REGISTRADA BAJO EL N° 13607
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dónase a la Comuna de Villa Minetti, departamento 9 de Julio, el inmueble identificado como lote “C” de la Manzana N° 23 del plano de mensura y subdivisión confeccionado en diciembre de 1973, por el agrimensor Rubén A. López, inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de la Provincia el 14 de agosto de 1974, bajo el N° 72802, cuya superficie es de 2000 m2. Consta inscripto el dominio a nombre de la Provincia de Santa Fe, Escritura N° 46 Prot. Par, del 18 de Marzo de 1981, registrado el 14 de abril de 1981, bajo el N° 30435, Folio 167, Tomo 92, Departamento 9 de Julio del Registro General. Partida para el pago del Impuesto Inmobiliario N° 011000002247/0003-6.
ARTÍCULO 2.- La donación dispuesta por el artículo 1 de la presente ley, es con el cargo de que la Comuna de Villa Minetti lo destine a la instalación de una Agencia del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).
ARTÍCULO 3.- Los gastos de la presente donación serán soportados por la Comuna de Villa Minetti.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
A DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016.
ANTONIO JUAN BONFATTI
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
CARLOS A. FASCENDINI
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 17 ENE 2017
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
PABLO GUSTAVO FARÍAS
Ministro De Gobierno
y Reforma Del Estado
18828
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