picture_as_pdf 2004-05-26

MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE

 

RESOLUCION 996

 

SANTA FE, 3 de Junio de 2003.

VISTO: El Expediente 00501-0037.815-4 relacionado con el incumplimiento por parte de las firmas NODOS S.A. y BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño de las Ordenes de Provisión Nros. 198 y 196, respectivamente, libradas de acuerdo con los términos de sus ofertas en la Licitación Pública 33/00 aprobada por Resolución 1346/00, convocada a los fines de concretar la adquisición de equipamiento para Laboratorio de histocompatibilidad con destino a la Dirección Provincial del Centro Unico de Donación, Ablación e implante de Organos C.U.D.A.I.O. Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que la citada Dirección Provincial informa que la firma NODOS S.A. no cumplió con la contratación por problemas en la fabricación del producto adjudicado (Termociclador Ericomp DeltaCycler 1 de fabricación USA sin tapa calefaccionada) y que la empresa BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño justifica su incumplimiento alegando una deuda previa, motivo por el que el referido organismo solicita la realización de una nueva gestión, dada la urgente necesidad de contar con los productos no entregados;

Que atento a lo expuesto, la Coordinación de Compras de la Dirección General de Administración manifiesta que la contratación ha quedado rescindida de pleno derecho de acuerdo a lo normado por el artículo 46° del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto-Acuerdo 2.809/79, correspondiendo hacer efectivas las penalidades previstas en los artículos 66° y 69° del mismo texto legal, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en autos, criterio compartido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos (Dictamen 59.208/92, f. 22);

Que dicha Coordinación de Compras informa, además, que por Expte. 00501-0037.668-4 se gestionó la adquisición de los equipos correspondientes a las Ordenes de Provisión Nros. 196 y 198, atento a la urgente necesidad de contar con los mismos, manifestando posteriormente (fs. 64) que si bien surgió diferencia de precios, la empresa adjudicataria de tal gestión (Miguel Angel Berdat) no cumplió con su compromiso, tramitándose por Expte. 00501-0041.959-8 la revocación y aplicación de las sanciones correspondientes;

Que a fs. 56 intervino el Departamento Asuntos Legales de la Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros mediante Dictamen 2555/01, indicando la sanción impuesta a la firma NODOS S.A. por el incumplimiento referido en autos;

POR ELLO;

EL MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Declárase rescindida la contratación celebrada oportunamente con las firmas NODOS S.A. y BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño por incumplimiento de las Ordenes de Provisión Nros. 198 y 196, respectivamente, libradas de acuerdo con los términos de sus ofertas en la Licitación Pública 33/00, aprobada por Resolución 1346/00, de conformidad con lo establecido por el artículo 46° del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto - Acuerdo 2809/79.

ARTICULO 2°.- Dase intervención a Fiscalía de Estado a fin de evaluar la conveniencia de promover las acciones legales pertinentes contra la firma NODOS S.A., tendientes a la ejecución en forma proporcional de la Garantía de Adjudicación constituida por ésta, de conformidad con lo previsto por el artículo 69° del referido Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 3°.- Intímase a la firma BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño, a abonar un importe equivalente a la Garantía de Adjudicación, como penalidad por la falta de integración de la misma, conforme lo establecido en el artículo 66° del referido Pliego de Bases y Condiciones, bajo apercibimiento de promover en su contra las acciones judiciales que correspondan, en caso de incumplimiento.

ARTICULO 4°.- Comuníquese a la Dirección Provincial de Contrataciones y Suministros, para la aplicación de las sanciones que correspondan, respecto a la firma BBL ARGENTINA de Bernardo L. Castaño, de acuerdo a lo normado por los Decretos-Acuerdos Nros. 5100/55 (artículo 19°) y 817/93 (artículo 9°).

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Ing. FERNANDO BONDESIO

Ministro de Salud y Medio Ambiente

S/C         11496    May. 26 May. 28

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MINISTERIO DE SALUD

 

VISTO:

El Expediente 00501-0036982-4 relacionado con la denuncia formulada por la Señora Clelia Lucía Bocardo, con funciones en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de San Lorenzo, por un presunto accidente de trabajo que manifiesta haber sufrido el día 2 de Marzo de 2001, ... y de sus considerandos

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve

Artículo 1°: Desestímase la pretensión de que se califique como ACCIDENTE DE TRABAJO el siniestro sufrido el día 2 de marzo de 2001 por la señora CLELIA LUCIA BOCARDO M.I. 4.964.489, con funciones en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de San Lorenzo; e impútase la licencia usufructuada por tal motivo al artículo 14° del régimen aprobado por Decreto-Acuerdo 1919/89, con reintegro a sus tareas sin incapacidad.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Ing. Fernando Bondesio

Ministro de Salud

S/C         11495    May. 26 May. 28

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VISTO:

El Expediente 00501-0032281-2 relacionado con la denuncia formulada por el Señor Julio Cesar López, con funciones en el Hospital Provincial de Rosario, por un presunto accidente de trabajo que manifiesta haber sufrido el día 1° de Mayo de 2000, ... y de sus considerandos

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve

Artículo 1°: Desestímase la pretensión de que se califique como ACCIDENTE DE TRABAJO el siniestro sufrido el día 1° de Mayo de 2000 por el señor JULIO CESAR LOPEZ M.I. 21.920.305, con funciones en el Hospital Provincial de Rosario; e impútase la licencia usufructuada por tal motivo al artículo 16° y siguientes del régimen aprobado por Decreto-Acuerdo 1919/89, con reintegro a sus tareas sin incapacidad.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Ing. Fernando Bondesio

Ministro de Salud

S/C         11494    May. 26 May. 28

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

NOTIFICACION

 

Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos se NOTIFICA a la firma BOTONERA MAYORISTA S.R.L, Cuenta Nº 011-046237-6 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales - Ley 5110, con domicilio en calle Mendoza 2818 de la ciudad de Santa Fe (C.P. 3000), y/o PAPINI, GABRIEL OSVALDO y MICHELOUD, DANIEL ALFREDO ANTONIO, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 436-7/02 de Administración Regional Santa Fe, dictada en autos caratulados: Expediente Nº 13301-0067050-0, BOTONERA MAYORISTA S.R.L. s/Inspección - cargo S1 - 2000 - 00179 - TE - 3000 - 000."

Santa Fe, 24 de mayo de 2002. VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE:

Artículo 1ero.: Determinar reajustes impositivos a la firma BOTONERA MAYORISTA S.R.L. y/o PAPINI, Gabriel Osvaldo y MICHELOUD, Daniel Alfredo Antonio, Cuenta nº 011-046237-6, por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los anticipos impagos: 03, 05 a 12 de 1999 y 01 a 10 de 2000, ajustados a favor del Fisco en los anticipos: 1995: 01 a 10 y 12; 1996: 02, 1997: 10, 11 y 12; 1998: 01 a 12; 1999: 01, 02 y 04, e intereses por pagos fuera de término en los anticipos: 1995: 02, 07, 08, 10 a 12; 1996: 02, 03, 07, 09 a 12; 1997: 02, 04, 06 a 08, 11 y 12; 1998: 01 a 03, 06, 08  a 12; 1999: 01, 02 y 04, cuyos montos de Impuestos más la aplicación de Intereses y Multas ascienden a la suma de $ 20.970,75 (Pesos veinte mil novecientos setenta c/75/100) discriminados en Impuesto $ 8.857,95 (pesos ocho mil ochocientos cincuenta y siete c/95/100), Intereses $ 10.211,88 (Pesos diez mil doscientos once c/88/100) y Multa $ 1.900,92 (Pesos un mil novecientos c/92/100), de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.

Artículo 2do. Determinar reajustes impositivos a la firma BOTONERA MAYORISTA S.R.L. y/o PAPINI, Gabriel Osvaldo y MICHELOUD, Daniel Alfredo Antonio, Cuenta Nº 011-046237-6, por los Aportes Sociales - Ley 5110, por los períodos impagos: 2000: 03 a 10, ajustes a favor del Fisco en los períodos 1995: 09 a 12, 1996: 01 a 12: 1997: 01 a 12; 1998: 01 a 12; 1999: 01 a 12, 2000: 01 y 02, e intereses por pago fuera de término correspondiente al siguiente período: 1995: 04, 07 a 09, 11 y 12; 1996: 01 a 03, 05, 09 a 11; 1997: 02, 03, 04, 06, 08, 10 a 12; 1998: 01 a 06, 08, 09, 11 y 12; 1999: 02 a 12; 2000: 01 cuyos montos de impuestos más la aplicación de Intereses y Multas ascienden a la suma de $ 4.415,35 (Pesos cuatro mil cuatrocientos quince c/35/100), discriminados en Impuestos de $ 1.546,54 (Pesos Unmil quinientos cuarenta y seis c/54/100), Intereses $ 2.206,43 (Pesos dos mil doscientos seis c/43/100) y Multa $ 662,38 (Pesos seiscientos sesenta y dos c/38/1009, de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.

Artículo 3º - Requerir a la citada firma, dentro plazo 15 (quince) días establecidos por el art. 54 del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 25.386,10 (Pesos Veinticinco mil trescientos ochenta y seis c/10/100), conforme lo detallado en el artículo anterior sin perjuicio de la actualización, correspondiente por la falta de pago en término.

Artículo 4º - De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5to. Del mencionado texto legal, se intima para que en el plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso por Pago de Contado y/o Convenio de Pago de cuotas de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 05/00, para cancelar deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación Selección y Control de Fiscalización Externa, sita en calle Arturo Illia 1151 Entrepiso - C.P. 3000 . Santa Fe, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite, el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Artículo 5º - Regístrese y pase a la Subdirección y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes. C.P.N. Carlos Marcelo Ceballos, Administrador Provincial de Impuestos.

S/C         11005    May. 26 May. 31

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