de la Provincia; luego, archívese.

CPN Horacio R. Alesandria - Presidente,

CPN Nora R. Vallejos - Vocal.

DR. Mario C. Esquivel - Vocal.

CPN Bernardo M. Salzman - Vocal Subr.

CPN Graciela B. de Vecchioni - Vocal Subr.

CPN Adrián N. Escudero -SAP (DG).


CONVENIO DE COLABORACION ENTRE (Tribunal de Cuentas de la Provincia) y (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), para la cesión de aplicaciones, programas y sistemas de gestión informática.


En la ciudad de Santa Fe, a los (...) del mes de octubre del dos mil ocho, en la sede del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, sita en calle San Martín 1725:

REUNIDOS:

De una parte, el señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia -en adelante H. TCP-, CPN Horacio Ramón Alesandria, en nombre y representación del mismo, de acuerdo con acreditación de la representación que ostenta;

Y de otra, el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos -en adelante MJyDH-, Dr. Héctor Carlos Superti, en nombre y representación del mismo, de acuerdo con acreditación de la representación que ostenta;

EXPONEN:

La introducción y el progresivo uso de las nuevas tecnologías en las Administraciones Públicas, supone la implementación de nuevas metodologías de trabajo, a través de los cuales se instrumenta la actividad administrativa.

La administración electrónica, como instrumento de la Administración Pública, debe encuadrarse en los principios que rigen la actuación administrativa y dentro del concepto de “procedimiento administrativo común”.

Las nuevas tecnologías deben servir a los principios de colaboración y cooperación que rigen las relaciones interadministrativas, y a los principios de eficacia y eficiencia para la actuación de todas las Administraciones Públicas.

Las Administraciones Públicas han de impulsar la utilización y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para desarrollar su actividad y ejercer sus competencias, con las limitaciones que establecen la Constitución y las leyes en la utilización estos medios.

El Area de Desarrollo de la Dirección General de Informática del H. TCP, ha llevado a cabo el estudio, análisis y desarrollo del Sistema de Stock-Inventario satisfaciendo las necesidades de este Organismo.

Dicho Area es autor del código fuente de dicha aplicación (que se encuentra actualmente en producción) y se reserva el derecho de distribución del mismo para quienes lo soliciten.

El mismo fue construido utilizando herramientas de software libre, teniendo en cuenta que el espíritu de la Ley 12.360 es “minimizar costos empleando software gratuito y de código abierto en todos aquellos casos en los que sea posible....”

Dicho Sistema es una herramienta cuyo objetivo principal es administrar y mantener el inventario de los bienes patrimoniales del H.TCP, así como también el control de stock y el registro de los movimientos de los mismos.

Por su parte, el MJyDH, está interesado en disponer de los programas fuentes de la aplicación mencionada para adaptar la implementación del mismo dentro de su ámbito de competencia.

En el marco de los citados principios de cooperación y colaboración, y, con el objeto de hacer efectivos los principios de eficacia y eficiencia en la actuación administrativa, los Organismos citados, establecen el presente acuerdo de colaboración.

Que, el MJyDH se encuentra facultado a celebrar el presente convenio, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Nº 400/2003.

Que el H.TCP se encuentra facultado a formar parte de conformidad a lo dispuesto en Acuerdo Plenario registrado en Acta Nº 1213 -Continuación I (c.i. del 24-09-08, pto. T) y Acta Nº 1213 - Continuación II (c.i. del 29-09-08, pto. 6); ello, conforme a las atribuciones conferidas al Organismo de Control Externo Provincial y raigambre constitucional, por los Artículos Nºs. 192, segundo párrafo y Artículo 203º incisos n) y o) de la Ley Nº 12.510, de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

Por todo lo expuesto, las partes intervinientes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para firmar el presente Convenio, manifestando su interés por facilitar a los ciudadanos las relaciones administrativas a través de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, por lo que se procede a la formalización del presente Convenio con arreglo a las siguientes:


CLAUSULAS:

PRIMERA: Objeto.

El objeto de este Convenio es la cesión por parte del H.TCP al MJyDH, de los derechos de uso del código fuente de la aplicación y diseños de bases de datos, en los términos que se establecen en este convenio, para su utilización o adaptación.

SEGUNDA: Obligaciones del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia.

El H.TCP se obliga a realizar la cesión objeto de este Convenio con carácter gratuito y sin ningún tipo de contraprestación; ello, sin perjuicio de las obligaciones que el, cesionario (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), contrae en este Convenio.

Asimismo, autoriza a realizar todas las adaptaciones, mejoras y transformaciones que se consideren oportunas por razón de sus propias necesidades, y de acuerdo con las características de su sistema organizativo y funcional.

No obstante, el H.TCP no será responsable de las modificaciones que se puedan realizar por parte del destinatario al Sistema suministrado o del mal uso que pueda conferirse al mismo.

TERCERA: Obligaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Se compromete a no ceder, a terceros, la aplicación o desarrollo del software objeto del presente, ni cualquier modificación o mejora realizada a la misma, sin el consentimiento previo del H.TCP; la cual, deberá gestionarse y formalizase a través del mismo.

Asimismo, el MJyDH será encargado de la implantación y puesta en funcionamiento del Sistema.

A requerimiento del H.TCP, el MJyDH se obliga a ceder aquellas eventuales modificaciones y mejoras que se realicen sobre la aplicación informática objeto de este Convenio.

El MJyDH asume la responsabilidad por los eventuales perjuicios derivados del uso que haga del Sistema cedido. Y, del mismo modo, por el uso de las modificaciones y mejoras del mismo.

Cuarta: Vigencia y Resolución.

Este Convenio será efectivo y entrará en vigor el día siguiente de su aprobación por cada una de las Jurisdicciones. Podrá ser rescindido por cualquiera de las partes, sin necesidad de exposición de causa.

No obstante, podrá resolverse cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

* Incumplimiento de las Cláusulas del Convenio;

* Mutuo acuerdo de las partes

QUINTA: Naturaleza e interpretación del convenio.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento, serán resueltos por las partes a través de los interlocutores establecidos en la Cláusula Cuarta, y, en su defecto, a través de los procedimientos administrativos pertinentes.

SEXTA: Designación de Interlocutores por las partes.

A los fines de agilizar la transferencia, implementación y puesta en marcha del Sistema suministrado por el H. TCP al MJyRH, dichos Organismos designarán a uno o más interlocutores técnicos operativos por cada una de las partes firmantes.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio de Adhesión en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Por MJyDH Por H. TCP

Fdo.: Fdo.:

CPN Horacio R. Alesandria - Presidente,

CPN Nora R. Vallejos - Vocal.

DR. Mario C. Esquivel - Vocal.

CPN Bernardo M. Salzman - Vocal Subr.

CPN Graciela B. de Vecchioni - Vocal Subr.

CPN Adrián N. Escudero -SAP (DG).

S/C 2086 Oct. 27 Oct.28

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO

DE PRECIOS Nº 1498


Objeto: Reparación de motor de la Unidad Nº 1945 - Renault Express F40R - Modelo 1998 afectada a Sucursal San Lorenzo.

Presupuesto: $ 15.548.50.- IVA incluido.

Apertura: 06/11/08 - Hora: 9.00.


CONCURSO PUBLICO

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Objeto: Contratación de vehículo tipo pick-up - Modelo 1994 en adelante - caja de carga abierta - capacidad 1000 kg. - calefacción y aire acondicionado para el sector Mantenimiento L.A.T. Zona Sur.

Período: 6 Meses.

Presupuesto: $ 23.145.- IVA. Incluido.

Apertura: 06/11/08 - Hora: 9,15.


CONCURSO PUBLICO

DE PRECIOS Nº 1500


Objeto: Contratación de vehículo con chofer, utilitario con Porta escalera y Puerta lateral de acceso trasero, modelo 1998 en adelante para el Sector Control de Pérdidas - Unidad Operativa Mitre.

Período: 6 meses.

Presupuesto: $ 23.377,20.- IVA. incluido.

Apertura: 07/11/08 - Hora 9.


CONCURSO PUBLICO

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Objeto: Contratación de vehículo con chofer por hora y kilómetro, modelo 1998 en adelante, doble hilera de asientos y Puerta lateral de acceso trasero y porta escalera para el sector Control de Pérdidas - Unidad operativa Mitre.

Período: 6 meses.

Presupuesto: $ 33.033.- IVA. Incluido.

Apertura: 07/11/08 - Hora: 9.15.


CONSULTAS Y PRESENTACION

DE OFERTAS:


Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe Bv. Oroño 1260 - (2000) Rosario - Tel. 0341-4207793.

Nota: Los pliegos serán entregados hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.

S/C 2065 Oct. 27 Oct. 29

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