FISCALIA DE ESTADO
RESOLUCION N° 108-D/12
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 19 de Setiembre de 2012
V I S T O :
El expediente N° 01101-0006190-7 del S.I.E. -Fiscalía de Estado- y sus agregados 01101-0007711-5, 01101-0506674-V y 01101-0008699-5 en el que se tramita los acuerdos con el personal transferido bancario; y,
CONSIDERANDO:
Que en fecha 3 de marzo de 2011, mediante Resolución jurisdiccional 019-D/11, Fiscalía de Estado convocó a los reclamantes y/o actores judiciales “ex empleados bancarios transferidos (art. 6 Ley 11,387)”, a que adhieran al procedimiento conciliatorio suscribiendo los acuerdos transaccionales respectivos, aprobándose los modelos de dichos acuerdos y determinando la metodología correspondiente, en el marco de las disposiciones de la Ley 13.120.
Que asimismo, Fiscalía de Estado ha receptado nuevos expedientes que no fueron individualizados mediante la Resolución 019-D/11, y que luego de su análisis resultaron admisibles, motivo por el cual, resultó necesario ampliar la nómina de beneficiarios alcanzados por el artículo 1º de la Resolución 019-D/11, lo que se hizo a través del dictado de las Resoluciones 066-D/11 y 137-D/11 respectivamente.
Que los profesionales intervinientes por Fiscalía de Estado informan que en el marco del bloque normativo aplicable (Ley 13.120, Decretos 2364/08 y 618/08, Dictámenes 1262:2008 y 0126:2009 y Resolución de Fiscalía de Estado Nº 019-D/11) y, ante la existencia de otras actuaciones administrativas que han recibido declaración de admisibilidad formal por parte de Fiscalía de Estado, corresponde ampliar la nómina de beneficiarios alcanzados por el artículo 1º de la Resolución 019-D/11.
Que por Resolución 004-D/12 se dio por concluido el procedimiento general de adhesiones para la suscripción de los Acuerdos Transaccionales Definitivos.
Que por artículo 3º de la resolución citada precedentemente se posibilitó la gestión de la presente.
Que la gestión se encuadra en las disposiciones del artículo 6º de la Ley 13.120.
POR ELLO:
EL FISCAL DE ESTADO RESUELVE:
ARTICULO 1°: Téngase por ampliado el alcance del artículo 1º de la Resolución 019-D/11 a los beneficiarios identificados a continuación:
Expediente Nº Reclamante Doc. Identidad
00401-0186604-0 ACOSTA, Carina Isabel DNI 21.419.943
00401-0186604-0 BASSO, Miguel Angel DNI 10.865.794
00201-0089403-3 BOCCARDO, Gustavo Lorenzo DNI 17.633.704
00201-0144133-6 BRIZI, Osvaldo Raúl DNI 10.062.408
00301-0054141-1 COMETTO, Juan Carlos DNI 8.106.807
00401-0186604-0 COMPAÑ, Beatriz DNI 10.987.882
00401-186604-0 COSCARELLA, Darío Humberto DNI 12.480.682
00201-0144138-1 EIJO, Héctor Leopoldo LE 6.309.863
00301-0055350-8 ESPONDA, Julio Omar DNI 12.437.050
00301-0055350-8 FELIZIA, Diego Rafael DNI 14.681.405
00101-0134495-2 FRANCO, Miguel Angel DNI 11.453.478
00401-0186604-0 FREGONI, Juan José DNI 12.251.342
00201-0133150-4 GIRARDINI, Daniel Pedro DNI 13.661.075
00301-0054141-1 GOMEZ, Héctor Omar DNI 5.534.266
00301-0054141-1 GONZALEZ, Ariel Alberto DNI 12.444.268
00201-0144130-6 IOVALDI, Alfredo Mario DNI 10.862.047
00401-0186604-0 JUAREZ, Julio Virgilio P. DNI 8.559.179
00401-0186604-0 LIFSCHITZ, Carlos Alberto LE 8.507.523
00101-0148714-3 MARCHESSI, Norberto A. DNI 13.012.795
00201-0148243-9 MARQUINEZ, Gabriel José DNI 12.836.603
00401-0186604-0 MERINO, Miguel Juan Carlos DNI 6.055.794
00401-0186604-0 OROFINO, Guido DNI 6.073.780
00301-0054141-1 PACIARONI, Julio Eduardo DNI 13.326.768
00301-0062331-3 PLANAS, María Teresa DNI 12.004.246
00201-0107375-8 PELL, Víctor Hugo DNI 6.299.609
01501-0038894-3 ROGA, María Fernanda DNI 20.674.282
00301-0054141-1 ROLDAN, Rubén Eduardo DNI 12.434.446
00401-0186604-0 SANTAMBROSIO, Gustavo DNI 13.454.880
00401-0186604-0 SEREGNI, Julio César LE 6.308.440
00401-0186604-0 SIMONETTA, Rubén José LE 6.071.611
00101-0170434-9 STIRNEMANN, María Rosa LC 6.384.964
00301-0054141-1 TABORDA, Miguel Angel DNI 10.143.997
00401-0186604-0 VACCARO, Carlos Alberto DNI 11.270.866
00401-0186604-0 VALENTI, Marcela Noemí DNI 16.994.511
13401-0640018-6 VERGA, Antonio Fernando DNI 8.506.560
ARTICULO 2°: Otórgase un plazo de treinta (30) días corridos desde la publicación de la presente para que aquellos recurrentes cuyos reclamos hayan resultado admisibles y que se encuentran individualizados en el artículo 1º de la presente, cumplimenten el procedimiento establecido por la Resolución 019-D/11 para la suscripción de los Convenios Conciliatorios Definitivos.
ARTICULO 3°:Encomendar a la Dirección General de Despacho jurisdiccional la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia y un extracto de la misma en al menos un diario de las ciudades de Santa Fe y Rosario.
ARTICULO 4°: Sin perjuicio de los procedimientos ordinarios de control, remítasecopia de la presente resolución al Tribunal de Cuentas y a la Legislatura provincial a fin de dar un adecuado seguimiento al trámite atento la trascendencia que reviste.
ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese y archívese.
Pablo Alberto Saccone
Fiscal de Estado
Provincia de Santa Fe
S/C. 9233 Set. 26 Set. 27
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DIRECCION PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y GESTION
DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 236
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 20/09/2012
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES
Y GESTION DE BIENES
D I S P O N E:
ARTÍCULO 1º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: GRUPO COMUNICAR S.R.L. CUIT Nº 33-71216958-9.
ARTÍCULO 2º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de nueve (09) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: LAIS MARIANO SALVADOR CUIT Nº 20-25453980-6..
ARTÍCULO 3º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “CARDOZO CONSTRUCCIONES” de CARDOZO LUCRECIA PATRICIA CUIT N° 27-31058849-6; EVARSA- EVALUACION DE RECURSOS S.A. CUIT N° 30-66175629-9; SUPLEMENTOS MEDICOS S.R.L. CUIT N° 30-65040212-6.
ARTÍCULO 4º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: IANUS S.A. CUIT N° 30-67446575-7; JTL SERVICIOS S.R.L. CUIT N° 30-71136339-0; JUADI S.R.L. CUIT N° 30-71100500-1.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C 9239 Set. 26 Set. 27
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