REGISTRADA BAJO EL Nº
12232
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Dónase a la Municipalidad de
Rafaela, departamento Castellanos, la parte denominada "Parque
Balneario" de la fracción de terreno de propiedad del Superior Gobierno de
la Provincia de Santa Fe, cuyo croquis se agrega y que forma parte integrante
de la presente ley, cuyas medidas exactas serán determinadas mediante la
ejecución de la mensura correspondiente y que es parte de mayor área del
inmueble que se halla registrado bajo Partida de Impuesto Inmobiliario Nº
08-24-03-053664/0000, inscripto en el Tomo 103 Impar, Folio 00133, Número
004521, de fecha 31 de diciembre de 1942, que cuenta con una superficie total
de 80.046 metros cuadrados.
ARTÍCULO 2º - El inmueble, cuya donación se dispone en el Artículo 1º, será
destinado al funcionamiento del Parque Balneario, debiendo la Municipalidad de
Rafaela disponer de los recursos necesarios y suficientes para el mantenimiento
y sostenimiento de dicho parque.
Municipalidad de Rafaela no podrá variar el destino del inmueble
establecido por el presente artículo.
ARTÍCULO 3º - La donataria tomará a su cargo los gastos de mensura y
subdivisión del inmueble objeto de la presente, lo cual deberá efectivizarse
antes de la escritura traslativa de dominio.
ARTÍCULO 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, 6 de enero de 2004
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa
Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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