Registrada bajo el Nº 12090
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º - Apruébase en todos sus términos el
Convenio suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y
Comercio de la Provincia de Santa Fe y la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentación de la Nación, el día 14 de Septiembre de 2001, para la
implementación del Régimen de Promoción de las Inversiones para Bosques
Cultivados, en el marco de la Ley N° 25.080, a la que
se encuentra adherida la Provincia por Ley N° 11.768.
Dicho Convenio fue aprobado ad referéndum de la Honorable Legislatura
mediante Decreto N° 0674/02 e inscripto en el
Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales,
el 01-02-02, bajo el N° 1519, Folio 261, Tomo III,
que se agrega como anexo y forma parte del presente.
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Ing. Marcelo Muniagurria
Presidente
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Dr.Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 3566
SANTA FE, 16 DIC. 2002
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.090
efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
REUTEMANN
Ing. Mec. Ricardo E. Fragueyro
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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