picture_as_pdf 2010-08-26

REGISTRADA BAJO EL Nº 13.905

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

 CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1º- Declárase de interés general y sujeto a expropiación el inmueble sito en calle Crespo N° 220 de la ciudad de Rosario, departamento Rosario, superficie 1.648,29 m2, superficie cubierta 1.471,00 m2, empadronado bajo Partida de Impuesto Inmobiliario N° 16-03-08-274513/0001, propiedad del señor Suárez Ordóñez, Jorge Alberto y otros o quien resulte propietario, cuyo dominio se encuentra registrado en el T° 0721 - F° 00037 - N° 000089 - de fecha 05/09/1997, del Registro General, departamento Rosario.

ARTICULO 2°.- El inmueble expropiado según el artículo anterior será destinado al funcionamiento de la Escuela Primaria N° 71 y el Jardín de Infantes N° 67, de la ciudad de Rosario, departamento Rosario.

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará a las partidas que a tal efecto disponga el Ministerio de Educación.

ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Dra. GRISELDA TESSIO

Presidenta

Cámara de Senadores

EDUARDO ALFREDO DI POLLINA

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. LISANDRO RUDY ENRICO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

 

DECRETO Nº 1451

 

Santa Fe, 12 de agosto de 2010

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.094 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

BINNER

Lic. Elida Elena Rasino

5043

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