RESOLUCION Nº 2136
Santa Fe, 15 de setiembre de 2010
VISTO:
El expediente N°
00501-0103636-5 en el que se dictó la Resolución N° 843 de fecha 28 de abril de
2010, por la cual se creó el Registro de Objetores de Conciencia en todo el
sistema sanitario de la Provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo
4° de la citada resolución se estableció un plazo límite de noventa (90) días
para registrar la objeción respectiva por parte de los profesionales que así lo
consideren, para permitir disponer el reemplazo del objetor, de modo de
garantizar el acceso efectivo y oportuno a las prestaciones requeridas por la
población;
Que a fs. 23 el
Colegio de Médicos de la Provincia de Santa Fe -2da. Circunscripción- solicita
la prórroga de dicho plazo en razón de las numerosas consultas de los
profesionales que ante tan delicada cuestión no han podido interiorizarse de
las consecuencias de tal inscripción, entendiendo que en dicho lapso de tiempo
se podrán brindar las respuestas adecuadas a cada caso optimizándose así el
objetivo buscado en la norma;
Que se estima
procedente disponer la prórroga del referido plazo hasta el 31/03/2011, en un
todo de acuerdo con lo sugerido a fs. 25 por la Subsecretaría Legal y Técnica;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SALUD
Resuelve:
ARTICULO 1°.-
Prorrógase hasta el 31 de marzo de 2011, el plazo establecido en el artículo 4°
de la Resolución N° 843 de fecha 28 de abril de 2010, para la inscripción de
los profesionales que así lo consideren en el Registro de Objetores de
Conciencia creado por el artículo 1° del citado acto administrativo en todo el
sistema sanitario de la Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2°.-
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO
Ministro de Salud
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