picture_as_pdf 2003-05-26

            E D I C T O                                                             

............................................Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente KUSCHNER ADRIAN OSCAR, Cuenta Nº 021-302473-6  con domicilio legal en calle SAN LUIS Nº 1445 de la ciudad de Rosario (C.P. 2000) - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 817-4/03 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0291454-4  ¨ KUSCHNER ADRIAN OSCAR  ¨

Rosario, 11 de Abril  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos practicados al contribuyente KUSCHNER ADRIAN OSCAR según liquidaciones obrantes a fs. 36 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por el  Artículo 5º de la Resolución General Nº 04/98 y por la Resolución 06/93 Art. 1º de conformidad al siguiente detalle:

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 2000/05-08 a 12

1.500,76

706,28

1.339,13

3.546,17

Ing. Brutos 2001/01-04 a 12

1.414,81

859,35

1.262,42

3.536,58

Ing. Brutos 2002/01 a 12

4.202,09

1.137,48

3.749,52

9.089,09

Ing. Brutos 2003/01 a 02

838,20

20,07

747,92

1.606,19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. d )

 

 

150,00

150,00

TOTAL GENERAL

7.955,86

2.723,18

7.248,99

17.928,03

ART. 2º ; Requerir al citado contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del Código Fiscal (T.O. 1997 y modificatorias), el ingreso de la suma de $ 17.928,03 (Pesos: DIECISIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE Y OCHO CON 03/100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL DE FISCALIZACION EXTERNA, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART 4º Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071, se le hace saber que l asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del artículo 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuesto


___________________________________________________________

 

 

Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma RODRIGUEZ CLAUDIO NESTOR, Cuenta Nº 021-275659-1 con domicilio fiscal en calle AMBROSETTI Nº 233 de la ciudad de Rosario (C.P. 2000) - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 1108-6/03 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0218105-4  ¨ RODRIGUEZ CLAUDIO NESTOR  ¨

Rosario, 30 de Abril  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar los reajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110 practicados a la firma RODRIGUEZ CLAUDIO NESTOR cuenta Nro. 021-275659-1, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 148 a 167, del referido Expte. y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Art. 45 del Código Fiscal T.O. 1997 y sus modificatorias conforme al Artículo 5º de la Resolución General Nº 04/98, de conformidad al siguiente detalle:

Cuenta Nº 021-275659-1;

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1996/06 a 12

1.532,92

3.733,24

613,62

5.879,78

Ing. Brutos 1997/01 a 12

2.557,01

5.549,25

1.023,57

9.129,83

Ing. Brutos 1998/01 a 6-8-10-11-12

1.068,67

1.987,62

427,78

3.484,07

Ing. Brutos 1999/01 a 07-09-11-12

600,37

877,23

240,32

1.717,92

Ing. Brutos 2000/02 a 12

762,31

814,65

305,15

1.882,11

Ing. Brutos 2001/01 a 12

2.114,20

1.554,45

846,31

4.514,96

Ing. Brutos 2002/01 a 04

726,27

361,90

290,72

1.378,89

Ap. Sociales 1996/03 a 12

272,86

597,82

251,19

1.121,87

Ap. Sociales 1997/01 a 12

367,61

796,40

338,42

1.502,43

Ap. Sociales 1998/01 a 04-06 a 12

469,66

841,75

432,36

1.743,77

Ap. Sociales 1999/01 a 07-12

381,68

565,55

351,37

1.298,60

Ap. Sociales 2000/01 a 12

579,03

634,21

533,05

1.746,29

Ap. Sociales 2001/01 a 12

641,98

468,57

591,00

1.701,55

Ap. Sociales 2002/01 a 04

149,55

74,70

137,67

361.92

TOTAL GENERAL

12.224,12

18.857,34

6.382,53

37.463,99

ART. 2º ; Requerir al citado contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 37.463,99  (Pesos: TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON 99/100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los intereses por falta de pago en término.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART 4º Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071, se le hace saber que l asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del artículo 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuesto

 

 

___________________________________________________________

 

Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma PRIMA ARGENTINA S.R.L., Cuenta Nº 021-288471-9 con domicilio fiscal en calle URQUIZA Nº 871 de la ciudad de Rosario; y/o MIRTUONO, CRISTIAN FRANCO Y/O MIRTUONO GABRIELA RAQUEL, en su carácter de socios gerentes y responsables solidarios; con domicilios en calle Pte. Roca 2521 y Pte. Roca 2153 respectivamente, ambos de la ciudad de Rosario - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 1627-6/02 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0198163-5  ¨ PRIMA ARGENTINA S.R.L. ¨

Rosario, 12 de Agosto de 2002 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar de oficio, sobre base presunta, los reajustes determinados en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales - Ley 5110 practicados a la firma PRIMA ARGENTINA S.R.L., Cuenta Nº 021-288471-9 y/o MIRTUONO, CRISTIAN FRANCO Y/O MIRTUONO GABRIELA RAQUEL en su carácter de socios gerentes y responsables solidarios de conformidad a lo establecido en los arts. 19 y 20 del Código Fiscal; con domicilios en calle Pte. Roca 2521 y Pte. Roca 2153 respectivamente, ambos de la ciudad de Rosario; de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 34 a 42 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de conformidad al siguiente detalle:

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1999/06 a 12

5.020,41

4.658,30

3.230,13

12.908,84

Ing. Brutos 2000/01 a 12

8.909,21

5.718,19

5.732,19

20.359,59

Ing. Brutos 2001/01 a 12

8.710,04

2.480,28

5.604,04

16.794,36

Ing. Brutos 2002/01 a 03

2.500,67

136,52

1.608,93

4.246,12

Ap. Soc. 2000/10 a 12

47,46

23,91

7,64

79,01

Ap. Soc. 2001/01 a 12

176,28

48,87

28,36

253,51

Ap. Soc. 2002/01 a 03

40,68

2,31

6,55

49,54

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. d )

 

 

300,00

300,00

TOTAL GENERAL

25.404,75

13.068,38

16.517,84

54.990,97

ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 54.990,97 (Pesos: CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 97/100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el Artículo 156 del citado cuerpo legal en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuesto

 

 

 

___________________________________________________________

 

 

Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma VILLANUEVA EDGARDO ROGELIO, Cuenta Nº 021-300562-1 con domicilio fiscal en calle Gaboto 1082 de la ciudad de arroyo Seco - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 822-6/03 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0201279-8  ¨ VILLANUEVA EDGARDO ROGELIO ¨

Rosario, 11 de Abril  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar de oficio sobre base presunta, aplicando los mínimos impositivos vigentes en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la firma VILLANUEVA EDGARDO ROGELIO, Cuenta Nro. 021-300562-1 de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 57 a 61 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación, de conformidad al siguiente detalle:

 

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1999/05 a 12

216,00

297,13

216,00

729,13

Ing. Brutos 2000/01 a 12 

324,00

348,47

324,00

996,47

Ing. Brutos 2001/01 a 06

162,00

130,51

162,00

454,51

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. d )

 

 

300,00

300,00

TOTAL GENERAL

702,00

776,11

1.002,00

2.480,11

 

ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 2.480,11 (Pesos: DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 11/100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 - último párrafo - del citado cuerpo legal.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4º Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071 se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.-

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuesto

 

 

___________________________________________________________

 

 

Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente GONZALEZ, HUGO PASCUAL, Cuenta Nº 021-277090-2 con domicilio fiscal en calle Cortada 25 de Mayo 1787 de Villa Gobernador Galvez - PROVINCIA DE SANTA FE,  por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal  (T.O. 1997),  la Resolución Nº 631-8/03 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0207333-1  ¨GONZALEZ HUGO PASCUAL ¨

Rosario, 24 de Marzo  de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  Determinar los ajustes establecidos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos practicados a la firma GONZALEZ, HUGO PASCUAL, Cuenta Nro. 021-277090-2 de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 27 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación, de conformidad al siguiente detalle:

 

CONCEPTO Y PERIODOS ADEUDADOS

DIF.DE

IMPUESTO

RECARGOS

E

INTERESES

MULTAS 

 

 

TOTALES

Ing. Brutos 1996/12

27,00

62,72

2,70

86,24

Ing. Brutos 1998/04

101,73

185,84

10,17

274,45

Ing. Brutos 2000/06

64,04

68,08

6,40

123,86

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art. 1º inc. d )

 

 

 

 

TOTAL GENERAL

192,77

316,64

19,27

528,68

 

ART. 2º ; Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 528,68  (Pesos: QUINIENTOS VEINTIOCHO CON 68/100) conforme a lo detallado en el articulo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal, en cuanto se instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer l diferencia resultante.-

ART. 3º De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5) del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4º Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071 se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal RECURSO de RECONSIDERACION en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.-

ART. 5º Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuesto

 

 

___________________________________________________________

 

 

Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a la firma PRECOS S.R.L., cuenta Nro. 021-263229-7 del impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110, con domicilio fiscal en calle ITALIA 376 de la ciudad de Rosario - PROVINCIA DE SANTA FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 118/03 IND. dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0083109-4  ¨ PRECOS S.R.L. ¨

Santa Fe, 9 de Abril de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

ART. 1º:  No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 380-5/99 de  Administración Regional Rosario, por la firma PRECOS S.R.L., con domicilio fiscal en calle ITALIA 376 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, cuenta Nº 021-263229-7 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales  Ley 5110.-

ART. 2º;  Requerir a la firma PRECOS S.R.L., dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el Art. 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 834,95  (pesos ochocientos treinta y cuatro con 95/100) en concepto de multas por omisión, graduadas según Resolución Gral. Nº 04/98, correspondiente a los anticipos 09/96; 01, 02 y 06/97 y 04 a 10/98 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo al Cuadro Resumen de Reajuste confeccionado por la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, de Administración Regional Rosario, obrante a fs. 63  y que forma parte de la presente.

ART. 3º:  De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario - Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los cotos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Además se hace saber, que conforme lo impuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación en los términos del Art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ART. 4º: Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación  y demás efectos.

                                                                                                                                                                  C.P.N. DAVID ESSAYA

                                                                                                                                                         Administrador Pcial. de Impuestos

CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE

 

 

 

Contribuyente:  PRECOS  S.R.L.

Domicilio: ITALIA  Nº 376

ROSARIO

Cta. Nº: 021-263229-7 Expte.13302-0083109-4

               Concepto                

Diferencias de Impuestos Liquidados

Multas

            Intereses

               Total

 

 al     21/04/03

Calificación

%

Monto

 

 

Ing.Brutos 1996/09

156,25

Res.04/98Art5º

17,36

27,13

 

27,13

Ing.Brutos 1997/01-02-06

564,49

Res.04/98Art5

17,36

97,99

 

97,99

Ing.Brutos 1998/04 a 10

4.088,87

Res.04/98Art5

17,36

709,83

 

709,83

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales

(1)

 

 

834,95

 

834,95

SON PESOS: OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 95/100.-                                                 

OBSERVACIONES: (1) NO SUMA, TOMADO AL SOLO EFECTO DEL CALCULO DE LAS MULTAS.-                                                                                                

                                                                                                RESOLUCION INDIVIDUAL Nº: 118/03         

                                                                                                                                                           Fecha: 09/04/03                                             

C.P.N. DAVID ESSAYA

Administrador Pcial. de Impuestos

 

 

___________________________________________________________

 

 

Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica al señor Elvio Carlos Cavallo, D.N.I Nº 6.522.305, con domicilio en calle 15 Nº 962; el señor Abel Germán Jaime Onega, L.E. Nº 6.169.770, con domicilio en calle 20 Nº 107; el señor Carlos Jorge Cavallo, D.N.I.  Nº 8.281.348, con domicilio en calle 15 Nº 962, todos de la localidad de Las Parejas y el señor Abel Germán Jaime Onega, en su carácter de socio gerente de la firma INTELCOM S.R.L., continuadora legal de ELVIO C. CAVALLO S.R.L., cuenta Nro. 121-007180-0 del impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110, con domicilio fiscal y legal en calle SANTA FE 2557, 1º Piso, local 8 de la ciudad de Rosario, y/o en calle 20 Nº 926 de la localidad de Las Parejas - PROVINCIA DE SANTA FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 077/03 IND. dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0052137-1  ¨ ELVIO CAVALLO S.R.L. ¨

Santa Fe, 19 de Marzo de 2003 .-

VISTO;  ...............................  CONSIDERANDO:  .............................

RESUELVE:

 

ART. 1º:  Hacer lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 1059-7/00 de  Administración Regional Rosario por el señor Abel Germán Jaime Onega, en su carácter de socio gerente de la firma INTELCOM S.R.L., continuadora legal de ELVIO C. CAVALLO S.R.L., cuenta Nº 121-007180-0 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales  Ley 5110,  con domicilio fiscal y legal en calle Santa Fe 2557, 1º Piso, local 8 de la ciudad de Rosario y/o en calle 20 Nº 926 de la localidad de Las Parejas, ambos de la Provincia de Santa Fe.

 

ART. 2º;  Requerir a la firma ELVIO C. CAVALLO S.R.L. y/o INTELCOM S.R.L., dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el Art. 54 del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 598.726,73 (pesos quinientos noventa y ocho mil setecientos veintiséis con 73/100) en concepto de impuestos, intereses y multas por omisión, graduada según Res. Gral. Nº 04/98, correspondiente a los anticipos 07 a 12/95; 01 a 05, 07, 09, 11 y 12/96; 01 a 03, 05, 07 y 08/97 del impuesto sobre los Ingresos Brutos y por los anticipos 05 y 06/95; 07, 08 y 12/96 y 01 a 08/97 de Aportes Sociales Ley 5110,  de acuerdo al Cuadro Resumen de Reajuste confeccionado por la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa de Administración Regional Rosario, obrante a fs. 240  y que forma parte de la presente.

 

ART. 3º:  De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario - Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los cotos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Además se hace saber, que conforme lo impuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación en los términos del Art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

 

ART. 4º: Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación en los domicilios fiscal, legaly en el particular de cada uno de los socios de la firma en cuestión y demás efectos.

 

                                                                                                                                                                  C.P.N. DAVID ESSAYA

                                                                                                                                                         Administrador Pcial. de Impuestos

 

CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE

 

 

 

Contribuyente:  ELVIO CAVALLO S.R.L. Y/O INTELCOM S.R.L.

Domicilio: CALLE 20 Nº 926 

LAS PAREJAS

Cta. Nº: 121-007180-0 Expte.13302-0052137-1

               Concepto                

Diferencias de Impuestos Liquidados

Multas

            Intereses

               Total

 

 al     10/03/03

Calificación

%

Monto

 

 

Ing.Brutos 1995/07 a 12

44.019,32

Res.04/98Art5º

37,57

16.538,06

119.815,44

180.372,82

Ing.Brutos 1996/01 a 05,07,09, 11 y 12

56.930,45

Res.04/98Art5º

37,57

21.389,69

141.096,33

219.416,47

Ing.Brutos 1997/01 a 03,05,07 y 08

45.193,01

Res.04/98Art5º

37,57

16.979,01

96.639,94

158.811,96

 Ap. Soc. 1995/05-06

1.519,70

Res.04/98Art5º

23,78

361,38

4.335,71

6.216,79

Ap. Soc.  1996/07,08 y 12

2.378,08

Res.04/98Art5º

23,78

565,51

5.653,74

8.597,33

Ap. Soc.  1997/01 a 08

7.458,60

Res.04/98Art5º

23,78

1.771,73

16.081,03

25.311,36

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales

157.499,16

 

 

57.605,38

383.622,19

598.726,73

SON PESOS: QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTISEIS CON 73/100.-                                                                                                                                                                                                                                                                                                   RESOLUCION INDIVIDUAL Nº: 077/03         

                                                                                                                                                           Fecha: 19/03/03                                             

                                                                                                                                   

C.P.N. DAVID ESSAYA

Administrador Pcial. de Impuestos

 

 

 

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

 

CONCURSO DE PRECIOS 312

 

OBJETO: Contratación de un vehículo tipo utilitario (Trafic o similar), con doble hilera de asientos, modelo 1998 en adelante, con chofer, para el Sector Higiene y Seguridad.

APERTURA: 06/06/2003 - HORA: 9.

CONSULTAS Y PRESENTACION DE OFERTAS: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, Bv. Oroño 1260, Abastecimiento, Rosario, Tel. 0341-4207729/30/31.

S/C       11110   May. 26 May. 28

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ARCHIVO TRIBUNALES DE ROSARIO

 

DESTRUCCION MATERIAL DOCUMENTAL EN CONDICIONES DE EXPURGO EXPEDIENTES

 

De conformidad con Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe y Decisorio de Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, se anuncia a través de la Dirección del Archivo del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe - DISTRITO JUDICIAL DOS - ROSARIO, que se procederá a la destruccion de material documental enviado por órganos jurisdiccionales - distrito judicial Rosario y otros distritos y circuitos judiciales en condiciones de expurgo - diferentes fueros y períodos - según datos registrados y a tenor de metodología establecida por Excma. Corte Suprema de Justicia - con constancias pertinentes archivadas.

ARCHIVO TRIBUNALES ROSARIO - PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.

ROSARIO, 19 de Mayo 2003.

SILVIA I. MORAN

Directora Archivo

Tribunales Rosario

S/C       10802   May 26 May 28

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COMUNA DE SAN JERONIMO NORTE

 

ORDENANZA 478/2003

 

VISTO:

 

Que a solicitud de la Comisión Comunal, los Arquitectos Omar Bosch, D.N.I. 12.512.329, Matrícula Profesional 01578 y Rubén A. Oggier, D.N.I. 11.377.757, Matrícula Profesional 01605, se constituyeron en el inmueble ubicado en calle San Martín 1136 de esta localidad, a los fines de constatar el estado de la construcción allí existente, y;

CONSIDERANDO:

Que dicho informe fue solicitado por la Comisión Comunal teniendo en cuenta la inquietud de vecinos del lugar preocupados por el peligro que representa la casa habitación existente en el inmueble identificado con la partida inmobiliaria 09-23-00-089290/0000-8;

Que realizado el informe correspondiente por los profesionales Arq. Bosch y Oggier, presentado a esta Comisión Comunal mediante nota de fecha 23 de Abril de 2003, se deducen las siguientes conclusiones:

1.- Que se trata de un inmueble destinado a casa habitación demolido en un cincuenta por ciento (50%) aproximadamente.-

2.- Que la construcción restante se halla en un alto grado de deterioro tanto en su estructura como en su estado general.-

3.- Que por motivo de todo ello se considera adecuado la demolición total del mismo, ya que no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad, constituyéndose en una construcción peligrosa para su uso.-

Que las autoridades comunales deben velar por la seguridad, higiene, tranquilidad y orden de toda la Comunidad, tomando las medidas necesarias para cumplir estos objetivos;

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Comunas (ley 2439), es atribución de la Comuna, imponer de acuerdo a las leyes y ordenanzas respectivas, sanciones compatibles con la naturaleza de sus poderes, tales como la demolición de construcciones, pudiendo requerir del juez competente las órdenes de allanamiento necesarias, como asimismo el concurso de la autoridad policial;

Que el Reglamento Mínimo de Edificación para Comunas de la Provincia de Santa Fe, aprobado a través de la Resolución 63/78 de la entonces Secretaría General de Acción Comunal de la Provincia de Santa Fe, en su artículo noveno, establece que la Comuna “... podrá ordenar la demolición de toda construcción ejecutada contra lo indicado en éste Reglamento, o que estén fuera de las líneas de ochavas reglamentarias ...” Para ello previamente se deberá intimar al propietario y si éste no cumple la orden de demolición en el plazo establecido, la Comuna la ejecutará con personal comunal, corriendo los gastos por cuenta del propietario;

POR TODO ELLO:

La Comisión Comunal de San Jerónimo Norte

en uso de sus propias facultades, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

Articulo 1°).- Declarar en estado de peligro de derrumbe a la construcción existente en el inmueble identificado con la partida inmobiliaria 09-23-00-089290/0000-8, situado en calle San Martín 1136 de esta localidad de San Jerónimo Norte, y proceder a su inmediata demolición dado que la misma no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad, constituyéndose en un constante peligro para la integridad de las personas que podrían introducirse en la misma a los fines de pernoctar o refugiarse ante las inclemencias del tiempo y/o para los niños del barrio que ocasionalmente juegan en ese predio.-

Artículo 2°)- Publicar en el Boletín Oficial el texto de la presente Ordenanza y otorgar un plazo de 5 días a la Sra. María Agustina Magrotti de Jossen y/o a quienes resulten propietarios del inmueble en cuestión a los efectos de que se presenten ante la Comuna de San Jerónimo Norte con el objeto de hacer valer los derechos que les correspondan.

Artículo 3°)- Vencido el plazo establecido en el artículo anterior, ordénese a través del área correspondiente los trabajos de demolición a ejecutar por el personal dependiente de esta repartición.

Artículo 4°)- Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones de esta repartición, comuníquese y archívese.

Dada en la Comuna de San Jerónimo Norte, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de Abril del año dos mil tres.-

RAUL M. JULLIER

Presidente Comuna

$ 75      10862   May 26 May 30

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