picture_as_pdf 2008-12-26

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

ANSELMO JUAN ALBERTO PACHECO SOLARI

Por disposición del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17° Nominación de la ciudad de Rosario en autos caratulados: "MARTINEZ CLARA ESTELA (DNI. 11.449.713) s/Propia Quiebra" Expte. 215/07, el Martillero Público Anselmo Juan Alberto Pacheco Solari, matrícula Nº 1560-P-138, CUIT: 20-12944325-2, el día 24 de febrero de 2009, a las 15,30. horas en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238 de la ciudad de Rosario o de resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente, procederá a la venta en pública subasta con la base de $ 130.000. Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% y de persistir la falta de interesados a continuación con una última base del 20% de la primera, de los derechos y acciones hereditarios que la fallida posee sobre el inmueble que se describe según plano: "Un lote con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, señalado como lote "40 a" en el plano archivado bajo el número 59.915, año 1969, ubicado en calle Centenario entre las de Serrano y Alberto Paz, a los 60,40 metros de calle Serrano hacia el Este, y mide 7,36 metros de frente por 15,37 metros de fondo, con superficie de 113,12 metros cuadrados. Lindando al Sud, con calle Centenario; al Este y Norte, con parte del lote "40 b"; y al Oeste, con sucesión de Moisés Funes Torres, todo según plano. Inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble al Tº 212 C, Fº 1912, Nº 82039, Departamento Rosario. Inscripto el dominio en el Registro General de Propiedad Inmueble de Rosario al Tº 212 C, Fº 1912, Nº 82039, Departamento Rosario. Dicho Registro informa mediante Certificado de dominio "C" Nº 194493 de fecha 2 de Diciembre del 2008, que el inmueble Registra la siguiente hipoteca: Al Tº 522 B, Fº 507, Nº 159286, Grado: no consta. Fecha de inscripción: 30/12/1987; Moneda: australes; Monto: 5.804,74; Plazo legal: no consta. Tipo de inscripción: Definitiva. Acreedor: no consta. Escritura: Nº 146 de fecha 07/12/1987, Escribano: Registro Nº 187, Vinuesa, de Funes María, con domicilio en Rosario. La Fallida Registra la siguiente inhibición: Al Tº 17 IC Fº 570 Nº 381462. Fecha de inscripción: 13/09/07; Moneda: no consta; Monto: no consta; autos: "Martínez Clara Estela s/Propia Quiebra"; Expte. Nº 215/07; Juzgado: de Distrito Civil y Comercial 17° Nominación. Condiciones: En el acto de remate el comprador deberá abonar el 30% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante (3%), en efectivo y/o cheque certificado. Se deja, aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Rosario Agencia Tribunales para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de Documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC. El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos. Los títulos del inmueble, constatación, informes previos y demás constancias de ley se encuentran agregadas al expediente para ser revisados por los interesados, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Los impuestos, tasas, IVA si correspondiere y contribuciones adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales) desde la fecha de la declaración de Quiebra. IVA si correspondiere y gastos serán a cargo del adquirente en el remate. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia de del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f. Código Fiscal) perfeccionándose el hecho imponible en el momento en que quede firme el auto de aprobación de la subasta. El adquirente del inmueble su bastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2º párrafo del CPCC. Déjese constancia que según oficio de f. 139 recibido del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12° Nominación de esta ciudad, del producido de este remate deberá retenerse la suma de $ 3.047,50 importe que se transferirá una vez que el estado procesal de estos autos lo permita a dicho Tribunal a fin de hacer frente a aportes a las Cajas Profesionales, sellados fiscales y gastos correspondientes a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en Dutra Máxima y Martínez Antonio Parcial s/Declaratoria de Herederos, Expte. Nº 1690/01. Los interesados deben acudir al acto de remate munidos del documento de identidad. Exhibición: El inmueble puede ser visitado por los interesados los cinco días hábiles anteriores a la subasta y en el horario a coordinar con el martillero. Mayores informes al celular 0341-156-619452 y/o en la página Web: www.argentinasubastas.com.ar. Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiera lugar. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC reformado por la ley Provincial 11.287 por el término y bajo los apercibimientos de ley Sin Cargo. Procédase a la publicación de avisos en el Diario El Forense por el término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario, 12 de diciembre de 2008. Ricardo José Lavaca, secretario.

S/C 57089 Dic. 26 Feb. 3

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POR

MONICA CANTERO

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 17ª. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Alejandro Pedro Martín (Juez), Secretaría a cargo del Dr. Ricardo J. Lavaca, se hace saber que en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE PEREZ c/OTRO (C.I. N° 665132) s/APREMIO FISCAL", Expte. N° 24/08, se ha dispuesto que la martillera Mónica Beatris Cantero, CUIT n° 27-18217112-9, venda el día 30 de diciembre de 2008, a partir de las 11,30 horas, en la Sede del Juzgado Comunal de Pérez, Pcia. de Santa Fe; de resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente; en pública subasta el 100% del inmueble que a continuación se describe: "Un lote de terreno situado en la ampliación Barrio Talleres Nuevos de Pérez, perteneciente a la manzana V de acuerdo al plano suscripto por el agrimensor nacional don Juan T. Louhau en marzo de mil novecientos sesenta archivado en el Departamento Topográfico de la Provincia con el n° veinticuatro mil setecientos setenta y tres del mismo año mil novecientos sesenta, se lo designa como Lote Trece ubicado en la calle A entre el Pasaje y la calle Libertad a los dieciocho metros del Pasaje al Sud Oeste mide diez metros de frente sobre la calle A, al Sud Este por veintidós metros de fondo, encerrando una superficie de doscientos veinte metros cuadrados, lindando al Nor Este con los fondos de los lote once y doce, al Nor Oeste con parte del lote diez, al Sud Oeste, con parte del lote Catorce. Dominio inscripto al T° 391 A, F° 217, N° 122.888, Dpto. Rosario. Informa el Registro General Rosario que: 1) el dominio consta inscripto a nombre de la parte demandada. 2) Que no registra hipoteca e inhibiciones, pero si el siguiente embargo inscripto al T° 117E, F° 1647, N° 328.235, de fecha 01/04/08 por monto no reajustable de $ 16.771,65 por orden de este Juzgado y para estos autos. El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la base de la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000). Se seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% ($ 15.000) y de persistir la falta de interesados a continuación sin base y al mejor postor. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 20% del importe total de la compra, con más el 2% correspondiente a Tasa de Remate de la Municipalidad de Pérez y la comisión de ley al martillero actuante (3%), todo en dinero efectivo y/o cheque certificado. El saldo de precio deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales de Rosario para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto e interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. f. Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el art. 502 2° párrafo del CPCC. Exhibición: el inmueble cuenta con cartel de remate para su identificación, y por tratarse de terreno baldío los posibles interesados podrán presentarse en el domicilio del mismo para su evaluación o comunicarse con la martillera actuante. Informes: martillera Mónica Cantero, Tel: 0341-4405373 (de 16 a 19 horas). Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Publíquese sin cargo por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y hall de Tribunales. Rosario, 18 de diciembre de 2008. Ricardo J. Lavaca, secretario.

S/C 57247 Dic. 26 Dic. 30