picture_as_pdf 2009-11-26

REGISTRADA BAJO EL Nº 13030


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1º.- Suspéndese, con carácter provisorio, la aplicación del artículo 73 de la Ley 12.521, a fin de que los ascensos pendientes del personal policial correspondientes a los años 2007, 2008 y 2009, se regularicen conforme a lo establecido por la Ley 6769 y su respectiva reglamentación, respetándose las jerarquías previstas en dicha ley.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Fabián Bastía

Subsecretario

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 19 Nov 2009

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Antonio Juan Bonfatti

Ministro de Gobierno y

Reforma del Estado.

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