DECRETO Nº 0267
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,
23 FEB 2010
VISTO:
El expediente N° 00320-0004244-3 del Sistema de Información de Expedientes, y
CONSIDERANDO:
Que existe la necesidad de contar con una herramienta de manejo de la totalidad de los asuntos inherentes a los Recursos Humanos de la Administración Pública Provincial y teniendo en cuenta la aceptación y utilidad demostrada por el Sistema de Administración de Recursos Humanos -S.A.R.H.- en las dependencias donde ya se encuentra en funcionamiento;
Que el Estado Provincial a partir del dictado del Decreto N° 411/79 comienza a intentar establecer, a través de la entonces Dirección General de Personal, hoy Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, un Sistema de Información de Personal sobre la base de un Banco de Datos que se refiriera a los atributos personales de los agentes y a su carrera en la Administración Pública Provincial, con un esquema de centralización normativa y descentralización operativa;
Que en fecha 25 de noviembre de 1991, el Poder Ejecutivo promulga la Ley Nº 10691 de creación de un Registro Único y Permanente de Personal que presta servicios, cualquiera sea su condición, en el ámbito de los tres poderes del Estado, administración pública centralizada y descentralizada y demás organismos con participación estatal. Debiendo dicho registro contener como mínimo datos personales y administrativos de identificación de los agentes y ser implementado a través de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia de Santa Fe.
Que en el año 1994, en virtud de la vigencia de la citada Ley Nº 10691, se lleva adelante un trabajo conjunto entre la Sectorial de Informática de Recursos Humanos y la Dirección Provincial de Informática, y resultó que el entonces Ministerio de Hacienda y Finanzas concretara la Licitación Pública Nº 110/94 con el objeto adquirir un Sistema de Administración de Personal, (Expte. Nº 00301-0028855-6). Previo dictamen favorable de la Comisión Precalificadora, la única oferta presentada y que fuera declarada admisible mediante Disposición 049/94, conformaba una solución viable a los intereses específicamente técnicos y funcionales de la Administración Pública Provincial; y se concluye cuando la Dirección General de Administración del Ministerio licitante, informó de la falta de crédito en la partida específica para cubrir la necesidad presupuestaria surgida de la única oferta presentada;
Que en el año 2000, la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, partiendo de un prototipo general, implementa en su Departamento de Asignaciones Familiares el Sistema de Administración de Recursos Humanos -SARH-;
Que en el año 2002, luego del estudio de factibilidad y producida la adaptación pertinente, se procede a la implementación de dicho sistema en el Ministerio de Educación, abarcando tanto a la gestión oficial como privada del personal escolar, lo que representa en la actualidad el manejo del 62% de la planta de agentes de la Administración Pública Provincial;
Que el Decreto N° 1108/04 dispuso la implementación del denominado Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARH) en el ámbito del Ministerio de Salud, dictándose en consecuencia la Resolución Conjunta N° 281 y 859 de los Ministerios de Hacienda y Finanzas y Salud respectivamente;
Que en el año 2006 y siguiendo los mismos lineamientos, se pone en funcionamiento en el Ministerio de Salud y en la Dirección General de Higiene y Salud del Trabajador, en el ámbito de su competencia -justificación de licencias médicas-, incorporándose en el año 2007 al Ministerio de Economía y llegando en el año 2008 a las escuelas, posibilitando de ésta forma la descentralización de la carga en el Ministerio de Educación;
Que en la actualidad el sistema tiene una importancia vital en el Ministerio de Educación, ya que además de permitir el procesamiento mensual de aproximadamente 150.000 novedades, se convierte en pilar fundamental del Sistema de Información Ejecutiva -ISIEME-, dada la respuesta que provee en cuanto a la planta orgánica funcional;
Que dicha planta orgánica funcional, posee información actualizada de los cargos presupuestados y los agentes que ocupan los mismos, contemplando la historia del agente y de los cargos, incorporando a diario las novedades que surgen de movimientos de personal tales como designaciones y ausentismos -siempre con respaldo normativo-, siendo esto integrado mensualmente en forma automática al sistema de sueldos;
Que el S.A.R.H. constituye una herramienta operativa, por cuanto permite automatizar controles de difícil aplicación, una herramienta de gestión, al posibilitar que en el nivel jerárquico se establezcan diferentes dinámicas acordes a las circunstancias socio políticas y con relación a cada cartera y una herramienta estratégica para las autoridades al momento de implementar políticas que involucren a los recursos humanos, dada su capacidad de brindar indicadores fidedignos a partir de información centralizada, todo lo anterior sustentado en las principales fortalezas de sistema tales como el alto grado de consistencia , fiabilidad y ajuste, con interpretación única y sin indeterminaciones, a la normativa provincial;
Que el S.A.R.H. se plasma en un producto de software integrado adaptable a toda la Administración Pública Provincial, el cual considera hechos y no circuitos, cubriendo las necesidades de manejo de información relativas a la gestión de los recursos humanos y que evoluciona en forma continua, adaptando sus controles y procesos a través de contemplar los eventos comunes y diferenciados de las distintas jurisdicciones y organismos a partir de las sucesivas implementaciones, ajustándose en un todo al desarrollo de la normativa vigente;
Que actualmente, y en los registros no alcanzados aún por el S.A.R.H., hay información valiosa inherente a la administración de los recursos humanos, que se encuentra fragmentada, dispersa, sin posibilidad tanto de ser actualizada como de establecer interrelación alguna o ser consultada en línea, en contraposición con las potencialidades ofrecidas por el sistema de marras;
Que el Sistema de Administración de Recursos Humanos es un proyecto informático que se desarrolla en la Sectorial de Informática de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia –Subsecretaría de Recursos Humanos y de la Función Pública del Ministerio de Economía–, la que cuenta a la fecha con una dotación de agentes altamente capacitados en disciplinas vinculadas a la informática y a las ciencias exactas, afectados tanto al análisis como al desarrollo, implementación y mantenimiento del mismo;
Que la presente iniciativa cuenta con la aprobación de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión;
Que el proyecto S.A.R.H. constituye una respuesta a los requerimientos de modernización de la administración de los recursos humanos de la Provincia y una poderosa herramienta que unifica el manejo de los mismos;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Adóptase en el ámbito de la Administración Pública Provincial el Sistema de Administración de Recursos Humanos -S.A.R.H.- como único sistema vinculado a la gestión de los recursos humanos.
ARTICULO 2°: Las Jurisdicciones deberán tomar los recaudos necesarios a fin de adecuar sus estructuras de recursos humanos, tecnológicos y procedimentales a fin de la implementación del mismo.
ARTICULO 3°: La Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía será el órgano de aplicación y reglamentación del presente decreto, de aplicación progresiva y obligatoria, a través de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, dependiente de la misma y de su Sectorial de Informática de Recursos Humanos.
ARTICULO 4°: Refréndese por los señores Ministros de Economía y de Gobierno y Reforma del Estado.
ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
SCIARA
BONFATTI
4259
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