picture_as_pdf 2002-06-27

MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA INDUSTRIA

Y COMERCIO

RESOLUCION (MAGIC) Nº 110

RESOLUCION (MHyF) Nº 179

SANTA FE, 12 de junio de 2002

Visto el Expediente Nº 00701-0043132-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la puesta en vigencia del Programa de Incentivos a la Forestación en predios privados a través del régimen de Plazo Fijo Forestal - Ley Nº 11111 - el artículo 3 establece que la Provincia de Santa Fe, bonificará a las inversiones realizadas en forestación en proporción a los costos netos de las forestaciones efectuadas en terrenos con aptitud forestal;

Que el artículo 9 de la citada ley establece que para hacer efectivas las bonificaciones establecidas en el artículo 3 de dicha norma, se fijará cada año para la temporada forestal del siguiente, por resolución conjunta del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y el Ministerio de Hacienda y Finanzas, los costos netos de forestación por hectárea para cada distrito forestal, especies y demás elementos que configuren dichos costos";

Que el Anexo I del Decreto Nº 1370/96 reglamentario de la Ley Nº 11111, declara a la Provincia como Distrito Forestal Unico;

Que el Decreto Nº 3856/00 en su artículo 1° sustituye el artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1370/96 y establece que las especies sujetas a ser implantadas a través del Programa de Incentivos a la Forestación son Pinus sp.-, Eucaliptus sp. y Alamo y que la autoridad de aplicación podrá modificar o ampliarlas, incorporando nuevas especies al régimen de promoción por intermedio del Programa de Incentivos a la Forestación. Esta incorporacíón se realizará a propuesta de los forestadores y luego de la evaluación del impacto técnicoeconómico por parte de la Autoridad de Aplicación;

Que el Anexo III del citado decreto, establece las estructuras a partir de las cuales se calculan los costos netos de forestación por especie, a los cuales se aplicará la tasa de promoción prevista en el artículo 3 de la Ley Nº 11111;

Que el artículo 3° del Decreto Nº 3856/00 establece: "sustítúyase en el Anexo III del Decreto Nº 1370/96 en la foja 1 de la Especie: Alamos, lo siguiente: donde dice "Especie: Alamos", debe decir "Especie: Alamos/especies artículo 2º" y donde dice Compra y transporte de barbados", debe decir "Compra y Transporte de barbados/plantines;

Por ello y lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio,

LOS MINISTROS DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Y DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

ARTICULO 1º - Fijar para el año 2002 los siguientes costos netos de forestación para las especies y años de implantación que a continuación se detallan:

Forestaciones implantadas durante el año 1997:

Eucaliptus sp.: $ 953,04

Pinus sp.: $ 1.516,94

Alamo: $ 1.082,28

Forestaciones implantadas durante el año 1998:

Eucaliptus sp.: $ 947,11

Pinus sp.: $ 1.511,02

Alamo: $ 1.076,12

Forestaciones implantadas durante el año 1999 (no se establecen los valores, por no haberse aprobado durante el año planes forestales).

Forestaciones implantadas durante el año 2000:

Eucaliptus sp.: $ 919,79

Pínus sp.: $ 1.359,64

Alamo: $ 1.022,36

Forestaciones implantadas durante el año 2001:

Eucafiptus sp.: $ 777,87

Pinus sp.: $ 812,16

Alamo: $ 647,70

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese.

Ing. Ricardo Emilio Fragueyro

Dr. Juan Carlos Mercier

_________________________________________

 

 

 

DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPOSICION Nº 066

Santa Fe, 13 de junio de 2002

VISTO:

El Expediente Nº 00501-0041080-7 caratulado "DIRECCION GENERAL DE BROMATOLOGIA Y QUIMICA DEL MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE s/adquisición de lámparas (deuterio y tungsteno) para el equipo HPLC", el que se remite a consideración de esta Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros respecto a la sanción oportunamente aplicada a la firma NODOS S.A. mediante Disposición D.G.C.S. Nº 122/2001 - Expediente Nº 00501-0037815-4; y

CONSIDERANDO:

Que el Director de Bromatología y Química expone la necesidad de adquisición de lámparas de Deuterio y Tungsteno, cuyo fabricante es NODOS S.A., destacando a fojas 22 vuelto que no existe otra empresa proveedora de dicho material;

Que por su parte la firma NODOS peticiona el levantamiento de la sanción oportunamente decidida con el propósito de poder efectuar ofertas de repuestos y partes para el equipamiento de cromatografía instalado en la Dirección de Bromatología y Química de la marca GBC Scientific Equipment, resaltando que resulta ser su distribuidor exclusivo en Argentina (fojas 28 y 29);

Que asimismo, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 5100/55, esta Dirección Provincial se encuentra facultada a adoptar las medidas que fueren convenientes en resguardo de los intereses administrativos con relación a los proveedores y, habiendo transcurrido a la fecha más de ocho meses de cumplimiento de la sanción aplicada y, sin perjuicio de la pérdida de la garantía de adjudicación, cargos por diferencias de mayores precios y cobros de las mismas mediante la afectación de anteriores y/o futuras acreencias según lo ordenado en los artículos 1º y 2º de la Orden D.A. M.S.M.A. Nº 062/01, se entiende que puede rehabilitarse a NODOS S.A.;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPONE:

1. Rehabilitar a la firma NODOS S.A. para postularse como proveedor de la Provincia de Santa Fe a partir de la presente.

2. Regístrese, comuníquese, pase al Registro de Proveedores y archívese.

RICARDO C. CRISTINA

Director Provincial de

Contrataciones y Suministros

S/C 9831 Jun. 27