picture_as_pdf 2004-04-27

DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPOSICION N° 037

SANTA FE, 12 de abril de 2004

Visto el expediente N° 00306-0002326-4 en el que obran los antecedentes relativos a la falta de presentación del sellado provincial de ley en su oferta, correspondiente a la Licitación Pública N° 68/2003, por parte de la firma BRILLO’S SERVICIOS S.R.L.; y

CONSIDERANDO:

Que intimada la empresa mediante Nota N° 479 de fecha 05 de setiembre de 2003 al cumplimiento del requisito faltante, la misma no procedió a la presentación del mismo.

Que tomada la intervención que le compete, el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia informa que la empresa BRILLO’S SERVICIOS S.R.L. no registra antecedentes por incumplimientos en el mismo, pero sí en otros registros (fojas 09).

Que mediante Informe N° 028 de fecha 15 de octubre de 2003 la Comisión de Adjudicaciones actuante procedió a desestimar a la misma por omisión de la documentación solicitada en un todo de acuerdo al pliego de bases y condiciones particulares del llamado.

Que el Departamento Asuntos Legales se expide a fojas 11 de los presentes actuados y propicia, de conformidad a los artículos 19° y 21° del Decreto N° 5100/55, la aplicación de un apercibimiento.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 9° del Decreto N° 0817/93.

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPONE:

1. Aplícase un apercibimiento a la firma BRILLO’S SERVICIOS S.R.L. por la falta de presentación del sellado provincial de ley en su oferta, correspondiente a la Licitación Pública N° 68/03.

2. Regístrese, notifíquese, publíquese en la página web del Gobierno Provincial, comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, al Registro Oficial de Proveedores y archívese.

C.P.N. PATRICIA BENITEZ

Directora Provincial de Contrataciones y Suministros

S/C 8218 Abr. 27
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DISPOSICION N° 038

SANTA FE, 12 de abril de 2004

Visto el expediente N° 00306-0002323-1 en el que obran los antecedentes relativos a la falta de presentación de la reposición del Impuesto Provincial de Sellos en el documento presentado como garantía de oferta, correspondiente a la Licitación Pública N° 68/2003, por parte de la firma SUR LIMPIEZA S.R.L.; y

CONSIDERANDO:

Que intimada la empresa mediante Nota N° 477 de fecha 05 de setiembre de 2003 al cumplimiento del requisito faltante, la misma no procedió a la presentación del mismo.

Que tomada la intervención que le compete, el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia informa que la empresa SUR LIMPIEZA S.R.L. no se halla inscripta en el mismo y que no registra antecedentes por incumplimientos en otros registros (fojas 07 vuelto y 08).

Que asimismo el Area de Control Técnico Administrativo expone que la mencionada firma es desestimada por no cumplir con requerimientos establecidos en el pliego licitatorio, como así también por la falta de presentación del correspondiente sellado en el documento de garantía de oferta.

Que el Departamento Asuntos Legales se expide a fojas 09 de los presentes actuados y propicia, de conformidad a los artículos 19° y 21° del Decreto N° 5100/55, la aplicación de un apercibimiento.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 9° del Decreto N° 0817/93.

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPONE:

1. Aplícase un apercibimiento a la firma SUR LIMPIEZA S.R.L. por la falta de presentación de la reposición del Impuesto Provincial de Sellos en el documento presentado como garantía de oferta, correspondiente a la Licitación Pública N° 68/03.

2. Regístrese, notifíquese, publíquese en la página web del Gobierno Provincial, comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, al Registro Oficial de Proveedores y archívese.

C.P.N. PATRICIA BENITEZ

Directora Provincial de Contrataciones y Suministros

S/C 8219 Abr. 27
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MINISTERIO DE LA PRODUCCION

EDICTO

Por disposición de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Producción, dentro de los autos: "Dirección General de Transporte de Pasajeros y Transito s/Comunicación de Situación Agente Miguel Angel Lescano", - Expte. Nº 00701-0052864-1, se le corre vista de dichas actuaciones al agente Miguel Angel Lescano (clase 1.950 - D.N.I. nº 8.378.832), "personal transferido Artículo 6º de la ley nº 11.387 del Banco de Santa Fe S.A., mediante decreto Nº 2811/98 a la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Transito, en virtud de su ausencia injustificada al trabajo desde el día 06 de febrero de 2.004 por el termino de 48 horas para que efectúe su descargo y ofrezca la prueba que haga a su derecho, bajo apercibimientos de aplicar la sanción de cesantía que corresponda de conformidad a los artículos 53º y 56º de la ley nº 8525, quedando los autos a su disposición por dicho término en la mesa general de entradas y salidas jurisdiccional ubicada en Boulevard Pellegrini nº 3.100. Ciudad.- Asimismo se le intima en idéntico plazo y bajo los mismos apercibimientos de cesantía por inasistencias injustificadas mayor a los diez (10) días continuos en los doce meses inmediatos anteriores, se reintegre a sus funciones en razón de haberse agotado las licencias sin goce de haberes concedida.- Santa Fe, 16 de Abril de 2.004.

Dirección General de Personal. C.P.N. Jorge A. Simez, Director General de Personal, Ministerio de la Producción.

S/C 8116 Abr. 27