MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCION Nº 213
SANTA FE, 17 de Mayo de 2005
VISTO:
El Expediente Nº 00201-0102018-1
registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto gestiona autorización para utilizar
software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida
al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4º
“La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que
podrá utilizarse software propietario ....”, atribución que fuera encomendada a
este Ministerio en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;
Que la autorización que gestiona el
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, se encuentra vinculada al Expte. Nº 00201-0100770-0, por el cual se tramita la
adquisición e instalación de una Central Telefónica completa con destino al
Instituto Correccional de Coronda - UI, dependiente de la Dirección General del
Servicio Penitenciario de la Provincia;
Que la Dirección Provincial de
Informática informa que el equipo objeto de la gestión está integrado por dos
subsistemas constitutivos que se encuentran entrañablemente interrelacionados
el uno con el otro, de modo que ambos trabajando juntos constituyen una unidad
lógica e integral;
Que estos dos elementos son, por un
lado el equipo físico en sí mismo, que constituye el dispositivo que es operado
a fin de obtener las funcionalidades necesarias y por el otro se distingue a un
elemento lógico, que es quien controla y analiza los datos a fin de
proporcionar los resultados esperados;
Que por último, la recurrente
fundamenta dicha solicitud señalando que el citado equipamiento se encuentra
programado en “firmware” o “software embebido”,
programas que son principalmente usados para controlar equipos, operación de
maquinarias o plantas industriales completas;
Que estos programas son una mezcla o
híbrido entre el hardware y el software, es decir, tiene parte física y una
parte de programación consistente en programas internos implementados en
memorias no volátiles, esto hace que no sea modificable en forma estándar por
el usuario del equipamiento por encontrarse grabado en una memoria que sólo
admite ser leída (ROM: Read Only
Memory);
Que por otra parte, la Dirección
General de Comunicaciones pone de manifiesto que actualmente todas las
centrales telefónicas poseen un software exclusivo de cada marca y modelo de
Central, la cual se encuentra en forma rígida en un chip de tecnología CMOS
programados de fábrica y se accede a él por intermedio de un teléfono especial
para cada central o por intermedio del puerto de comunicación prevista en
algunas centrales telefónicas;
Que conforme lo expuesto, se considera
procedente autorizar al Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, en carácter
de excepción, a utilizar el software propietario peticionado;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar al Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto a utilizar software propietario de conformidad al
siguiente detalle, y con destino al Instituto Correccional de Coronda - UI,
dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia:
* Software asociado a la Central
Telefónica, aprobadas por la Comisión Nacional de Comunicaciones de la Nación -
CNC (tramitado por Expte. Nº 00201-0100770-0)
Artículo 2.- Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
CPN. WALTER A. AGOSTO
Ministro de Hacienda y Finanzas
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