REGISTRADA BAJO EL Nº 13439
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Prorrógase en todos sus términos por el plazo de dos (2) años la vigencia de la Ley Nº 13.317, a favor de la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PRQVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 19 NOV 2014
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Rubén D. Galassi
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
12316
__________________________________________