picture_as_pdf 2006-07-26

REGISTRADA BAJO EL Nº 12562

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el convenio suscripto en fecha 2 de agosto de 2005 entre la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, representada por su titular Dr. Marcelo Luis Terenzio y la Prefectura de Zona Bajo Paraná, representado por su titular Prefecto Mayor Germán Rodrigo Rojas, relacionado con el fin de hacer cumplir las disposiciones vigentes en el ordenamiento público provincial, referente al control de actividades relacionadas con la caza, pesca y comercialización de sus productos, atento a las tareas ejercidas en tal sentido por la Dirección General de Recursos Naturales y Ecología, dependiente de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, las que resultan más efectivas con la cooperación que a título de colaboración presta la Prefectura de Zona Bajo Paraná.

Dicho Convenio que fuera inscripto en fecha 21 de octubre de 2005 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el 2667, Folio 235, Tomo V y aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto 3215/05, forma parte integrante de esta ley.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 1727

 

SANTA FE, 19 07 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.562 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Rubén Héctor Michlig

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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