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DECRETO Nº 1799

Santa Fe, 16 de Agosto 2007

VISTO:

El Expediente Nº 00701-0066676-7 del Sistema de Información de Expedientes, por el cual la Dirección General de Ecología y Protección de la Fauna del Ministerio de la Producción, gestiona la fijación de una tasa de bonificación sobre los costos netos de forestación año 2007; y

CONSIDERANDO:

Que lo solicitado se origina en la puesta en vigencia del Programa de Incentivos a la Forestación en predios privados a través de Régimen de Plazo Fijo Forestal, Ley Nº 11.111;

Que el artículo 3º de la Ley Nº 11.111 establece que el mismo se materializará por medio de una tasa de bonificación equivalente a la Tasa Prime vigente al mes de diciembre anterior al año de plantación, aplicada sobre los costos netos de forestación efectuados en terrenos con aptitud forestal y que las mismas serán anualmente fijadas por el Poder Ejecutivo;

Que la Tasa Prime vigente al mes de diciembre del año 2006 ha sido de 8,25%;

Que la gestión cuenta con dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio actuante;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º) Fíjase para el Año Forestal 2007, una tasa de bonificación del 8,25% sobre los costos netos de forestación que oportunamente fijarán por resoluciones conjuntas de los Ministerios de la Producción y de Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 2º) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Ing. Qco. Roberto Armando Ceretto