JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA
POR
RICARDO DANIEL GIUSEPPONI
Por disposición del
Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10°
Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos
caratulados: MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTROS s/APREMIO FISCAL - Expte. N°
428/07”, se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula
N° 1572-G-131, CUIT. 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día
1 de Diciembre de 2010, a las 10:00 horas, en el Juzgado Comunal de Roldan,
provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado
o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones, con la base
de $720,45.- A-I.I., de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base
retasada en un 25%, y de persistir la falta de oferentes, saldrá a la venta con
el avalúo fiscal como última base, el siguiente inmueble (Lote: 18, Manzana:
“A”, Sector: 32, Catastro: 04872/00, Plano: 110.960/1982), que forma parte de
una fracción de terreno de mayor área y que según su título se describe así:
“Un lote de terreno situado en la zona rural del Distrito Roldan, Departamento
San Lorenzo, de esta Provincia, designado con el número “I”, en el plano de
mensura y división, confeccionado por el Ingeniero Civil don Hugo Provera, en
fecha febrero de mil novecientos setenta y cinco, y archivado en la Dirección
General de Catastro, Delegación Rosario, Departamento Topográfico, bajo el
número ochenta y dos mil treinta y uno, en fecha 6 de marzo del corriente año y
de acuerdo al mismo se encuentra ubicado en la intersección de la Ruta
Provincial número Dieciséis y de la Ruta Nacional número Nueve, y mide 43
metros 55 centímetros en su lado Este, lindando con Ruta Provincial número
Dieciséis, en medio con Juan Andersen, su lado Norte-Nor-Este, está formado por
una línea quebrada en dos tramos, la primera de las cuales es una línea curva
que arranca del extremo Norte del costado Este y hacia el Nor-Oeste mide 219
metros 25 centímetros, y su segundo tramo es una línea recta que va a unirse
con el extremo Norte del costado Oeste, y mide 130 metros 47 centímetros, y
linda en su primer tramo con camino pavimentado, en medio con Policía Caminera,
y en su segundo tramo con la Ruta Nacional número Nueve, su costado Oeste, mide
183 metros 22 centímetros, lindando con calle pública, en medio con Osvaldo
Fedelli, y su costado Sud, mide 269 metros 81 centímetros, lindando con calle
pública. Encierra una superficie total de 4 hectáreas, 52 áreas, 42 centiáreas,
61 decímetros cuadrados.-“.- El inmueble, un lote de terreno baldío, libre de
personas y cosas, se vende Desocupado, conforme acta de constatación, glosada a
autos.- De informes. Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a
nombre de los demandados, al Tomo: 190, Folio: 79, Nro. 124766, Dpto. San Lorenzo
y al Tomo: 194, Folio: 275, Nro. 185476, Dpto. San Lorenzo.- Los demandados No
registran Inhibiciones.- El Inmueble NO registra Hipoteca; Registra Embargos:
l) al Tomo: 118E, Folio: 5133, Nro. 376718, de fecha 06/10/2009, por la suma de
$4.472,83.-; 2) al Tomo: 114 E, Folio: 7853, Nro. 384401, de fecha 05/10/2005,
por la suma de $2.689,14.-, ambos por orden de este Juzgado y para estos autos.- Quien resulte adquirente deberá
abonar en el acto de subasta el 10% del precio alcanzado, en concepto de seña
en moneda de curso legal, más la comisión de ley al Martillero, en efectivo o
cheque cancelatorio certificado y/o endoso de plazo fijo.- El saldo de precio deberá abonarse dentro de
los cinco días de intimado el comprador, luego de aprobada la subasta. Dicho
saldo deberá depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - Agencia
Tribunales- a la orden de este Juzgado y para estos autos.- Deberá oficiarse al
Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome
razón marginalmente en la misma sin que implique transferencia a favor del
adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos
correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.).- Los impuestos, tasas y
contribuciones serán a cargo del adquirente, como así también los demás gastos
de inscripción, impuestos a la transferencia e I.V.A. si correspondiere, y los
que pudieran resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o
medianerías en su caso.- El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco
días antes a los fines de los arts. 494 y 495 C.P.C.C. y permanecer en
Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta.- No procederá la
compra en comisión.- El adquirente en subasta deberá acudir a Escribano Público
a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido.- Desígnase los
días anteriores a la subasta de 15 a 17 hs., a los fines de la exhibición del
inmueble.- Se encuentra agregado en autos, para su revisación, copia simple de
la Escritura de Dominio, acta de constatación y demás documentación
informativa, advirtiéndose que los interesados deberán conformarse con las
constancias de autos, sirviendo de suficientes títulos, no admitiéndose reclamo
alguno después del remate por insuficiencia, deficiencia o falta de los mismos.
Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales. -Rosario, 18 de
Noviembre de 2010. Fdo. Dra. María Silvia Beduino (Secretaria). Publicación
S/C.—
S/C 119220 Nov. 25 Nov. 29
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POR
RICARDO DANIEL GIUSEPPONI
Por disposición del
Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10°
Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos
caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTRO s/APREMIO FISCAL - Expte. N°
1255/07”, se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula
N° 1572-G-131, CUIT. 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día
9 de Diciembre de 2010, a las 10:00 horas, en el Juzgado Comunal de Roldan,
provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado
o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones, con la base
de $ 156,37.-A.I.I. (Lote 9, manzana B 10) y $ 142,41.- A.I.I. (lote 9, manzana
“B11”), de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un
25%, y de persistir la falta de oferentes, en tercera subasta con el avalúo
fiscal como última base, los siguientes inmuebles situados en la ciudad de
Roldan, Departamento San Lorenzo (Lote: 9, Manzana: “B 10” y Lote: 9, Manzana:
“B II”, Sector: 46, Plano N° 85.091/1975), que forman parte de una fracción de
terreno de mayor área y según su título se describen así: “... b) Los lotes uno
- dos - tres - cuatro - cinco - seis - siete - ocho - nueve - veinticuatro -
veinticinco - veintiséis - veintisiete - veintiocho - veintinueve y treinta- de
la manzana “B 10” los que unidos como están forman una sola fracción que mide:
setenta y dos metros ochenta y cinco centímetros en sus costados Norte y Sur,
por ochenta metros en su costado Este y Oeste; lindando: al Norte con calle
pública que los separa de la manzana B 5; al Sur, con los lotes diez y
veintitrés de la misma manzana; al Este, con calle pública que los separa de la
manzana B 11; y al Oeste, con calle pública que los separa de la manzana B 9.”
; “...c) Los lotes uno - dos - tres - cuatro - cinco - seis - siete - ocho -
nueve - veinticuatro - veinticinco - veintiséis - veintisiete - veintiocho -
veintinueve y treinta- de la manzana “B 11” los que unidos como están forman
una sola fracción que miden: sesenta metros en sus costados Norte y Sur, por
ochenta metros en su costado Este y Oeste; lindando: al Norte con calle pública
que los separado la manzana B 7; al Sur, con los lotes diez y veintitrés de la
misma manzana; al Este, con calle pública que los separa de la manzana B 12; y
al Oeste, con calle pública que los separado la manzana B 10.- “.- Los
inmuebles (dos lotes de terrenos baldíos, libres de personas y cosas), se
venden Desocupados, conforme acta de constatación, glosada a autos.- De
informes. Registro General, surge
dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado al Tomo: 195,
Folio: 276, Nro. 106719, Dpto. San Lorenzo.- El demandado NO registra
Inhibición; El inmueble NO registra Hipotecas; Registra Embargos: 1) al Tomo:
117 E. Folio: 733, Nro. 318607, de
fecha 29/02/2008, por la suma de $ 4.197.21.-y 2) al Tomo 117 E, Folio: 734,
Nro. 318608, de fecha 29/02/2008, por la suma de $ 4.197,21.-, ambos por orden
de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en
el acto de subasta el 10% del precio alcanzado, en concepto de seña en moneda
de curso legal, más la comisión de ley al Martillero, en efectivo o cheque
cancelatorio certificado y/o endoso de
plazo fijo.- El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de
intimado el comprador, luego de aprobada la subasta. Deberá oficiarse al
Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome
razón marginalmente en la misma sin que implique transferencia a favor del
adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos
correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.).- Los impuestos, tasas y
contribuciones serán a cargo del adquirente, como así también los demás gastos
de inscripción, impuestos a la transferencia e I.V.A. si correspondiere, y los
que pudieran resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o
medianerías en su caso.- El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco
días antes a los fines de los arts. 494 y 495 C.P.C.C. y permanecer en
Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta.- No procederá la
compra en comisión.- El adquirente en subasta deberá acudir a Escribano Público
a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido.- Desígnase los días
anteriores a la subasta, a los fines de la exhibición del inmueble.- Se
encuentra agregado en autos, para su revisación, copia simple de la Escritura
de Dominio, acta de constatación y demás documentación informativa,
advirtiéndose que los interesados deberán conformarse con las constancias de
autos, sirviendo de suficientes títulos, no admitiéndose reclamo alguno después
del remate por insuficiencia, deficiencia o falta de los mismos. Lo que se hace
saber a todos los fines y efectos legales.- Rosario, 18 de Noviembre de 2010.-
Fdo: Dra. María Silvia Beduino (Secretaria).
S/C 119221 Nov. 25 Nov. 29
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RICARDO DANIEL GIUSEPPONI
Por disposición del
Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11°
Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber: Que en los autos
caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/ Otro s/ Apremio Fiscal - Expte. N°
1153/04”, se ha ordenado que el Martillero Ricardo Daniel Giusepponi, Matrícula
N° 1572-G-131, CUIT. 20-21011460-3, proceda a vender en Pública Subasta el día
9 de Diciembre de 2010, a las 10:00 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán,
provincia de Santa Fe, o el siguiente día hábil de resultar feriado el indicado
o por causa de fuerza mayor, en el mismo lugar, hora y condiciones, con la base
de $ 452,37.-A.I.I., de no haber postores con retasa del 25%, y en caso de
persistir la falta de oferentes sin base y al mejor postor, el siguiente
inmueble (Lote: 11, Manzana: “A”, Sector: 30, Catastro: 09454/00), que según su
título se describe así: “Un lote de terreno situado en Roldán, departamento San
Lorenzo, Provincia de Santa Fe, que de acuerdo al plano archivado en el año
1975 bajo el número 83908 forma parte de la manzana letra “A” y designado con
el número Once ubicado a los diez metros hacia el Este de la calle Seis,
compuesto de diez metros de frente al Sud, por treinta y tres metros diez
centímetros de fondo lo que forma una superficie total de Trescientos Treinta y
un Metros Cuadrados, que linda por su frente al Sud, con la calle San Lorenzo,
por el Norte, con parte del lote trece y por el Este y Oeste respectivamente
con los lotes diez y doce todos de la misma manzana y plano citado”.- El
inmueble, un lote de terreno baldío, libre de personas y cosas, se vende
Desocupado, conforme acta de constatación, glosada a autos.- De informes.
Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado al
Tomo: 240, Folio: 120, Nro. 191.270, Dpto. San Lorenzo.- El demandado registra
Inhibición, al Tomo: 119 I, Folio: 8122, Nro. 381871, de fecha 14/09/2007, por
la suma de $ 313,35.-, dentro de los autos caratulados “Municipalidad de
Rosario c/ Ruiz, Ramón Cirilo s/ Apremio. Expte. Nº 819/1998, que tramitan por
ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Ejecución Civil de la 2° Nominación de
Rosario.- El inmueble No registra Hipoteca; Registra Embargo, al Tomo: 118E,
Folio: 6616, Nro. 404957, de fecha 30/12/2009, por la suma de $ 6.102,93.-, por
orden de este Juzgado y para estos autos.- Quien resulte adquirente deberá
abonar en el acto de subasta el 20% del precio alcanzado, más el 3% en concepto
de comisión de ley al Martillero, más el 2% en concepto de Tasa de Remate
conforme Ordenanza Municipal n° 482/06.- El saldo de precio deberá ser
depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco
días, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario,
Sucursal Caja de Abogados para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso
contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa
que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de
documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento
contenido en el art. 497 del CPCC. Se hace saber asimismo que los títulos del
inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno
por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad.
El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de
tenerlo por desistido en ese mismo acto. El expediente deberá ser entregado al
Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC
y permanecer en Secretaría. Los Impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier
otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales,
provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere, como asimismo
los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia
dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en
subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras,
regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo
del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto
nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones
indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos
brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f. Código
Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público
para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de
dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en
el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Publíquense edictos en el Boletín Oficial
y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la
forma prescripta por el art. 67 del CPCC reformado por la ley Provincial 11.287
por el término y bajo los apercibimientos de ley. Por tratarse de un terreno
baldío los posibles interesados podrán presentarse en el domicilio del mismo
para su evaluación o comunicarse con el martillero actuante. Lo que se hace
saber a todos los fines y efectos legales.- Rosario, 18 de Noviembre de 2010.-
Fdo: Dr. Sergio A. González, secretario.
S/C 119222 Nov. 25 Nov. 29
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