picture_as_pdf 2002-11-26

DECRETO Nº 3012

 

Santa Fe; 14 de Noviembre de 2002.

VISTO:

El Expediente Nº 00416-0019848-1 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual su Subsecretaría de Educación solicita la aprobación de los Planes de Estudios de las carreras que se dictan en el Instituto Superior Nº 25 “Beppo Levi” de Puerto General San Martín - Departamento San Lorenzo, y

CONSIDERANDO:

Que las carreras aludidas son de: 1) Técnico Superior en Higiene y Seguridad en el Trabajo (de 3 años de duración), con título intermedio al cumplimentar el 2do. año de Auxiliar en Higiene y Seguridad en el Trabajo y 2) Analista en Medio Ambiente de 3 años de duración;

Que los avances tecnológicos conllevan nuevos conceptos en cuanto al diseño, construcción, comportamiento e impacto de los procesos que se implementan en la industria sobre el medio en general, a la vez que su influencia está estrechamente ligada a todo el espectro laboral y por ende a la vida cotidiana de las comunidades;

Que surgen así nuevos conocimientos y, conjuntamente, necesidades orientadas a prevenir, controlar y minimizar las posibles aristas negativas que pueden acompañar todo desarrollo, contemplando dos aspectos fundamentales como lo son el cuidado de la salud de los trabajadores y del medio ambiente;

Que éstas no son tareas a improvisar y, precisamente porque es elevado el grado de sofisticación del equipamiento y de los procesos industriales, es que aquellas personas cuyo trabajo sea controlar los efectos indeseados requieren de una preparación especial;

Que por ello resulta indispensable formar profesionales críticos y reflexivos, que cuenten con los elementos técnicos y humanísticos necesarios para desempeñar con idoneidad y responsabilidad las mismas;

Que dadas las características y objetivos de la formación técnico profesional que se desarrolla desde los Institutos Superiores Técnicos de esta Provincia, especialmente dirigida al ámbito laboral regional, cubriendo distintas terminalidades en un amplio y abarcativo espectro, es que se considera oportuno implementar carreras de Nivel Superior de corta duración, con emisión de títulos intermedios, específicamente, relacionadas con la higiene y seguridad en el trabajo, y el medio ambiente;

Que ha intervenido la Comisión Provincial Permanente Decreto Nº 5799/91, con la participación del Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de la Provincia de Santa Fe - Distrito 1 (Ley Nº 10.946), de la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social y de la Subsecretaría de Medio Ambiente y Ecología, aconsejando mediante Dictamen Nº 57/00 (fs. 253/256) la competencia a asignar para el ejercicio de la docencia y la incumbencia profesional a otorgar a los títulos correspondientes,

Que por otra parte, la Comisión precitada mediante Nota Nº 57/02 (fs. 360), destaca que no corresponde acordar competencia para el ejercicio de la docencia en esta Jurisdicción, al título de “Auxiliar en Higiene y Seguridad en el Trabajo” intermedio de la carrera de “Técnico Superior en Higiene y Seguridad en el Trabajo”,

Que asimismo, a fin de contar con referato externo a nivel académico, a pedido de la Subsecretaría de Educación han emitido informe la Universidad Católica de Santa Fe y la Universidad Tecnológica Nacional Regional Santa Fe,

Que además la mencionada Subsecretaría solicita se reconozcan los estudios cursados desde el año 1999 por los alumnos del Instituto en cuestión, de conformidad con los planes de estudios cuya aprobación se gestiona;

Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes obrantes en autos, estima procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 72º inciso 5º de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º - Apruébanse los Planes de Estudios de las Carreras que se detallan a continuación, los que como Anexos I y II, en diecinueve (19) y diecisiete (17) fojas, respectivamente, integran el presente decreto, y que se dictan en el Instituto Superior Nº 25 “Beppo Levi” de Puerto General San Martín - Departamento San Lorenzo:

Anexo I - Técnico Superior en Higiene y Seguridad en el Trabajo con título intermedio de Auxiliar en Higiene y Seguridad en el Trabajo.

Anexo II : Analista en Medio Ambiente.

ARTICULO 2º - Reconócense los estudios cursados desde el año 1999 por los alumnos del citado Instituto Superior, de conformidad con los Planes de Estudios aprobados por el artículo anterior.

ARTICULO 3º - Facúltase al Ministerio de Educación a modificar los  Contenidos Mínimos de los Planes de Estudios aprobados por el presente decreto.

ARTICULO 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

 

REUTEMANN

C.P.N. Daniel Germano

NOTA: Los Anexos respectivos se encuentran a disposición de los interesados en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.

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