picture_as_pdf 2014-11-26

MINISTERIO DE OBRAS

PUBLICAS Y VIVIENDA


NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A.


NOTIFICACION


Conforme lo ordenado por la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda en el Expediente identificado con el Nº 00601-0045653-6, relacionado con la notificación de la Nota N° 432 Dirección General de Registro de Licitadores a la empresa NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A., con último domicilio conocido en calle Cerrito Nº 1216-2° Piso A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP C1010AAZ) se ha dispuesto la publicación del presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL a fin de notificar al mencionado la Nota N° 432 D.G.R.L. cuya parte pertinente se transcribe a continuación: “Santa Fe, 02 de Octubre de 2014. Visto el Decreto Nº 2877 de fecha 25 de Agosto de 2014 que en su Artículo 1° expresa: “Recíndese el Contrato de Obra Pública Nº 11648 suscripto en fecha 25 de Octubre de 2011, entre la Unidad Ejecutora de Proyectos de Arquitectura, y la firma Noroeste Construcciones S.A., relacionado con la ejecución de la obra: Centro los Aleros - Santa Fe - Departamento la Capital”, que fuera adjudicada por Decreto Nº 1979 de fecha 28 de septiembre de 2011, por culpa exclusiva de dicha Empresa Contratista, de conformidad a lo previsto en el Artículo 88º, incisos a), c), e) y g) de la Ley de Obras Públicas Nº 5188 y su Decreto Reglamentario, atento a lo expresado en los considerandos precedentes.” la empresa se encuentra presuntamente incursa en el Art. 30 inc. 8 del Reglamento General del Registro de Lidiadores - Decreto N° 0001/95. Conforme a lo expresado en primera instancia solicitamos se informe a esta Registro sobre el trámite recursivo que hayan iniciado ante sede administrativa (Número de Expediente). En el caso de inexistencia del recurso, correspondería que conforme a lo estipulado en el Artículo 31º del citado Reglamento General la Empresa tome vista de las actuaciones obrantes en autos, quedando las mismas reservadas en Mesa de Entradas de esta Dirección General de Registro de Licitadores, sito en calle 3 de Febrero 2649 P.B. Casa de Gobierno Santa Fe, debiendo concretar el descargo correspondiente en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles a contar de la fecha de notificación de la presente. Salúdole atentamente. Fdo. Ing. Roberto L. Sambrano. Director. Dirección General de Reg. De Licitadores M.O.P.yV.

S/C 12306 Nov. 26 Nov. 27

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


RESOLUCIÓN N° 2514


SANTA FE, 13 de Noviembre de 2014.-

VISTOS: Estos caratulados “LEY PROVINCIAL NRO. 12.851/08 - JUS UNIDAD DE HONORARIO PROFESIONAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES” (EXP. NRO. 831/08); y,

CONSIDERANDO: Que en los autos del epígrafe, originados en el dictado de la Ley Provincial Nro. 12.851 y en mérito a lo previsto en el artículo 32 de dicha norma, se dispuso que la Dirección General de Administración de este Poder Judicial, haga saber el valor de la unidad Jus allí mencionada.

Que mediante Acta Nro. 23, Punto 6, del 10 de junio de 2008, el Alto Cuerpo dispuso delegar en la Secretaría de Gobierno, la facultad de que en el futuro, de producirse la modificación en la base de cálculo del valor de la misma, disponga lo conducente para su publicación, con comunicación al Cuerpo.

Que atento lo cual y conforme lo previsto por el art. 32 de la Ley 12.851 de Honorarios de Abogados y Procuradores, antecedentes de índole similar, y al incremento salarial dispuesto para todo el personal del Poder Judicial, del 10% a partir del 1° de octubre de 2014 (vid. Acuerdo de la Excma. Corte Suprema de Justicia del 27.10.2014, Acta Nro. 46, Punto 5°), se ha modificado la base de cálculo del valor JUS, el cuál representa el dos por ciento (2%) de la remuneración total, deducidos los adicionales porcentuales particulares, del cargo de Juez de Primera Instancia de Distrito.

Que ello así, la Dirección General de Administración de este Poder Judicial se expide en consecuencia (vid. Informe del 13.11.2014).

Por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley Nro. 10.160 (t.o. según Decreto Nro. 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta 41, punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

RESUELVE: I.- Establecer que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la Ley 12.851 es de $ 821,96 (ochocientos veintiún pesos con noventa y seis centavos), a partir del 1ro. de octubre de 2014.

II.- Poner ello en conocimiento de los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Provincia y Caja Forense.

III.- Comunicarlo asimismo mediante medios electrónicos, a las distintas unidades jurisdiccionales de la Provincia.

IV.- Disponer la publicación del presente decisorio en el Boletín Oficial de la Provincia, por el término de cinco días.

Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Cuerpo.

S/C. 12319 Nov. 26 Dic. 2

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


ANEXO ÚNICO RESOLUCIONES

Nros. 65/14 y 66/14

LLAMADO A CONCURSO


De conformidad con lo establecido por el artículo 6° del Decreto N° 3904/12, Resolución del M.J.y.D.H. Nº 0153/13 y las Resoluciones Nros. 65/14 y 66/14 por la cual el Presidente del Consejo de la Magistratura resolvió convocar a Concurso de oposición, antecedentes y entrevista para cubrir las siguientes vacantes definitivas:

SANTA FE

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO DE MENORES 1º NOMINACION

Miembros integrantes del Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica: Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Titular: Dr. Fernando Vidal, Suplente: Dr. Otto Crippa García. Por las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales – Titular: atento la renuncia del Dr. Claudio Puccinelli por motivos personales asume el suplente en tal carácter el Dr. Jorge Funes. Por los Colegios de Abogados – Titular: Dr. Rodolfo Zehnder, Suplente: Dra. Alicia Mabel Torres.-

Miembros integrantes del Cuerpo Colegiado Entrevistador Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Titular: Dr. Alfredo Ivaldi Artacho y Suplente: Dra. Carina Lurati. Por las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales – Titular: Dr. Ricardo Fernández y Suplente: Dra. Raquel Alianak. Por los Colegios de Abogados – Titular: Dr. Alejandro Schvartzman y Suplente: Dr. Gustavo Javier Thomas.-

SANTA FE

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO LABORAL 4º NOMINACION

Miembros integrantes del Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica: Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Titular: Dr. Nicolás Vitantonio, Suplente: Dra. Beatriz Abele. Por las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales – Titular: Dra. Bibiana A. De Souza Bento y suplente Dra. Matilde Banker. Por los Colegios de Abogados – Titular: Dra. Fabiana Laura Liva, Suplente: Dr. Federico Curtis Messa.-

Miembros integrantes del Cuerpo Colegiado Entrevistador Por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial: Titular: Dra. Lucía Aseff y Suplente: Dr. Enrique Girardini. Por las Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales – Titular: Dr. Ricardo Terrile y Suplente: Dra. Adriana Taller. Por los Colegios de Abogados – Titular: Dr. José María Williner y Suplente: Dr. Miguel Juarez.-

PLAZO DE INSCRIPCIÓN: 15 DÍAS HÁBILES. Fecha de inicio de inscripción: LUNES 01 DE DICIEMBRE DE 2014 a las 08,00 hs. hasta las 12,00 hs. del día LUNES 22 DE DICIEMBRE DE 2014.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN: Los interesados deberán completar el formulario de inscripción en el sitio web del Consejo de la Magistratura: www.santafe.gov.ar > Ministerio de Justicia y Derechos Humanos > Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales y entregar en la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 (3.000 - Santa Fe) ó en la Delegación Rosario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Santa Fe 1950 (2.000 – Rosario) una carpeta en soporte papel conteniendo la acreditación de sus antecedentes en original y copia.-

No se recibirán solicitudes luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la inscripción.


Dr. Mariano Alberto T. Candioti

Presidente Consejo de la Magistratura

Provincia de Santa Fe

S/C. 12310 Nov. 26 Nov. 28

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SECRETARIA DE MEDIO

AMBIENTE


RESOLUCIÓN Nº 306


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 18 NOV 2014

VISTO:

El Expediente N° 01802-0009873-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que el objeto de la presente Resolución es la prevención de la ocurrencia de accidentes graves derivados de causas tecnológicas o humanas asociadas a ellas, que pudieren resultar en determinadas actividades industriales o de servicios, así como la limitación de sus consecuencias tanto para las personas como para el medio ambiente, en el caso de ocurrir;

Que al proceder a la categorización ambiental de los emprendimientos o en la presentación del Plan de Gestión Ambiental (PGA) incluido en los estudios ambientales, requerida en la aplicación del Decreto Nº 0101/03, resulta necesario establecer claramente los distintos niveles de riesgos, los cuales son específicos de cada actividad o relativos a sus condiciones operativas;

Que es necesario complementar aspectos pendientes de regulación, tales como la clasificación numérica o cuantitativa y cualitativa de las actividades consideradas riesgosas, la introducción de elementos que permitan precisar las actividades efectivamente alcanzadas por la presente Resolución y su nivel de riesgo ambiental asociado, como así también la referencia a metodologías aceptables para su evaluación;

Que es necesario regular la gestión de riesgos, la reglamentación y control de empresas de la forma más clara posible, a los fines de estandarizar la aplicación por medio de una metodología, según el grado de detalle que deberán contener los estudios de riesgo, en función de la peligrosidad asociada a los procesos y/u operaciones que desarrollan;

Que es necesario que los titulares y/o responsables de emprendimientos conozcan el riesgo de sus procesos y/o instalaciones y adopten las medidas y acciones necesarias para reducirlos a límites aceptables;

Que los riesgos de un establecimiento pueden estar asociados a sus actividades e instalaciones (almacenamientos, procesos o servicios auxiliares), al factor humano, o a elementos externos (naturales, infraestructura y suministros, vandalismo, sabotaje e instalaciones vecinas);

Que dentro del ámbito de la provincia de Santa Fe se desarrollan un gran número de industrias que utilizan en sus procesos, como materias primas o insumos, o que producen sustancias inflamables, tóxicas, sometidas a variables de procesos con altas temperaturas y/o presiones, que implican un riesgo tecnológico asociado a los mismos, susceptibles de producir accidentes con consecuencias tanto para los trabajadores, como así también para la población cercana y el ambiente natural y construido;

Que la presentación de los estudios de análisis de riesgo de las empresas no implica por parte de la Secretaría de Medio Ambiente, la aceptación de las condiciones de operatividad ni de seguridad de las instalaciones o equipos analizados, sino que es una herramienta disponible de los responsables del establecimiento para la gestión del riesgo a niveles más seguros;

Que el objeto de la presente Resolución no significa la interferencia con las acciones y medidas de seguridad que los responsables de los establecimientos deben efectuar referidas al cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo en el marco de las competencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social u otro organismo;

Que en consonancia con los principios generales de la Ley Nº 11.717, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, hoy Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, tiene como objetivo según el Artículo 2, inciso 4 r: “La minimización de riesgos ambientales, la prevención y mitigación de emergencias ambientales y la reconstrucción del ambiente en aquellos casos en que haya sido deteriorado por acción antrópica o degradante de cualquier naturaleza”;

Que el Decreto Nº 0101/03, reglamentario de la Ley Nº 11.717 en lo relativo a los estudios ambientales, establece la presentación de análisis de riesgo y planes de contingencias, como parte integrante del Plan de Gestión Ambiental, tanto para las nuevas actividades como para las existentes, Anexos III y VI respectivamente;

Que por lo establecido en el Artículo 4º del Decreto Nº 0101/03 “Todos los datos consignados en la documentación que la Autoridad de Aplicación requiera con motivo del cumplimiento de la presente reglamentación tienen carácter de Declaración Jurada”;

Que la Ley General del Ambiente Nº 25.675 establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable;

Que personal técnico de la Subdirección General de Control e Impacto Ambiental de la Dirección General Delegación Zona Sur de la Secretaria de Medio Ambiente, ha participado en forma relevante en la elaboración de la presente resolución;

Que la competencia en la materia surge de lo establecido en la Leyes Nº 11.717 y Nº 12.817, y en el Decreto Reglamentario Nº 0025/07 y Resolución Nº 0083/08 y sus ampliatorias Nº 498/09 y 650/13, todas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Los estudios de Análisis de Riesgo incluidos en los Planes de Gestión Ambiental de los emprendimientos categoría 2 y 3 que se presentan en los estudios ambientales en el marco del Decreto Nº 0101/03, deben exhibir un grado de detalle definido en función del nivel de riesgo inherente a la actividad que desarrollan.-

ARTICULO 2º.- La Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas y Servicios

Públicos y Medio Ambiente es la autoridad de aplicación de la presente Resolución.-

ARTÍCULO 3º.- Establecer el procedimiento indicado en el Anexo I, que forma parte de la presente Resolución, como mecanismo para la determinación del grado de detalle que deberán exhibir los estudios de riesgo, el que corresponde a:

a) Riesgo Grado 1, para actividades de bajo riesgo ambiental;

b) Riesgo Grado 2, para actividades de mediano riesgo ambiental;

c) Riesgo Grado 3, para actividades de alto riesgo ambiental.

Entregada por parte del titular de la actividad la documentación consistente y probatoria que determine el Grado o Nivel de Riesgo en el marco de la presente Resolución, la autoridad de aplicación evaluará dicha determinación del Grado de Riesgo, pudiendo rectificar la misma, en función del entorno inmediato del establecimiento, características de las sustancias manipuladas, instalaciones y procesos, normativa específica que regule la actividad, u otras que se consideren relevantes.-

ARTÍCULO 4º.- El grado de detalle que deben exhibir los distintos estudios es el Siguiente:

a) Riesgo Grado 1: corresponde la presentación de un estudio de riesgo en el cual se presenten métodos para la identificación de peligros a partir de: Listas de verificación (Check lists), metodología ¿Qué pasa si? (What If), o Análisis de modo de falla y efectos (FMEA), índices de riesgo asociadas a las listas de verificación, así como también las medidas de gerenciamiento de tales escenarios identificados.

b) Riesgo Grado 2: corresponde la presentación de un estudio de riesgo en el cual se empleen los métodos de identificación explicitados en el Riesgo Grado 1 y además, se utilicen métodos semicuantitativos, empleando matrices semi-cuantitativas para análisis de riesgos, en las cuales se discreticen la frecuencia (probabilidad de ocurrencia) y las consecuencias (severidad) en cuatro (4) categorías, evaluando cada situación de riesgo identificada. En función del riesgo asociado a cada escenario identificado, presentar la medida a contemplar para el gerenciamiento del riesgo.

c) Riesgo Grado 3: corresponde la presentación de un estudio de riesgo en el cual tanto la identificación como la evaluación sean realizadas en forma sistemática, evaluando cada situación de riesgo identificada utilizando metodologías rigurosas del tipo HAZOP (“Hazard and Operability Study” Estudio de Peligro y operacionalidad) o FMEA y realizando un análisis de riesgos cuantitativo.

Los contenidos mínimos de los estudios se especifican en Anexo II, que forma parte de la presente Resolución.

Todo otro método, siempre que suministre información comparable con los métodos antes establecidos, deberá ser informado y sólo podrá utilizarse previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente.

En todo momento y en función de los resultados obtenidos durante el proceso de análisis y evaluación, la autoridad de aplicación podrá rectificar el Grado o Nivel de Riesgo o solicitar una ampliación de los estudios y el grado de detalle de los mismos.-

ARTÍCULO 5º.- En todos los casos, junto a los estudios indicados en el artículo 4º deberán adjuntarse diagramas de los procesos y diagrama de distribución de la planta (Lay Out).

Además, deberán adjuntarse a los Estudios de Riesgo los correspondientes planes de contingencia, elaborados específicamente para la planta en estudio y asociado a los riesgos identificados, cuyos contenidos mínimos se incluyen en el Anexo III.-

ARTÍCULO 6º.- Como consecuencia del Estudio de Riesgo se deberá presentar un

plan y un sistema de gerenciamiento del riesgo en función de las características del emprendimiento y la planta operada. Éste deberá contener, por ejemplo, las acciones, procedimientos, modificación de instalaciones, incorporación de elementos de seguridad y/o control, revisiones y evaluación periódica, en términos no taxativos.-

ARTÍCULO 7º.- Los estudios de riesgo Grado 3 deberán ser realizados por un equipo integrado fundamentalmente por personal técnico de la planta y en base a los planos y situación actualizada de la planta.

Para aquellas empresas cuya magnitud o complejidad lo ameriten, la Secretaría de Medio Ambiente admitirá la presentación gradual de los estudios, comenzando por las actividades / procesos de mayor riesgo.-

ARTICULO 8º.- Los Estudios de Riesgo establecidos en el artículo 1º deberán estar rubricados por el/los titular/es del emprendimiento y/o representantes y por el responsable técnico del estudio presentado, a los que les corresponderán las responsabilidades del contenido del mismo, en el marco del Artículo 4 del Decreto Nº 0101/03 y de la Ley Nº 13.060, al igual que a los profesionales responsables de su elaboración los que podrán ser suspendidos del Registro Oficial de Consultores, Expertos y Peritos en materia ambiental.

La aceptación de la metodología de identificación, evaluación y gestión del riesgo por parte de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente no exime a los firmantes del estudio de las sanciones penales, civiles o administrativas que correspondan.-

ARTICULO 9º.- Los titulares o representantes de las empresas alcanzadas por la presente Resolución deberán informar a la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de todo accidente tecnológico que haya generado un impacto ambiental, en un plazo no mayor a los cinco (5) días de ocurrido el mismo.

El informe deberá exhibir como contenidos mínimos los siguientes:

Descripción las causas que originaron el accidente;

Sustancia liberada y su cantidad;

Estimación del área afectada;

Medidas / acciones todas para evitar su repetición;

Revisión obligatoria del Plan de Contingencia.-

ARTÍCULO 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Consultar Anexos en www.santafe.gov.ar/Ambiente

S/C. 12307 Nov. 26 Nov. 28

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Ministro de Justicia y

Derechos Humanos


RESOLUCIÓN N° 0439


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional”, 20 NOV 2014

VISTO:

El expediente Nº 02001-0022932-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos-, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura de diversos cargos en la Dirección General de Administración; y

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se encuentra comprendido en los lineamientos consensuados en el Acta Acuerdo N° 003/2013, de la Comisión Paritaria Central, homologada por Decreto N° 3058/13 y se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/2009, modificatorio del Capitulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que la Dirección Provincial de Recursos Humanos de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción de los puestos a cubrir, determinando su categoría, agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de las presentes actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos – contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente - Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, a los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y ATE;

Que la composición del Jurado para el concurso obedece a lo ordenado por el Artículo 94° del Decreto Acuerdo N° 2695/83 - modificado por el

Decreto N° 1729109;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el Artículo 87” in fine, del Régimen de Concursos citado;

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, emitiendo Dictamen Nº 413 de fecha 03 de octubre de 2014, sin objeciones que formular;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Llámese a concurso interno, para la cobertura de los siguientes cargos en la Dirección General de Administración:

- Jefe de Departamento Contabilidad - Nivel 06 - Jefe de Departamento Presupuesto, Nivel 06 - Y Subjefe Departamento Contabilidad - Nivel 05 – todos dependientes de la Coordinación General de Presupuesto y Contabilidad.

- Subtesorero - Nivel 06 – y Subjefe de Departamento Habilitación Central - Nivel 05 - ambos dependientes de la Coordinación General de Tesorería.

- Jefe de Departamento Técnico Administrativo - Nivel 06 - Subjefe de Departamento Técnico Administrativo - Nivel 05 - y Jefe de División Redacción y Control de Trámites - Nivel 04 - todos dependientes de la Subdirección General de Administración.

- Jefe de Departamento Control e informes - Nivel 06 - y Subjefe de Departamento Control e informes - Nivel 05 - ambos dependientes de la Coordinación General de Personal.

- Jefe de Departamento Compras, Contrataciones y Gestión de Bienes - Nivel 06 – y Subjefe de Departamento Compras, Contrataciones y Gestión de Bienes - Nivel 05 - ambos dependientes de la Coordinación de Compras, Contrataciones y Gestión de Bienes.

- Jefe de División Afectaciones y Embargos - Nivel 04 - dependiente de la Coordinación de Sueldos.

- Jefe de Departamento Revisiva - Nivel 06 - dependiente de la Coordinación General de Rendiciones de Cuentas.

ARTICULO 2°. El Concurso Interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capitulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; salvo que fuere declarado desierto, en cuyo caso se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Artículo 4° - Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; debiendo estarse a lo dispuesto en el Anexo II - Artículo 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09.

ARTICULO 3°. Aprobar la descripción de los puestos de trabajo y el perfil pretendido para el cargo, que como Anexo 1, forman parte de la presente Resolución.

ARTICULO 4°. Aprobar la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas la selección, fechas, lugares y horario en que se llevarán a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según el puesto a concursar, que se detallan en el Anexo II, integrando la presente Resolución.

ARTICULO 5°. Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL, según lo establecido en el Artículo 92° del texto actualizado del Decreto Acuerdo N° 2695/83 Y remítase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

Dr. JUAN T. LEWIS

Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos

NOTA: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

S/C 12322 Nov. 26 Dic. 10

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RESOLUCIÓN N° 0440


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional”, 20 NOV 2014.

VISTO:

El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes N° 02001-0023968-5, de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Jefatura de División Secretaria Privada - Nivel 04 - en la Subsecretaría de Asuntos Penales de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/2009, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que la Dirección Provincial de Recursos Humanos de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción del puesto a cubrir, determinando su categoría, agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de las presentes actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos - contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente - Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, a los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y ATE;

Que la composición del Jurado para el concurso obedece a lo ordenado por el artículo 94° del Decreto Acuerdo N° 2695/83 - modificado por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el artículo 87 in fine, del Régimen de Concursos citado;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se ha expedido mediante Dictamen N” 411 de fecha 03 de octubre de 2014, sin objeciones que formular;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Llamar a concurso interno, para la cobertura del cargo de División Secretaría Privada - Nivel 04 - Agrupamiento Administrativo de la Subsecretaría de Asuntos Penales.

ARTICULO 2°. El Concurso Interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Art. 4º Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II - Art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09.

ARTICULO 3º. Aprobar la descripción del puesto de trabajo y el perfil pretendido para el cargo, que como Anexo I, forma parte de la presente

Resolución.

ARTICULO 4º. Aprobar: la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas la selección, tiempos en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según el puesto a concursar, que se detallan en el Anexo II de la presente, integrando la presente Resolución.

ARTICULO 5º. Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Articulo N° 92, del texto actualizado del Decreto Acuerdo N° 2695/83 y remítase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

Dr. JUAN T. LEWIS

Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos

NOTA: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

S/C 12323 Nov. 26 Dic. 10

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RESOLUCIÓN Nº 0441


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional”, 20 NOV 2014

VISTO:

El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes N° 02001-0024263-4, de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Subdirector de la Dirección General de Despacho - Nivel 08 - de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/2009, modificatorio del Capitulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que la Dirección Provincial de Recursos Humanos de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción del puesto a cubrir, determinando su categoría, agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de las presentes actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos - contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente - Ley N° 10.052 Y modificatorias - en la materia les corresponde, a los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E;

Que la composición del Jurado para todos los cargos obedece a lo ordenado por el Artículo 94° del Decreto Acuerdo N° 2695/83 - modificado por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el Artículo 87 in fine, del Régimen de Concursos citado;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se ha expedido mediante Dictamen Nº 436 de fecha 14 de octubre de 2014, sin objeciones que formular;

POR EllO:

El MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Llamar a concurso interno, para la cobertura del cargo de Subdirector General de Despacho, de la Dirección General del mismo nombre - Nivel 08 - Agrupamiento Administrativo.

ARTICULO 2°. El Concurso Interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Art. 4° Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II - Art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09.

ARTICULO 3°. Aprobar la descripción del puesto de trabajo y el perfil pretendido para el cargo, que como Anexo 1, forma parte de la presente

Resolución.

ARTICULO 4°. Aprobar: la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas la selección, tiempos en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según el puesto a concursar, que se detallan en el Anexo 11 de la presente, integrando la presente Resolución.

ARTICULO 5°. Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo N° 92, del texto actualizado del Decreto Acuerdo N° 2695/83 y remítase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

Dr. JUAN T. LEWIS

Ministro de Justicia y

Derechos Humanos

NOTA: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

S/C 12324 Nov. 26 Dic. 10

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RESOLUCIÓN Nº 0442


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional; 20 NOV 2014

VISTO:

El expediente Nº 02001-0024028-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos-, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura de diversos cargos en la Dirección Provincial del Registro Civil; y

CONSIDERANDO

Que el presente llamado se encuentra comprendido en los lineamientos consensuados en el Acta Acuerdo N° 003/2013, de la Comisión Paritaria Central, homologada por Decreto N° 3058/13 Y se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/2009, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que la Dirección Provincial de Recursos Humanos de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción de los puestos a cubrir, determinando su categoría, agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de las presentes actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos – contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente - Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, a los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y ATE;

Que la composición del Jurado para el concurso obedece a lo ordenado por el Articulo 94° del Decreto Acuerdo N° 2695/83 - modificado por el

Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaria de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el Articulo 87° in fine, del Régimen de Concursos citado;

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, emitiendo Dictamen Nº 414 de fecha 03 de octubre de 2014, sin objeciones que formular;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Llámese a concurso interno, para la cobertura de los siguientes cargos en la Dirección Provincial del Registro Civil:

Según estructura aprobada por Decreto W 2689/06:

- Subdirector de Despacho - Nivel 08 - Agrupamiento Administrativo.

- Jefe de División Control Recepción de Trámites Santa Fe - Nivel 04 - Agrupamiento Administrativo.

- Jefe de División Registro Civil Interior Zona Norte - Nivel 04 – Agrupamiento Administrativo (Cuatro puestos)

- Jefe de Procesamiento de Actas de Santa Fe - Nivel 03 – Agrupamiento Administrativo

- Oficina Trámites Seccionales de Santa Fe - Nivel 03 – Agrupamiento Administrativo

- Oficial Público Archivo Departamental Zona Norte - Nivel 03 – Agrupamiento Administrativo

- Asistente Registro Civil Interior Zona Norte - Nivel 03 – Agrupamiento Administrativo (dos puestos)

- Oficial Público Interior Zona Norte - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo (cuatro puestos)

- Oficial Público Interior Zona Sur - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo

- Encargado de Mantenimiento de Seccionales Santa Fe - Nivel 03 – Agrupamiento Servicios Generales

- Encargado Entrega de D.N.I. Rosario - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo

- Oficina Mesa de Entrada Archivo Rosario - Nivel 03 – Agrupamiento Administrativo (dos puestos)

Según estructura aprobada por Decreto Nº 2611/07:

- Jefe de Departamento Recursos Humanos – Nivel 06 – Agrupamiento Administrativo

- Conducción Oficiales Públicos - Nivel 06 - Agrupamiento Administrativo

- Jefe de Departamento Identificaciones Santa Fe - Nivel 06- Agrupamiento Administrativo

- Control Trámites Departamento Identificaciones Rosario – Nivel 06 - Agrupamiento Administrativo.

- Jefe Departamental San Justo - Nivel 06 - Agrupamiento Administrativo

- Subjefe Seccional 2ª Santa Fe - Nivel 05 - Agrupamiento Administrativo

- Subjefe Seccional 1ª Rosario - Nivel 05 - Agrupamiento Administrativo

- Habilitado Registros y Pagos - Nivel 05 - Agrupamiento Administrativo

- Subjefe Departamental Cañada de Gómez - Nivel 05 – Agrupamiento Administrativo

- Contralor Actas Santa Fe - Nivel 04 - Agrupamiento Administrativo (2 puestos)

- Oficina Trámites Secciona les Rosario - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo (dos puestos)

- Cajero Rosario - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo (dos puestos)

- Subjefe Oficina Registro Civil Hospital Centenario Rosario – Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo

- Oficina Búsqueda Partidas Archivo Departamental Rosario - Nivel 03 -

Agrupamiento Administrativo

- Oficina Trámites Nacimientos, Defunciones, Matrimonios – Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo (tres puestos)

- Oficina Trámites Identificatorios Rosario – Nivel 03 – Agrupamiento Administrativo

- Subjefe Registro Civil Hospital Iturraspe - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo

- Asistente Registro Civil Santa Fe - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo (tres puestos)

- Asistente Registro Civil Rosario - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo (tres puestos)

- Asistente Registro Civil San Justo - Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo

- Asistente Servicios Generales Santa Fe - Nivel 03 - Agrupamiento Servicios Generales

- Subjefe Defunciones Rosario – Nivel 03 - Agrupamiento Administrativo

ARTICULO 2°. El Concurso Interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; salvo que fuere declarado desierto, en cuyo caso se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Artículo 4° - Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; debiendo estarse a lo dispuesto en el Anexo II - Articulo 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09.

ARTICULO 3°. Aprobar la descripción de los puestos de trabajo y el perfil pretendido para el cargo, que como Anexo I, forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 4°. Aprobar la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas la selección, fechas, lugares y horario en que se llevarán a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según el puesto a concursar, que se detallan en el Anexo II, integrando la presente Resolución.

ARTICULO 5°. Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL, según lo establecido en el Artículo 92º del texto actualizado del Decreto Acuerdo N° 2695/83 Y remítase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

Dr. JUAN T. LEWIS

Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos

NOTA: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

S/C 12325 Nov. 26 Dic. 10

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RESOLUCIÓN Nº 0443


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional”, 20 NOV 2014

VISTO:

El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes N° 02001-0022933-4, de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura de sendos cargos en la Dirección General de Despacho de esta Jurisdicción;

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/2009, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que la Dirección Provincial de Recursos Humanos de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción de los puestos a cubrir, determinando su categoría, agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de las presentes actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos – contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente - Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, a los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.

Que la composición del Jurado para el concurso obedece a lo ordenado por el Artículo 94º del Decreto Acuerdo Nº 2695/83 – modificado por el Decreto Nº 1729/09.

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el artículo 87 in fine, del Régimen de Concursos citado;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se ha expedido mediante Dictamen N” 412 de fecha 03 de octubre de 2014, sin objeciones que formular;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Llamar a concurso interno, para la cobertura de los siguientes cargos: Subdivisión Ordenanza - Nivel 03 - Agrupamiento Servicios Generales, Notificador - Nivel 04 - Agrupamiento Administrativo, Jefe de División Notificaciones - Nivel 04 – Agrupamiento Administrativo, Jefe de División Distribución de Actuaciones - Nivel 04 - Agrupamiento Administrativo, Jefe de División Redacción - Nivel 04 – Agrupamiento Administrativo y Jefe de Departamento Notificaciones - Nivel 06 - Agrupamiento Administrativo.

ARTICULO 2°. El Concurso Interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Art. 4º Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II - Art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09.

ARTICULO 3°. Aprobar la descripción de los puestos de trabajo y los perfiles pretendidos para los cargos, que como Anexo I, forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 4°. Aprobar: la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas la selección, tiempos en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según el puesto a concursar, que se detallan en el Anexo 11de la presente, integrando la presente Resolución.

ARTICULO 5°. Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo N° 92, del texto actualizado del Decreto Acuerdo N° 2695/83 y remítase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

Dr. JUAN T. LEWIS

Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos

NOTA: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

S/C 12326 Nov. 26 Dic. 10

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RESOLUCIÓN N° 0444


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional”, 20 NOV 2014

VISTO:

El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes N° 02001-0022931-2, de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cuyas actuaciones se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura de sendos cargos en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se realiza en cumplimiento del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/2009, modificatorio del Capitulo XIV del Escalafón Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que la Dirección Provincial de Recursos Humanos de la Jurisdicción ha realizado la correspondiente descripción de los puestos a cubrir, determinando su categoría, agrupamiento y el perfil solicitado;

Que como se desprende de las presentes actuaciones, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos - contables previos a tales fines;

Que asimismo, se les ha otorgado la participación, que por la normativa vigente - Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, a los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E;

Que la composición del Jurado para el concurso obedece a lo ordenado por el Artículo 94° del Decreto Acuerdo N° 2695/83 - modificado por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el artículo 87 in fine, del Régimen de Concursos citado;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se ha expedido mediante Dictamen Nº 410 de fecha 03 de octubre de 2014, sin objeciones que formular;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. Llamar a concurso interno, para la cobertura de los siguientes cargos: Jefe Departamento Administrativo - Nivel 06 – Agrupamiento Administrativo y Asistente Profesional Mayor Dictámenes - Nivel 04 – Agrupamiento Profesional.

ARTICULO 2°. El Concurso Interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capitulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto, se llamará a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (Art. 4º Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II - Art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09.

ARTICULO 3°. Aprobar la descripción de los puestos de trabajo y los perfiles pretendidos para los cargos, que como Anexo I, forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 4°. Aprobar: la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas la selección, tiempos en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según el puesto a concursar, que se detallan en el Anexo II de la presente, integrando la presente Resolución.

ARTICULO 5°. Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo N° 92, del texto actualizado del Decreto Acuerdo N° 2695/83 y remítase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

Dr. JUAN T. LEWIS

Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos

NOTA: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

S/C 12327 Nov. 26 Dic. 10

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