MINISTERIO DE ECONOMÍA
RESOLUCION N° 573
SANTA FE, Cuna de la Constitución
Nacional 18 AGO 2015
VISTO:
El expediente N° 00322-0011049-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, donde obran los antecedentes relacionados con el llamado a concurso interno para la cobertura de los cargos vacantes de Analista de Primera – Categoría 5 – Agrupamiento S.P.I. (2 cargos) de la Sectorial de Informática – Recursos Humanos de esta Jurisdicción, autorizado por Resolución Nº 510/15; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Tecnologías para la Gestión dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado solicita se modifique la conformación del Jurado del concurso antes mencionado;
Que asimismo, el Ing. Claudio José Weiner, solicita se lo excuse de la participación de dicho jurado, teniendo en cuenta las disposiciones del artículo 95º inciso b) del Decreto Nº 1729/09;
Que atento a ello, corresponde rectificar la composición del Jurado establecido en el Anexo II de la Resolución Nº 510/15;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE :
ARTÍCULO 1° -Rectificar la Composición del Jurado insertada en el Anexo II de la Resolución N° 510/15, el cual quedará conformado según se detalla a continuación:
COMPOSICIÓN DEL JURADO
El Jurado estará integrado de la siguiente manera:
Presidente: El señor Secretario de Planificación y Política Económica, C.P.N. PABLO ANDRÉS OLIVARES.
Titulares:
La señora Jefe de Desarrollo de la Sectorial de Informática – Recursos Humanos, señora ADRIANA SILVIA CERDA.
El Director Provincial de Coordinación Tecnológica Interjurisdiccional de la Secretaría de Tecnología para la Gestión, Ing. ALEJANDRO TOFFOLO.
La señora Directora General de Administración, C.P.N. IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.
La señora Jefe de Sectorial de Informática – 8º Piso, A.U.S. SILVINA GUADALUPE MICHELLI.
El señor EDGARDO CARABALLO, en representación de UPCN.
La señora CLAUDIA COLMAN, en representación de UPCN.
El señor SERGIO ORSI, en representación de UPCN.
El señor FACUNDO PAGANI (PUESTO I) y señor JUAN MORAGUES (PUESTO II), en representación de A.T.E.
Suplentes:
La señora Analista de Primera de la Sectorial de Informática - Recursos Humanos, Ing. ADRIANA GRISELDA LOZANO
El Coordinador de Desarrollo e Implementación de la Secretaría de Tecnología para la Gestión, Ing. PABLO BUSSI.
La señora Coordinadora General de Personal, VIVIANA BEATRÍZ CARRERAS.
La señora Jefe de Desarrollo de la Sectorial de Informática – Recursos Humanos, DANIELA MARÍA CAPOZZOLO.
La señora LILIANA IZAGUIRRE, en representación de UPCN.
El señor REMO NOCIONI, en representación de UPCN.
El señor RICARDO MARTÍNEZ, en representación de UPCN.
El señor JUAN MORAGUEZ (PUESTO I) y la señora GRACIELA PEREZ (PUESTO II), en representación de A.T.E.
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese y archívese.
Cr. Ángel José Sciara
MINISTRO DE ECONOMÍA
Pcia. Santa Fe
S/C. 13757 Ag. 26 Ag. 27
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MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
NOTIFICACIÓN
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 21 de agosto de 2015
En relación a los autos administrativos Nº 01501-0060867-4 del Sistema de Información de Expedientes caratulados: YNFANTE ESTELA GUADALUPE – REF: S/RECLAMO ADMINISTRATIVO.- , la Dirección General de Despacho del Ministerio de Desarrollo Social procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20 inciso e) y 28 del Decreto Acuerdo Nº 10.204/58 a la Señor ESTELA GUADALUPE YNFANTE con último domicilio conocido en López y Planes Nº 4420 de la ciudad de Santa Fe en la Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 000260 dictado el 6 de abril del 2015 por la Señora Ministra de Desarrollo Social Lic. Mónica Bifarello, y que en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto… y Considerando… Resuelve
“ARTÍCULO 1º: Declarar abstracta la materia objeto del reclamo administrativo deducido -con patrocinio letrado- por la señora ESTELA GUADALUPE YNFANTE (Clase 1957 - M.I. N° 12.696.734), mediante el cual solicitara el reconocimiento y pago de la indemnización prevista en el Artículo 33° de la Ley N° 8525, de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°: Hacer saber, en cumplimiento de lo normado por la Ley Nº 12.071, que a partir de la notificación de la presente, la interesada tiene derecho a interponer contra la presente resolución y dentro de un plazo de diez (10) días hábiles administrativos, recurso de revocatoria ante el Poder Ejecutivo por conducto de esta Jurisdicción, con las formalidades previstas en el Decreto-Acuerdo Nº 10204/58, Artículo 42º y siguientes, señalándole además que el presente acto no agota la instancia administrativa, todo ello según lo normado por los Artículos 3º y 6° del Decreto-Acuerdo Nº 0916/08.(…) Fdo. Mónica Silvia Bifarello. Ministra de Desarrollo Social. Provincia de Santa Fe.”
S/C. 13763 Ag. 26 Ag. 28
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NOTIFICACIÓN
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 21 de agosto de 2015
En relación a los autos administrativos Nº 01501-0064490-8 del Sistema de Información de Expedientes caratulados: PINEYRUA MARIA DANIELA – REF: S/CAMBIO DE AGRUPAMIENTO.-, la Dirección General de Despacho del Ministerio de Desarrollo Social procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20 inciso e) y 28 del Decreto Acuerdo Nº 10.204/58 a la Señora MARIA DANIELA PIÑEYRUA con último domicilio conocido en Iberlucea Nº 1341 3° “A” de la ciudad de Rosario en la provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 000452 dictada el 20 de mayo del 2015 por la Señora Ministra de Desarrollo Social Lic. Mónica Bifarello, y que en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto y Considerando Resuelve:
“ARTÍCULO 1º:Rechazar el reclamo administrativo deducido en fecha 20 de diciembre de 2012 por la agente MARÍA DANIELA PIÑEYRUA (Clase 1980 – M.I. N° 27.937.945 - C.U.I.L. Nº 23-27937945-4), mediante el cual solicitó se arbitren los medios conducentes a los efectos de reconocer y otorgar el cambio de Agrupamiento del Profesional al Hospitalario-Asistencial -según Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios- de acuerdo a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º: Hacer saber, en cumplimiento de lo normado por la Ley Nº 12.071 que a partir de la notificación de la presente, la interesada tiene derecho a interponer contra la presente resolución y dentro de un plazo de diez (10) días hábiles administrativos, recurso de revocatoria ante esta Autoridad, con las formalidades previstas en el Reglamento para el trámite de actuaciones administrativas -Decreto-Acuerdo Nº 10204/58, Artículo 42º y siguientes (…) Fdo. Lic. Mónica Bifarello. Ministra de Desarrollo Social. Provincia de Santa Fe.”
S/C. 13764 Ag. 26 Ag. 28
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