DECRETO Nº 3010
SANTA FE, 14 de noviembre de 2002
VISTO:
El Expediente Nº 00401-0112966-2 del registro del Ministerio de Educación,
mediante el cual diversos servicios educativos dependientes de dicha
Jurisdicción solicitan la aprobación de nuevos Planes de Estudios para las
Carreras de “Técnico Superior en Sistemas de Gestión”; “Programador en Sistemas
Administrativos”; “Técnico Superior en Informática Aplicada” (Técnico Superior
en Informática: Título Intermedio) y “Técnico Superior en Administración de Empresas”;
que se cursan en dichas instituciones en reemplazo de: Tecnicaturas anexas al
Profesorado en Ciencias Económicas; Programador en Sistemas Administrativos y
Técnico Superior en Administración - Decreto Nº 1760/88; y
CONSIDERANDO:
Que los establecimientos involucrados en la gestión son los Institutos
Superiores Nros. 5 “Perito Francisco Moreno” de Cañada de Gómez; 6 “Dr.
Leopoldo Chizzini Melo” de Coronda; 7 “Brig. Estanislao López” de Venado
Tuerto; 8 “Almirante Brown” de Santa Fe - Anexo Esperanza; 20 “Senador Néstor
Juan Zamaro” de San Justo; 22 “Maestro Hadad” de Fray Luis Beltrán y Escuela
Normal Superior y Superior de Comercio Nº 46 de Santa Fe;
Que el Diseño Curricular del Profesorado en Ciencias Económicas con el cual
las Tecnicaturas mencionadas compartían espacios curriculares, fue sustituido
mediante Decreto Nº 0696/01, por los Profesorados “en Administración” y “en
Economía”, perdiendo los espacios comunes a ambos, su denominación y carga
horaria;
Que los Institutos enunciados no cuentan con carga horaria presupuestada
que les permita separar los Profesorados de las Tecnicaturas convirtiendo éstas
en carreras independientes;
Que ante tales transformaciones sufridas por las carreras docentes, a
partir del año 1999, por consenso se establece que el Profesorado del cual se
desprenden las Tecnicaturas, o bien, con el que constituyen un tronco común, es
el del “Tercer Ciclo de la Educación General Básica y de la Educación Polimodal
en Administración”, elaborándose propuestas y/o reformulaciones que se ajustan
a las horas cátedra que por presupuesto cuentan los Institutos mencionados;
Que desde los Diagnósticos Institucionales construidos en los Programas de
Enriquecimiento Instrumental -PEI-, se transparenta la importancia que tienen
las Tecnicaturas en la oferta académica de estos establecimientos, lo que se
aprecia en el elevado y constante aumento de matrícula, en el significativo
incremento en la tasa de retención, y en los últimos años, en una tendencia a
la estabilidad en los índices de graduación, constituyéndose de esta manera, en
un fuerte soporte de las carreras de Formación Docente de las cuales se
desprenden, dando respuesta a las demandas de existencia de un ámbito para la
formación de Profesionales de Nivel Superior, adecuado al perfil económico,
industrial, comercial y de servicio de las zonas de influencia;
Que además, en todas estas propuestas se parte de la base de que deben ser
currículos flexibles y presentar una dinámica tal, que permitan responder a los
desafíos a los que nos enfrentan los avances científico - tecnológicos
requeridos por el mercado, y afrontar los problemas concretos de la realidad
propia de cada Instituto Superior involucrado;
Que al respecto corresponde destacar que los nuevos diseños se ajustan a
las normas del Decreto Nº 5799/91 y que se adecuan a las pautas dadas por el
Consejo Federal de Cultura y Educación, en cuanto a la duración de las carreras
de grado y pre-grado de Educación Superior;
Que la Dirección Provincial de Educación Superior, Perfeccionamiento
Docente, Programación y Desarrollo Curricular de la Jurisdicción de referencia,
ha emitido informe favorable sobre el particular, criterio avalado por la
Subsecretaría de Educación;
Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente - creada por
Decreto Nº 5799/91 - aconsejando mediante Dictamen Nº 048/01 y Anexos, la
competencia para el ejercicio de la docencia y la incumbencia profesional que
corresponde asignarle a los títulos respectivos, esta última conforme lo
señalado por el Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de
la Provincia de Santa Fe - Distrito 1 - Ley Nº 10946;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se ha expedido mediante
Dictamen Nº 0120/2002;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes
obrantes en autos, estima procedente resolver de conformidad, en uso de las
atribuciones conferidas por el Artículo 72º Inciso 5º de la Constitución
Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Apruébase el Diseño Curricular para las TECNICATURAS ANEXAS AL
PROFESORADO DE TERCER CICLO DE EDUCACION GENERAL BASICA Y DE LA EDUCACION
POLIMODAL EN ADMINISTRACION, que integra el presente decreto en cuatro (4)
Anexos, conforme se detalla a continuación:
- Anexo 1: “Técnico Superior en Informática Aplicada” (Título intermedio:
Técnico Superior en Informática) - treinta y siete (37) fojas.
- Anexo 2: Programador en Sistemas Administrativos - cuarenta y siete (47)
fojas.
- Anexo 3: Técnico Superior en Sistemas de Gestión - cincuenta y un (51)
fojas.
- Anexo 4: Técnico Superior en Administración de Empresas - cuarenta y un
(41) fojas.
ARTICULO 2º: Establécese que los Diseños Curriculares que se aprueban por
el artículo precedente, sustituirán progresivamente a los Planes de Estudios
correspondientes a Carreras Técnicas en dichas disciplinas que se dictan
actualmente en los Institutos de Formación Docente e Institutos Superiores
Técnicos de la Provincia.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
REUTEMANN
C.P.N.
Daniel Germano
Nota: Los Anexos respectivos se encuentran a disposición de los interesados
en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.
_________________________________________