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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESOLUCION GENERAL Nº 13/10 – A.P.I.

SANTA FE, 19 NOV 2010

VISTO:

El expediente Nº 13301-0201048-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución General Nº 12/10 de esta Administración Provincial de Impuestos, se modifican las Resoluciones Generales Nos. 06/08 y modificatorias, 17/08 y 12/08 y modificatoria, autorizándose asimismo a los contribuyentes y/o responsables del Impuesto a las Actividades Hípicas, de los Aportes al Instituto Becario y de la Tasa Retributiva de Servicios a utilizar el servicio informático denominado Facilidades de Pago en Cuotas;

Que, por tal motivo, resultaba procedente la modificación del aplicativo vigente a fin de incorporar los cambios y/o secuencias que hacen a la adecuación del mismo;

Que la Dirección General de Coordinación General, a través de la Sectorial de Informática procedió al desarrollo correspondiente, dando origen a un nuevo "release" de la versión 1 del sistema FaPaC;

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica emitiendo el Informe Nº 181/10 de fs. 4, donde manifiesta que no tiene observaciones que formular al texto propuesto;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º - Aprobar la versión 1 Release 15 del aplicativo FaPaC – Sistema de Facilidades de Pago en Cuotas.

ARTICULO 2º - Disponer la libre utilización del aplicativo citado en el artículo 1º, el que se pone a disposición de los usuarios en la página web de esta Administración Provincial de Impuestos (www.api.santafe.gov.ar) incorporada a la página web de la provincia de Santa Fe (www.santafe.gov.ar).

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. JOSE DANIEL RAFFIN

Administrador Provincial de Impuestos

S/C 4460 Abr. 26

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

NOTIFICACION

Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos se NOTIFICA a la firma CALDERON ESTHER y MARTINEZ ROBERTO Sociedad de Hecho, C.U.I.T. Nro. 30-70902863-0, Cuenta Nro. 011-120337-2 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5.110, con domicilio fiscal en calle Juan del Campillo N° 2947 de la ciudad de Santa Fe (C.P. 3000), Provincia de Santa Fe, y/o CALDERON, ESTHER DEOLINDA, D.N.I.N° 4.614.652, con domicilio particular en Avenida Luján N° 2348 de la ciudad de Santo Tomé (C.P. 3016), Provincia de Santa Fe, y/o MARTINEZ, ROBERTO CARLOS, D.N.I.Nº 23.913.246, con domicilio particular en calle French N° 1300 de la ciudad de Santa Fe (C.P. 3000), Provincia de Santa Fe, por EDICTO en el Boletín Oficial, que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal (t.o. 1997), la Resolución Nro. 43-5/2010 de la Administración Regional Santa Fe, dictada en autos caratulados: "Expediente Nro. 13301-0189500-9, CALDERON ESTHER Y MARTINEZ ROBERTO s/inspección - cargo S1 – 2009 – 00012 – T9- 3000 - 000":

"SANTA FE, 17 de Febrero de 2010.- VISTO: …................ CONSIDERANDO: …...… RESUELVE:

Artículo 1ro.: Determinar reajustes impositivos a la firma CALDERON ESTHER y MARTINEZ ROBERTO Sociedad de Hecho, por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Cuenta Nro. 011-120337-2, por los anticipos impagos: 01 a 12/2005; 01 a 12/2006; 01 a 12/2007; 01 a 12/2008; 01/2009, cuyos montos de Impuesto más la aplicación de Intereses y Multas ascienden a la suma de $ 97.220,73 (Pesos noventa y siete mil doscientos veinte con 73/100), discriminados en Impuestos $ 40.788,80 (Pesos cuarenta mil setecientos ochenta y ocho con 80/100), Intereses $ 22.283,03 (Pesos veintidós mil doscientos ochenta y tres con 03/100), y Multa $ 34.148,90 (Pesos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y ocho con 90/100) de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.

Artículo 2do.: Determinar reajustes impositivos a la firma CALDERON ESTHER y MARTINEZ ROBERTO Sociedad de Hecho, por los Aportes Sociales – Ley 5.110, Cuenta Nro. 011-120337-2, por los períodos impagos: 12/2006; 01 a 12/2007, cuyos montos de Aportes más la aplicación de Intereses y Multas ascienden a la suma de $ 5.171,11 (Pesos cinco mil ciento setenta y uno con 11/100), discriminados en Aportes $ 2.027,36 (Pesos dos mil veintidós con 36/100), Intereses $ 1.116,39 (Pesos un mil ciento dieciséis con 39/100), y Multa de $ 2.027,36 (Pesos dos mil veintisiete con 36/100) de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.

Artículo 3ro.: Aplicar a la firma CALDERON ESTHER y MARTINEZ ROBERTO Sociedad de Hecho, Cuenta Nro. 011-120337-2, Multa por Infracción a los Deberes Formales, inciso "C" de la Resolución General 027/08, graduada en $ 200,00 (Pesos doscientos), por la falta de comunicación de la inscripción en Aportes Sociales – Ley 5.110.

Artículo 4to.: Requerir a la firma CALDERON ESTHER y MARTINEZ ROBERTO Sociedad de Hecho, Cuenta Nro. 011-120337-2, dentro del plazo 15 (quince) días establecidos por el Art. 54 del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 102.591,84 (Pesos ciento dos mil quinientos noventa y uno con 84/100), conforme lo detallado en los artículos anteriores sin perjuicio de la actualización correspondiente por la falta de pago en término.

Artículo 5to.: Conforme lo dispuesto en la Ley Nº 12.071, se le hace que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del artículo 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 6to.: De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5to. del mencionado texto legal, se intima para que en el plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso o formalizado convenio de pago para cancelar la deuda fiscal exigida, exhiba o remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa sita en pasaje Falucho Nro. 2431 – 1er. Piso – C.P. 3000 – SANTA FE, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite, el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Artículo 7mo.: Regístrese y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.

C.P. HUGO GABRIEL ROSTI

Administrador Regional Santa Fe

Administración Provincial de Impuestos

S/C 4461 Abr. 26 Abr. 30

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MINISTERIO DE LA PRODUCCION

RESOLUCION Nº 070

Santa Fe, 19 de abril de 2010

Visto el Expediente N° 00701-0079855-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso Interno para la cobertura del cargo de Director General de Comercio Interior, Nivel 9 del Agrupamiento Administrativo, dependiente de la Secretaría de Servicios de Apoyo al Desarrollo del Ministerio de la Producción; y

CONSIDERANDO:

Que el presente llamado se encuentra comprendido en los alcances acordados en el Acta Acuerdo N° 005/09 de la Comisión Paritaria Central, y se realiza en el marco del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/83;

Que el cargo de Nivel 9, Agrupamiento Administrativo, Director General de Comercio Interior, se encuentra subrogado, conforme a lo dispuesto por Decreto N° 2536/09, por lo que corresponde encuadrar la gestión en el Acta Acuerdo Punto 1, inciso e) homologada por el Decreto N° 1729/09;

Que se han realizado las evaluaciones previas elaborándose el perfil pretendido para el cargo, con la correspondiente participación de las entidades sindicales, conforme lo acordado en el Punto 4, inciso e) del Acta Acuerdo N° 005/09 de la Comisión Paritaria Central;

Que la composición del jurado obedece a lo ordenado por el artículo 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por el Decreto N° 1729/09, integrándose con personas que poseen en su actividad jerarquías superiores y equivalentes a la requerida y especialidades afines a las concursadas;

Que al respecto, el titular de la Jurisdicción ha decidido hacer uso de la facultad otorgada por el segundo párrafo del mencionado artículo 94, procediendo a convocar a personalidades que poseen especialidades afines a la concursada;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que en el desarrollo del proceso del concurso se realiza según lo establecido en el artículo 87 in fine del Régimen de Concursos citado;

Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N y A.T.E. han propuesto a los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV "Régimen de Concursos" del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar Nº 1729/09;

Por ello,

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Llamar a concurso interno, en los términos del Capítulo XIV del Escalafón Decreto - Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decreto N° 1729/09, para la cobertura del cargo de Nivel 9, Agolpamiento Administrativo, Director General de Comercio Interior.

ARTICULO 2° - Aprobar la descripción del cargo y determinación de los requisitos solicitados, así como las condiciones y competencias, los conocimientos generales, específicos y técnicos exigibles que integran el perfil pretendido para el cargo, que como Anexo I forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 3° - Determinar que el jurado de evaluación del concurso, estará compuesto de la siguiente manera:

Presidente: El Secretario del Sistema de Empresas de Base Tecnológica, Ing. Rubén Giorgetti.

Miembros Titulares:

1) El Secretario de Servicios de Apoyo al Desarrollo, Tco. Osvaldo Elmo Audagna.

2) La Subsecretaria de Coordinación Técnica y Administración Financiera, C.P.N. Silvia Cristina Zcerevin.

3) El Vocal de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial - Sala II, Dr. Enrique Müeller.

4) El Director General de la Función Pública, Dr. Francisco Berraz Montyn.

5) Sr. Heriberto Martínez (UPCN).

6) Sra. Mónica Paya (UPCN).

7) Sr. Ing. Juan José Luengo (UPCN).

8) Sr. Marcelo Martini (ATE).

Miembros suplentes:

1) El Secretario del Sistema de Metalmecánico, Químico, Automoción y otras Manufacturas, Dr. Juan Carlos Valdano.

2) El Subsecretario de Asociativismo, Promoción de la Empresarialidad y Trabajo Decente, Dr. Gonzalo Toselli.

3) El Asistente Legal de la Secretaria de Coordinación Técnica y Administración Financiera, Dr. Pablo Ghergo.

4) El Asistente Técnico del Ministerio de la Producción, Dr. Guillermo Carbajo.

5) Sr. Francisco Rafael Ramos (UPCN).

6) Sr. Hugo Rodríguez (UPCN).

7) Sr. Leonardo Carreras (UCPN).

8)Sra. Lilian Amestoy (ATE).

ARTICULO 4° - Aprobar el procedimiento de inscripción, el detalle de etapas de evaluación, el cuadro de ponderación relativa de las mismas, y el cronograma de actividades conforme el detalle que como Anexo II forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JUAN JOSE BERTERO

Ministro de la Producción

ANEXO I

CONCURSO INTERNO MINISTERIO DE LA PRODUCCION

Cargo: Director General de Comercio Interior -Categoría 9- Agrupamiento Administrativo.

Descripción del Cargo.

Jurisdicción: Ministerio de la Producción

Cargo a cubrir: Categoría 09 - Agrupamiento Administrativo - Director General de Comercio Interior.

Dirección: Dirección General de Comercio Interior.

Lugar de prestación de servicios: Dirección de Comercio Interior sita en calle Primera Junta 2522, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

Cantidad de puestos a cubrir: Uno (1).

Horario de trabajo: Según reglamentación vigente.

MISION Y FUNCIONES ESPECIFICAS DEL CARGO

MISION:

Entender en todo lo atinente a una política de defensa del consumidor y las políticas de Promoción del comercio y sus servicios, en el marco que fije la Dirección Provincial de Fomento y Promoción del Comercio y los Servicios.

FUNCIONES:

1. Ejecutar las políticas orientadas a la promoción del desarrollo del comercio y los servicios en lo regional y local en todo el territorio provincial.

2. Proponer Programas que coadyuven al desarrollo del comercio y los servicios.

3. Proponer la celebración de Acuerdos y Convenios que hagan al logro de los objetivos de los Programas propuestos o en ejecución.

4. Proponer las modificaciones y/o actualización de las normas que incidan en el desarrollo de los comercios y los servicios.

5. Dictar las Disposiciones que hagan al correcto desenvolvimiento de las acciones de las distintas áreas de la Dirección.

6. Acordar con los agentes financieros y/o las otras entidades intervinientes, herramientas financieras para el sector.

7. Intervenir en las relaciones con las Direcciones Generales del Ministerio de la Producción, en lo atinente a las políticas para todos los sectores.

8. Ejercer como autoridad de aplicación de normas vigentes vinculadas a la defensa del consumidor, lealtad comercial, abastecimiento, régimen de grandes superficies, metrología legal, otras existentes o por dictarse.

9. Representar al Ministerio junto con funcionarios políticos ante organismos nacionales e internacionales.

PERFIL

REQUISITOS:

1. Título universitario de Abogado/a o Contador/a (excluyente)

2. Condiciones Generales y Competencias

Liderazgo para el cambio

Pensamiento estratégico, habilidad analítica

Marcada capacidad de trabajo y de gestión

Profunda responsabilidad y compromiso

Integridad, honestidad y ética

Iniciativa, creatividad e innovación

Orientación al trabajo por resultados

Capacidad para la resolución de problemas

3. Conocimientos generales, específicos y técnicos:

A) Conocimientos generales del ordenamiento público provincial Constitución de la Provincia de Santa Fe.

Ley Orgánica de Ministerios de la Provincia, de Santa Fe N° 12.817.

Estructura orgánica-funcional de la Jurisdicción.

Ley Orgánica de Fiscalía de Estado N° 11.875;

Decreto Acuerdo N° 132/94 y modificaciones.

Decreto-Ley Nº 10.204/58

Ley N° 12.510 y Decreto-Ley de Contabilidad Provincial N° 1.757/56.

Decretos N° 0291/09 y 1729/09.

Ley N° 8.525, Decretos N° 2.695/83 y mod., y 1.919/89 y mod.

Régimen legal y criterios aplicables a los convenios celebrados por la Provincia de Santa Fe.

Régimen legal vigente en materia de delegación de facultades.

B) Conocimientos de la normativa del área especifica:

Normas relativas a lealtad comercial, metrología legal, abastecimiento y defensa del consumidor:

Ley Nacional Nº 22.802

Ley Nacional Nº 19.511 y su Decreto Reglamentario 788/03

Resoluciones Nacionales: 048/03 y 049/03

Ley Nacional Nº 20.680

Ley Nacional Nº 24.240

Ley Nacional N° 26.361

Normas atinentes a la regulación de la operatoria de Tarjetas de Créditos Ley Nacional N° 25.065 y de la Defensa de la Competencia Ley Nacional N° 25.156.

Ley Provincial Nº 12.069 (Régimen Legal para Grandes Superficies Comerciales en la Provincia de Santa Fe).

C) Conocimientos técnicos no específicos:

Manejo de herramientas informáticas de oficina: procesador de textos y planillas de cálculo. Internet y correo electrónico a nivel de usuario.

Excelente nivel de redacción y vocabulario jurídico-contable.

Conocimiento y manejo del Sistema de Información de Expedientes de la Provincia (SIE).

ANEXO II

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION:

Fecha: Hasta el día 7 de Mayo de 2010, en el horario de 08.00 a 12.00 hs.-

Lugar de presentación de la documentación: En la sede del Ministerio de la Producción, sita en calle Bv. Pellegrini Nº 3100 de la ciudad de Santa Fe.

Se deberá completar el Formulario de Inscripción (código FC-01) que se puede bajar de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8.00 hs. a 12.00 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.

El llamado a concurso deberá difundirse dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la Página Web Oficial de la Provincia.-

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concursos abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público, las que podrán acercarse hasta un día antes de la evaluación de antecedentes.

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: "CONCURSO", seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de la Producción en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DE EVALUACION:

1. Evaluación de Antecedentes:

Fecha: Desde el 10 hasta el 14 de Mayo de 2010.

Lugar: Ministerio de la Producción. Bv. Pellegrini 3100

Los resultados de la ponderación de los antecedentes serán publicados en el sitio web de la Provincia y en la cartelería de la Repartición, dentro de los 10 (diez) días hábiles de cerrado el período de evaluación.

2. Evaluación Técnica:

Fecha: Desde el 17 hasta el 21 de Mayo de 2010.

Lugar: Ministerio de la Producción. Bv. Pellegrini 3100

La publicación en el sitio web de la Provincia y en la cartelería de la Repartición se tendrá por comunicación suficiente. Los resultados de la evaluación serán publicados a través de los mismos medios dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la última fecha de evaluación prevista.

3. Evaluación Psicotécnica:

Fecha: Desde el 26 de Mayo hasta el 1° de Junio de 2010.

Lugar: Ministerio de la Producción. Bv. Pellegrini 3100

La nómina de los postulantes que aprobaren esta instancia, será publicada dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la última fecha de entrevista prevista. Los resultados de estos exámenes tienen carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernen personalmente.

4. Entrevista Personal:

Fecha: Desde el 2 hasta el 9 de Junio de 2010.

Lugar: Ministerio de la Producción. Bv. Pellegrini 3100

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos, el que será publicado a través de los mismos medios. Lo establecido en el presente anexo se encuentra en un todo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto - Acuerdo N° 2695/83 (Régimen de Concursos).

PONDERACION DE CADA ETAPA:

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30% Evaluación Técnica 40% Evaluación Psicotécnica 20% Entrevista personal 10% Total 100%

S/C 4455 Abr. 26 May. 10