MINISTERIO
DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE
RESOLUCION
N° 996
SANTA FE, 3 de Junio de 2003.
VISTO: El Expediente N° 00501-0037.815-4 relacionado con el incumplimiento por
parte de las firmas NODOS S.A. y BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño de las
Ordenes de Provisión Nros. 198 y 196,
respectivamente, libradas de acuerdo con los términos de sus ofertas en la
Licitación Pública N° 33/00 aprobada por Resolución N° 1346/00, convocada a los fines de concretar la
adquisición de equipamiento para Laboratorio de histocompatibilidad con destino
a la Dirección Provincial del Centro Unico de
Donación, Ablación e implante de Organos C.U.D.A.I.O. Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección Provincial
informa que la firma NODOS S.A. no cumplió con la contratación por problemas en
la fabricación del producto adjudicado (Termociclador
Ericomp DeltaCycler 1 de
fabricación USA sin tapa calefaccionada) y que la
empresa BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño justifica su incumplimiento
alegando una deuda previa, motivo por el que el referido organismo solicita la
realización de una nueva gestión, dada la urgente necesidad de contar con los
productos no entregados;
Que atento a lo expuesto, la
Coordinación de Compras de la Dirección General de Administración manifiesta
que la contratación ha quedado rescindida de pleno derecho de acuerdo a lo
normado por el artículo 46° del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por
Decreto-Acuerdo n° 2.809/79, correspondiendo hacer
efectivas las penalidades previstas en los artículos 66° y 69° del mismo texto
legal, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en autos, criterio compartido
por la Dirección General de Asuntos Jurídicos (Dictamen N°
59.208/92, f. 22);
Que dicha Coordinación de Compras
informa, además, que por Expte. N°
00501-0037.668-4 se gestionó la adquisición de los equipos correspondientes a
las Ordenes de Provisión Nros.
196 y 198, atento a la urgente necesidad de contar con los mismos, manifestando
posteriormente (fs. 64) que si bien surgió diferencia
de precios, la empresa adjudicataria de tal gestión (Miguel Angel
Berdat) no cumplió con su compromiso, tramitándose
por Expte. N°
00501-0041.959-8 la revocación y aplicación de las sanciones correspondientes;
Que a fs. 56
intervino el Departamento Asuntos Legales de la Dirección Provincial de
Contrataciones y Suministros mediante Dictamen N°
2555/01, indicando la sanción impuesta a la firma NODOS S.A. por el
incumplimiento referido en autos;
POR ELLO;
EL MINISTERIO DE
SALUD Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Declárase
rescindida la contratación celebrada oportunamente con las firmas NODOS S.A. y
BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño por incumplimiento de las Ordenes de
Provisión Nros. 198 y 196, respectivamente, libradas
de acuerdo con los términos de sus ofertas en la Licitación Pública N° 33/00, aprobada por Resolución N°
1346/00, de conformidad con lo establecido por el artículo 46° del Pliego de
Bases y Condiciones aprobado por Decreto - Acuerdo N°
2809/79.
ARTICULO 2°.- Dase
intervención a Fiscalía de Estado a fin de evaluar la conveniencia de promover
las acciones legales pertinentes contra la firma NODOS S.A., tendientes a la
ejecución en forma proporcional de la Garantía de Adjudicación constituida por
ésta, de conformidad con lo previsto por el artículo 69° del referido Pliego de
Bases y Condiciones.
ARTICULO 3°.- Intímase
a la firma BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño, a abonar un importe
equivalente a la Garantía de Adjudicación, como penalidad por la falta de
integración de la misma, conforme lo establecido en el artículo 66° del
referido Pliego de Bases y Condiciones, bajo apercibimiento de promover en su
contra las acciones judiciales que correspondan, en caso de incumplimiento.
ARTICULO 4°.- Comuníquese a la
Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros, para la aplicación de las
sanciones que correspondan, respecto a la firma BBL ARGENTINA de Bernardo L.
Castaño, de acuerdo a lo normado por los Decretos-Acuerdos Nros.
5100/55 (artículo 19°) y 817/93 (artículo 9°).
ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y
archívese.
Ing. FERNANDO BONDESIO
Ministro de Salud y Medio
Ambiente
S/C 11496 May.
26 May. 28
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MINISTERIO
DE SALUD
VISTO:
El Expediente N°
00501-0036982-4 relacionado con la denuncia formulada por la Señora Clelia Lucía Bocardo, con
funciones en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de San
Lorenzo, por un presunto accidente de trabajo que manifiesta haber sufrido el
día 2 de Marzo de 2001, ... y de sus considerandos
EL MINISTRO DE
SALUD
Resuelve
Artículo 1°: Desestímase
la pretensión de que se califique como ACCIDENTE DE TRABAJO el siniestro
sufrido el día 2 de marzo de 2001 por la señora CLELIA LUCIA BOCARDO M.I. N° 4.964.489, con funciones
en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de San Lorenzo; e impútase la licencia usufructuada por tal motivo al artículo
14° del régimen aprobado por Decreto-Acuerdo N°
1919/89, con reintegro a sus tareas sin incapacidad.
Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Ing. Fernando Bondesio
Ministro de Salud
S/C 11495 May.
26 May. 28
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VISTO:
El Expediente N°
00501-0032281-2 relacionado con la denuncia formulada por el Señor Julio Cesar
López, con funciones en el Hospital Provincial de Rosario, por un presunto
accidente de trabajo que manifiesta haber sufrido el día 1° de Mayo de 2000,
... y de sus considerandos
EL MINISTRO DE
SALUD
Resuelve
Artículo 1°: Desestímase
la pretensión de que se califique como ACCIDENTE DE TRABAJO el siniestro
sufrido el día 1° de Mayo de 2000 por el señor JULIO CESAR LOPEZ M.I. N° 21.920.305, con funciones
en el Hospital Provincial de Rosario; e impútase la
licencia usufructuada por tal motivo al artículo 16° y siguientes del régimen
aprobado por Decreto-Acuerdo N° 1919/89, con
reintegro a sus tareas sin incapacidad.
Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Ing. Fernando Bondesio
Ministro de Salud
S/C 11494 May.
26 May. 28
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ADMINISTRACION
PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador
Provincial de Impuestos se NOTIFICA a la firma BOTONERA MAYORISTA S.R.L, Cuenta Nº 011-046237-6 del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos y Aportes Sociales - Ley 5110, con domicilio en calle Mendoza
2818 de la ciudad de Santa Fe (C.P. 3000), y/o
PAPINI, GABRIEL OSVALDO y MICHELOUD, DANIEL ALFREDO ANTONIO, por EDICTO en el
Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a
lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o.
1997, la Resolución Nº 436-7/02 de Administración Regional Santa Fe, dictada en
autos caratulados: Expediente Nº 13301-0067050-0, BOTONERA MAYORISTA S.R.L. s/Inspección - cargo S1 - 2000 - 00179 - TE - 3000 -
000."
Santa Fe, 24 de mayo de 2002. VISTO:...
CONSIDERANDO:... RESUELVE:
Artículo 1ero.: Determinar reajustes
impositivos a la firma BOTONERA MAYORISTA S.R.L. y/o
PAPINI, Gabriel Osvaldo y MICHELOUD, Daniel Alfredo Antonio, Cuenta nº
011-046237-6, por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los anticipos
impagos: 03, 05 a 12 de 1999 y 01 a 10 de 2000, ajustados a favor del Fisco en
los anticipos: 1995: 01 a 10 y 12; 1996: 02, 1997: 10, 11 y 12; 1998: 01 a 12;
1999: 01, 02 y 04, e intereses por pagos fuera de término en los anticipos:
1995: 02, 07, 08, 10 a 12; 1996: 02, 03, 07, 09 a 12; 1997: 02, 04, 06 a 08, 11
y 12; 1998: 01 a 03, 06, 08 a 12; 1999:
01, 02 y 04, cuyos montos de Impuestos más la aplicación de Intereses y Multas
ascienden a la suma de $ 20.970,75 (Pesos veinte mil novecientos setenta
c/75/100) discriminados en Impuesto $ 8.857,95 (pesos ocho mil ochocientos
cincuenta y siete c/95/100), Intereses $ 10.211,88 (Pesos diez mil doscientos
once c/88/100) y Multa $ 1.900,92 (Pesos un mil novecientos c/92/100), de
acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.
Artículo 2do. Determinar reajustes
impositivos a la firma BOTONERA MAYORISTA S.R.L. y/o
PAPINI, Gabriel Osvaldo y MICHELOUD, Daniel Alfredo Antonio, Cuenta Nº
011-046237-6, por los Aportes Sociales - Ley 5110, por los períodos impagos: 2000:
03 a 10, ajustes a favor del Fisco en los períodos 1995: 09 a 12, 1996: 01 a
12: 1997: 01 a 12; 1998: 01 a 12; 1999: 01 a 12, 2000: 01 y 02, e intereses por
pago fuera de término correspondiente al siguiente período: 1995: 04, 07 a 09,
11 y 12; 1996: 01 a 03, 05, 09 a 11; 1997: 02, 03, 04, 06, 08, 10 a 12; 1998:
01 a 06, 08, 09, 11 y 12; 1999: 02 a 12; 2000: 01 cuyos montos de impuestos más
la aplicación de Intereses y Multas ascienden a la suma de $ 4.415,35 (Pesos
cuatro mil cuatrocientos quince c/35/100), discriminados en Impuestos de $
1.546,54 (Pesos Unmil quinientos cuarenta y seis
c/54/100), Intereses $ 2.206,43 (Pesos dos mil doscientos seis c/43/100) y
Multa $ 662,38 (Pesos seiscientos sesenta y dos c/38/1009, de acuerdo a las
liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.
Artículo 3º - Requerir a la citada
firma, dentro plazo 15 (quince) días establecidos por el art.
54 del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 25.386,10 (Pesos
Veinticinco mil trescientos ochenta y seis c/10/100), conforme lo detallado en
el artículo anterior sin perjuicio de la actualización, correspondiente por la
falta de pago en término.
Artículo 4º - De acuerdo a las
facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5to. Del
mencionado texto legal, se intima para que en el plazo de 15 (quince) días de
efectuado el ingreso por Pago de Contado y/o Convenio de Pago de cuotas de
acuerdo a lo establecido en la Resolución General 05/00, para cancelar deuda
fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias
respectivas a la Subdirección de Planificación Selección y Control de
Fiscalización Externa, sita en calle Arturo Illia
1151 Entrepiso - C.P. 3000 .
Santa Fe, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite, el Título
Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos
y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su
contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia
correspondan.
Artículo 5º - Regístrese y pase a la
Subdirección y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de
Fiscalización Externa a los fines de su conocimiento, notificación y demás
efectos pertinentes. C.P.N. Carlos Marcelo Ceballos, Administrador Provincial de Impuestos.
S/C 11005 May.
26 May. 31
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