JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
JORGE ALBERTO ROMERO
Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Cuarta Nominación Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: “MOLINAS LAGOS LILIANA ROSALIA s/Ejecución de Sentencia (Exp. 1305/2014) CUIJ 21-01166513-32” se ha dispuesto que el Jorge Alberto Romero, (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor el día Seis de Noviembre de 2017 a las 17 hs. en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos 238 - Rosario). El 4,663076008% indiviso embargado en autos del total de los Tres inmuebles consistentes en (1) Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado situado en calle Sarmiento entre las de Santa Fe y Córdoba, ubicado a los 70,43 mts de la esquina de calle Santa Fe hacia el Sud, compuesto de 9,27 mts. de frente al Oeste sobre calle calle Sarmiento por 37,40 mts. en su lado Sud, 38,97 mts. en el lado Norte y 10,82 mts. de contrafrente al este formando una superficie de 382 mts2. Linda por el Oeste con calle Sarmiento, por el Este con Suc.de Antonio Candela que tiene su frente a la calle Santa Fe adjudicada a Carolina López de Candela, por el Norte con propiedad de Lucio y Eugenio Travella y por el Sud sucesores antes de Manso, hoy Ovidio Lagos. 2) Un lote de terreno situado en el centro de la manzana formada por las calles Santa Fe, Córdoba, San Martín y Sarmiento y que s/plano levantado por el Ingeniero Bernetto y Devotto su ángulo Nor-Oeste se halla ubicado a los 61,86 mts. de calle Santa Fe hacia el Sud y a los 38,97 mts. de calle Sarmiento hacia el Este compuesto de 24,142 mts.lado Norte, 24,05 mts. lado Sud, 10,82 mts. lado Oeste y 11,784 mts lado este Sup. 270,56 mts2. Linda al Norte con terreno de Carolina López de Candela al Sud con Suc. de Ovidio Lagos al oeste con Joaquín Lagos y Carlos Leopoldo Lagos al este Félix Corte. y 3) Un lote de terreno, con todo lo edificado, clavado y plantado de forma irregular en el centro de la manzana formada por las calles Córdoba, San Martín, Santa Fe y Sarmiento y s/plano N° 18443/1929 su ángulo Nord-oeste se halla ubicado a los 49,57 mts de calle Santa Fe hacia el Sud y su ángulo este a los 48,40 mts. de la misma calle y también hacia el Sud, compuesto de 23,85 mts. en el costado Norte ; 24,142 mts. en su costado Sud; 9,86 mts en su costado este y 12,29 mts. en el Oeste. Sup 254,90 mts2. Linda al Norte con Carolina López Candela, Sud Diario La Capital. Este Félix Costa y Oeste Travella Hnos.- y cuyo Dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al T°499, F° 457, Nº 106212 Dep. Rosario. Registrándose Embargo por los autos que ejecutan por la suma de $ 1.127.744,30 al T° 123 E, F° 4119, N° 407015 de fecha 29/12/2014. En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectivizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar.
Saldrá a la venta en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación. Asimismo, impónese como condiciones de subasta que: 1°) El porcentaje indiviso a subastarse de los tres lotes embargados representa el 4,663076008% del total de los referidos inmuebles y saldrá a la venta con la base de $ 1.709.592.; de no haber postores con una retasa del 25% y, de subsistir tal falta de postores con una retasa del 80%, precio mínimo en que podrá salir a la venta el inmueble; quien resulte adquirente deberá abonar, finalizada la subasta, el 20% del precio ofertado más la comisión del 3% al Martillero en pesos o cheque certificado.
Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000.,no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario Sucursal 80 - Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del BCRA. según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. 2°) Los impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones y eventualmente expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado. 3°) Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 4°) El saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejara sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000.deberá realizarse por transferencia interbancaria. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confecciona la escritura pública que instrumentara la transferencia de dominio a su favor.Exhibición del inmueble los tres días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 11 a 12 hs. En autos se encuentra copia de la escritura de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos. Conforme resolución 745 AFIP CUIT martillero 20-11270660-8 y documento propietario L.E. 6.046.291. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. - Rosario, 19 de octubre de 2017. - Daniela A. Jaime, Secretaria.
$ 876 338907 Oct. 26 Oct. 30
__________________________________________
POR
JUAN PEDRO DE LA SALLE
Por disposición Señor Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Quinta Nominación Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría autorizante hace saber en autos “CIA. FINANCIERA ARGENTINA S.A. c/ OTROS s/ JUICIO EJECUTIVO”, Expte. Nº 145/96, se ha dispuesto que el Martillero Juan Pedro de La Salle, Mat. 990-D-51, CUIT 20-10330877-2, venda en pública subasta el día 07 de Noviembre del 2017, a las 16,00 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros, sita Entre Ríos 238 de Rosario, el siguiente inmueble: “Un lote de terreno, situado en esta Ciudad, en el Barrio Parque Tiro Federal (Alberdi), designado en el plano especial Nº 546/29 con el número TRECE de la manzana 21, sección B y de acuerdo al mismo se ubica en la esquina formada por las calles Valle Hermoso y Ongamira; mide: 9,85 m. de frente al Sud, por 12,67 m. de frente y fondo al Este, con una superficie de 124,80 m2. Linda, al Sud, con calle Valle Hermoso, al Oeste con lote 14, al Norte con parte del lote 12 y al Este con calle Ongamira”.- Informa el Registro General Rosario: Dominio inscripto al Tº 584, Fº 344, Nº 209043, Dpto. Rosario, RGR, a nombre de DNI N° 12.922.718 y DNI N° 18.522.922.- No Informa Hipotecas.- Informa Embargos al Tº 124 E, Fº 2643, Nº 367229, por U$S 10.500,00, de fecha 27/08/2015., reinscripción de embargos: T° Ant. 105 E, F° 1457, N° 315839, fecha 11/03/1996; T° Ant. 109 E, F° 11003, N° 405086, fecha 07/11/2000; T° Ant. 114 E, F° 8739, N° 395049, fecha 04/11/2005; y T° Ant. 119 E, F° 3885, N° 371354, fecha 01/09/2010. Orden Autos y Juzgado del presente trámite.- Al Tº 121 E, Fº 4402, Nº 398175, por $ 3.500,00, de fecha 12/11/2012, reinscripción de embargo: T° Ant. 116 E, F° 6957, N° 401231, fecha 13/11/2007. Orden Autos Municipalidad de Rosario c/ Otros (Acuña E.M. y Camargo N.E.) s/ Apremio, Exp. 6565/2001, Juzgado Ejec. Civil Nom. 2 Rosario (Santa Fe).- Informa Inhibición: Reinscripción. Aforo: 367230. Fecha de inscripción: 27/08/2015. Tomo: 127, Letra: I, Folio: 5504. Monto: $ 35.300,00. Nota Anterior: T° 122, Letra I, F° 7569, Aforo 371353 y T° 117, Letra I, F° 8530, Aforo 377394, Fecha 14/09/2005. Orden Autos y Juzgado del presente trámite.- El bien saldrá a la venta con carácter de Ocupado, con la Base de $ 490.000,00, con Retasa del 25% y Ultima Base del 20% de la Base. Quién resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión o mínimo de ley, todo al martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma supra mencionada supere el valor de $30.000.- no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pagos mencionados o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Bco. Municipal Sucursal Rosario caja de abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina, según comunicación “A” 5147 de fecha 23-11-10. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con apercibimiento del art. 497 C.P.C., dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o martillero actuante a la AFIP. El saldo aludido deberá depositarse conforme lo ordenado precedentemente, en el Banco Municipal de Rosario suc. 80 caja de abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos.- Queda prohibida la compra por terceros.- Los impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia (conf. art. 19 inc. 11° ley impositiva anual) e I.V.A., si correspondiere, quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente.- Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente.- El adquirente en subasta deberá obtener la protocolización en el Registro General de las diligencias relativas a la venta y posesión mediante la intervención de un escribano público.- Toda cesión de los derechos resultantes de la subasta deberá efectuarse por escritura pública.- Las ofertas mejoradoras de los postores en la subasta no podrán ser inferiores a $ 5.000.- Edictos diario Boletín Oficial.- Copias de títulos agregados en autos a disposición de los interesados, en Secretaría, no admitiéndose reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta.- Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar.- Secretaría, 19 de Octubre del 2017. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria.
$ 802 339083 Oct. 26 Oct. 30
__________________________________________