picture_as_pdf 2017-06-26

MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


RESOLUCION Nº 000474


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

22 JUN 2017

VISTO:

El Expediente Nº 01501-0079606-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

que mediante las presentes actuaciones se propicia el llamado a concurso interno intrajurisdiccional para cubrir los cargos vacantes de la Dirección General de Recursos Humanos que seguidamente se detallan: tres (3) cargos de Categoría 03 “Jefe de Sección Mesa de Entradas y Movimientos ”, “Jefe de Sección Ausentismo y Licencias” y “Jefe de Sección Legajos”, todos del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, los que se detallan en el Anexo I de la presente resolución; que asimismo se propicia el llamado a concurso interno interjurisdiccional para cubrir dos (2) cargos de Categoría 04 “Jefe de División Liquidación e Informes” y “Jefe de División Informes”, todos del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, los que se detallan en el Anexo II de la presente resolución; que por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial” y modificatorios, se facultó al titular de la Jurisdicción a efectuar llamado a concurso para cubrir los cargos mencionados, para lo cual se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos-contables previos a tales fines; que mediante Decreto N° 1099 de fecha 28 de abril de 2014, se aprobó la estructura orgánica funcional de la citada Dirección General y al efecto tales categorías se encuentran vacantes y se corresponden a cargos cuyas funciones son esenciales para el normal funcionamiento de dicho organismo;

que ha tomado intervención en estas actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;que asimismo los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han asumido la participación que por la normativa vigente - Ley Nº 10052 y modificatorias - en la materia les corresponde;

que atento a las consideraciones precedentes, corresponde convocar a concurso interno, según el régimen vigente normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial” y modificatorios, facultando así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamado a concurso para cubrir los cargos mencionados, para lo cual se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos-contables previos a tales fines;

que la Dirección Provincial de Recursos Humanos y la Dirección General de Recursos Humanos, de esta Cartera Ministerial, han tomado debida intervención;que Coordinación Presupuestaria de la Dirección General de Administración de la citada Cartera Ministerial informa que, en cuanto al financiamiento, se procedió a la reserva del crédito, mediante la confección del P.C.P Nº 996 del cual se adjuntó a estos autos, copia y listado de Economías por bajas producidas en posterioridad a julio 2016 que aseguran no alterar el nivel del gasto de acuerdo a los techos presupuestarios;

que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, mediante Dictamen N° 11259 de fecha 10 de mayo de 2017, ha tomado debida intervención;

que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: Llamar a concurso interno intrajurisdiccional para cubrir los cargos vacantes de la Dirección General de Recursos Humanos de este Ministerio, según detalle obrante en el Anexo I que integra este decisorio y que a continuación se detallan:

- Un (1) cargo Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, “Jefe de Sección Mesa de Entrada y Movimiento” dependiente del Departamento Desarrollo de Recursos Humanos;

- Un (1) cargo Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, “Jefe de Sección Ausentismo y Licencias” dependiente del Departamento Personal;

- Un (1) cargo Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, “Jefe de Sección Legajos” dependiente del Departamento Personal.

ARTÍCULO 2º: Llamar a concurso interno interjurisdiccional para cubrir los cargos vacantes de la Dirección General de Recursos Humanos de este Ministerio, conforme se explicita en el Anexo II de la presente resolución:

- Un (1) cargo Categoría 04 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, “Jefe de División Informes” dependiente del Departamento Personal;

- Un (1) cargo Categoría 04 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, “Jefe de División Liquidaciones e Informes” dependiente del Departamento Sueldos.

ARTÍCULO 3°: Realizar los concursos internos de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial” y modificatorios, limitado al personal de Planta Permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, si se declaran desiertos se procederá conforme lo normado por el Artículo 88° del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

ARTÍCULO 4°: Aprobar la descripción de los puestos y determinación de los perfiles, así como las condiciones generales y particulares exigibles que se encuentran detallados en los “Anexos I y II” que forman parte de la presente.

ARTÍCULO 5°: Aprobar la composición del Jurado y el procedimiento de inscripción que se detallan en los citados anexos, que integran este decisorio.

ARTÍCULO 6°: Aprobar las etapas del concurso, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según el cargo a concursar, que se explicitan en los referidos Anexos.

ARTÍCULO 7°: Establecer que en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes y técnica, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTÍCULO 8°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo 92° del texto actualizado del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y archívese.

S/C 19834 Jun. 26 Jun. 28

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COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Avda. Santa Fe 2771 de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Diarios “El Litoral” y “El Mirador Provincial”, en fecha MARTES 27 de JUNIO de 2017, a las siguientes personas:

REGION I - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: LAS GARZAS

1.- CARDOZO URBANO Y CARDOZO ROBERTO MARTIRA Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ZONA URBANA ,de la localidad de: LAS GARZAS , identificado como:Lote 3 Manzana Plano N° 80308/1976: Partida Inmobiliaria Nº 03-15-00-016693/0002-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 168 Impar F° 1091 N° 54889/1986 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0083191-7, Iniciador :CARDOZO MARINA SOLEDAD.

2.- ARMANDO LORENZO ZANONE Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ZONA URBANA ,de la localidad de: LAS GARZAS , identificado como: Lote 8 Manzana Plano N° 126676/1997: Partida Inmobiliaria Nº 03-15-00-016728/0009-4 y cuyo dominio obra inscripto en:Tomo 171 Par F° 731 N° 34871/1986 Departamento:GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0083194-0, Iniciador :MARTINEZ JUAN JOSE.

REGION I - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: VERA - LOCALIDAD: LA GALLARETA

3.- LA GALLARETA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL Y AGROPECUARIA Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:ALMIRANTE BROWN S/N° ,de la localidad de: LA GALLARETA, identificado como:Lote A o Solar A Manzana 24 Plano N° 26663/1959: Partida Inmobiliaria Nº 02-03-00-556399/0015-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 102 F° 439 y/o 439 B N° 16582/1969 Departamento:VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0052116-8, Iniciador :RODA ANGEL ALFONSO.

4.- LA GALLARETA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL COMERCIAL Y AGROPECUARIA Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:LAVALLE Y MITRE N° ,de la localidad de: LA GALLARETA, identificado como:Lote D o Solar D Manzana 7 Plano N° 26663/1959: Partida Inmobiliaria Nº 02-03-00-556492/0009-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 102 F° 439 y/o 439 B N° 16582/1969 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0052115-7, Iniciador :MICHELUD ELVIRA

REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: JOSEFINA

5.- RAUL JOSE PAOLASSO Y BARTOLO BAUDINO, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 18 N° 505 ,de la localidad de:JOSEFINA, identificado como:Lote 7 Manzana 16 Plano N° 59667/1971: Partida Inmobiliaria Nº 08-33-00-568731/8080-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 193 Par F° 992 N° 12382/1968 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079543-1, Iniciador: ARROYO LUIS OSCAR.

6.- RAUL JOSE PAOLASSO Y BARTOLO BAUDINO, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DIEZ 308, de la localidad de: JOSEFINA, identificado como:Lote 7 Manzana 6 Plano N° 59667/1971: Partida Inmobiliaria Nº 08-33-00-568731/8042-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 193 Par F° 992 N° 12382/1968 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079926-4, Iniciador :SACCO MARGARITA MARCELA.

7.- FRANCUCCI ADELA ELSA /ADELIA ELSA Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 24 N° 134 ,de la localidad de: JOSEFINA , identificado como:Lote 7 Manzana A Plano N° dup 276/1973: Partida Inmobiliaria Nº 08-33-00-568731/8196-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 164 Par F° 1062 N° 43063/1960 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079544-2, Iniciador :GOMEZ MIRTA EUGENIA.

REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: SAN CRISTOBAL - LOCALIDAD: HUANQUEROS

8.- JUAN BERNARDO IRIARTE Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SAN JERONIMO S/N° ,de la localidad de: HUANQUEROS, identificado como:Lote 5 Manzana 19 Plano N° 8649/1950: Partida Inmobiliaria Nº 07-04-00-036408/0000-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 122 Impar F° 190 N° 5387/1970 Departamento: SAN CRISTOBAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0030105-8, Iniciador: MENDIETA ALICIA ESTHER.

REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: 9 DE JULIO - LOCALIDAD: LOGROÑO

9.- ISABEL BRIONES, MANUEL SAENZ, GONZALO SAENZ. MELQUIADES SAENZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:AVDA. DE LOS INMIGRANTES N° 669, de la localidad de: LOGROÑO, identificado como: Lote VI Manzana 28 Plano N° 89742/1979: Partida Inmobiliaria Nº 01-06-00-02700/0005-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 11 F° 56 N° 18534/1947 Departamento: 9 DE JULIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0081135-9, Iniciador: PEREZ OSCAR LUIS.

REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: SAN JUSTO - LOCALIDAD: SAN JUSTO

10.- MAGDALENA SOCORRO BASUALDO DE PENNO, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: HIPOLITO IRIGOYEN N° 1926 ,de la localidad de: SAN JUSTO, identificado como: Lote 17 Manzana I Plano N° 85152/1977 Partida Inmobiliaria Nº 06-11-00-030066/0273-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 143 F° 479 N° 36633/1980 Departamento: SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0080575-0, Iniciador: MOLINA ENRIQUE RAMON

REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTO TOME

11.- VICENTIN ORLANDO HECTOR MARTIN, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: VELEZ SARSFIELD N° 1370 ,de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 4 Manzana 1331 Plano N° 83752/1977: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-142715/0044-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 583 Par F° 197 N° 2474/1995 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082534-1, Iniciador: COCA MARTA ALICIA

12.- ANA MARIA FONTANARROSA DE COSTA Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 4 DE ENERO N° 4848, de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 11 Manzana 20 y/o 4834 Plano Dup 818/1960 Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3082-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 300 Impar F° 2082 N° 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069657-6, Iniciador :MOLINA MONICA ITATI.

REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: MONTE VERA

13.- REVERENDO JOSE PAPROCKI, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: KM 18- LOTEO PAPROCKI,de la localidad de: MONTE VERA, identificado como: Lote 19 Manzana K Plano N° dup 841/1962: Partida Inmobiliaria Nº 10-09-00-739972/0162-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 206 Par F° 2098/2100 N° 54679/1957 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0048611-9, Iniciador: ZERPA MARINA LEOCADIA.

14.- MARIA DEL CARMEN LOPEZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BELGRANO N° 5162, de la localidad de: MONTE VERA, identificado como: Lote 45 Manzana B Plano N° 112607/1987: Partida Inmobiliaria Nº 10-09-00-739055/0124-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 506 Impar F° 449 N° 4776/1988 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082354-9, Iniciador: VILLARPANDO ANA VERONICA.

REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTA FE

15.- OLGA MIÑO DE ESCOBAR, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CAFERATTA N° 8521 ,de la localidad de: SANTA FE , identificado como: Lote 32 pasillo Manzana 8560 E Plano N° 104724/1984: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133807/0037-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 474 Par F° 3687 N° 51424/1986 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082373-4, Iniciador: ACEVEDO SILVIA BIBIANA.

16.- FRUTICOLA BIANCO, AGROPECUARIA, COMERCIAL E INMOBILIARIA SOCIEDAD ANONIMA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:LAS MARGARITAS N° 10538, de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 21 Manzana 10526 Plano N° 74335/1974 Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-133461/0672-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 279 Impar F° 3388 N° 26279/1968 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0080623-2, Iniciador :.VARGAS ARMELLA MELISA DAIANA

REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: GARAY - LOCALIDAD: CAYASTA

17.- AZIZ LICHA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CORTADA HERNANDARIAS, de la localidad de: CAYASTA, identificado como:Lote 20 Manzana G Plano N° 80484/1976: Partida Inmobiliaria Nº 05-02-00-023174/0073-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 99 F° 331 N° 30748/1975 Departamento: GARAY, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082048-3, Iniciador: TIMON RUBEN ALBERTO

S/C 19821 Jun. 26 Ju. 28

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Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modif.Dto. Prov.N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, y/ o en Centro Cívico sito en calle 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto - dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario (La Capital y Página12 ), en fecha MARTES 27 DE JUNIO DE 2017 ,y en el Boletín oficial por 3 (tres) a las siguientes personas:

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD SAN LORENZO

1) Sr/a: EDGARDO ENRIQUE BERNAL Matrícula Individual 12.370.826, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LUIS BRAILE 2053, de la ciudad de SAN LORENZO identificado como: Lote: 6 Manzana: J Plano N°:62414/1970 partida inmobiliaria N°15-03-07 199341/0048 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 265 Folio 244 N° 129957 Departamento:SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0004817-8, Iniciador: FLORES ELIAS.

REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD FIRMAT

2) Sr/a: ANGEL ARMANDO MOLINA / FAUSTINO JUAN MOLINA / ERNESTO MOLINA / ISABEL ESTERINA MOLINA Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: FRAY LUIS BELTRAN 964 (antes Santa Fe), de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote F Manzana: 425 Plano N°:119484/1985, partida inmobiliaria N°17-06-01 368632/0007 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 109 Folio 232 N° 52468 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0002038-9, Iniciador: OLIVARES JORGE JUAN.

REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD VENADO TUERTO

3) Sr/a: MIRTA EDIT CARDINALLI Matrícula Individual LC 5.662.648, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EDUARDO HUHN 536, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote 3 Manzana: B Plano N°:85639/1976, partida inmobiliaria N°17-13-00 360384/0040-0 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 385 Folio 285 N° 178466 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003279-7, Iniciador: PAULITTI MIGUEL ANGEL

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CARCARAÑA

4) Sr/a: JOSE LUIS PEREZ Matrícula Individual 17.297.276 / MARIELA BRUSA Matrícula Individual 18.249.856, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RIVADAVIA 263, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote B Manzana: 26 Plano N°:105091/1984, partida inmobiliaria N°15-09-00 208332/0016-8 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 285 Folio 32 N° 200699 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01501-0083154-8, Iniciador: SILVA MONICA CRISTINA.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CARCARAÑA

5) Sr/a: ROMELIA CARMEN LOREFICE DE FIRMA PAZ / MARIA ROSA LOREFICE DE VERGARA Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BERMEJO 1392, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote: pte lote 7 Manzana: 46 Plano N°: 122392/1986 partida inmobiliaria N° 15-09-00-208452/0002-2 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo:178 Folio:167 N°124871 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004889-1, Iniciador: DALMAN NORMA BEATRIZ.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CARCARAÑA

6) Sr/a: DANIEL RICARDO MOURA Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SAN VICTOR 1590, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote:2b Manzana:44 Plano N° 43798/1965 partida inmobiliaria N°15-09-00 208434/0001-7 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 258 F° 322 N° 119743 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004891-6, Iniciador: SOSA ROSA BEATRIZ.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD CARCARAÑA

7) Sr/a: VALENTIN AUGUSTO ANDRIOLLO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: FLOR DE CEIBO 1645, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote:21 Manzana: 60 Plano N°:76309/1973 partida inmobiliaria N°15-09-00 209390/0021-5 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 140 F° 393 N° 135758 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004885-7, Iniciador: NAVES VERONICA IGNACIA.

REGION IV - NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD CARCARAÑA

8) Sr/a: MITO AMADO CORINA Matrícula Individual 6.175.890, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 25 DE MAYO 764, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote 10 Manzana: 44 Plano N°:28209/1961 partida inmobiliaria N°15-09-00-208980/0008-4 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 274 F° 33 N° 113857 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01501-0083820-8, Iniciador: PEREZ ANGELICA MIRTA.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ

9) Sr/a: NELLY ANTONIA ROSA Y MAGNINI / CARMEN ANTONIA DE PAULI Y MAGNINI Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LA PAMPA 499, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote 1 Manzana:17 Plano N°:87045/1950 partida inmobiliaria N°15-05-00 707021/0211-2 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 141/396/TDH Folio 175/240 N°54120/314322 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004416-1, Iniciador: CAPUANO CARMELO RAMON.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD ROSARIO

10) Sr/a: BENINCO S.R.L / VANZINI S.A / ITALO NESTOR ARMANDO / EDUARDO JOSE LUIS SERRA / RICARDO ANIBAL PELOZZI Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MONTEVIDEO 7764, de la ciudad de ROSARIO identificado como: Lote 17 Manzana G Plano N°:127711/1989 partida inmobiliaria N°16-03-16 313891/0065-1 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 430A/224/428B Folio 38/54/254 Tomo 512/249C/249B Folio 378/1586/1434 Tomo 287A/522/360C Folio 695/200/2365 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004278-3, Iniciador: BAQUERO RICO VIRGINIA

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD ROSARIO

11) Sr/a: ANTONIA STANICH / JORGE PERCIVALLE / JOSE ANTONIO PERCIVALLE / EDUARDO PERCIVALLE Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: URUGUAY 4070, de la ciudad de ROSARIO identificado como: Lote 3 Manzana:172B Plano N°:119790/1985 partida inmobiliaria N°16-03-11 309618/0094-6 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 301C/337/TDH Folio 1941/497 N°126248/313037 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004439-0, Iniciador: ROLDAN HECTOR HUGO.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD ROSARIO

12) Sr/a: ENRIQUE COSACOW Matrícula Individual 6.029.387 , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SUIPACHA 4525F, de la ciudad de ROSARIO identificado como: Lote 11B Manzana: Plano N°:44359/1966 partida inmobiliaria N°16-03-12 310633/0011-5 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 335A Folio 851 N°130669 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004533-3, Iniciador: LINARES TERESITA ISABEL.

S/C 19820 Jun. 26 Jun. 28

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DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NOTIFICACION


Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE VALENZUELA JESUS- VALENZUELA HECTOR-GENES HECTOR RAUL Y GENES HECTOR LEG. SIGNAS 11155, 11156, 11157 Y 1158”, el Expediente Nº 01503- 0004052-0 del Registro del Sistema de Información de Expediente- Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe-; se cita, llama y emplaza a la Sra. Maria Rosa GENES con D.N.I. 30.140.943, con domicilio real desconocido; notificándola a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000037, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 09 de junio de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1°: Adoptar Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección a los niños HECTOR RAUL GENES, D.N.I Nº 53.030.926, fecha de nacimiento 08 de marzo de 2.013, de tres años de edad; HECTOR GENES, D.N.I Nº 54.618.255, fecha de nacimiento 18 de febrero de 2.015, de un año de edad; HECTOR RAUL ANGEL VALENZUELA, D.N.I Nº 51.011.685, fecha de nacimiento 16 de marzo de 2.011, de cinco años de edad y JESUS RAUL HECTOR VALENZUELA, D.N.I Nº 49.144.445, fecha de nacimiento 02 de febrero de 2.009, de siete años de edad; siendo su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental la Sra. María Rosa Genes, D.N.I. N° 30.140.943 y siendo el progenitor de los niños Hector Raul Angel y Jesus Raul Hector el Sr. Raúl Hector Valenzuela, D.N.I. N° 30.894.822, ambos domiciliados en ex fábrica de vidrio ubicado sobre Ruta Nº 19, de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de los niños referidos, sugiriéndose el sean declarados en situación de adoptabilidad. ARTICULO 2: Continuar, durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social, por parte del Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en coordinación y articulación con los referentes de la Institución de Alojamiento, hasta tanto se resuelva la situación definitiva de los niños. ARTICULO 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y dará intervención al órgano jurisdiccional competente. ARTICULO 4: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese. FDO. Abog. Diego Abel Romano, Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe”. Para mayor recaudo se transcribe parte pertinente de la Ley Provincial Nº 12.967: ARTÍCULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ARTÍCULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. REGLAMENTACION LEY 12.967 –Decreto Provincial Nº 10.204: ARTICULO 60: RESOLUCION: Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las Prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades de la adopción de las medidas. NOTIFICACION ARTICULO 61: La notificación de la resolución por l que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazará y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este Decreto Reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa si que puedan ser retiradas. ARTICULO 62: RECURSOS: El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el caso de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. Por lo que queda Uds. debidamente notificado de la resolución que antecede de la Disposición, que se ha dispuesto por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

S/C 19828 Jun. 26 Jun. 28

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL DE VALENZUELA JESUS- VALENZUELA HECTOR-GENES HECTOR RAUL Y GENES HECTOR LEG. SIGNAS 11155, 11156, 11157 Y 1158”, el Expediente Nº 01503- 0004052-0 del Registro del Sistema de Información de Expediente- Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe-; se cita, llama y emplaza al Sr. Raul Hector VALENZUELA con D.N.I. 30.894.822, con domicilio real desconocido; notificándolo a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000037, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 09 de junio de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTÍCULO 1°: Adoptar Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario Nº 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección a los niños HECTOR RAUL GENES, D.N.I Nº 53.030.926, fecha de nacimiento 08 de marzo de 2.013, de tres años de edad; HECTOR GENES, D.N.I Nº 54.618.255, fecha de nacimiento 18 de febrero de 2.015, de un año de edad; HECTOR RAUL ANGEL VALENZUELA, D.N.I Nº 51.011.685, fecha de nacimiento 16 de marzo de 2.011, de cinco años de edad y JESUS RAUL HECTOR VALENZUELA, D.N.I Nº 49.144.445, fecha de nacimiento 02 de febrero de 2.009, de siete años de edad; siendo su progenitora en ejercicio de la responsabilidad parental la Sra. María Rosa Genes, D.N.I. N° 30.140.943 y siendo el progenitor de los niños Hector Raul Angel y Jesus Raul Hector el Sr. Raúl Hector Valenzuela, D.N.I. N° 30.894.822, ambos domiciliados en ex fábrica de vidrio ubicado sobre Ruta Nº 19, de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe. Que la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de los niños referidos, sugiriéndose el sean declarados en situación de adoptabilidad. ARTICULO 2: Continuar, durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social, por parte del Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en coordinación y articulación con los referentes de la Institución de Alojamiento, hasta tanto se resuelva la situación definitiva de los niños. ARTICULO 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y dará intervención al órgano jurisdiccional competente. ARTICULO 4: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese. FDO. Abog. Diego Abel Romano, Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe”. Para mayor recaudo se transcribe parte pertinente de la Ley Provincial Nº 12.967: ARTÍCULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ARTÍCULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. REGLAMENTACION LEY 12.967 –Decreto Provincial Nº 10.204: ARTICULO 60: RESOLUCION: Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las Prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades de la adopción de las medidas. NOTIFICACION ARTICULO 61: La notificación de la resolución por l que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazará y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este Decreto Reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa si que puedan ser retiradas. ARTICULO 62: RECURSOS: El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el caso de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. Por lo que queda Uds. debidamente notificado de la resolución que antecede de la Disposición, que se ha dispuesto por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

S/C 19829 Jun. 26 Jun. 28

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NOTIFICACION


Por disposición del Señor Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez Adolescencia y la Familia Santa Fe, en los autos: “S/ “OJEDA JUAN CARLOS”, Expediente Nº 01503-0004743-1 del Registro del Sistema de Información de Expediente; se cita, llama y emplaza al Sr. Juan Carlos OJEDA, con D.N.I. 16.645.038, con domicilio real desconocido; notificándolo a tal fin que se ha ordenado lo siguiente: Disposicion N° 000032, Santa Fe, “Cuna de la Constitución”, 31 de mayo de 2017... VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE:ARTÍCULO N.º 1: Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial Nº 12.967 y su correlato en la Ley Nacional Nº 26.061, que tiene por sujeto de protección al adolescente JUAN CARLOS OJEDA, DNI N° 43.769.713, de 15 años de edad, nacido el 11/12/01; siendo sus progenitores en ejercicio de la responsabilidad parental la Sra. Silvana Graciela Ceballos, DNI N° 32.186.234, con domicilio en Diagonal Sur s/n de la ciudad de San José del Rincón y, el Sr. Juan Carlos Ojeda, DNI Nº 16.645.038, con domicilio desconocido. Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto, regularizar la situación legal del adolescente y continuar con la separación transitoria de la convivencia de sus progenitores, quedando alojado transitoriamente bajo el Sistema Alternativo de Cuidados Familiares – familia ampliada. ARTICULO N.º 2: Establecer dicha Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, término que comenzará a correr a partir de que dicha medida adoptada quede firme. Durante el transcurso de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social continuará siendo ejercida por el Equipo de Atención y Diagnóstico Distrito La Costa, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, de manera articulada y coordinada con los demás profesionales que intervienen en la situación. ARTICULO N.º 3: Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas, y peticionar el pertinente Control de la Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente. ARTICULO N.° 4: Cumplimentar el Plan de Acción diagramado para la Medida de Protección Excepcional, el cual podrá modificarse en razón de la variación de las circunstancias de hecho que dieron origen a esta medida. Estas modificaciones serán comunicadas a los representantes legales y/o responsables del adolescente y al Tribunal de Familia interviniente en el Control de Legalidad de la misma, sin que ello implique una nueva Disposición por parte del órgano administrativo. ARTICULO N.º 5: Otorgar el trámite correspondiente. Registrar, notificar a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archivar.- FDO. Abog. Diego Abel Romano, Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe”. Para mayor recaudo se transcribe parte pertinente de la Ley Provincial Nº 12.967: ARTÍCULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva. ARTÍCULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. REGLAMENTACION LEY 12.967 –Decreto Provincial Nº 10.204: ARTICULO 60: RESOLUCION: Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las Prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades de la adopción de las medidas. NOTIFICACION ARTICULO 61: La notificación de la resolución por l que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazará y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y de este Decreto Reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la Autoridad Administrativa si que puedan ser retiradas. ARTICULO 62: RECURSOS: El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. En el caso de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe. Por lo que queda Uds. debidamente notificado de la resolución que antecede de la Disposición, que se ha dispuesto por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

S/C 19830 Jun. 26 Jun. 28

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TRIBUNAL DE CUENTAS


EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. Patricia Ester Montenegro, D.N.I. N.º 22.627.235, que en auto caratulado: Expediente Nro. 00901-0076734-9 SIE -TCP, s/ Resolución de Emplazamiento S II Nº 0323 de fecha 23/06/2017, referida al Balance de Movimiento de Fondos del Poder Ejecutivo - Gobernación, correspondiente al período Julio a Septiembre de 2016, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a la Responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado.- Firmado: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente / Dr. Gerardo Gasparrini –Vocal / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”.

S/C 19826 Jun. 26 Jun. 27

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