DIRECCION PROVINCIAL DE DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS INTERPERSONALES
DISPOSICIÓN Nº 0070
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 16/12/2013
VISTO:
El expediente Nº 02004-0001960-2 del Registro del Sistema de Información de expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación del Centro de Mediación “Colegio de Abogados – Delegación Casilda” de la ciudad de Casilda;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Nº 1747/2011 se reglamenta la Ley Nº 13.151 de Mediación;
Que, mediante Disposición Nº 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a Oficinas y Centros de Mediación;
Que, los artículos 3º,4º,5º y 7º de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de Croquis de Arquitectura los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada;
Que, el articulo 6º establece que: “…el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial…la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición”;
Que, la Dra. Mariela Volonté, en carácter de Responsable del Centro de Mediación, presenta ante esta Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas al Centro de Mediación “Colegio de Abogados – Delegación Casilda”, ubicadas en calle Carlos Casado Nº 2123 de la ciudad de Casilda;
Que, así mismo, se presenta nómina de mediadores que constituirán domicilio en dicho centro y realizarán mediaciones en el mismo, comprometiendo a notificar las altas y bajas. También adjunta formulario de croquis y declaración jurada, consignando domicilio y responsable institucional del centro;
Que, dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la Disposición Nº 0063/2011 para su habilitación;
Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el artículo 24º Inciso (4) del Anexo I del Decreto Nº 1747/2011;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION
DE CONFLICTOS INTERPERSONALES
DISPONE:
ARTICULO 1º: Habilítense las oficinas del Centro de Mediación “Colegio de Abogados – Delegación Casilda” ubicadas en calle Carlos Casado Nº 2123 de la ciudad de Casilda y expídase el correspondiente certificado de habilitación Nº 0037.-
ARTICULO 2º: Establécese que la habilitación otorgada en el articulo 1º podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la disposición Nº 0063/2011-DPDSCI- o la norma vigente en la materia.-
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
S/C. 10691 Dic. 26
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