REGISTRADA BAJO EL Nº 12699
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Declárase de interés general y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la zona urbana de la ciudad de Rosario, departamento Rosario, que seguidamente se escribe: La propiedad está ubicada en Salta 1325/27, según consta en el Servicio de Catastro en la sección 1°, Manzana 38, Gráfico 4, Dominio T° 436 A - F° 495 - N° 309.682 (15/04/1982), propiedad del Sr. Ricardo Rafael Cornero, con destino al funcionamiento de la Escuela de Educación Técnica N° 628 "Servando Bayo".
ARTÍCULO 2°.- El Ministerio de Educación proveerá el crédito presupuestario necesario para atender la erogación que demande el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3°.-Tanto en el procedimiento judicial de expropiación, como de avenimiento expropiatorio, podrá hacerse efectivo el pago de la indemnización o del importe acordado, con la deducción de la suma dineraria que el propietario pudiere estar adeudando en concepto de impuesto inmobiliario y tasa general de inmueble municipal, la que debería ingresar a los respectivos entes acreedores.
ARTÍCULO 4º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 3359
SANTA FE, 19 DIC 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.699 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes