picture_as_pdf 2014-08-27

DOLINSKY S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en autos caratulados DOLINSKY S.A. s/Designación de Autoridades - Expte. Nº 665/2014 - de trámite por ante el Registro Público de Comercio se comunica que: Por resolución de la Asamblea General Ordinaria Nº 51 de fecha 4 de Abril de 2014, de “DOLINSKY S.A., se eligieron autoridades y se distribuyeron los cargos respectivos quedando en consecuencia el Directorio integrado de la siguiente manera: Presidente: Alberto Héctor Dolinsky, argentino, divorciado, mayor de edad, de apellido materno Rabinovich, L.E. N° 5.408.007, comerciante, C.U.I.T. Nº 20-05408007-8, domiciliado en calle Monseñor Vicente Zaspe N° 3760 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; Vicepresidente: Fernando Dolinsky, argentino, soltero, mayor de edad, de apellido materno Ricci, D.N.I. Nº 27.522.459, comerciante, C.U.I.T. N° 20-27522459-7, domiciliado en calle 25 de Mayo N° 2051 - 3° “B” de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; Director Titular: Gabriel Alberto Ramb, argentino, casado, mayor de edad, de apellido materno Borello, D.N.I. N° 21.058.255, contador público nacional, C.U.I.T. N° 20-21058255-0, domiciliado en calle Perales s/N° - Lote 268 - de la ciudad de Santo Tomé; Director Titular: Alejandro Alberto Dolinsky, argentino, soltero, mayor de edad, de apellido materno Ricci, D.N.I. N° 27.128.474, empleado, C.U.I.T. N° 20-27128474-9, domiciliado en calle 25 de Mayo N° 2051 - 3° “B” de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; Director Suplente: José Luis Gervasoni, argentino, divorciado, mayor de edad, de apellido materno Ratti, L.E. N° 5.261.103, comerciante, C.U.I.T. N° 20-05261103-3, domiciliado en Avenida 7 Jefes N° 3695 - 5° Piso de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Santa Fe, 15 de Agosto de 2014. – Jorge E. Freyre, Secretario.

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OSDI S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados OSDI S.R.L. s/Cambio de Domicilio Expediente Nº 702/2014, de trámite ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, a los fines de su inscripción, se hace saber por un día el siguiente edicto: Mediante Acta de Asamblea Nº 4 del día 9 de junio de 2014, unánime, procedió a trasladar el domicilio legal de la sociedad, modificando el artículo primero del contrato social, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo Primero: La Sociedad se denominará “OSDI S.R.L.” y tiene su Sede Social en 9 de Julio Nº 469 de la Localidad de Moisés Ville, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales o agencias en cualquier parte del país o del extranjero. Su duración es de veinte (20 años) contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Santa Fe, 15 de agosto de 2014 – Jorge E. Freyre, Secretario.

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MVM S.R.L.


CONTRATO

FE DE ERRATAS


Por estar así dispuesto en autos caratulados: MVM S.R.L s/Contrato, Expte. Nº 1128, Folio 43, año 2013, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber lo siguiente: Capital Social: El Capital Social es de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000); pesos ciento cincuenta mil ($ 50.000) por cada uno de los socios. Santa Fe, 20 de agosto de 2014 – Jorge E. Freyre, Secretario.

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PETRONOR S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo C. y C. de la 1ª Nominación de la ciudad de Reconquista, a cargo del Registro Público de Comercio, ha ordenado la siguiente publicación: En autos caratulados PETRONOR S.R.L. s/Cesión de cuotas y Modificación Contrato (Art. 4to. Capital y 6to. Administración), Expte N° 95, Folio Nº 119 del año 2014 se hace saber que por instrumento privado del 16 de Mayo de 2.014, el socio Sr. Bournissent Oscar Ramón, argentino, casado, fecha de nacimiento 26 de agosto de 1953, D.N.I. N° 10.197.679 cuit 20-10197679-4 de profesión comerciante, con domicilio en calle Sarmiento Nº 1061, de la ciudad de Calchaquí, Provincia de Santa Fe, cede, vende y transfiere mil doscientas (1.200) cuotas sociales, de un valor nominal cada una de pesos diez ($ 10,00): al Sr. Donolo Pedro Luis, italiano, casado, fecha de nacimiento 3 de abril de 1945, D.N.I. Nº 93.778.198 Cuit 23-93778198-9 de profesión comerciante con domicilio en calle Sarmiento N° 502 de la ciudad de Ganadero Baigorria (Provincia de Santa Fe, seiscientas (600) cuotas sociales por un valor de pesos seis mil ($ 6.000,00) y al Sr. Rovasio Marcelo Ariel, argentino, casado, fecha de nacimiento 14 de diciembre de I963, D.N.I. N° 16.942.273, cuit 20-16942273-8 de profesión comerciante con domicilio en calle Valentín Gómez N° 2664 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe, seiscientas (600) cuotas sociales por un valor de pesos seis mil ($ 6.000,00), consecuentemente, los artículos cuarto y sexto del contrato social queda redactada como sigue: Cuarto: El Capital Social se fija en la suma de $ 150.000,00 (pesos: Ciento Cincuenta mil), dividido en quince mil cuotas (15.000) de pesos: Diez ($ 10,00) de Valor Nominal cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: Donolo Pedro Luis, siete mil quinientas cuotas (7.500) que representan: Setenta y cinco mil pesos ($ 75.000,00) y Rovasio Marcelo Ariel, siete mil quinientas cuotas (7.500) que representan: Setenta y cinco mil pesos ($ 75.000,00).

Sexto: La dirección, administración y representación de la sociedad en todas sus relaciones será ejercida en forma indistinta por los señores: Donolo, Pedro Luis y Rovasio Marcelo Ariel, quienes revisten a ese efecto el carácter de Socio Gerentes gozando del uso de la firma social la que podrá suscribirse mediante la firma conjunta de los dos citados bajo un sello con el rubro social en todos los documentos relativos a los actos jurídicos que se perfeccionan en nombre de la sociedad. No obstante les queda vedado comprometer la firma social a negocios ajenos a la Sociedad, no pudiendo tampoco otorgar fianzas o garantías a terceros. Sin perjuicio del carácter mercantil de la Sociedad, esta para su mejor desenvolvimiento y por intermedio de sus socios en la forma antes indicada podrán: a) Comprar, vender, percibir en pago o permuta, toda clase de bienes muebles e inmuebles, maquinarias y/o mercaderías: b) Celebrar contratos de locación, como locador o locataria, por los precios, plazos y condiciones que se convengan: c) Dar o tomar en prestamos como garantía reales, prendarias o personales y especialmente de instituciones bancarias as particulares u oficiales, con sujeción a sus leyes y/o reglamentos: d) Efectuar depósitos, descontar letras de cambio, pagares y toda clase de documentos de créditos: e) Presentarse a licitaciones y/o concursos de precios, públicos o privados, ante los Gobiernos Nacionales, Provinciales y/o Municipales, sus reparticiones y/u organismos, así como empresas, instituciones y entes privados: f) Comparecer en juicios por si o por medio de operadores, promover y contestar demandas y en general realizar todos y cada uno de los actos y operaciones autorizados por las leyes y que no se opongan al presente, ya que las facultades procedentemente enumeradas, lo son a modo enunciativo y no limitativo. Reconquista, 12 de agosto de 2014 – Mirian Graciela David, Secretaria.

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LUMAGU S.A.


ESTATUTO


Accionistas de la Sociedad: Martina Gianni, argentina, mayor de edad, soltera D.N.I. 35.583.360, comerciante; Agustina Gianni, argentina, mayor de edad, soltera, D.N.I. 36.691.290, comerciante; y Lucio Carlo Gianni, argentino, mayor de edad, soltero, D.N.I. 30.754.084, comerciante, todos domiciliados en Pueyrredón 1172. Denominación y Domicilio: LUMAGU S.A., Pueyrredón 1172 Rosario.

Objeto: 1) Industrial y Comercial: La fabricación, industrialización, elaboración, procesamiento, envasado, producción, transporte, compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, representación, distribución y comercialización de productos alimenticios, infusiones, cereales derivados del agro y ganaderos. La comercialización de productos de consumo masivo del ramo alimentario y de indumentaria en general, sus derivados y afines, así como el desarrollo y venta de servicios de comercialización relacionados con dicha actividad y la elaboración y fraccionamiento de yerba mate, té y café en todas sus presentaciones. De la misma manera, se dedicará al desarrollo y/o implementación de sistemas y/o campañas destinados a la optimización de la gestión del área de comercialización y/o de administración de empresas relacionadas con los medios de comercialización masivos, así como evaluación de planes de negocios y/o asesoramientos especiales en tales áreas. La construcción, adquisición, y/o explotación de elevadores, depósitos y/o edificios para recibir, clasificar, expedir y toda otra operación relacionada con el comercio de granos, oleaginosos y demás subproductos y derivados. La transportación con medios propios o de terceros de mercaderías, materias primas, frutos y productos elaborados o semielaborados. El estibaje, carga y descarga en zona portuaria, estaciones marítimas, fluviales, aéreas y/o terrestres. La compra, venta y/o distribución de combustibles, líquidos y/o gaseosos, lubricantes y accesorios del transporte automotor. 2) Actuar como Agencia de Viajes y Turismo: sujetándose a las disposiciones legales, pudiendo ejercer todas las actividades inherentes a agentes de viaje, en especial a la categoría empresa de viajes y turismo, tales como las mencionadas por la Ley 18.829/70 de “Agentes de Viaje”, pudiendo también contratar con compañías aéreas, con mandato o representación de ellas. 3) Actividades Publicitarias y Organización de Eventos, Congresos, Ferias y Exposiciones: Mediante la elaboración de campañas de publicidad, utilizando los distintos medios gráficos, radiales, televisivos, de afiches en la vía pública, promociones personales, mediante el empleo de publicidad directa postal, en espectáculos públicos y medios de transporte. Análisis y estudio de mercados y toda otra actividad publicitaria permitida.

4) Locación de Aviones: Mediante la explotación integral de un stand en aeroparque y/o aeropuertos y aeroestaciones habilitadas en el territorio nacional, para la locación de aviones.

5) Inmobiliaria: compra, venta y/o permuta de bienes muebles e inmuebles urbanos o rurales, compra y venta de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de explotación, venta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal, por cualquier título y forma, inclusive por el régimen de propiedad horizontal y promoción y administración de consorcio de copropietarios, así como el alquiler de inmuebles propios o ajenos, en forma de contrato anual o temporario o cualquier forma que el uso y la reglamentación contemplen así como el alquiler de espacios para estacionar por hora, por día o por mes, en forma de playa de estacionamiento o garage.

6) Importación y Exportación: Mediante la importación y/o exportación los productos mencionados en los incisos precedentes, incluyendo los bienes de uso, repuestos y accesorios necesarios para el proceso comercial y de servicios que se desarrolla;

7) Financieras: Mediante préstamos con o sin garantía real, a corto o largo plazo, inversión o aporte de capitales a personas, empresas o sociedades existentes o a constituirse, o a simples particulares, para toda clase y tipo de operaciones, realizadas o a realizarse; operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o títulos valores públicos o privados y otorgamiento de crédito en general, con o sin garantía de prenda o hipoteca o de cualquier otra de las permitidas por la legislación vigente, y asesoramiento financiero así como operaciones del mercados de capitales en general; no podrá realizar actividades reguladas por la Ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público;

8) Hotelera: Mediante la explotación de establecimientos dedicados a la actividad hotelera, propios y/o de terceros, el desarrollo de los mismos, así como la construcción de tales tipos de emprendimientos;

9) Cambios: Mediante la explotación del negocio de casa de cambios, la intermediación en la compra y venta de divisas y/o monedas extranjeras dentro de las regulaciones y bajo el contralor que al respecto establezcan las autoridades monetarias a través del Banco Central de la República Argentina o el organismo y/o institución que lo reemplace para regular la política monetaria y cambiaría en el territorio de la Nación.

10) Transporte: Mediante la explotación comercial de: a) servicios transporte de personas y cargas generales por tierra, agua y aire, con vehículos propios y/o contratados, tanto en líneas concesionadas como en contrataciones privadas, servicios de transporte de personal de fábricas tipo charter, explotación de servicios públicos de pasajeros y/o autotransporte público de pasajeros, compraventa, dador o tomador de leasing, importación de unidades de transporte de pasajeros y/o cargas nacionales o internacionales, b) compra o alquiler de buses, combis, minibuses y automóviles para ser alquilados a terceros; c) explotación de línea aérea de cabotaje, regional o internacional, en vuelos regulares o no regulares y/o charter y/o vuelos especiales para transporte de pasajeros y/o carga, creación y/o participación en U.T.E. (Uniones Transitorias de Empresas) para tales fines. d) Transporte nacional e internacional de mercaderías, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas relacionadas con las actividades agropecuaria y ganadera, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, e) Transpone nacional e internacional de mercaderías, muebles y semovientes, materias primas y elaboradas relacionadas con la industria de la informática, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, f) Logística, distribución, comercialización, almacenamiento, depósito y embalaje de los bienes mencionados en los incisos d y e;

11) Constructoras: A la explotación de establecimientos dedicados a la construcción, comercialización y montaje en obra de estructuras y/o elementos premoldeados, fabricación, comercialización o transformación de productos y servicios para la construcción. Proyectar, calcular, dirigir, administrar y realizar obras publicas o privadas, construcción de viviendas en general y de ingeniería civil y arquitectura, provisión y fabricación de materiales de construcción, elementos prefabricados, premoldeados y/o pretensados y de productos especiales para las obras de arquitectura e ingeniería civil; y el proyecto, dirección y ejecución de obras de ingeniería y arquitectura, en todos los casos a través de profesionales habilitados y matriculados por los Colegios Profesionales que han sido creados legalmente para tal fin. 12) Agropecuarias: a) Explotación directa por si o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado y animales de cualquier tipo y especie, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y/o acopio de cereales, fabricación, renovación y/o reconstrucción de maquinaria y/o equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado y procesos agrícolas así como la compra, venta, distribución, consignación, acopio, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y/o frutícola y/o forestal así como semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relacionen con esta actividad. También podrá actuar como corredor, comisionista y/o mandataria de los productos de los artículos mencionados precedentemente de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente, b) Fabricación, industrialización, elaboración y comercialización de productos y subproductos de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales propias o de terceros en cualquier punto del país o del extranjero, referido a dichas actividades. Faena de semovientes y animales de cualquier tipo, incluyendo el trozado y elaboración de carnes, subproductos y derivados.

13) Explotación de Marcas: Otorgar franquicias, transferir “know how” y sublicenciar a terceros los derechos de uso de marcas propias u obtenidas por licencia de terceros y explotarlas comercialmente, mediante el cobro de regalías, comisiones, honorarios, aranceles, o cualquier otro tipo de retribución.

14) Consultoría: La Sociedad tendrá por objeto la consultaría y promoción de negocios para empresas, con exclusión de aquellos aspectos incluidos dentro de las incumbencias fijadas para los profesionales en Ciencias Económicas y en los casos que requieran el concurso de profesionales sometidos al control de Colegios que gobiernen las respectivas especialidades contratará a matriculados habilitados para su ejercicio autónomo.

15) Representaciones y Mandatos: Representaciones, mandatos, agencias, comisiones, consignaciones, con exclusión de los actos que requieran el ahorro público y los comprendidos en el art. 299°, inc. 4to. de la Ley de Sociedades Comerciales 19.550, gestiones de negocios y administración de bienes capitales y empresas. Igualmente podrá actuar como fiduciaria y/o fiduciante en fideicomisos con excepción de los financieros A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Puede también intervenir en licitaciones y/o concursos de precios, públicos y/o privados relacionados con las actividades detalladas. En todos los casos, se abstendrá de realizar las actividades previstas en el inciso 4º del artículo 299 de la Ley 19.550

Capital Social: $ 800.000, representado por ciento cincuenta acciones de $ 5.000, cada una.

Duración: Cincuenta años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Administración y Representación: A cargo de un Directorio compuesto entre uno. y cinco miembros que durarán tres ejercicios en sus funciones. Se debe designar suplente/s por el mismo plazo.

Balance: 30 de Junio de cada año.

Fecha del Instrumento de Constitución: 21/08/14.

Primer Directorio: Presidente Martina Gianni; Director Suplente Agustina Gianni;

Representación y fiscalización: La representación legal corresponde al Presidente del Directorio; se prescinde de la Sindicatura conforme al art. 284° de la Ley 19.550.

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