REGISTRADA BAJO EL Nº
13.905
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º-
Declárase de interés general y sujeto a expropiación el inmueble sito en calle
Crespo N° 220 de la ciudad de Rosario, departamento Rosario, superficie 1.648,29
m2, superficie cubierta 1.471,00 m2, empadronado bajo Partida de Impuesto
Inmobiliario N° 16-03-08-274513/0001, propiedad del señor Suárez Ordóñez, Jorge
Alberto y otros o quien resulte propietario, cuyo dominio se encuentra
registrado en el T° 0721 - F° 00037 - N° 000089 - de fecha 05/09/1997, del
Registro General, departamento Rosario.
ARTICULO 2°.- El
inmueble expropiado según el artículo anterior será destinado al funcionamiento
de la Escuela Primaria N° 71 y el Jardín de Infantes N° 67, de la ciudad de
Rosario, departamento Rosario.
ARTICULO 3°.- El
gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará a las
partidas que a tal efecto disponga el Ministerio de Educación.
ARTICULO 4°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DIAS
DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Dra. GRISELDA TESSIO
Presidenta
Cámara de Senadores
EDUARDO ALFREDO DI POLLINA
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H.
PAULICHENCO
Secretario
Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. LISANDRO RUDY ENRICO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO Nº 1451
Santa Fe, 12 de agosto de 2010
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la
Ley que antecede Nº 13.094 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial,
publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde
observarla y hacerla observar.
BINNER
Lic. Elida Elena Rasino
5043
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