MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA INDUSTRIA
Y COMERCIO
RESOLUCION (MAGIC) Nº 110
RESOLUCION (MHyF) Nº 179
SANTA FE, 12 de junio de 2002
Visto el Expediente Nº 00701-0043132-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la puesta en vigencia del Programa de Incentivos a la Forestación en predios privados a través del régimen de Plazo Fijo Forestal - Ley Nº 11111 - el artículo 3 establece que la Provincia de Santa Fe, bonificará a las inversiones realizadas en forestación en proporción a los costos netos de las forestaciones efectuadas en terrenos con aptitud forestal;
Que el artículo 9 de la citada ley establece que para hacer efectivas las bonificaciones establecidas en el artículo 3 de dicha norma, se fijará cada año para la temporada forestal del siguiente, por resolución conjunta del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y el Ministerio de Hacienda y Finanzas, los costos netos de forestación por hectárea para cada distrito forestal, especies y demás elementos que configuren dichos costos";
Que el Anexo I del Decreto Nº 1370/96 reglamentario de la Ley Nº 11111, declara a la Provincia como Distrito Forestal Unico;
Que el Decreto Nº 3856/00 en su artículo 1° sustituye el artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1370/96 y establece que las especies sujetas a ser implantadas a través del Programa de Incentivos a la Forestación son Pinus sp.-, Eucaliptus sp. y Alamo y que la autoridad de aplicación podrá modificar o ampliarlas, incorporando nuevas especies al régimen de promoción por intermedio del Programa de Incentivos a la Forestación. Esta incorporacíón se realizará a propuesta de los forestadores y luego de la evaluación del impacto técnicoeconómico por parte de la Autoridad de Aplicación;
Que el Anexo III del citado decreto, establece las estructuras a partir de las cuales se calculan los costos netos de forestación por especie, a los cuales se aplicará la tasa de promoción prevista en el artículo 3 de la Ley Nº 11111;
Que el artículo 3° del Decreto Nº 3856/00 establece: "sustítúyase en el Anexo III del Decreto Nº 1370/96 en la foja 1 de la Especie: Alamos, lo siguiente: donde dice "Especie: Alamos", debe decir "Especie: Alamos/especies artículo 2º" y donde dice Compra y transporte de barbados", debe decir "Compra y Transporte de barbados/plantines;
Por ello y lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio,
LOS MINISTROS DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Y DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVEN:
ARTICULO 1º - Fijar para el año 2002 los siguientes costos netos de forestación para las especies y años de implantación que a continuación se detallan:
Forestaciones implantadas durante el año 1997:
Eucaliptus sp.: $ 953,04
Pinus sp.: $ 1.516,94
Alamo: $ 1.082,28
Forestaciones implantadas durante el año 1998:
Eucaliptus sp.: $ 947,11
Pinus sp.: $ 1.511,02
Alamo: $ 1.076,12
Forestaciones implantadas durante el año 1999 (no se establecen los valores, por no haberse aprobado durante el año planes forestales).
Forestaciones implantadas durante el año 2000:
Eucaliptus sp.: $ 919,79
Pínus sp.: $ 1.359,64
Alamo: $ 1.022,36
Forestaciones implantadas durante el año 2001:
Eucafiptus sp.: $ 777,87
Pinus sp.: $ 812,16
Alamo: $ 647,70
ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese.
Ing. Ricardo Emilio Fragueyro
Dr. Juan Carlos Mercier
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DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS
DISPOSICION Nº 066
Santa Fe, 13 de junio de 2002
VISTO:
El Expediente Nº 00501-0041080-7 caratulado "DIRECCION GENERAL DE BROMATOLOGIA Y QUIMICA DEL MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE s/adquisición de lámparas (deuterio y tungsteno) para el equipo HPLC", el que se remite a consideración de esta Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros respecto a la sanción oportunamente aplicada a la firma NODOS S.A. mediante Disposición D.G.C.S. Nº 122/2001 - Expediente Nº 00501-0037815-4; y
CONSIDERANDO:
Que el Director de Bromatología y Química expone la necesidad de adquisición de lámparas de Deuterio y Tungsteno, cuyo fabricante es NODOS S.A., destacando a fojas 22 vuelto que no existe otra empresa proveedora de dicho material;
Que por su parte la firma NODOS peticiona el levantamiento de la sanción oportunamente decidida con el propósito de poder efectuar ofertas de repuestos y partes para el equipamiento de cromatografía instalado en la Dirección de Bromatología y Química de la marca GBC Scientific Equipment, resaltando que resulta ser su distribuidor exclusivo en Argentina (fojas 28 y 29);
Que asimismo, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 5100/55, esta Dirección Provincial se encuentra facultada a adoptar las medidas que fueren convenientes en resguardo de los intereses administrativos con relación a los proveedores y, habiendo transcurrido a la fecha más de ocho meses de cumplimiento de la sanción aplicada y, sin perjuicio de la pérdida de la garantía de adjudicación, cargos por diferencias de mayores precios y cobros de las mismas mediante la afectación de anteriores y/o futuras acreencias según lo ordenado en los artículos 1º y 2º de la Orden D.A. M.S.M.A. Nº 062/01, se entiende que puede rehabilitarse a NODOS S.A.;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS
DISPONE:
1. Rehabilitar a la firma NODOS S.A. para postularse como proveedor de la Provincia de Santa Fe a partir de la presente.
2. Regístrese, comuníquese, pase al Registro de Proveedores y archívese.
RICARDO C. CRISTINA
Director Provincial de
Contrataciones y Suministros
S/C 9831 Jun. 27