picture_as_pdf 2017-06-26

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

JULIO A. MEDINA


Por disposición Sr. Juez Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nom. Rosario, el Secretario que suscribe hace saber: “Que en autos caratulados “CAMECIAR c/OTROS s/EJECUCION PRENDARIA” (Expte. n° 277/2011) CUIJ 21-01320254-8, se ha ordenado que el martillero Julio A. Medina, matrícula 735-M-76 Colegio Martilleros Rosario, CUIT Nº 20-06071088-1, proceda a vender en pública subasta el día 08 de Agosto de 2017, a las 15:00 hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, Entre Ríos 238, el siguiente bien: Un automotor marca Ford, modelo Pick Up Ranger XL C/C 4x2 2.8 L D, con motor marca International N° C20145063, chasis marca Ford Nº 8AFDR12F44J332207, dominio EFX 083, inscripto en el R.N.P. Automotor N° 7 Rosario. De informes regístrales consta a nombre de los deudores prendarios. Registra prenda en primer lugar y grado a favor de CAMECIAR, con domicilio en Eva Perón 4701 de Rosario, CUIT 30-55662844-7, según Solicitud N° 4625475, contrato original del 17/12/2007, con reinscripción el 01/11/2016 por $ 31.800,00. Registra embargos; 1) con fecha de inscripción el 26/06/2008, y reinscripción del 09/06/2014 con fecha de cumplimiento el 09/06/2017 por $ 12.597,65, según Oficio 2336 del 11/06/2008 en autos “Gomería Alicia c/Rescam S.R.L. s/Ejecutivo Expte. 441/08, ordenado Juzgado Primera Instancia De Distrito 9a. Nom. Rosario, inscripto mediante oficio 1828 del 26/05/2011. 2) con fecha de inscripción 08/04/2016 y fecha de cumplimiento el 08/04/2019 por $ 88.240,20, e intereses por $ 32.002,14, según Oficio 451 del 28/03/2016 autos Cameciar c/Rescam S.R.L. y Soria Daniel A. s/Ejecución prendaria - Expte. 277/2011, ord. Juzg. 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial 8a. Nom. Rosario. De informe del Gabinete Técnico Pericial de Revenidos Automotor de la URII de Policía de Rosario, se han verificado los guarismos de motor y chasis y conservan su originalidad. De resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pidiere realizar el acto se efectuara el día hábil siguiente. El bien saldrá a la venta en el estado en que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la base de $ 31.800,00. En el acto de remate el comprador deberá abonar la suma de $ 30.000.00 a cuenta del precio alcanzado más el 10% del precio de compra en concepto de comisión al martillero, en efectivo y/o cheque certificado. El saldo de precio deberá abonarse por transferencia interbancaria dentro de los tres días hábiles posteriores a la subasta, en el Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuentos de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con los dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $ 30.000,00 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, no permitiéndose la compra en comisión. Hágase saber que no se aceptarán mejoramientos de oferta inferiores a $ 500,00. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el bien. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del CPCC librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC y permanecerá en Secretaria. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien, adeudados (nacionales, provinciales Municipales o comunales) IVA si correspondiere y gastos como asimismo los gastos y sellados serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. Rosario, 19 de Junio de 2017. Fdo. Dr. Santiago M. Male Franch (Secretario).

$ 802 326984 Jun. 26 Jun. 28

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MARCELO F.J. ROLDÁN


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos caratulados “REY SERGIO RODOLFO c/OTROS s/APREMIO” (Expte. 129/10), se ha dispuesto que el Martillero Marcelo F.J. Roldán, remate en pública subasta el próximo día 4 de Julio de 2017 a las 10:00 hs., en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Alcorta, sobre la base de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($150.000) y como última base la suma de Pesos Ciento Doce Mil Quinientos ($112.500.-) (de no haber postores se retirará de la venta), lo siguiente: Las 5/24 avas partes, es decir, un 20,83% del total del dominio pleno de “Un lote de terreno situado en la localidad de Alcorta, Departamento Constitución de la Provincia de Santa Fe, es parte y saldo de una mayor extensión y del lote B de la manzana nº 12 del plano oficial, designado como lote B 2 según plano archivado bajo el Nº 35087/63 del Agrimensor Carlos P. Loughlin, a saber: Ubicado a los 46,82 m. de la esquina de calles San Martín y Bv. 25 de Mayo, sobra éste hacia el NorEste y mide 8,73 m. de frente al SudEste por 45 m. de fondo. Encierra una superficie total de 392,85 m2. Linda por su frente al SudEste con Bv. 25 de Mayo, al Sudoeste con el lote B 1, al Nordeste con Raúl Cosio y al NorEste con el lote B 3 del citado plano. Su Dominio consta inscripto al Tomo: 115, Folio: 362, Nº 120926. Departamento Constitución.” Informa el Registro General: Embargo: T: 124 E, F: 3336, Nº 385691 en autos Rey Rodolfo y Ots. c/Albatur s/Daños y Perj. (15/96) unido por cuerda a los presentes, por $ 54.114,97.- de fecha 20/10/15. No registra hipoteca ni inhibiciones. Quien resulte comprador abonará en el acto del remate el 10% a cuenta de su compra, con más el 3% de comisión al Martillero actuante. Para el caso de que el precio de la compra, el saldo de venta o la comisión del martillero superen la suma de Treinta Mil Pesos ($30.000), no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: transferencia bancaria, cheque cancelatorio o cheque certificado; en este último supuesto, la cambial deberá librarse a la orden del Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. Podrán también depositar, en una cuenta para los autos y a la orden del tribunal, el monto que consideren necesario como adelanto de la seña o de la comisión del martillero, el día anterior a la realización del remate. El saldo de precio deberá depositarse una vez aprobada la subasta conforme lo normado por los arts. 497 y 499 CPCC y por los medios previstos precedentemente, según el caso. También se hará saber a los interesados que para efectivizar la transferencia registral del bien subastado se procederá conforme lo previsto por el art. 505, 3er. párr., CPCC, mediante protocolización de actuaciones a cargo del escribano que se designe, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505, 2do parr. CPCC. Los impuestos, tasas, contribuciones especiales (nacionales, provinciales, municipales o comunales) y gastos referidos en el art. 8 de la Ley 13.512 y que se adeuden por causa del inmueble, o se generen con motivo de ésta venta, (IVA, ley 23.905, etc.) además de gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador, incluidos los gastos por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El inmueble se remata en carácter de desocupado. El comprador deberá indicar dentro del sexto día de realizada la subasta, el nombre de su comitente mediante escrito firmado por ambos, patrocinado por abogado o presentado por ante la actuario de la causa. Vencido éste plazo, se lo tendrá a aquel por adjudicatario definitivo. El comitente deberá constituir domicilio legal en su presentación. Hágase saber que previo a la aprobación del remate deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acto de subasta, a fin de que se tome razón marginalmente de la misma a favor del adquirente. Hallándose los títulos en Secretaría a disposición de los interesados, no se aceptarán reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta. Secretaría, Mayo de 2017. Lorena Andrea González, secretaria.

$ 759,33 326999 Jun. 26 Jun. 29

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