picture_as_pdf 2011-11-25

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

LUIS MARIANO CABAL


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos: IRIART, PEDRO ZICAR c/Otro (D.N.I. 29.566.708) s/Ejecutivo, (Expte. 21-00022700-2), se ha ordenado que el Martillero Público Luis Mariano Cabal (CUIT 24-12871882-2), Matrícula N° 690, proceda a la venta en Pública Subasta en la sala de remate del Colegio de Martilleros sito en calle 9 de Julio 1426 de Santa Fe, el día 05 de Diciembre de 2011, a las 17 horas, o el primer día hábil siguiente si aquel resultare feriado, un Automóvil Marca RENAULT, Modelo CLIO F2 RT DIE PRIVILEGE, Año 2004, Motor Marca RENAULT, Número K9KA700D059672, Chasis Marca RENAULT, Numero 8A1BB07254L502441, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Dominio EJQ181. El bien saldrá a la venta con la Base del valor del crédito garantizado con la prenda $ 29.834,28 y se adjudicará al mejor postor, y en caso de no haber postores, se ofrecerá nuevamente el bien con la retasa del 25% $ 22.375.71, y de no existir nuevamente postores, se ofrecerá Sin Base y al Mejor Postor. El Registro de la Propiedad del Automotor informa que se encuentra inscripto a nombre de la demandada y registra prenda en 1er. Grado, de fecha 29/12/209, Acreedor Banco Santander Río S.A., por $ 29.834,28 y registra embargo de fecha 06/09/2010, en autos IRIART, PEDRO ZICAR c/Otro s/Ejecutivo, Expte. 21-00022700-2, Juz. 1° Inst. C y C 1° Nom. de Sta. Fe, por $ 16.698.00. Se encuentra inscripto en el Registro Nacional del Automotor Seccional N° 2 de Santa Fe. A.P.I., sección Patentes Automotores, informa que adeuda la suma de $ 2.544,50 a fecha 16/08/11, en concepto de patentes. La Municipalidad de Santa Fe informa que en concepto de multas adeuda $ 2.633,00 al 19/09/2011. De la Verificación Policial realizada al automóvil a subastar, surge que las numeraciones, del Motor y del Chasis, ambas son originales de la terminal de fábrica. Constatación: En fecha 13 de octubre 2011 el Oficial de Justicia procedió a constatar un vehículo marea Renault modelo Clio Dominio EJQ181. El estado del vehículo es bueno observándose que posee aire acondicionado, equipo de música, no posee matafuego, ni llave cruz, tiene cuatro ruedas, no está la de auxilio, dos de las mismas están pinchadas, no hay gafo. El kilometraje es 226.729. Se observan los siguientes deterioros: en el exterior: el paragolpe trasero y el portón trasero están abollados levemente, el paragolpe trasero izquierdo está descalzado, la vagueta izquierda es inexistente, las puertas delantera y trasera izquierdas, están hundidas, el guardabarros izquierdo delantero golpeado y falta pintura en una pequeña parte, falta logo de la marca y parte de la parrilla delantera; los faros están en buen estado y funcionan, los vidrios completos, falta el limpiaparabrisas trasero, el tapizado está en buen estado sin deterioros visibles. El que resulte comprador deberá abonar, al momento de la subasta, el 10% a cuenta del precio, más el 10% en concepto de comisión de ley del Martillero, con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo del precio se abonará al aprobase la subasta o a los cuarenta días corridos desde la fecha del remate. En caso de que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe al comprador de lo siguiente: a) si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, de dar por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio; b) si no deposita a los cuarenta días el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días. Hágase saber a los compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Serán a cargo del comprador los impuestos a partir de la fecha del remate y que pesan sobre el automotor. Si el mejor postor compra en comisión, debe denunciar el comitente en el mismo acto para su inclusión en el acta respectiva, quien a su vez deberá aceptar la compra en el término de 5 días, bajo apercibimiento de tener como comprador al mejor postor. Se hace saber a quien resulte adquirente que en ocasión de los trámites inherentes a la inscripción del dominio - que incluye levantamiento o cancelación de las anotaciones que graven al automotor - el tribunal podrá exigir la intervención de un letrado patrocinante, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (conforme el último párrafo del art. 323 de la ley 10.160). En tal caso se deberá cumplir con el art. 34 de la ley 6767 con relación a la representación letrada del comprador. Previo a inscribir se actualizará el informe del Registro Nacional de la Propiedad Automotor a los efectos del art. 506 del C.P.C.C., si correspondiere. Revisar: los días 01 y 02 de Diciembre de 16 a 19 hs. en calle 3 de Febrero 3248 - (Lugar de Depósito). Lo que se publica a efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Santa Fe, 21 de noviembre de 2011. Viviana Marin, secretaria.

$ 128 153226 Nov. 25 Nov. 29

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

EDUARDO ALEGRE


Por ante el Juzgado de distrito N° 1 en lo Civil Comercial y del Trabajo de la Cuarta Nominación de Rafaela, en autos caratulados CONCRETAR S.R.L. c/D.N.I. 10.657.632 s/Apremio, Expte. 1096/07 se ha ordenado que el Martillero Público; Eduardo Alegre Mat. 115 Cuit 20-06222663-4 venda en pública subasta el día 7 de Diciembre de 2011 a las 10 Hs, o el día siguiente hábil a la misma hora si aquel resultare inhábil, por ante el Hall del Juzgado de San Cristóbal con la Base Proporcional de las 1/3 partes indivisa del Avaluó Fiscal de $ 12.973.46 (según resolución 024/10 de la A.P.I.), luego de un tiempo prudencial, no hubiere postores saldrán a la venta con una retasa del 25% y si tampoco hubiere compradores sin base y al mejor postor Un inmueble ubicado en Barrio Sargento Bustamante, calle Sarmiento N° 1669 de la localidad de San Cristóbal, Pcia de Sta Fe. Una fracción de terreno con todas sus edificaciones y adherencias al suelo, que según titulo es-parte de la mayor extensión, ubicadas en la ciudad de san Cristóbal, Provincia de Santa Fe, y que de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado especialmente para este acto, por el agrimensor nacional don David Adriano Siburu, en 9 de julio de 1955, inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de catastro y Urbanismo de santa Fe, al Nº 18.616, se designa como Lote Número Nueve de la Manzana Número Veinticinco, se ubica con frente a calle sarmiento, entre las de Alberdi y Justo José de Urquiza, a los treinta metros hacia el Sud de la primer entre calle, y se compone de doce metros cincuenta centímetros de frente al Este e igual contrafrente al Oeste, por treinta y un metros de fondo en cada uno de sus costados Norte y Sud, encerrando una superficie total de trescientos ochenta y siete metros cincuenta decímetros cuadrados, lindando: al Este, calle sarmiento; al Oeste, parte lote seis; al Norte fondos lotes siete y ocho; y al Sud, parte lote diez; todo de acuerdo al plano citado. Informa el Registro General de la Propiedad que el inmueble se encuentra inscripto al N° 80768, Fº 938, Tº 146 Impar Dpto. San Cristóbal, Pcia. de Sta. Fe, que el titular registral es el Demandado de las 1/3 en su parte indivisa. Hipotecas No registra Inhibiciones No registra; Embargo de fecha 12/10/06 Aforo N° 104040 Expte. N° 691/06 por $ 4.042,10, por cuerda separada en Expte. 1096 el de estos autos, Observaciones: Se amplia la medida hasta cubrir la suma de $ 2.666,62 s/ Of. 105622/08 se amplia la medida hasta cubrir la suma de pesos 2.898,57, reinscripto según oficio Nº 96835 del 09/09/2011. El Señor Oficial de justicia informa: En la ciudad de San Cristóbal, departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe, a los 17 días del mes de Mayo del año 2011, siendo las 17:00 hs., me constituyo en el Barrio Sargento Bustamante, en el domicilio sito en calle Sarmiento N° 1669, a fin de dar cumplimiento al Mandamiento adjunto, librado en los autos caratulados: “Concretar S.R.L. s/Apremio” (Expte. N° 1096/2007), tramitados por ante el Juzgado de Distrito N° 5 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Santa Fe. Soy atendida por quien manifiesta llamarse María Mercedes González de Cisneros, Argentina, de 50 años de edad, casada, empleada doméstica y dijo ser titular de D.N.I. N° 14.159.318 (el cual no exhibe). Seguidamente, le doy a conocer mi cometido en el lugar, brindándole integra lectura del presente, y no habiendo opuesto impedimento alguno para el acto, me permite el ingreso a la vivienda. Pudiendo constatar que se trata de una construcción antigua, sólida, de iguales características a las edificaciones vecinas en la manzana atento a tratarse de Plan de viviendas llamado “las 40 casas”. Al ingresar hay un pequeño, tapial de ladrillos, revocados y pintados, y alambre tejido, con portón de reja en regular estado de conservación. Las paredes de toda la casa son de ladrillo, revocadas y pintadas (aunque pareciera que fue hace mucho tiempo atrás). El techo es de tejas y los pisos tienen colocados mosaicos antiguos. Las aberturas son de madera y vidrio; denotándose desgaste natural de las mismas. El estado general de conservación es regular, aparentando falta de mantenimiento, humedad, algunas pequeñas rajaduras y deterioro normal por el uso. En el interior observo la siguiente distribución: comedor de regulares dimensiones con ventana a la calle y al patio; cocina donde observo conexión de cocina a garrafa de gas -dejo constancia que en la ciudad no hay servicio de gas natural mesada de material revestida con azulejos y bacha tipo enlazada (de material antiguo) con conexión de agua fría solamente (presentando la gritería regular estado de conservación) y debajo veo dos huecos apto para colocar un mueble (actualmente hay colgadas cortinas pequeñas en ese lugar), y al lado hay un cuarto de pequeñas dimensiones donde funciona el lavadero, el cual aparenta ser una mejora o reforma a la estructura original; tiene piso de cemento, techo de chapa sin cielorraso y hay instalado un lavarropas automático. Hay un pequeño pasillo que desemboca hacia el lado Oeste en el baño que es de pequeñas dimensiones y presenta las paredes revestidas de azulejos hasta los 2,00 metros aproximadamente (observo abundante presencia de humedad), inodoro conectado al pozo negro con sistema de mochila para el descargue de agua (en funcionamiento), lavatorio de manos y accesorios (jaboneras, porta cepillos, etc.) todo en buen estado de conservación, aunque antiguos; abertura con puerta plegadiza de plástico y un calefón eléctrico instalado en la pared. Hacia el cardinal Este, el pasillo citado, desemboca en dos dormitorios de regulares dimensiones e iguales características al resto de la casa, uno al lado del otro, con ventanas que dan hacia la calle y finalizando el pasillo veo un dormitorio agregado (atento a que las características edilicias son diferentes), con piso de cemento y techo de chapa de zinc con cielorraso de machimbre y puerta plegadiza de plástico. El patio tiene extenso fondo, perimetrado con alambre tejido y postes de madera, en donde observo un asador de ladrillos antiguo, aljibe de ladrillo cerrado con puertas de chapa (en regulares condiciones de conservación, aparenta estar en desuso) con piso de cemento (las baldosas se encuentran rajadas y en mal estado) y luego césped y diversos árboles. En cuanto a los ocupantes de la vivienda, la dicente me informa que ella vive allí, junto a su marido llamado Ramón Cisneros, de 58 años de edad, casado, empleado -contratado por 6 meses- en la Municipalidad local y su hija llamada Carolina Rosario Cisneros, de 13 años de edad, estudiante. Al preguntarle en qué calidad se encuentran ocupando la vivienda, me expresa que la misma era propiedad de sus suegros, los cuales actualmente se encuentran fallecidos, no habiendo hasta el momento efectuado la sucesión. En relación a los servicios con que cuenta el inmueble, hay conexión de luz eléctrica, alumbrado público, no así teléfono fijo, cable video, ni internet. Dejo constancia que en la ciudad no hay agua potable. La dicente me manifiesta que el agua que consumen es potabilizada que compran en bidones y para el resto de los quehaceres, utilizan agua que extraen con bombeador eléctrico que se encuentra en el patio. La calle que da al frente (cardinal Este) Sarmiento es de ripio, la cual en la intersección con calle Urquiza (a 50 metros hacia el cardinal Sur) está pavimentada. Hallándose ubicada la vivienda a 350 metros aproximadamente de la Avenida de los Trabajadores Ferroviarios; a 600 metros aproximadamente del centro comercial lado Oeste de la ciudad y a 100 metros aproximadamente de la Escuela Secundaria de Enseñanza Técnica N° 474. Aclaro que no hay servicios de transporte en la ciudad. La Municipalidad de San Cristóbal informa que adeuda Tasa General de Inmueble por periodos 2003 a 2011 $ 4.033,14 de fecha 16/4/2011. API, por partida de impuesto inmobiliario 07-08-00-036626/0013-6, adeuda $ 445,75 de fecha 23/11/2011. Coop. de Aguas informa que no cuenta con servicio de agua de fecha 26/04/2011. Condiciones: Hágase saber que obran, en autos los informes previos diligenciados, de los cuales se remitirán fotocopias certificadas por el actuario. 2) El comprador deberá abonar en el acto del remate el 10% del precio en dinero efectivo con más la comisión del martillero. El saldo de precio de compra con más los impuestos, a la compraventa, Provinciales, Municipales- Impuesto a la transmisión onerosa de inmueble, e I.V.A. (si correspondiere), deberán ser abonados dentro del término de 5 días de ejecutoriado el auto aprobatorio de la subasta, previa notificación por cédulas libradas en legal forma. Hágase saber que el comprador se hará cargo, de los impuestos Provinciales y/o Municipales que pesen sobre el inmueble desde la fecha del remate. Oportunamente, realizada la subasta, aprobada el acta de remate e intimado el pago al comprador del saldo de precio, el juez exhortado deberá, previa deducción de las costas que devenguen los tramites del exhorto a librarse en autos, poner en posesión del bien a su adquirente respectivo y transferir los montos depositados a nombre de estos y a la orden de este Juzgado. Publíquense edictos por el término de ley y bajo apercibimientos. Lo que se publica a sus efectos legales de acuerdo a la ley y en el BOLETIN OFICIAL. Mayores informes al juzgado actuante y/o al martillero en calle Arenales 432 y/o cel. 0342-154799260.- Rafaela, 23 de Noviembre de 2011. Fdo. Dra. Carina A. Gerbaldo, secretaria.

$ 324.00 153580 Nov. 25 Dic. 2

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