REGISTRADA BAJO EL Nº 12630
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase
lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 1592 de fecha 28 de julio de 2005
por el que se dispone que la afiliación al I.A.P.O.S.
de los integrantes del grupo familiar primario de los beneficiarios de las
pensiones establecidas por la ley Nº 11586 sea sin costo alguno para los
mismos, y por cuenta de la Provincia con cargo a Rentas Generales.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2764
SANTA FE, 20 10 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.630 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Roberto Arnaldo Rosua
__________________________________________