picture_as_pdf 2010-11-25

ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS

 

REMATE POR

MIRTA ALICIA SCALCO

 

Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos y en ejercicios de las facultades otorgadas por el art. 95 último párrafo de Ley No 11.683 y su modificación de la ley 25.239, y  decreto 65/2005, se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL A.F.I.P. - D.G.I. c/CABALLI CARLOS ROBERTO (CUIT N°: 20-06010036-6) s/EJECUCION FISCAL (Expte. N° 10.931 - B.D. 282/01),  radicado ante el Juzgado Federal N° 2, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri (Juez), Secretaria a  cargo del Dr. Luis A. Chede (Secretaria), se ha dispuesto que el martillero Mirta Alicia Scalco, con Matrícula N° 1585-S-109 - CUIT N°: 27-5.910.407-7, venda en pública subasta el día: 9 de diciembre de  2010 11. Hs.. o el siguiente día hábil a la misma hora, lugar y condiciones, si aquél resultare inhábil, en la Sala del Colegio de Martilleros, sito en calle Moreno N° 1546, de la ciudad de Rosario; el 50% Indiviso de los siguientes lotes de terreno, situado en el Distrito Funes, de este Departamento y Provincia designados según plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Antonio 1. Azurmendi en diciembre de mil  novecientos sesenta y tres, y archivado en la Dirección General de Catastro, Departamento Topográfico,  Delegación Rosario bajo en número treinta y seis mil setecientos treinta y ocho, de fecha veinticuatro de enero de mil novecientos sesenta y cuatro, a saber: Lote designado con el número Treinta y Cuatro, de la manzana “K”, ubicado en la calle Necochea entre las de Miramar y Viña del Mar, a los sesenta y nueve metros de la calle Miramar hacia el Norte y mide diez metros de frente al Oeste por treinta y seis metros cincuenta centímetros de fondo, y encierra una superficie total de trescientos setenta y cinco metros cuadrados, lindando: por su frente al Oeste con calle Necochea, al Norte con el lote número Treinta y cinco, al Oeste con fondo del lote diez y siete y al Sud con el lote número tres, todo de acuerdo al citado plano.- Lote designado con el número Treinta y Cinco, de la manzana •K”, ubicado en la calle Necochea entre las de Miramar y Viña del  Mar, a los setenta y nueve metros de la calle Miramar hacia el Norte, mide diez metros de frente al Oeste por treinta y siete metros cincuenta centímetros de fondo, encerrando una superficie total de trescientos setenta y  cinco metros cuadrados, y lindando: por su frente al Oeste con la calle Necochea, al Norte con el lote número treinta y seis, al Este con fondo del lote número Diez y seis, y al Sud con el lote número Treinta y cuatro, todo del plano antes relacionado.- Y lote designado con el número Treinta Y Seis de la manzana °K” ubicado en calle Necochea entre las de Miramar y Viña del Mar, a los ochenta y nueve metros de la calle Miramar hacia el Norte y mide diez metros de frente al Oeste por treinta y siete metros cincuenta centímetros de fondo, y encierra una superficie total de trescientos setenta y cinco metros cuadrados y linda: por su frente al Oeste con la calle Necochea, al Norte con el lote número Treinta y siete, y al Este con fondos del lote número Quince, y el Sud con el lote número treinta y cinco, de acuerdo al plano precedentemente citado. Inscriptos en el Registro Gral. de Propiedad al Tomo: 329b - Folio: 1148-Número: 146.406 dep. Rosario.- El Registro Gral. de la Propiedad, nos informa que el Dominio, está a nombre del de demando en su cincuenta por ciento, asimismo informa las siguientes medidas cautelares: Embargo: 1°) Inscripto al Tomo: 117 E - Folio: 4.952 - Número: 379.195; de fecha 27/08/08; monto $ 2.139,51; Autos: Municipalidad de Funes c/Caballi Domingo y Otro s/Apremio (Exp. 9.056/04); Juz. Ejec. Civil 2ª. Nominación de Rosario.- 2°) Inscripto al Tomo: 117 E - Folio: 4.953 - Número: 379.196; de fecha 27/08/08; monto $ 2.139,51; Autos: Municipalidad de Funes c/Caballi Domingo y Otro s/Apremio (Exp. 9.055/04); Juz. Ejec. Civil 2ª.  Nominación de Rosario.- 3°) Inscripto al Tomo: 118 E - Folio: 1.879 - Número: 330.431; de fecha 27/04/09; monto $ 5.492,01 ; Autos: UOCRA c/Caballi Carlos R. s/Cobro de Pesos (Exp. 93/03); Juz. Laboral 7ª. Nominación de Rosario.- 4°) Inscripto al Tomo: 118 E - Folio: 1.880 - Número: 330.432; de fecha 27/04/09; monto $ 10.500; Autos: UOCRA c/Caballi Carlos R. s/Cobro de Pesos (Exp. 19/00); Juz. Laboral 7ª. Nominación de Rosario.- 5°) Inscripto al Tomo: 118 E - Folio: 1.881 - Número: 330.433; de fecha 27/04/09; monto $ 6.400; Autos: UOCRA c/Caballi Carlos R. s/Cobro de Pesos (Exp. 693/00); Juz. Laboral 6ª. Nominación de Rosario.- 6°) Inscripto al Tomo: 118 E - Folio: 2.072 - Número: 333.025; de fecha 06/05/09; monto $ 10.428,47; Autos: UOCRA c/Caballi Carlos R. s/Cobro de Pesos (Exp. 17/00); Juz. Laboral 7ª. Nominación de Rosario.- 7°) Inscripto al Tomo; 119 E - Folio: 410 - Número: 314.067; de fecha 23/02/10- monto $ 9.371,70; Autos: Fisco Nacional DGI c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 10.931/01); Juz. Federal N° 2 de Rosario - el que ejecuta.- 8°) Inscripto al Tomo: 119 E - Folio: 411 - Número: 314.068; de fecha 23/02/10; monto $ 9.371,70; Autos: Fisco Nacional DGI c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 10.931/01); Juz. Federal N° 2 de Rosario - el que ejecuta.- 9°) Inscripto al Tomo: 119 E - Folio: 412 - Numero: 314.069; de fecha 23/02/10; monto $ 9.371,70; Autos: Fisco Nacional DGI c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 10.931/01); Juz. Federal N° 2 de Rosario - el que ejecuta.- 10°) Inscripto al Tomo: 119 E - Folio: 413 - Número: 314.070; de fecha 23/02/10; monto $ 6.765,13; Autos: Fisco Nacional D.G.I. c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 13.138/01); Juz. Federa] N° 2 de Rosario.- 11°) Inscripto al Tomo: 119 E -año: 414 - Número: 314.071; de fecha 23/02/10; monto $ 6.765,13; Autos: Fisco Nacional DGI c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 13.138/01); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- 12) Inscripto al Tomo: 119 E - Folio: 415 - Numero: 314.072; de fecha 23/02/10; monto $ 6.765,13; Autos: Fisco Nacional D.G.I. c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 13.138/01); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- Inhibiciones: 1°) Inscripto al Tomo: 118 I - Folio: 6.068 - Número: 357.742; de fecha 05/07/06; monto $ 14.680,30; Autos: Fisco Nacional D.G.I. c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 9.411/00); Juz. Federal No 2 de Rosario.- 2°) Inscripto al Tomo: 120 I - Folio: 1,732 - Número: 320.588; de fecha 06/03/08; monto $ 12.602; Autos: Lacava, José A. c/Caballi Carlos R. s/Cobro de Pesos (Exp. 332/02); Juz. Laboral 6ª. Nominación de Rosario.- 3°) Inscripto al Tomo: 120 I - Folio; 5.111 - Número: 351.620; de fecha 06/06/08; monto $ 12.200; Autos: IERIC c/Caballi Carlos R. s/Ejecución Fiscal (Exp. 75.754/01); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- 4°) Inscripto al Tomo: 120 I-Folio: 5.113- Número: 351.623; de fecha 06/06/08; monto $ 22.816; Autos: IERIC c/Caballi Carlos R. s/Ejecución Fiscal (Exp. 74.301/99); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- 5°) Inscripto al Tomo: 120 I - Folio: 6.036 - Número: 360.800; de fecha 03/07/08; monto $ 9.908,11; Autos: OSPECON c/Caballi Carlos R. s/Ejecución Fiscal (Exp. 75.094/00); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- 6°) Inscripto al Tomo: 120 I - Folio: 6.862 - Número: 369.261; de fecha 29/07/08; monto $ 5.887,76; Autos: Fisco Nacional D.G.I. c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 14.527/02); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- 7°) Inscripto al Tomo: 120 I - Folio: 11.387 - Número: 407.309; de fecha 13/11/08; monto $ 14.245,90; Autos: OSPECON c/Caballi Carlos R. s/Ejecución Fiscal (Exp. 15.429/02); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- 8°) Inscripto al Tomo: 120 I - Folio: 11.389 - Numero: 407.317; de fecha 13/11/08; monto $ 4.515,09; Autos: OSPECON c/Caballi Carlos Roberto s/Ejecución Fiscal (Exp. 79.227/03); Juz. Federal N° 2 de Rosario.- 9°) Inscripto al Tomo: 121 I - Folio: 7.206 - Número: 361.730; de fecha 18/08/09; monto $ 27.600; Autos: Orieta Esteban Daniel c/Caballi Claudio Gustavo y Otro s/Cobro de Pesos (Exp. 1.023/08); Juz. Laboral 1ra Nominación de Rosario.- 10°) Inscripto al Tomo: 122 I - Folio: 1.446 - Numero: 316.698; de fecha 05/03/10; monto $ 46.192,40; Autos: IERIC c/Caballi Carlos R. s/Ejecución Fiscal (Exp. 579/03); Juz. Federal N° 2 de Rosario.-11°) Inscripto al Tomo: 122 I - Folio: 2.604 - Número: 323.102; de fecha 31/03/10; monto $ 8.077,90; Autos: UOCRA c/Caballi Carlos Roberto s/Cobro de Pesos (Exp. 17/00); Juz. Laboral 7ª. Nominación de Rosario.- Hipoteca: No registra. Cada uno de los lotes citados precedentemente saldrán a la venta con la Base de $ 45.000.-(art. 578 ult. Párrafo). por ser el 50% Indiviso será la de Base $ 22.500, de no haber postores .se ofrecerá seguidamente y en el mismo acto con retasa del 25% o sea de $ 16.875 como última base.- El que resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio más el 3% de comisión al martillero todo en dinero en efectivo y/o cheque certificado.- Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta Judicial del Bco. Nación Argentina, a la orden del Tribunal y para estos autos al aprobarse  la subasta en el plazo y bajo los apercibimientos del art. 580 de C.P.C.C.N.-. Quedan a cargo del comprador  las deudas que registran los inmuebles con las diferentes reparticiones e I.V.A. si correspondiere y los gastos de  transferencia y escrituración. Publíquese edictos por el plazo de dos días en el Boletín Oficial y Diario la “La Capital (art. 566 de C.P.C.C.N.) en los cuales se hará constar expresamente que de conformidad con lo normado por el art. 580 inc. 7° del citado cuerpo legal, no se procederá la compra en comisión. El bien a subastar se vende en las condiciones de ocupación según acta de constatación Desocupado.- Dispónese la exhibición de los bienes los días 6 y 7 de diciembre de 2010, en horario 16 a 18 hs.- Copias de títulos, acta de constatación e informes de deuda, se encuentran en el expediente administrativo presentado en la oficina del Agente Fiscal, sito en calle San Lorenzo 1629 -1° Piso, cinco días antes a la realización de la Subasta para ser  revisado por posibles interesados, haciéndose saber que no se aceptará reclamo alguno después de realizada  la subasta   por insuficiencia, deficiencia, falta de títulos o información correspondiente- Mayores informes  dirigirse a la Martillera Mirta Alicia Scalco, con Tel.: (0341) 447-6115 Cel.: 155-647255, con domicilio legal en calle Pje. Rosales 85 de esta ciudad.- Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar.- Rosario, 12 de noviembre de 2010, Dr. Jorge Gaztañaga.

S/C             119245 Nov. 25 Nov. 29

__________________________________________

 

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

NOTIFICACIONES

 

Por disposición de la Señora Administradora de la Regional Rosario, se notifica al contribuyente DBC S.A., Cuenta N° 021-321764-4 con domicilio fiscal en calle Av. Juan Perón 5775 de la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Individual N° 22/10 dictada en Autos caratulados Expediente N° 13302-0676278-1  y agregado N° 13302-0684724-4 “DBC S.A.”.

Santa Fe, 25 de Enero de 2010.- VISTO ... CONSIDERANDO ... RESUELVE:

ARTICULO 1° - Hacer lugar parcialmente al recurso de Reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 1584-8/08 de Administración Regional Rosario a la razón social  DBC SA, Cuenta N° 021-321764-4 de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, CUIT N° 30-70837863-8, con domicilio fiscal en Av. Perón 5775, de la ciudad de Rosario. ARTICULO 2° - Requerir a la razón social DBC S.A. dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el art. 54° del Código Fiscal vigente, el ingreso de: la suma de $ 38.687,40 (treinta y ocho mil seiscientos ochenta y siete con 40/100) en concepto de Aportes Sociales- Ley 5110 correspondiente a los anticipos: 06, 08 a 12/2006 y 01 a 12/2007; la suma de $ 15.474,89 (pesos quince mil cuatrocientos setenta y cuatro con 89/100) en concepto de multa por omisión (art. 45° Código Fiscal vigente y R.G N° 04/98 y modificatorias) y la suma de $ 12.905,31 (pesos doce mil novecientos cinco con 31/100) en concepto de intereses art. 43° del Código Fiscal vigente, los cuales deberán ser recalculados a la fecha del efectivo pago de la deuda, haciendo un total de $ 67.067,60 (pesos sesenta y siete mil sesenta y siete con 60/100) a la razón social: DBC S.A; con domicilio fiscal en Av. Juan Perón 5775, de la ciudad de Rosario.

ARTICULO 3° - De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23° Inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario - Subdirección de Control Fiscal Interno- Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Titulo Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación, en los términos del art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, cúrsese a Administración Regional Rosario para su conocimiento y notificación en el domicilio de la firma.-

C.P.N. Diana Emilia Sandoz

A/C Administración Pcial. de Impuestos

S/C                                    119249                              Nov. 25 Dic. 1

__________________________________________

 

Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente, Fideicomiso del Sanatorio de la Ciudad S.A. cuenta N° 032-031331-6  con domicilio fiscal en Pellegrini 958 ( C.P. 2600 ) Venado Tuerto - Provincia de Santa Fe, por edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 1280-3/10- dictada en autos caratulados: “Expediente N° 13302-0708114-0”:

ROSARIO - 20 de Septimbre de 2010 - VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:

Artículo lo: Establecer de oficio, Sobre base presunta, los importes adeudados en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, por parte del contribuyente Fideicomiso del Sanatorio de la Ciudad S.A. cuenta N° 032-031331 -6, con domicilio fiscal en Pellegrini 958- (C.P. 2600 ); Venado Tuerto -Pcia. Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes en fojas 08  a 12 de conformidad al siguiente detalle:

 

                               Impuesto     Recargo  Multa Omisión

Período             Determinado e Intereses       (Res. 04/98)            Totales

2008/09                      6.830,82      3.101,74             2.732,33         12.664,89

                                 6.830,82      3.101,74             2.732,33

Sumas Parciales                                                                          12.664,89

Multa Infrac. a los deberes formales (Res. 06/93)                                                300,00

Total General                                                                               12.964,89

Artículo 2º - Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días de su notificación, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio, el ingreso de la suma de pesos Doce Mil Novecientos Sesenta Y Cuatro Con 89/100.- ($ 12.964,89), conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de pago en término y de lo establecido por el Art. 156 del citado instrumento legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.

Artículo 3°: Intimar para que en el plazo de 5 (cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en Departamento Pequeños Y Medianos Contribuyentes sito en calle Tucumán 1853 - Rosario- Santa Fe.

Artículo 4°: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del art. 63 del Código Fiscal vigente T.O. 1997 y modificaciones, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 5°: Regístrese. Notifíquese a la responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes para verificar el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado, archívese.

C.P.N. MARCELA PATRICIA VIELBA

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C                                    119250                              Nov. 25 Dic. 1

__________________________________________

 

MINISTERIO DE LA PRODUCCION

 

RESOLUCION Nº 176

 

Santa Fe, 9 de junio de 2010.

VISTO:

El Expediente Nº 00701-0080889-1 del registro del Sistema de Información de Expediente, y

CONSIDERANDO:

Que la necesidad legal y ambiental de asegurar el manejo sustentable de los recursos pesqueros, de conservar y recuperar la fauna de peces y promover la reconversión de la actual industria pesquera garantizando que las decisiones se tomen sobre la base de lo objetivos plasmados en el artículo 2 de la ley Nº 12212, ley especial que rige la actividad;

Que a los efectos de salvaguardar los procesos productivos de la Cadena de Valor del Río y sus Recursos de la Provincia de Santa Fe, se hace necesario propender al ordenamiento de las pesquerías, tomado de decisiones sobre los diferentes actores del sistema de explotación, producción y comercialización, generando medidas regulatorias que en conjunto tiendan al uso sustentable del recurso;

Que el artículo 8 de la Ley Nº 12703 establece que: “La Autoridad de  Aplicación deberá certificar que la salida de la provincia de Santa Fe de pescado de río, sea únicamente con destino a la exportación o al consumo interno final, en la medida que las prohibiciones, suspensiones o limitaciones legales impuestas a la actividad lo permitan. Durante el período de veda establecido en el artículo 1 de la presente, no se permitirá la entrada o salida de la provincia de Santa Fe de especies de pescado de río autóctonas, fresco o congelado, con destino a establecimientos procesadores o exportadores de pescado”.

Que la mayor parte de la presión pesquera recae sobre una sola especie, el sábalo (Prochilodus lineatus), que es precisamente la especie clave del ecosistema ya que sustenta la productividad del mismo;

Que es necesario ordenar la explotación pesquera en el marco del desarrollo sustentable, a los fines de dar cumplimiento con las normativas vigentes y con el Valor Máximo de Captura fijado por la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

Que el artículo 8 de la Ley Nº 12703 faculta a la Autoridad de Aplicación a certificar que la salida de la Provincia de Santa Fe de pescado de río, sea únicamente con destino a la exportación o al consumo interno final”.

Que la competencia en la materia surge de la ley Nº 12.817, Punto 5 artículo 21, Inciso 11);

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Prohibir la salida del territorio provincial de la especie Sábalo (Prochilodus platensis) como materia prima, fresca o congelada, cualquier sea su destino.

ARTICULO 2º: Entiéndese por materia prima, todo aquel pescado que no haya recibido algún grado de elaboración dentro de un establecimiento habilitado para el tráfico federal.

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.

Ing. JUAN JOSE BERTERO

S/C             5474    Nov. 25 Nov. 26

__________________________________________