REGISTRADA BAJO EL Nº 13284
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA
CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1.- Declárase Patrimonio Histórico-Cultural de la Provincia, al edificio situado en calle Gobernador Cabal N° 2426, de la ciudad de San Justo, departamento San Justo, inscripto en el Registro General al Tomo 0040, Folio 00031, bajo el número 004550 de fecha 14 de enero de 1889, Partida Impuesto Inmobiliario N° 06110002877400000-9, a nombre de la Municipalidad de San Justo; Subsistencia dominial: artículo 45 de la Ley 6435; inscripta al Folio 925, Tomo 192, bajo el número 92386; inmueble en el que funciona la Casa de la Cultura “Senador Edgardo Antonio Bodrone”.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que a través de los organismos pertinentes, convenga los medios conducentes a fin de preservar la construcción edilicia.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2596
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
17 SEP 2012
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.284 efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BONFATTI
Rubén Darío Galassi
9241
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