DECRETO N°
0365
SANTA FE, 15 de Marzo de 2004
VISTO:
El Expediente N° 00101-0129480-8, del Registro de
Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO COORDINADOR-, por medio del
cual se propicia la creación de la Dirección Provincial de Técnica-Logística; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 018/04 se le transfieren competencias funcionales al
Ministerio Coordinador con el objeto de atender aspectos vinculados a la
asistencia logística de las distintas jurisdicciones del Gobierno Provincial;
Que en función de un diagnóstico organizacional se ha detectado la
necesidad de reubicar funcionalmente las Direcciones Técnico-Logísticas en la
órbita de la Subsecretaría de Logística creada por Decreto N°
097/03, a fin de racionalizar los recursos disponibles;
Que las Direcciones Generales de Movilidad, Comunicaciones, Aeronáutica
Provincial e Imprenta Oficial tienen competencias específicas de asistencia a
las áreas de gobierno, y es conveniente nuclearlas
bajo una misma esfera de decisión política con un fuerte perfil profesional;
Que es pertinente crear el cargo de Director Provincial de
Técnica-Logística a fin de optimizar el funcionamiento integrado de las áreas.
Que asimismo se considera necesario que la Sectorial de Informática
dependiente del Ministerio Coordinador, se incorpore al grupo técnico de áreas,
a fin de lograr una mayor y mejor integración en las tareas de apoyo que vienen
desempeñando;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1° - Créase la Dirección Provincial de
Técnica-Logística, la cual tendrá a su cargo las Direcciones Generales de
Movilidad, Comunicaciones, Aeronáutica Provincial, Imprenta Oficial y la
Sectorial de Informática del Ministerio Coordinador.
ARTICULO 2° - La Dirección Provincial de Técnica-Logística dependerá de la Subsecretaría
de Logística del Ministerio Coordinador, según el organigrama
orgánico-funcional que consta como Anexo de la presente norma.
ARTICULO 3° - La Dirección Provincial de Técnica-Logística tendrá las
misiones y funciones que a continuación se detallan:
- Asistir a la superioridad en los temas vinculados a la asistencia
logística de movilidad, aeronáutica, imprenta oficial, comunicaciones e
informática.
- Proponer nuevas metodologías y procedimientos administrativos que tiendan
a dinamizar y eficientizar el desempeño de las
citadas direcciones generales.
- Implementar un sistema de información que permita llevar un control
preciso del movimiento del parque automotor y aeronáutico, sus rendimientos,
control de funcionamiento y servicios prestados.
- Analizar la demanda de trabajos y grado de cumplimiento respecto de los
impresos requeridos por parte de las distintas jurisdicciones del gobierno
provincial.
- Evaluar y proponer una actualización en las funciones de la dirección
general de comunicaciones a fin de llegar a una alternativa superadora.
- Promover la capacitación técnica de los recursos humanos.
- Establecer mecanismos de integración entre las áreas del Ministerio
Coordinador y la Sectorial de Informática con el objeto de brindar la
asistencia técnica necesaria y eficaz para la solución de problemas en los
sistemas informáticos.
ARTICULO 4° - Lo establecido precedentemente no modifica las competencias
funcionales que vienen desempeñando las direcciones involucradas.
ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
O B E I D
Lic. Julio Esteban Barberis
ANEXO
MINISTRO Ministerio
Coordinador
SECRETARIA ----------------Secretaría
MINISTERIAL ----------General
y Técnica
SUBSECRETARIA
---Subsecretaría
----------------
DCION. PROVINCIAL Dción. Pcial. de
Técnica - Logística
DIRECCIONES
GENERALES
D.G. de
Comunicaciones
D.G. de
Movilidad
D.G. de
Aeronáutica Pcial.
D.G. de
Imprenta Oficial
Sectorial de Informática
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