picture_as_pdf 2012-09-26

REGISTRADA BAJO EL Nº 13284


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

L E Y :


ARTÍCULO 1.- Declárase Patrimonio Histórico-Cultural de la Provincia, al edificio situado en calle Gobernador Cabal N° 2426, de la ciudad de San Justo, departamento San Justo, inscripto en el Registro General al Tomo 0040, Folio 00031, bajo el número 004550 de fecha 14 de enero de 1889, Partida Impuesto Inmobiliario N° 06110002877400000-9, a nombre de la Municipalidad de San Justo; Subsistencia dominial: artículo 45 de la Ley 6435; inscripta al Folio 925, Tomo 192, bajo el número 92386; inmueble en el que funciona la Casa de la Cultura “Senador Edgardo Antonio Bodrone”.

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que a través de los organismos pertinentes, convenga los medios conducentes a fin de preservar la construcción edilicia.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2596


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

17 SEP 2012

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.284 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Rubén Darío Galassi

9241

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