picture_as_pdf 2015-02-26

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RAQUEL ALICIA MUSITANO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Rosario, Sta. Fe en autos “OSSOLA ILEANA ENRIQUETA s/Quiebra s/Incidente de Realización Bienes” Expte. 730/08, se ha dispuesto que la Mart. Pública Raquel Alicia Musitano (Matrícula 796M80) venda por el sistema de Licitación Judicial el inmueble que se describirá, con las bases, condiciones y fecha y lugar fijados en el siguiente Pliego de Bases y Condiciones: Primero: Se fija fecha de Audiencia Pública el día 9 de Marzo de 2015 a las 11 Hs. en la Sala de Audiencias del Juzgado de Distrito Civil y Comercial Nº 14 de Rosario, ubicado en el 1° piso de Tribunales Provinciales: Balcarce 1651 Rosario, Sta. Fe para la apertura de sobres, conforme se indica seguidamente.- Segundo: El inmueble sale a la venta en el estado de ocupación según acta de constatación en el carácter de Desocupado se ofrece a la Venta por Licitación Judicial el inmueble ubicado en la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, República Argentina y que se describe así: “La parte proporcional proindivisa del Terreno, de las cosas comunes y el Dominio Pleno (50% de Dominio. 50% de Nuda y Propiedad y 50% de Usufructo) de la Unidad de Propiedad Horizontal, que forma parte del Edificio situado en esta ciudad, denominado “Cuvio” designado como Unidad U-10 formado por la Parcela Cero Seis-Cero Uno (06-01) ubicado en planta sexto piso con entrada común por galería, hall de ingreso que lleva el nº 1037 de calle Rioja destinado a oficina compuesta de: Oficina, office, dos toilet, equipo climatizador, y techo sin acceso, encierra una superficie total de propiedad exclusiva de 90,32 m2; de bienes comunes de 33,90 m2; total general de 124,22 m2 y valor proporcional con relación al conjunto del inmueble del 4,90 %.-Dominio: Tomo 813.- F° 368.- N° 103502.- P.H. Rosario y T° 1023.- F° 314.- nº 376235.- P.H. Rosario.- Base: El inmueble descripto saldrá a la venta con una Base Unica Mínima de $ 900.000.-(Novecientos Mil Pesos), toda oferta realizada por importe inferior al mismo será automáticamente desechada.- Tercero: Garantía de Oferta: El oferente deberá depositar en el Banco Municipal Agencia Colegio de Abogados, como garantía de oferta, independientemente de cual sea el monto ofertado, la suma de Pesos Noventa mil ($ 90.000).- La boleta se deberá presentar en sobre cerrado. Todo sobre conteniendo oferta que no esté acompañado del comprobante del depósito de la mencionada suma de $90.000.- será automáticamente descartado.- Cuarto: Que asimismo se fija que la postura mínima de superación de ofertas no podrá ser inferior a $ 5.000.- Quinto: Las ofertas deberán presentarse en Secretaría del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3º Nominación Rosario, Balcarce 1651.-1° Piso Rosario, y/o Mesa de Entradas, en sobre cerrado con la Leyenda oferta bajo sobre para los autos caratulados: “OSSOLA ILEANA ENRIQUETA s/Quiebra s/Incidente de Realización de Bienes” Expte. 730/08” con Individualización clara del Inmueble por el que se oferta y firmada por quien o quienes asuman la responsabilidad de la oferta. Tratándose de personas físicas deberán hacer constar: Apellido, Nombre, Nº de Documento, Domicilio.- Si se tratara de personas Jurídicas, deberán presentar copia autenticada del contrato social y de los documentos que acrediten la personería del firmante.- Sexto: El plazo de presentación de las ofertas será hasta las 12,45 hs. del día 6/3/2015. Séptimo: Los oferentes que se hayan presentado sus ofertas bajo sobre deberán estar presentes en la Audiencia fijada de Apertura de Sobres para el día 9/3/15 a las 11 Hs. en la Sala de Audiencias del Juzgado de Distrito Civil y Comercial 14º Nom. 1° Piso de Tribunales Provinciales; Balcarce 1651 Rosario, Sta.Fe.- Octavo: En el caso de no recibirse ofertas en las condiciones señaladas anteriormente, el inmueble se retirará de la venta.- No está prevista la mejora de ofertas; salvo que se produzca igualdad de ofertas entre los oferentes que ofrezcan la oferta de mayor valor, en cuyo caso la Martillera Actuante, procederá a tomar el mejoramiento de ofertas, solo entre estos oferentes, con la presencia de la Actuaria.- La Noveno: No está prevista la compra en comisión, el interesado deberá estar presente en el acto de apertura.- Décimo: El oferente a quien se le hubiere adjudicado el inmueble deberá depositar dentro de los dos días hábiles judiciales el 10% (diez) del precio de la adjudicación, con más el 3% de comisión al Martillero.- Respecto al diez por ciento del precio de la oferta, solo deberá abonar la diferencia con el monto depositado como garantía de oferta, el que se tomará a cuenta del pago del precio.- Undécimo: El saldo de precio deberá ser depositado íntegramente dentro del plazo de diez días hábiles judiciales posteriores a la adjudicación, acompañando boleta de depósito efectuada en la cuenta judicial correspondiente a estos autos, momento en el cual el adjudicatario para solicitar la posesión del inmueble.-

Duodécimo: Si el adjudicatario no efectuare el pago del saldo de precio será tenido automáticamente por desistido de la operación y perderá a favor de la quiebra los importes abonados, no teniendo derecho a ejercer reclamo por ningún concepto. Ni tampoco restitución de la comisión abonada al Martillero.- Decimotercero: Para el caso de quedar sin efecto la adjudicación por falta de pago del saldo de precio en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el punto anterior y luego que judicialmente así se determine, se adjudicará el inmueble al postor de la penúltima mejor oferta, con todas las obligaciones y derechos de adjudicatario.- Decimocuarto: Se restituirá a los interesados que no resultaren adjudicatario, el importe depositado como garantía de oferta en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, dentro de los dos días posteriores a la Apertura de ofertas. -Decimoquinto: Déjase constancia que los impuestos, tasas, contribuciones, IVA si correspondiere y gastos centrales que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente a partir del auto declarativo de quiebra, como así también la regularización y/o confección de planos de mensura y/o construcción de ser necesarios.- Previo a la transferencia deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de adjudicación de esta venta a cuyos efectos se oficiara al API y al AFIP. El comprador deberá recurrir a Escribano Público a los fines de la confección de la Escritura que resulte pertinente.- Todo conforme a disposición del BCRA Comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010.- Decimosexto: Las constancias obrantes en autos, servirán de suficiente título para esta venta, no admitiéndose reclamos posteriores.- Decimoséptimo: Fíjase como días de exhibición del inmueble los días 3.4.5 y 6 de Marzo 2015 de 10 a 12.30 hs.- Decimoctavo: Se deberá publicar edictos con el contenido del presente pliego por tres días en el Boletín Oficial, diario El Jurista, como así también propaganda correspondiente en diario La Capital de Rosario, volantes, cartel y demás que se crea conveniente.-

Decimonoveno: El hecho de presentar oferta, implica el conocimiento y aceptación integra de las condiciones de venta.- Téngase presente que la venta por el presente sistema de licitación se realiza en estos autos pero el dominio del inmuebles es: un 50% Dominio Pleno de la fallida ILEANA ENRIQUETA OSSOLA y el otro 50% de los hijos del fallido Carlos Alberto Ossola que son Florencia, Luciano y Guillermo OSSOLA, quienes los recibieron en donación con reserva de usufructo, y quienes prestan su conformidad para la venta de esta manera. Y 50% de usufructo del Fallido Carlos Alberto Ossola. El Registro de la Propiedad informa que el 50% del dominio pleno se encuentra inscripto a nombre de la fallida (L.C. 1.684.598); 50% de usufructo a nombre del fallido (D.N.I. 6.016.983) y 50% de la Nuda propiedad de copropietarios (D.N.I. 23.964.366; D.N.I. 24.566.884 y D.N.I. 25.750.302).- Hipoteca y Embargos: No Tiene.- Inhibición: a nombre del fallido: T° 17 IC.- F° 371.- N° 354535 del 25/06/2007 autos: Ossola Carlos Alberto s/Concurso Preventivo.- Expte 275/07 Juzgado de Distrito C.C.3º Nom. Rosario.- Inhibición: a nombre de la fallida T° 17 IC.- F° 372.- N° 354536 del 25/06/07 autos: Ossola Ileana Enriqueta s/Concurso Preventivo Expte. 276/07.- Juzgado de Distrito C.C. 3º Nom. Rosario.- Téngase en consecuencia presente que se vende en Licitación Judicial el 100% del Dominio Pleno del inmueble descripto con las conformidades prestadas en autos. Secretaría, 20 de febrero de 2015. Gabriela Cossovich, secretaria.

S/C.- 253555 Feb. 26 Mar. 2

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POR

RAQUEL ALICIA MUSITANO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Rosario, Sta.Fe en autos “OSSOLA ILEANA ENRIQUETA s/Quiebra s/Incidente de Realización Bienes” Expte. 730/08, se ha dispuesto que la Mart. Pública Raquel Alicia Musitano (Matrícula 796M80) venda por el sistema de Licitación Judicial el inmueble que se describirá, con las bases, condiciones y fecha y lugar fijados en el siguiente Pliego de Bases y Condiciones: Primero: Se fija fecha de Audiencia Pública el día 9 de Marzo de 2015 a las 11,00 hs. en la Sala de Audiencias del Juzgado de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, ubicada en el 1° piso de Tribunales Provinciales: Balcarce 1651 Rosario, Sta. Fe para la apertura de sobres, conforme se indica seguidamente.- Segundo: El inmueble sale a la venta en el estado de ocupación según acta de constatación en el carácter de Desocupado se ofrece a la Venta por Licitación Judicial el Inmueble ubicado en la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, República Argentina y que se describe así: “La parte proporcional proindivisa del Terreno, de las cosas comunes y el Dominio Pleno 50% de Dominio. 50% de Nuda Propiedad y 50% de Usufructo de la Unidad de Propiedad Horizontal, que forma parte del Edificio situado en esta ciudad, denominado “Cuvio” designado como U-11 formado por la Parcela Cero Seis-Cero Dos (06-02) ubicada en planta sexto piso, con entrada común por galería, hall de ingreso que lleva el nº 1037 de calle Rioja. Destinada a oficina compuesta de: oficina, dos toilet, office, equipo climatizador y techo sin acceso, encierra una superficie de propiedad exclusiva de 91, 20 m2 y de bienes comunes de 32, 18 m2 y su valor proporcional con relación al conjunto del inmueble del 4,65% Dominio: Tomo 813.-Folio 368.- Nº 103502.-y T° 1023.-F° 315.-Nº 376236.-P.H. Rosario.- Base: El inmueble descripto saldrá a la venta con una Base Unica Mínima de $ 900.000.-(Novecientos Mil Pesos), toda oferta realizada por importe inferior al mismo será automáticamente desechada.- Tercero: Garantía de Oferta: El oferente deberá depositar en el Banco Municipal Agencia Colegio de Abogados, como garantía de oferta, independientemente de cual sea el monto ofertado, la suma de Pesos Noventa mil ($ 90.000).- La boleta se deberá presentar en sobre cerrado. Todo sobre conteniendo oferta que no esté acompañado del comprobante del depósito de la mencionada suma de $ 90.000.- será automáticamente descartado.- Cuarto: Que asimismo se fija que la postura mínima de superación de ofertas no podrá ser inferior a $ 5.000.- Quinto: Las ofertas deberán presentarse en Secretaría del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3º Nominación Rosario, Balcarce 1651.- 1° Piso Rosario, y/o Mesa de Entradas, en sobre cerrado con la Leyenda oferta bajo sobre para los autos caratulados: “OSSOLA ILEANA ENRIQUETA s/Quiebra s/Incidente de Realización de Bienes” Expte. 730/08” con Individualización Clara del Inmueble por el que se oferta y firmada por quien o quienes asuman la responsabilidad de la oferta. Tratándose de personas físicas deberán hacer constar: Apellido, Nombre, Nº de Documento, Domicilio.- Si se tratara de personas Jurídicas, deberán presentar copia autenticada del contrato social y de los documentos que acrediten la personería del firmante.- Sexto: El plazo de presentación de las ofertas será hasta las 12,45 hs. del día 6/3/2015.- Séptimo: Los oferentes que hayan presentado sus ofertas bajo sobre deberán estar presentes en la Audiencia fijada de Apertura de Sobres para el día 9/3/2015 a las 11,00 Hs. en la Sala de Audiencias del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nom., 1° Piso de Tribunales Provinciales; Balcarce 1651 Rosario, Sta.Fe.- Octavo: En el caso de no recibirse ofertas en las condiciones señaladas anteriormente, el inmueble se retirará de la venta.- No está prevista la mejora de ofertas; salvo que se produzca igualdad de ofertas entre los oferentes que ofrezcan la oferta de mayor valor, en cuyo caso la Martillera Actuante, procederá a tomar el mejoramiento de ofertas, solo entre estos oferentes, con la presencia de la Actuaría.- Noveno: No está prevista la compra en comisión, el interesado deberá estar presente en el acto de apertura.- Décimo: El oferente a quien se le hubiere adjudicado el inmueble deberá depositar dentro de los dos días hábiles judiciales el 10% (diez) del precio de la adjudicación, con más el 3% de comisión al Martillero.- Respecto al diez por ciento del precio de la oferta, solo deberá abonar la diferencia con el monto depositado como garantía de oferta, el que se tomará a cuenta del pago del precio.- Undécimo: El saldo de precio deberá ser depositado íntegramente dentro del plazo de diez días hábiles judiciales posteriores a la adjudicación, acompañando boleta de depósito efectuada en la cuenta judicial correspondiente a estos autos, momento en el cual el adjudicatario podrá solicitar la posesión del inmueble. -Duodécimo: Si el adjudicatario no efectuare el pago del saldo de precio será tenido automáticamente por desistido de la operación y perderá a favor de la quiebra los importes abonados, no teniendo derecho a ejercer reclamo por ningún concepto. Ni tampoco restitución de la comisión abonada al Martillero.- Decimotercero: Para el caso de quedar sin efecto la adjudicación por falta de pago del saldo de precio en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el punto anterior y luego que judicialmente así se determine, se adjudicará el inmueble al postor de la penúltima mejor oferta, con todas las obligaciones y derechos de adjudicatario.- Decimocuarto: Se restituirá a los interesados que no resultaren adjudicatario, el importe depositado como garantía de oferta en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, dentro de los dos días posteriores a la Apertura de ofertas.-

Decimoquinto: Déjase constancia que los impuestos, tasas, contribuciones, IVA si correspondiere y gastos centrales que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente a partir del auto declarativo de quiebra, como así también la regularización y/o confección de planos de mensura y/o construcción de ser necesarios.- Previo a la transferencia deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de adjudicación de esta venta a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. El comprador deberá recurrir a Escribano Público a los fines de la confección de la Escritura que resulte pertinente.- Todo conforme a la disposición de Comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010.- Decimosexto: Las Constancias obrantes en autos, servirán de suficiente título para esta venta, no, admitiéndose reclamos posteriores.- Decimoséptimo: Fíjase como días de exhibición del inmueble los días 3,4,5 y 6 de Marzo 2015 de 10 a 12,30 hs. Decimoctavo: Se deberá publicar edictos con el contenido del presente pliego por tres días en el BOLETIN OFICIAL, diario El Jurista como así también propaganda correspondiente en diario La Capital de Rosario volantes, cartel y demás que se crea conveniente.- Decimonoveno. El hecho de presentar oferta, implica el conocimiento y aceptación integra de las condiciones de venta.- Téngase presente que la venta por el presente sistema de licitación se realiza en estos autos pero el dominio del inmueble es: un 50% Dominio Pleno de la fallida ILEANA ENRIQUETA OSSOLA y el otro 50% Nuda Propiedad de los hijos de fallido Carlos Alberto Ossola que son Florencia, Luciano y Guillermo OSSOLA, quienes los recibieron en donación conserva de usufructo, y quienes prestan conformidad para la venta de esta manera.- Y 50% de Usufructo del fallido CARLOS ALBERTO OSSOLA. El Registro de la Propiedad informa que el 50% del dominio pleno se encuentra inscripto a nombre de la fallida (L.C. 1.684.598); 50% de usufructo a nombre del fallido (D N I. 6.016.983) y 50% de la Nuda propiedad de copropietarios (D.N.I. 23 964366- DNI 24.566.884 y D.N.I. 25.750.302).- Hipoteca Y Embargos. No Tiene. Inhibición: a nombre del fallido: T° 17 IC.- F° 371.- N° 354535 del 25/06/2007 autos: Ossola Carlos Alberto s/Concurso Preventivo.-Expte. 275/07 Juzgado de Distrito C.C. 3ºNom. Rosario.- Inhibición: a nombre de la fallida T° 17 IC - F° 372 - N° 3545-6 del 25/06/07 autos: Ossola Ileana Enriqueta s/Concurso Preventivo Expte. 276/07.- Juzgado de Distrito C.C. 3º Nom. Rosario.- Téngase en consecuencia presente que se vende en Licitación Judicial el 100% del Dominio Pleno del inmueble descripto, con las conformidades prestadas en autos. Secretaría, 20 de febrero de 2015. Gabriela Cossovich, secretaria.

S/C.- 253552 Feb. 26 Mar. 2