SUBSECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTION DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 84
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
19/04/2017
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de ocho (08) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y GESTIÓN
DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: EMS (ENDOVASCULAR SUPPLIERS) S.A. CUIT N° 30-71239052-9; GENERAL PLASTIC CORP. S.A. CUIT Nº 30-70922012-4; “DsMax” de LINOVICH MARIANO Y LINOVICH MAXIMILIANO S.H. CUIT Nº 30-71443659-3; “AGROVIAL1” de MONDINO FERNANDO CUIT Nº 20-33992107-6; NEXTRANS S.R.L. CUIT Nº 30-71010654-8; “ROSELECT” de ROSANO FERNANDO ARIEL CUIT Nº 20-27694087-3; SEÑALAR S.R.L. CUIT N° 30-71191569-5.
ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “RWL WATER” DE UNITEK S.A. CUIT N° 30-66615048-8.
ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “MARSI” de ACOSTA MARTÍN PABLO CUIT Nº 20-24943412-5; “ACRIMEV” de CAROLLO MARIO, CAROLLO ENRIQUE, CAROLLO VIVIANA Y FERNANDEZ MANUEL S.H. CUIT Nº 30-67459483-2; CATERING GOURMET S.R.L. CUIT N° 30-70923839-2; FEAS ELECTRONICA S.A. CUIT N° 30-70770219-9; FILE PROTECTION S.R.L. CUIT Nº 30-70818430-2; KIT INGENIERÍA ELECTRÓNICA S.R.L. CUIT N° 30-61269196-3; MDP SISTEMAS DIGITALES S.R.L. CUIT N° 30-70708853-9; NEUMÁTICOS VERONA S.R.L. CUIT N°30-67747012-3; ORGUDI S.R.L. CUIT N°30-70863421-9; “ECOPEN” de PENSIERO FRANCISCO CUIT Nº 20-31065882-1; TECME S.A. CUIT N° 30-56653500-5.
ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 19368 Ab. 26 Ab. 28
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RESOLUCIÓN Nº 071
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 12 de Abril de 2017.
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cinco (05) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario Nº 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CORNERO-VENEZIA CONSULTORES DE INGENIERÍA S.A. CUIT N° 30-58100790-2; “METALÚRGICA D Y D” de CRETTAZ DAMIÁN LEANDRO CUIT Nº 20-30392904-6; JOSÉ ALBERTO TOSCANO S.A. CUIT Nº 30-61108367-6; MÚSICA Y SONIDO S.A. CUIT N° 30-71131250-8; QUALITY S.R.L. CUIT Nº 30-71415938-7.
ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “IMH” de AIMO JORGE ALBERTO CUIT N° 20-16445378-3; BAUZA INGENIERÍA S.R.L. CUIT Nº 30-70867558-6; DESARROLLO DE EQUIPOS INDUSTRIALES S.A. CUIT Nº 30-70033782-7; LABORATORIOS BACON S.A.I.C. CUIT Nº 30-57076089-7; LABORATORIO VAPOX S.A. CUIT Nº 30-70879278-7; MARANI HNOS S.A. CUIT Nº 30-50354355-5; MEPINTER S.A. CUIT Nº 30-70738172-4; “ECONOVO” de OSCAR SCROZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L. CUIT Nº 30-70832128-8; “INGENIERÍA MÉDICA” de PAOLASSO CARLOS ALBERTO CUIT N° 20-06065009-9; QH INGENIERÍA Y SERVICIOS S.A. CUIT Nº 30-70737819-7.
ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 19377 Ab. 26 Ab. 27
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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
NOTIFICACIÓN DE EDICTOS
En relación a los autos administrativos N°16102-0033860-2 y su agregado Expte. Nº 16101-0147709-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2597 de fecha 09/12/14 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, a los infractores BERDUN TORRES ROBERTO LUCIANO, con último domicilio conocido en Güemes S/N de la localidad de Margarita, Provincia de Santa Fe y a la firma CO.MI. S.A. con última domicilio conocido en Ruta Nac. 12 Km. 1324 de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, de lo establecido en la Resolución N° 1040 dictada el 16 de agosto de 2016 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2597 de fecha 09/12/14, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el descargo interpuesto por el Sr. MARTÍNEZ REINALDO ANÍBAL, contra el Acta de Infracción Nº 2597 de fecha 09/12/14 con respecto a la reducción del monto. ARTICULO 3º.- Intimar a BERDUN TORRES ROBERTO LUCIANO en carácter de conductor, con domicilio en Güemes S/N de la localidad de Margarita, Provincia de Santa Fe, al transportista MARTÍNEZ REINALDO ANÍBAL con domicilio en Pje. San Roque de la localidad de Colonia Durán, Provincia de Santa Fe y al cargador CO.MI. S.A. con domicilio en Ruta Nac. 12 Km. 1324 de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 110.904,60 (PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 60/100), con más el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para los operaciones de Descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo y/o la acción que jurídicamente corresponda, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Scania, Modelo T114GB, Dominio Chasis CTJ 985, Dominio Acoplado IZN 940, BERDUN TORRES ROBERTO LUCIANO con domicilio en Güemes S/N de la localidad de Margarita, Provincia de Santa Fe, el transportista MARTÍNEZ REINALDO ANÍBAL con domicilio en Pje. San Roque de la localidad de Colonia Durán, Provincia de Santa Fe y el cargador CO.MI. S.A. con domicilio en Ruta Nac. 12 Km. 1324 de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, tendiente al cobro de la suma de $ 110.904,60 (PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 60/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese..”
Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 19384 Ab. 26 Ab. 27
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NOTIFICACIÓN DE EDICTOS
En relación a los autos administrativos N° 16131-0002372-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2930 de fecha 11/11/16 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto N° 4174/15, al infractor RAMÓN RICARDO ROLÓN con último domicilio conocido en Paraguay y Muñiz de la localidad de Villa Ángela, Provincia de Chaco, de lo establecido en la Resolución N° 149 dictada el 14 de Febrero de 2017 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve… “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2930 de fecha 11/11/16, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.-Intimar a ZAMPROGNIO MARIO JOSÉ en carácter de conductor y transportista, con domicilio en Calandrias Nº 640 de la localidad de Villa Ángela, Provincia de Chaco y/o Lote Nº 22 de la localidad de Colonia Juan J. Paso de la Provincia de Chaco y al cargador RAMÓN RICARDO ROLÓN con domicilio en Paraguay y Muñiz de la localidad de Villa Ángela, Provincia de Chaco, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 57.774,36 (Pesos cincuenta y siete mil setecientos setenta y cuatro con 36/100), con más el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para los operaciones de Descuentos comerciales desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.-La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo y/o la acción que jurídicamente corresponda, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor y transportista del vehículo marca Mercedes Benz, Modelo L 1517/48, Dominio Chasis REH 669, Dominio Acoplado SQK 754, ZAMPROGNIO MARIO JOSÉ con domicilio en Calandrias Nº 640 de la localidad de Villa Ángela, Provincia de Chaco y/o Lote Nº 22 de la localidad de Colonia Juan J. Paso de la Provincia de Chaco y el cargador RAMÓN RICARDO ROLÓN con domicilio en Paraguay y Muñiz de la localidad de Villa Ángela, Provincia de Chaco, tendiente al cobro de la suma de $ 57.774,36 (Pesos cincuenta y siete mil setecientos setenta y cuatro con 36/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.-Regístrese, comuníquese y archívese.”
Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 19386 Ab. 26 Ab. 27
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NOTIFICACIÓN DE EDICTOS
En relación a los autos administrativos N° 16131-0002292-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2720 de fecha 23/09/16 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto N° 4174/15, al infractor BENÍTEZ HÉCTOR ARGENTINO, con último domicilio conocido en San Cosme, Provincia de Corrientes, de lo establecido en la Resolución N° 372 dictada el 20 de Marzo de 2017 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad, y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve… “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2720 de fecha 23/09/16, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2°.- Rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto por Héctor Benítez contra el Acta de Infracción N° 2720 de fecha 23/09/16, por los motivos invocados en los considerandos que anteceden y elevar las actuaciones al Ministerio de Infraestructura y Transporte en virtud de la apelación planteada subsidiariamente. ARTICULO 3º.- Intimar a BENÍTEZ HÉCTOR ARGENTINO en carácter de conductor, con domicilio en la localidad de San Cosme, Provincia de Corrientes y a los transportistas MAMPRIN y SCEVOLA S.R.L. con domicilio en Acceso Norte y 805 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos y ORTIZ JAVIER ANTONIO con domicilio en Iturraspe nº 1086 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 119.012,91 (Pesos ciento diecinueve mil doce con 91/100), con más el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de Descuentos comerciales, desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo y/o la acción que jurídicamente corresponda, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Volvo, Modelo NL10-320/5800 E, Dominio Unidad Tractora CFR 005, Dominio Semirremolque FVQ 927, BENÍTEZ HÉCTOR ARGENTINO con domicilio en la localidad de San Cosme, Provincia de Corrientes y los transportistas MAMPRIN y SCEVOLA S.R.L. con domicilio en Acceso Norte y 805 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos y ORTIZ JAVIER ANTONIO con domicilio en Iturraspe nº 1086 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 119.012,91 (Pesos ciento diecinueve mil doce con 91/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.”
Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 19385 Ab. 26 Ab. 27
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SECRETARIA DE ESTADO
DE LA ENERGIA
RESOLUCIÓN Nº 026
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”
21 ABR. 2017
VISTO:
El Expediente Nº 02401-0001221-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se promueve llamar a concurso abierto para cubrir el cargo vacante de Director General de Asuntos Jurídicos y Despacho en la Secretaria de Estado de la Energía, y;
CONSIDERANDO:
Que en fecha 24 de septiembre de 2014 se dicto Resolución N°066/14 de esta Secretaria de Estado y su modificatoria N°070 de fecha 07 de octubre de 2014, por la cual se llama a concurso interno para cubrir el cargo categoría 9 Director general de Asuntos Jurídicos y Despacho – agrupamiento administrativo, de la Secretaria de Estado de la Energia, perteneciente al escalafón para el personal civil de la administración publica provincial – Decreto Acuerdo Nº 2695/83;
Que por Resolución Nº 065 de fecha 01 de septiembre de 2015, se declara desierto el llamado a concurso interno convocado por Resolución Nº 066/14 y su modificatoria Nº 70/14, en un todo de acuerdo al Acta Nº 2 Etapa “Evaluación Técnica” de fecha 22/12/2014, celebrada por el jurado designado al efecto;
Que atento a ello, corresponde convocar a concurso abierto según régimen vigente normado por Decreto N°1729/09 y su modificatorio 4439/15, para cubrir el cargo categoría 9 – Director General de Asuntos Jurídicos y Despacho – agrupamiento administrativo, de la Dirección General de Asuntos Juridicos y Despacho de esta Secretaria de Estado de la Energia, para lo cual se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos contables previos a tales fines;
Que se ha elaborado el perfil pretendido para el cargo, con la correspondiente participación de las entidades sindicales, conforme lo establecido en el artículo 21º del Decreto Nº 1729/09 y su modificatorio 4439/15;
Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente – Ley N° 10.052 y modificatorias - en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales de la U.P.C.N.;
Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capitulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por sus similares N° 1729/09 y 4439/15;
POR ELLO:
LA SECRETARIA DE ESTADO
DE LA ENERGIA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: Llamar a concurso abierto en los términos del Anexo II – Articulo N.º 102 Decreto Acuerdo Nº 2695/83, modificado por los Decretos N°1729/09 y 4439/15, para cubrir el siguiente cargo:
Perfil I
Cargo 9
Agrupamiento Administrativo
Función Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho
Dependencia Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho
Secretaría de Estado de la Energía
ARTÍCULO 2°: Dejar establecido que el concurso abierto se realizará de acuerdo a lo
normado por el Capítulo XIV - Decreto Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, con las modificaciones introducidas por los Decretos N° 1729/09 y 4439/15, pudiendo participar agentes designados con carácter provisional (art. 4° Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública Provincial; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II – art. 102° - Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por sus similares números 1729/09 y 4439/15.
ARTÍCULO 3°: Aprobar el Anexo I, en el que se describe el puesto y determina el
perfil solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles.
ARTÍCULO 4°: Aprobar el Anexo II, en el que se determina la composición del
Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito.
ARTÍCULO 5°: Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para la evaluación de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el
artículo N° 92, texto actual Decreto Acuerdo N° 2695/83 y archívese.
C.P.N. Nancy C. Ortiz
Directora General de Administración
Secretaría de Estado de la Energía
Nota: los Anexos podrán consultarse en la página web santafe.gov.ar.
S/C 19390 Ab. 26 Ab. 28
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION Nº 015/17 GRAL
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”
21/04/17
V I S T O :
El expediente Nº 13301-0273917-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes y las disposiciones de la Resolución General Nº 14/2017 por la cual se aprueba la aplicación “Padrón Web Contribuyentes Locales”; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución General Nº 14/2017 se aprobó la aplicación informática denominada “Padrón Web Contribuyentes Locales”, mediante la cual los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Locales y quienes tienen que actuar como Agentes de Retención y/o Percepción del citado tributo, así como del Impuesto de Sellos, deberán realizar las altas correspondientes en los impuestos mencionados;
Que el nuevo sistema genera los números de cuenta en el rango de los 600000; por tal motivo, deben realizarse adecuaciones en el aplicativo informático denominado Sistema de Percepción y Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Si.PRIB), con el objeto que los Agentes de Retención y/o Percepción del citado tributo puedan realizar la presentación y pago de sus Declaraciones Juradas sin inconvenientes;
Que en ese sentido, la Dirección de Coordinación General, a través de la Sectorial de Informática procedió a realizar las adecuaciones técnicas correspondientes al aplicativo mencionado, generándose el Release 10 de la Versión 3;
Que en el release mencionado, se encuentran incorporadas las modificaciones aprobadas por la Resolución General Nº 04/2017 – API;
Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en los artículos 15, 19 y concordantes del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);
Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica mediante Dictamen Nº 196/2017 de fs.17, no advirtiendo objeciones de índole legal que formular;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º -Aprobar la Versión 3 – Release 10 del aplicativo Sistema de Percepción y Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Si. PRIB), mediante el cual dichos agentes, deberán generar, presentar y pagar sus declaraciones juradas, como así también el Anexo I, que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º -Disponer la libre utilización del aplicativo citado en el artículo precedente, disponible para los usuarios en el sitio web www.api.santafe.gov.ar/api Impuesto sobre los Ingresos Brutos – APLICATIVOS, en el Box documentos.
ARTÍCULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
C.P.N. LUCIANO MOHAMAD
ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS
ANEXO I
Aplicativo Si.PRIB – Versión 3 – Release 10
Se modifican campos para que permitan incorporar cuentas generadas en el Padrón Web Contribuyentes Locales.
S/C 19382 Ab. 26
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TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION Nº 0061 / 17 - TCP
SANTA FE, 20 de abril de 2017
VISTO:
El concurso abierto de antecedentes y oposición convocado por Resolución Nº 260/16 del Tribunal de Cuentas de la Provincia, en el marco de la Ley de Discapacidad -N° 9325; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada Resolución Nº 260/16 TCP, además de fijar los requisitos físicos y psicológicos para el desempeño de los cargos concursados, describe las funciones esenciales del puesto, respecto del cual resulta relevante detallar la normativa específica que integrará el temario de la oposición de la convocatoria;
Que, en virtud de que el lugar de desempeño para una de las vacantes a cubrir es la ciudad de Rosario, corresponde establecer como lugar para la realización de la prueba de oposición para dicho cargo la Delegación Fiscal de este Tribunal en la ciudad de Rosario y el horario será el que oportunamente comunique el Jurado del Concurso;
Que, para los demás cargos vacantes a cubrir el lugar de realización de la prueba de oposición será la ciudad de Santa Fe, en la dirección y horario que oportunamente comunique a los postulantes el Jurado del Concurso;
Por ello, de acuerdo con lo establecido en los artículos 200° - inciso d) y 192° -segundo párrafo, de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado; y a lo resuelto, por unanimidad, en Reunión Plenaria realizada el 20-04-2017 y registrada en Acta Nº 1529;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
Artículo 1°: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0260/16 TCP, incorporando los siguientes ítems: Perfil de conocimientos y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición.
“Perfil de conocimientos: Título VI de la Ley Nº 12510 y Reglamentación.
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición:
-Para los dos (2) cargos a desempeñar en la ciudad de Santa Fe: La dirección y el horario se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.
Para el cargo a desempeñar en la ciudad de Rosario: San Lorenzo 1949, 2º Piso- Rosario. El horario se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, sitio Web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe www.santafe.gov.ar y en el link de este Tribunal de Cuentas www.tcpsantafe.gov.ar, agréguese copia de la presente resolución al Expediente N° 00901- -0074665-6-TCP y luego archívese.
CPN Oscar Marcos Biagioni-Presidente.
Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.
CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.
CPN Germán Luis Huber-Vocal.
Dr Gerardo Gasparrini-Vocal.
CPN Estela Imhof-Secretaria de Asuntos
de Plenario.
S/C 19383 Ab. 26 Ab. 28
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RESOLUCION Nº 0062 / 17 - TCP
SANTA FE, 20 de abril de 2017
VISTO:
Las Resoluciones N°s 0035, 0036, 0038, 0039, 0046 y 0047; y, N°s 0040 y 0041, de este Tribunal de Cuentas de la Provincia, todas del año 2017, correspondientes a convocatorias de concursos de personal, internos y abiertos, respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
Que, por las citadas Resoluciones se establecen los perfiles de conocimientos necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir, respecto de los cuales resulta relevante detallar la normativa específica que integrará el temario de la oposición correspondiente a cada una de las convocatorias;
Que, a los fines de que quede consignado en cada resolución de convocatoria el lugar de desempeño de las funciones de los cargos concursados en función de las necesidades operativas de este Órgano de Control Externo, es preciso modificar las resoluciones aludidas incorporando dicha condición de trabajo;
Que, en virtud de esas necesidades institucionales, el lugar de desempeño para una de las vacantes de Auxiliar Administrativo a cubrir en la convocatoria efectuada por Resolución N° 0041/17-TCP es la ciudad de Rosario, en consecuencia corresponde extender la posibilidad de presentación de las solicitudes de inscripción en la Delegación Fiscal de este Tribunal en la ciudad de Rosario como así también las demás solicitudes de inscripción y presentación de antecedentes de los distintos concursos;
Que, las pruebas de oposición de los concursos serán en la ciudad de Santa Fe y se comunicará oportunamente a los postulantes, por los Jurados de los mismos, la dirección y horario;
Que, atento a la propuesta de fecha 09-03-2017 registrada en Acta N° 1523 que fuera aprobada por unanimidad por el Cuerpo Colegiado, resulta oportuno modificar la actual composición de los respectivos Jurados para las categorías ingresantes nivel 1 y las categorías profesionales ingresantes nivel 3;
Por ello, de acuerdo con lo establecido en los artículos 200° - inciso d) y 192° -segundo párrafo, de la Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado; y a lo resuelto, por unanimidad, en Reunión Plenaria realizada el 20-04-2017 y registrada en Acta Nº 1529;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE
LA PROVINCIA
R E S U E L V E :
Artículo 1º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0035/17 TCP, en el ítem Perfil de conocimientos e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición, los que quedarán redactados de la siguiente manera :
“Perfil de conocimientos:
Ley Nº 12510, Decretos y Resoluciones Reglamentarias.
Ley Nº 5188 y modificatorias.
Reglamento Interno TCP- Resolución Nº 005/73 y modificatorias.
Título VI de la Ley Nº 12510 y Reglamentación. Conocimiento, interpretación y valoración personal.
Reglamento para el Trámite de las Actuaciones Administrativas . Decreto Nº 4174/15.
Estatuto del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe - Ley Nº 13608. Resolución Nº 0109/16-TCP.
Escalafón del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe – Resolución Nº 0321/16-TCP.
Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe – Resolución Nº 0254/16-TCP.”
“Lugar de Trabajo: ciudad de Santa Fe.”
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: En la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 2º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0036/17 TCP, en los ítems Perfil de Conocimientos para Jefe de Soporte Técnico y Jefe de Desarrollo e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Perfil de Conocimientos Jefe de Soporte Técnico:
- Título IV de la Ley Nº 12510 y Reglamentación.
- Conocimiento de la Ley Nº 12510-Título VI.
- Conocimiento de la infraestructura tecnológica actual del organismo.
- Conocimiento de los sistemas operativos y servicios implementados en los equipos servidores.
- Conocimiento de redes y comunicaciones y de la seguridad de los mismos.
- Conocimiento sobre las políticas de seguridad y respaldo de los datos del organismo y de los sistemas en producción.
- Conocimiento de tecnologías implicadas para la administración de recursos tecnológicos.
- Conocimiento de seguridad física en ambientes informáticos.
- Conocimiento en estándares de componentes hardware, software de base y aplicativo, comunicaciones y ofimática.
- Demás conocimientos que se desprenden de la Resolución 008/08-TCP en cuanto a las funciones del cargo a concursar.”
“Perfil de Conocimientos para Jefe de Desarrollo:
- Título IV de la Ley Nº 12510 y Reglamentación
- Conocimiento de la Ley Nº 12510-Título VI, y de las principales resoluciones que rigen las actividades de control externo del organismo (Resoluciones N°s 07/06-TCP, 08/06-TCP )
- Conocimiento de los sistemas desarrollados para el organismo.
- Manejo de herramientas para la gestión de proyectos
- Conocimiento de tecnologías implicadas para el desarrollo de aplicaciones.
- Conocimiento de administración de Bases de Datos.
- Manejo de lenguaje SQL.
- Manejo de herramientas de entorno de desarrollo.
- Capacidad de análisis, diseño y modelado de datos.
- Conocimiento de Herramientas para el Control de Versiones de Sistemas
- Demás conocimientos que se desprenden de la Resolución 008/08-TCP en cuanto a las funciones del cargo a concursar.”
“Lugar de Trabajo: Para ambos cargos la ciudad de Santa Fe.”
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: Para ambos cargos en la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 3º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0038/17 TCP, en el ítem 5. Perfil de conocimientos, el que quedará redactado de la siguiente manera e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición:
“Perfil de conocimientos:
Ley Nº 12510, Decretos y Resoluciones Reglamentarias.
Ley Nº 5188 y modificatorias.
Reglamento Interno TCP- Resolución Nº 005/73 y modificatorias.
Título VI de la Ley Nº 12510 y Reglamentación.
Estatuto del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia - Ley Nº 13608. Resolución Nº 109/16-TCP.
Escalafón del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia – Resolución Nº 321/16-TCP.
Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe – Resolución Nº 0254/16-TCP.”
“Lugar de Trabajo: ciudad de Santa Fe.”
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: En la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 4º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0039/17 TCP, en el ítem 3. Perfil de conocimientos e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Perfil de conocimientos:
- Ley Nº 12510 Título VI -Sistema de Control Externo.
- Ley Nº 12510 Título III -Subsistema de Administración de Bienes y Servicios (Capítulo I – Administración de Bienes y Servicios; y, Capítulo II –Subsistema de Recursos Humanos y Función Pública) y Reglamentación.
- Estatuto del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia - Ley Nº 13608. Resolución Nº 109/16-TCP.
- Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe – Resolución Nº 0254/16-TCP.
- Escalafón del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia – Resolución Nº 321/16-TCP.
- Régimen de Cobertura de Vacantes - Resolución Nº 006/08- TCP y modificatorias.
- Estructuras Orgánico Funcionales- Resolución N° 021/93-TCP y modificatorias.
“Lugar de Trabajo: ciudad de Santa Fe.”
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: En la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 5º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0047/17 TCP, en el ítem 6. Perfil de conocimientos, el que quedará redactado de la siguiente manera e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar y horario de realización de la prueba de oposición:
“Perfil de conocimientos:
Ley Nº 12510, Decretos y Resoluciones Reglamentarias.
Título VI de la Ley Nº 12510 y Reglamentación.
Estatuto del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia - Ley Nº 13608. Resolución Nº 109/16-TCP.
- Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe – Resolución Nº 0254/16-TCP.
- Escalafón del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia – Resolución Nº 321/16-TCP.”
“Lugar de Trabajo: ciudad de Santa Fe.”
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: En la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 6º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0046/17 TCP, en el ítem 6. Perfil de conocimientos, el que quedará redactado de la siguiente manera e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición:
“Perfil de conocimientos:
Ley Nº 12510, Decretos y Resoluciones Reglamentarias.
Título VI de la Ley Nº 12510 y Reglamentación.
Estatuto del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia - Ley Nº 13608. Resolución Nº 109/16-TCP.”
“Lugar de Trabajo: ciudad de Santa Fe.”
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: En la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 7º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0040/17 TCP, en el ítem Perfil de conocimientos, el que quedará redactado de la siguiente manera e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición:
“Perfil de conocimientos:
Ley Nº 12510, Decretos y Resoluciones Reglamentarias.
Título VI de la Ley Nº 12510 y Reglamentación.
Ley Nº 5188 y modificatorias.
Estatuto del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia - Ley Nº 13608. Resolución Nº 109/16-TCP.
Escalafón del Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia – Resolución Nº 321/16-TCP.
Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe – Resolución Nº 0254/16-TCP.”
“Lugar de Trabajo: ciudad de Santa Fe.
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: En la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.”
Artículo 8º: Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 0041/17 TCP, en los ítems: - Perfil de conocimientos; y, - Lugar y horario de recepción de
las Solicitudes de Inscripción y Antecedentes, los que quedarán redactados de la siguiente manera e incorporar los ítems Lugar de Trabajo y Lugar de realización y horario de la prueba de oposición:
“Perfil de conocimientos: Título VI de la Ley Nº 12510 y Reglamentación.”
“Lugar y horario de recepción de las Solicitudes de Inscripción y Antecedentes:
- Dirección General de Presidencia. San Martín 1725, 3º piso, Santa Fe, en el horario comprendido entre las 8 y las 14 horas.
- Delegación Fiscal TCP Rosario, ubicada en la sede de gobierno de la ciudad de Rosario, sito en San Lorenzo 1949, 2º piso, en el horario comprendido entre las 8 y 12 horas.”
“Lugar de Trabajo: nueve (9) cargos en la ciudad de Santa Fe y un (1) cargo en la ciudad de Rosario.”
“Lugar y horario de realización de la prueba de oposición: En la ciudad de Santa Fe. La dirección y el horario se se comunicará oportunamente a los postulantes por el Jurado del Concurso.
Artículo 9º: Modificar el artículo 4° de la Resolución N° 0041/17 TCP, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Designar como miembros del Jurado a que alude el artículo 7º de la Resolución Nº 006/08 TCP, a los siguientes funcionarios y agentes:
Titulares:
CPN María del Carmen Crescimanno
Dr Dalmacio Juan Chavarri
CPN Oscar Marcos Biagioni
Suplentes:
CPN Ibis Elina Braga
CPN Silvia María Sahd
CPN Claudia Ester Aragno
Actuará como Presidente el miembro titular: CPN María del Carmen Crescimanno.”
Artículo 10º: Modificar el artículo 4° de la Resolución N° 0040/17 TCP, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Designar como miembros del Jurado a que alude el artículo 7º de la Resolución Nº 006/08 TCP, a los siguientes funcionarios y agentes:
Titulares:
CPN María del Carmen Crescimanno
Dr. Dalmacio Juan Chavarri
CPN Oscar Marcos Biagioni
Suplentes:
Dr. Fernando Serricchio
CPN César Cecchini
CPN Ibis Elina Braga
Actuará como Presidente el miembro titular: CPN María del Carmen Crescimanno.”
Artículo 11º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, sitio Web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe www.santafe.gov.ar y en el link de este Tribunal de Cuentas www.tcpsantafe.gov.ar, y agréguese copia de la presente resolución a los Expediente TCP N°s 00901-0078140-8, 00901-0078141-9, 00901-0078143-1, 00901-0078144-2, 00901-0078146-4, 00901-0078145-3, 00901-0078138-3, 00901-0078139-4 y luego archívese.
CPN Oscar Marcos Biagioni-Presidente.
Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.
CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.
CPN Germán Luis Huber-Vocal.
Dr Gerardo Gasparrini-Vocal.
CPN Estela Imhof-Secretaria de Asuntos
de Plenario.
S/C 19379 Ab. 26 Ab. 28
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INSPECCIÓN GENERAL DE
PERSONAS JURÍDICAS
FISCALÍA DE ESTADO
NOTIFICACIÓN
INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS-FISCALIA DE ESTADO- En autos caratulados: “IGPJ s/Asociación de Industriales Metalúrgicos de Santa Fe s/Informe” (Expte. Nº 01106-0008714-0) procede a publicar las siguientes Resoluciones que en su parte pertinente disponen:
“RESOLUCIÓN Nº 126, Santa Fe, 17 de febrero de 2017: VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE: … Artículo 1°: Disponer la Liquidación de la Asociación de Industriales. Metalúrgicos de Santa Fe. Artículo 2°: Solicitar al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe se sirva nominar una persona para que cumpla funciones de Liquidador, dejándose constancia que las funciones no serán remuneradas. Artículo 3°: Aceptado que sea el cargo del Liquidador, publíquese en el Boletín Oficial la parte resolutiva de la presente como así también el nombre del liquidador. Artículo 5°: Agréguese la presente al Legajo de la entidad. Artículo 6°: Notifíquese a la entidad con carácter de muy urgente.” Fdo.: Dra. María Silvia Gómez Bausela-Directora General - Inspección General personas Jurídicas-Fiscalía de Estado.
RESOLUCIÓN Nº 273, Santa Fe 31 de Marzo 2017
VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVE: Artículo 1°; Rectificar el artículo 2° de la Resolución nro. 126 de fecha 17 de febrero de 2016 en cuanto a la solicitud al Tribunal de Cuentas para que designe el nombre del liquidador.
Artículo 2°: Designar a la CPN Viviana Mihalik, DNI 25.157.848, matrícula 13234, funcionaria de Fiscalía de Estado para que cumpla las funciones de liquidadora, quién deberá aceptar el cargo. Artículo 3°: Regístrese y notifíquese”. Fdo. Dra. María Silvia Gómez Bausela -Directora General Inspección General Personas Jurídicas Santa Fe.
S/C 321278 Ab. 26
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