MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN Nº 0074
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 19/03/2013
VISTO:
El expediente Nº 02001-0017170-5 y su agregado Nº 02001-0015745-1, del registro de información de expedientes - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - mediante el cual se gestiona la designación de Escribanos surgidos del concurso convocado por la Resolución Nº 0236/12 M.J. y D.H, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 6.898 ratificada por las Leyes Nº 12.655 y Nº 12.754 y el Reglamento de Funcionamiento y Calificación del Tribunal Calificador aprobado por Decreto Nº 1775/09 y su modificatorio Decreto Nº 2446/10; y
CONSIDERANDO:
Que, el Secretario del Tribunal Calificador se presenta adjuntando las Actas de reuniones, resoluciones y calificaciones correspondientes al Concurso para el Acceso a Registros Notariales Vacantes, conforme la convocatoria efectuada mediante Resolución Nº 0236/12;
Que, tal documentación es la que a continuación se especifica: 1) Acta de reunión de miembros del Tribunal Calificador para la Primera Circunscripción; 2) Acta de cierre de inscripción; 3) Acta de inicio de la prueba de oposición; 4) Acta de identificación de los postulantes y puntaje de la prueba de oposición; 5) Acta de inicio de la prueba oral; 6) Acta de puntaje del examen oral; 7) Acta de inicio de la entrevista personal; 8) Acta de calificación de antecedentes y puntaje de la entrevista personal; 9) Acta de calificación final; 10) Acta de constancia de registros que quedaron vacantes; 11) Acta de reunión de miembros del Tribunal Calificador para la Segunda Circunscripción; 12) Actas con calificaciones referidas a la Segunda Circunscripción; 13) Orden de mérito de los postulantes calificados, según número de registro vacantes menor a mayor para el Concurso de Registros Notariales del Segunda Circunscripción;
Que, el Secretario de Justicia informa los resultados obtenidos y detalle de la adjudicación de los registros concursados respecto de la Primera y de la Segunda Circunscripción. Asimismo, manifiesta la existencia de tres Registros Notariales Vacantes en la Primera Circunscripción;
Que, interviene nuevamente el Secretario de Justicia dejando constancia que en referencia a la cobertura de registros notariales vacantes de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial, no se han registrado impugnaciones al orden de mérito otorgado por el tribunal evaluador;
Que, en cuanto al marco normativo, la Ley Nº 6898/73 en su Capitulo II dispone: Artículo 17º: “Compete al Poder Ejecutivo en el modo y forma previstos en la presente ley, la designación y remoción de los Escribanos de Registro”;
Que, por su parte, el Artículo 19º del mismo cuerpo legal prevé que “… la designación de titular para cada Registro que quedare vacante recaerá en el oponente que proponga el Colegio de Escribanos y que resultare en primer término en el concurso de oposición, oral, escrito y de antecedentes que se realice al efecto, concurso que deberá abrirse en cada caso y por Registro para la provisión de dicho cargo. Corresponde al Poder Ejecutivo, a propuesta del Colegio de Escribanos, reglamentar todo lo relativo a la organización de estos concursos…”;
Que, la Ley Nº 12.655 estableció en su art. 1º incorporar como artículo 18º de la Ley Nº 6898, el siguiente: “Artículo 18º.- La designación de los Escribanos con Registro será efectuada por el Poder Ejecutivo previa realización de un concurso de antecedentes y oposición, comprendiendo esta última un examen y una entrevista, entre aquellos que habiendo cumplido con el curso al que refiere el artículo 19º de la presente se hubiesen inscripto en el mismo.”;
Que, dicha norma fue sustituida con la entrada en vigencia de la Ley Nº 12.754 quedando redactada de la siguiente manera: “Artículo 18º.- La designación de los escribanos con registro será efectuada por el Poder Ejecutivo previa realización de un concurso de antecedentes y oposición, comprendiendo este último un examen y una entrevista entre aquellos que se hubiesen inscripto en el mismo. El Poder Ejecutivo deberá convocar al concurso respectivo dentro de los treinta (30) días de producida la vacante”;
Que, asimismo, la Ley Nº 12.655 ya había incorporado como artículos 18º bis, 18º ter. y 18º quater a la Ley Nº 6898, lo siguiente: “… Artículo 18 bis.- Declarada la vacancia de un Registro o producida la creación de uno nuevo, dentro de los treinta días el Poder Ejecutivo llamará a inscripción para el concurso de oposición y antecedentes tendiente a su cobertura, mediante publicaciones por cinco días en el Boletín Oficial y circular por vía de los Colegios Profesionales a quienes reúnan las condiciones para el cargo, sin perjuicio de la mayor publicidad que se creyere oportuno dar”. “Artículo 18º ter.- El concurso será tomado por un Tribunal Calificador que estará integrado por el Ministro de Gobierno- quién ejercerá la Presidencia- y/o una persona de acreditado nivel académico en la materia que éste designe; el Subsecretario de Justicia y Culto, un representante del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe y un docente titular de una universidad nacional, especialista en Derecho Privado, de la Circunscripción a la que corresponde el asiento del Registro Notarial que se concursa.”;
Que, asimismo, dicha norma facultó al Tribunal a dictar su reglamento de funcionamiento y uno de Calificación de Antecedentes y Oposición, el que será aprobado por el Poder Ejecutivo;
Que, para designar al titular del Registro por el que se hubiere abierto el concurso, el tribunal calificador debe elevar al Poder Ejecutivo los resultados del mismo con todos los antecedentes. La designación recaerá en el que obtuviera el primer lugar; en caso de declinación, se seguirá ofreciendo el cargo en el orden que el resultado del concurso hubiere arrojado;
Que, por su parte, el Artículo 5º de la Ley Nº 12.754 sustituyó el artículo 5º de la Ley Nº 12.655 y dispuso la creación de Registros de Contratos Públicos en todo el ámbito de la Provincia para Escribanos que estuvieran en condiciones de acceder a la titularidad de un registro notarial, estableciendo los supuestos a tal fin y dejando constancia que ante el supuesto de vacancia se procedería el llamado al respectivo concurso para la cobertura de registro notarial respectivo;
Que, a su vez y de conformidad a lo establecido en el Artículo 72º inc. 4) de la Constitución Provincial y el Art. 7º, segundo párrafo, de la Ley Nº 12.754, el Poder Ejecutivo, por medio del Decreto Nº 2783/08, sustituyó el Artículo 19º del Decreto Nº 1612/95, estableciendo que el Tribunal destinado a la selección de notarios estará compuesto por “1) El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien podrá designar en su lugar a una persona de acreditado nivel académico en la materia, quien ejercerá la presidencia; 2) El Secretario de Justicia: 3) Un representante del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe con más de diez años en el ejercicio de la profesión, quien será el secretario; 4) Un docente titular de una universidad nacional, especialista en Derecho Privado, de la Circunscripción que corresponde al asiento del registro notarial que concursa…”;
Que el Decreto Nº 1775/09 (modificado por Decreto Nº 2446/10) aprobó el “Reglamento de Concursos para el Acceso a Registros Notariales”, confeccionado por el Tribunal Calificador de Antecedentes y Oposición, tal como lo prevé el artículo 18º ter. de la Ley Nº 6.898, ya citado;
Que en dicho contexto, y de conformidad con las facultades legales reseñadas, se procedió a llamar a concurso por medio de la Resolución Nº 0236/12 M.J.D.H para la cobertura de registro notariales vacantes de la Primera y de la Segunda Circunscripción;
Que debe tenerse en cuenta que el Decreto Nº 0916/08 en su artículo 9º inciso 1) delegó al Ministro de Justicia y Derechos Humanos la facultad de “disponer la designación, remoción, traslado y permuta de los Escribanos Públicos de Registro, y aceptación de sus renuncias, cesación de las regencias y declaración de vacancia de los registros respectivos, conforme alas disposiciones de la Ley Nº 6898 y Decreto Nº 1612/95 y sus modificatorias”;
Que, de conformidad a las constancias agregadas a estos autos, se ha cumplimentado con la normativa legal reseñada en orden a la cobertura de los registros notariales vacantes, procediéndose al llamado a concurso, su desarrollo conforme los parámetros legales reglamentados y a elevar al Poder Ejecutivo la propuesta de designación;
Que, según lo informado por el Secretario de Justicia, no se han registrado impugnaciones al orden de mérito otorgado por el tribunal evaluador;
Que, ha intervenido la Dirección de Asuntos Jurídicos jurisdiccional, a través del Dictamen Nº 0030 de fecha 19 de febrero de 2013;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º - Adjudíquese la titularidad de los Registros Notariales Vacantes de la Provincia de Santa Fe a los siguientes aspirantes:
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SANTA FE; se adjudican por orden numérico de registro de menor a mayor y orden de mérito de aspirantes de mayor a menor:
Registro Notarial Nº 254 a la Escribana PASSERO, Valeria Andrea, D.N.I Nº 28.731.492.
Registro Notarial Nº 307 a la Escribana MURIEL CAMINOS, Cristina D.N.I Nº 29.729.386
Registro Notarial Nº 377 al Escribano HAEFFELI, Ignacio Alejandro, D.N.I Nº 30.166.456
Registro Notarial Nº 493 al Escribano BORTOLI, Pablo César, D.N.I Nº 26.983.034
Registro Notarial Nº 523 al Escribano RAMOS MEXIA, Alberto José, D.N.I Nº 30.166.277
Registro Notarial Nº 796 a la Escribana LAZZARONI, Silvia María, D.N.I Nº 25.326.006
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE LAGUNA PAIVA:
Registro Notarial Nº 247 al Escribano BRUNA, Juan Manuel, D.N.I Nº 29.664.145
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE ROMANG:
Registro Notarial Nº 340 a la Escribana ALBERIO, Verónica, D.N.I Nº 29.930.356
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SAN JUSTO:
Registro Notarial Nº 195 al Escribano LARRINAGA, Ignacio Martín, D.N.I Nº 22.715.292
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO:
Registro Notarial Nº 632 a la Escribana LOVISA, María Angélica, D.N.I Nº 29.541.379
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE CASAS:
Registro Notarial Nº 882 a la Escribana TEVES, Lorena Paola, D.N.I Nº 31.279.423
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE EL TREBOL:
Registro Notarial Nº 126 a la Escribana SPILA, Francisca, D.N.I Nº 32.105.346
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE ESPERANZA:
Registro Notarial Nº 428 a el Escribano PORTMANN, Federico Roberto, D.N.I Nº 29.346.690
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE ROSARIO:
Registro Notarial Nº 057 a la Escribana D´ANGELO, Clarisa Noemí, D.N.I Nº 31.336.199
Registro Notarial Nº 062 al Escribano MEAGLIA, Cristian Ezequiel, D.N.I Nº 31.457.778
Registro Notarial Nº 103 a la Escribana CERUTI, Lis Vanesa, D.N.I Nº 30.938.310
Registro Notarial Nº 150 a la Escribana RODRIGUEZ, María Laura, D.N.I Nº 29.528.978
Registro Notarial Nº 217 a la Escribana MALAPONTE, Graciela Celia, D.N.I Nº 28.388.911
Registro Notarial Nº 262 a la Escribana GALARETO, María Delcia, D.N.I Nº 30.756.879
Registro Notarial Nº 266 al Escribano ALVAREZ, Gonzalo Darío, D.N.I Nº 28.101.354
Registro Notarial Nº 362 a la Escribana UGOLINI CASTELLA, María Belen, D.N.I Nº 26.527.644.
Registro Notarial Nº 495 a la Escribana NOVELI, Liza, D.N.I Nº 31.432.523
Registro Notarial Nº 694 al Escribano COSENTINO, Germán Miguel, D.N.I Nº 30.685.150
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE CASILDA:
Registro Notarial Nº 096 a la Escribana TORVISO, Jimena, D.N.I Nº 26.276.797
REGISTROS CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE VENADO TUERTO:
Registro Notarial Nº 345 al Escribano LOPEZ SAUQUE, Gonzalo, D.N.I Nº 28.965.072
ARTICULO 2º - Declárese vacante los siguientes Registros Notariales, por no haber alcanzado los aspirantes, el puntaje mínimo reglamentario para acceder a su titularidad, según criterio fundado del Tribunal Evaluador:.-
Registro Notarial Nº 393 con asiento en la localidad de Sastre.
Registro Notarial Nº 444 con asiento en la localidad de Santa Fe.
Registro Notarial Nº 276 con asiento en la localidad de Hersilia.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese y archívese.
Dr. JUAN T. LEWIS
Ministro de Justicia y
Derechos Humanos
S/C 8969 Mar. 26
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MUNICIPALIDAD DE
VENADO TUERTO
AVISO
La Municipalidad de Venado Tuerto convoca a quienes se consideren, tenedores, poseedores, cesionarios, y/o cualquier otra persona que se considere con derecho sobre los inmuebles que se detallan, para que hagan valer sus derechos, por el término de 30 días corridos a partir de la presente publicación, ante la Municipalidad de Venado Tuerto:
• P.I.I. 17-13-00-360391-0488-2, P. Municipal 22435, calle Italia Nº 2564.-
S/C 193627 Mar. 26 Abr. 5
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