picture_as_pdf 2010-05-27

MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS

 

RESOLUCIÓN Nº 0161

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

20 de mayo de 2010

VISTO:

El expediente Nº 02001-0006811-3, del Registro del Sistema de Información de Expedientes – MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - relacionado con el llamado a concurso interno para la cobertura de los cargos de: Director General– Nivel 09 –, y Subdirector General – Nivel 08 – del Registro General de  la ciudad de Santa Fe y;

CONSIDERANDO:

Que para regular los alcances del proceso concursal interno del Registro General de la Propiedad de Santa Fe se ha dictado la resolución Nº 0151/10, mediante la cual se establecieron: las características de los puestos a cubrir, los perfiles pretendidos para los cargos, la composición del Jurado y los procedimientos a cumplir para cada etapa prevista, en un todo de acuerdo con lo normado por el Decreto Acuerdo Nº 2695/83, modificado por el Decreto Nº 1729/09;

Que habiéndose advertido la referencia a la ciudad de Rosario en el texto de la mencionado resolución, corresponde aclarar que los cargos vacantes sometidos a concurso pertenecen a la ciudad de Santa Fe;

Que por consiguiente resulta necesario rectificar los alcances de la convocatoria a concurso interno, precisando que los Niveles 08 y 09 son del Registro General de la ciudad de Santa Fe;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Establécese que el llamado a Concurso   Interno regulado  por la Resolución  Nº 0151/10, alcanza  solamente a los cargos: Director General– Nivel 09 –, y Subdirector General – Nivel 08 – del Registro General de la ciudad de Santa Fe, del Agrupamiento Administrativo de esta Jurisdicción

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese a la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública, publíquese y archívese.

Dr. HECTOR SUPERTI

Ministro de Justicia

y Derechos Humanos

S/C             4565               May. 27

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DIRECCION PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

 

DISPOSICION Nº 084

 

SANTA FE, 18 de Mayo de 2010

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de 1 (una) firma y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular; 

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 5100/55;

POR ELLO,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

DISPONE:

Artículo 1°: Inscribir en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, dentro de los términos que establece el punto 8 de la Disposición 221/09, a la siguiente firma: (2.690) DRIPLAN S.A.

Artículo 2º: Renovar la inscripción en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de 18  meses a partir de la presente a las siguientes firmas: (987) PHARMOS S.A.; (1.904) EQUIPOS AGRO VIALES S.A.; (1.973) ALBERTO CARLOS EDUARDO GARCIA COMUNICACIONES S.A.; (2.214) MEGATRANS S.A.; (2.397) BAXPA  S.A.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C. P.  Emiliano I. Arzuaga

Director Provincial de Contrataciones

y Gestión de Bienes

S/C             4564  May. 27 May. 28

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MINISTERIO DE TRABAJO Y

SEGURIDAD SOCIAL

 

NOTIFICACION

 

Por disposición de la señora Directora General de Despacho del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se notifica a ALDO HECTOR LEGUIZAMON (L.E. 6.239.173) con domicilio real en Rivadavia Nº 6939 de la ciudad de Santa Fe, por este medio por cinco (5) días, de conformidad a lo dispuesto por Decreto Nº 10204/58, artículo 20, inciso e), el Decreto Nº 488/10 dictado en autos caratulados LEGUIZAMON ALDO H - s/SOLICITA DEVOLUCIÓN DEL DESCUENTO EFECTUADO POR EMERGENCIA PREVISIONAL JUB. 58977-7 Ref. Expediente 15120-0037418-6.

Visto: El expediente N° 15120-0037418-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por medio del cual el señor Aldo Héctor Leguizamón, interpuso recursos de revocatoria y apelación en subsidio contra la Resolución N° 1302/06 del Interventor de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, por la cual se resuelve rechazar el reintegro de las sumas retenidas en virtud de la aplicación de las leyes 11373 y 11696 y sucesivas; y Considerando: Que por Resolución N° 1692/06, se rechazó la revocatoria y se concedió la apelación subsidiariamente incoada. Corrido traslado para expresar agravios, lo contestó dentro del plazo de 10 días que acuerda el artículo 49 de Decreto N° 10.204/58, por lo cual el recurso resulta formalmente admisible, correspondiendo analizar sus fundamentos; Que en virtud de los motivos expuestos y teniendo en cuenta lo aconsejado por Fiscalía de Estado en Dictamen N° 859/2009, corresponde rechazar el recurso instado por improcedente; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1 - Recházase por improcedente el recurso de apelación en subsidio deducido por el señor ALDO HECTOR LEGUIZAMON (L.E. 6.239.173) contra la Resolución N° 1302 dictada en fecha 2 de junio de 2006 por el Interventor de la Caja Provincial de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, con fundamentos en los hechos descriptos en los considerandos del presente. ARTÍCULO 2 - Regístrese, comuníquese y archívese.” Firmado: Dr. Hermes Juan Binner.

S/C             4566               May. 27

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NOTIFICACION

 

Por disposición de la señora Directora General de Despacho del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se notifica a IRMA TOMASA ARRÚA (D.N.I. 4.999.806) con domicilio real en Ayolas N° 100 bis de la dudad de Rosario, por este medio por cinco (5) días, de conformidad a lo dispuesto por Decreto N° 10204/58, artículo 20, inciso e), el Decreto N° 433/10 dictado en autos caratulados “Juan Alfredo Salomón suc. de Pensión con beneficiario cónyuge ley 11.373” Ref. Expediente 15102-0022592-9 y agregado. “Visto: El expediente N° 15102-0022592-9 y agregado del registro del Sistema de Información de Expedientes, por medio del cual la señora Irma Tomasa Arrúa, interpuso recursos de revocatoria y apelación en subsidio contra la Resolución Nº 1033/04 del Director de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, por la cual el Ente Previsional no hizo lugar al pedido de pensión en su calidad de cónyuge supérstite del causante, señor Juan Alfredo Salomón, por no acreditar que el matrimonio celebrado in extremis regularizó una situación de hecho con la permanencia del vínculo requerido por la normativa vigente; y Considerando: Que por Resolución N° 0556/05 el Interventor del Organismo Previsional rechazó la revocatoria interpuesta, concediendo la apelación deducida en subsidio. Corado traslado para expresar agravios, cumplimentó con la carga procedimental en tiempo y forma; Que en virtud de los motivos expuestos y teniendo en cuenta lo aconsejado por Fiscalía de Estado en Dictamen N° 703/2009, corresponde hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por la señora Irma Tomasa Arrúa y disponer que el Ente Previsional le acuerde el beneficio de pensión conforme pautas aplicables en la materia; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1 - Hágase lugar al recurso de apelación en subsidio deducido por la señora Irma Tomasa Arrúa (D.N.I. 4.999.806) contra la Resolución Nº 1033 dictada en fecha 9 de septiembre de 2004 por la Caja de Jubilaciones y Pensiones, debiendo el Organismo Previsional otorgar a la recurrente el beneficio de pensión conforme las pautas aplicables en la materia. ARTICULO 2 - Regístrese, comuníquese y archívese”. Firmado: Dr. Hermes Juan Binner.

S/C             4567               May. 27

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