DECRETO N° 0021
Santa Fe, 14 de Enero de 2009
VISTO:
El Expediente Nº 00320-0004191-6 del Registro del SIE relacionado con diversos aspectos vinculados con el personal de la Administración Pública Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que atento a lo normado por la Ley 10.052 (modificada por la Ley 12.750) con fecha 06 de Noviembre de 2008 se reunió la Comisión Paritaria Central, celebrándose el Acta Acuerdo Nº 07/2008 entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe y la Unión del Personal Civil de la Nación - Seccional Santa Fe- y ATE Consejo Directo Provincial - Santa Fe;
Que en concordancia con el Acta Acuerdo celebrada, procede la equiparación salarial de un grupo de agentes de planta permanente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, afectados al área de Higiene y Seguridad Laboral, hasta que se ponga en vigencia el Presupuesto 2009 y se proceda a la correspondiente jerarquización de sus funciones.
Que, en el marco del acuerdo citado, se determina que corresponde proceder a la liquidación del Incentivo Laboral creado por el artículo 9 del Decreto Nº 0667/06, a todos los agentes de las unidades organizativas determinadas en el mismo, aún cuando los mismos perciban los suplementos de "Chofer de Funcionario" o "Secretaría Privada",
Que asimismo se observa la necesidad de establecer una equiparación salarial de los agentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, aplicando a todos los dependientes del mismo, iguales porcentajes del Suplemento Dedicación Jerárquica instituidos en el Artículo 78º, último párrafo del Decreto Nº 2695183, mediante Decreto N° 3186/92,
POR ELLO
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º: Homológase el Acta Acuerdo Nº 07/2008 de la Comisión Paritaria Central, considerándose la misma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Otórgase una asignación salarial-funcional de carácter provisorio por revalorización de funciones -actualizable con las futuras políticas salariales que se implementen-, a los siguientes agentes y por el monto que a continuación se detalla:
Dra. Patricia Andrea Diedic: 870,81 pesos
Dr. Esteban de la Cruz Márquez: 870,81 pesos
Dr. Edgardo Angel Pérez: 870,81 pesos
Ing. Guillermo Reynares: 1.381,78 pesos
Técnico Diego Solís: 1.359,71 pesos
La mayor carga que pudiera generar la actividad no dará derecho a la percepción de horas extras, ni de cualquier otro suplemento existente o a crearse, formulado sobre la base de una mayor jornada horaria a la que les corresponda a dichos agentes, de acuerdo a su propio nivel escalafonario. La presente asignación será absorbida por el otorgamiento de suplementos por subrogancias o recategorizaciones.
Este suplemento será de aplicación a partir del 1 de Diciembre de 2008.
ARTICULO 3º: Dispónese la liquidación mensual del Incentivo Laboral creado por el Artículo 9º del Decreto Nº 0667/06, a partir de la fecha de su creación, a los agentes de las unidades organizativas determinadas en el mismo, que perciben los suplementos de "Chofer de Funcionario" o "Secretaría Privada".
En los casos que corresponda liquidación retroactiva la misma se realizará con los haberes de enero 2009.
ARTICULO 4º: Aplícase a los agentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los mismos porcentajes del Suplemento Dedicación Jerárquica instituidos en el Artículo 78º, último párrafo del Decreto Nº 2695/83, mediante Decreto Nº 3186/92, a partir del 1 de diciembre de 2008.
ARTICULO 5º: El gasto que demande la aplicación del presente decreto, será atendido con reducción de créditos compensatorios de partidas que dispongan de saldo afectable en el Presupuesto de la Administración Pública Provincial.
ARTICULO 6º: Las Jurisdicciones correspondientes elaborarán, mediante pedido de contabilización, las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de las disposiciones del presente decreto, debiendo remitirlas al Ministerio de Economía en un plazo no mayor de diez (10) días.
ARTICULO 7º: Hasta tanto se dispongan las modificaciones presupuestarias necesarias para atender los beneficios derivados de este decreto, se autoriza a las Jurisdicciones alcanzadas a imputar el gasto resultante en las respectivas partidas específicas del Presupuesto vigente, o en caso de no contar con crédito suficiente, con cargo al saldo disponible en partidas que se destinan a la atención de gastos de remuneraciones y pasividades en dicho presupuesto.
ARTICULO 8º: Refréndese por los señores Ministros de Gobierno y Reforma del Estado y Economía.
ARTICULO 9º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
C.P.N. Angel José Sciara
COMISION PARITARIA CENTRAL ACTA ACUERDO
Nº 7/2008
En la ciudad de Santa Fe, siendo las 11 horas del día 6 de Noviembre de 2008, se reúne la Comisión Paritaria Central, en un todo de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Ley Nº 10.052 y su modificatoria Ley Nº 12.750, para la consideración de diversos puntos referentes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, encontrándose presentes por parte del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, el Sr. Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado Dr. Antonio Bonfatti, el Ministro de Economía C.P.N. Angel Sciara, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social Dr. Carlos Aníbal Rodríguez y el Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública C.P.N. Juan Carlos Pucciarelli; y por la representación gremial de acuerdo al artículo Nº 15 de la citada ley, por UPCN Seccional Santa Fe su Secretario General Alberto Maguid, el Secretario Adjunto Jorge Molina y la Secretaria de Convenio Colectivo y Legislación Sra. Mónica Payá, y por ATE Consejo Directivo Provincial - Santa Fe su Secretario General Jorge Hoffmann. Al respecto se acuerda:
1) Equiparar transitoriamente el monto salarial de los Dres. Patricia Andrea Diedic, Esteban De la Cruz Márquez, Edgardo Angel Pérez, el Ing. Guillermo Reynares y el Técnico Diego Solís - personal nivel 3 (tres) de la planta permanente del MTySS, afectados al área de Higiene y Seguridad Laboral, al nivel 4 (cuatro), y hasta tanto se ponga en vigencia el presupuesto 2009 y la correspondiente revalorización de sus funciones a este último nivel escalafonario, mediante el otorgamiento de una asignación salarial-funcional de carácter provisorio, actualizable con las futuras políticas salariales que se implementen, según el siguiente detalle:
• Dr. Patricia Andrea Diedic: 870,81 pesos
• Dr. Esteban De la Cruz Márquez: 870,81 pesos
• Dr. Edgardo Angel Pérez: 870,81 pesos
• Ing. Guillermo Reynares: 1.381,78 pesos
• Técnico Diego Solís: 1.359,71 pesos
La mayor carga que pudiera generar la actividad no dará derecho a la percepción de horas extras, ni de cualquier otro suplemento existente o a crearse, formulado sobre la base de una mayor jornada horaria a la que les corresponda a dichos agentes, de acuerdo a su propio nivel escalafonario.
Ese suplemento será de aplicación a partir del 1º de diciembre del 2008.
2) Disponer la liquidación mensual del Incentivo Laboral creado por Artículo 9º del Decreto 0667/06, a los agentes de las unidades organizativas determinadas en el mismo, que perciben los suplementos de "Chofer de Funcionario" o "Secretaria Privada", con los haberes correspondientes a Diciembre 2008.
Para aquellos agentes a quienes corresponda la liquidación de montos retroactivos, se dispone el pago de los mismos con los haberes de Enero 2009.
3) Regularizar la equiparación salarial de los agentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, aplicando a todos los dependientes del mismo, los mismos porcentajes del Suplemento Dedicación Jerárquica instituidos en el Artículo 78, último párrafo del Decreto 2695/83, mediante Decreto 3186/92, a partir del 01/12/08.
Sin más, y previa lectura y ratificación, se firman sus ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto, en lugar y fecha arriba mencionados.
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