picture_as_pdf 2017-10-25

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5 de la Primera Secretaria, en los autos INGARAMO VIRGINIA c/DOME MARIO DARÍO s/apremio por cobro de honorarios; (Expte. N° 754/2015) se le notifica al Sr. Dome Mario Darío, DNI 24.719.652, el decreto que se transcriben a continuación: Santa Fe, 02 de Octubre de 2017. Agréguese. De manifiesto la liquidación practicada por el término y bajo apercibimientos de ley. A lo demás, oportunamente y si correspondiere. Notifíquese. Fdo. Dr. Carlos Molinari - Dra. Silvina Boleas. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, 6 de Octubre de 2017. Juez: Dra. Boleas. Secretario: Dr. Molinari.

$ 33 338733 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados SAGER, GERMÁN ARIEL s/Quiebra; (Expte. CUIJ 21-01987175-1), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Octubre 11 de 2017. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Germán Ariel Sager, argentino, mayor de edad, DNI 32.733.109, empleado, dice domiciliarse en calle Dorrego 5661 y constituyendo domicilio legal en calle Luciano Torrent 1534 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el Art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del Art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 18.10.17 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 06.12.17 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 ley 24.522). 12- Señalar el día 23.02.18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (Art. 35 Ley 24.522) y designar el día 11.04.18 como fecha para que el Síndico presente el informe general (Art. 39 de la Ley Concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del Art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el Art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta. Fe, Octubre 18 de 2017. Habiéndose realizado sorteo un síndico bolilla correspondiente al CPN Javier Falco, con domicilio en calle Facundo Zuviría 3675 2091. Comparezca a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria).

S/C 338696 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: CONDE, ALFREDO RAUL s/Concurso Preventivo; (CUIJ 21-01989445-9), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 13/10/2017. Autos y Vistos... Considerando... Resulta... Resuelvo: 1. Declarar abierto el concurso preventivo de Alfredo Raúl Conde, D.N.I. Nro. 12.471.687, domiciliado realmente en calle San Lorenzo 2630 y la sede de su administración de su negocio en J. J .Paso 4050, ambos de esta ciudad y constituyendo domicilio a los fines legales en calle 1° de Enero 65- pido 2- oficina 1 de esta ciudad de Santa Fe. 2. Designar el día 18/10/2017 a las 10 hs. para que tenga lugar la audiencia en la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo Profesional de Ciencias .Económicas. 3. Fijar el día 07/12/2017 inclusive como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al síndico los pedidos de verificación de créditos. 4. Disponer la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en el diario “El Litoral” de esta ciudad. 5. Disponer la anotación de la apertura del concurso preventivo en el Registro de Procesos Universales, requiriéndose así mismo informe sobre la existencia de otros anteriores. Se oficiará a sus efectos. 6. Disponer la inhibición general del concursado, la que se anotará en el Registro General de la Propiedad Inmueble, en el Registro Público de Comercio, en el Registro General de la Propiedad Automotor y en otros que pudieran corresponder. 7. Intímese al deudor para que dentro de los tres (3) días de la notificación de esta resolución deposite la suma de $ 500,00, para abonar gastos de correspondencia. 8. Fijar el día 22/12/2017 inclusive como fecha hasta la cual se podrán realizar las observaciones en relación a los pedidos de verificación de créditos, las que se efectuarán en el domicilio del Síndico. 9. Señalar el día 01/03/2018 inclusive como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos, y el día 05/04/2018 inclusive como fecha para que el Síndico presente el informe general. 10. Señalar el día 30/04/2018 inclusive como fecha hasta la cual podrá hacerse pública la propuesta de acuerdo. 11. Designar el día 19/05/18 inclusive como fecha para que tenga lugar la realización de la Junta Informativa, a las 9 hs. 12. Fijar el día 29/05/18 inclusive como fecha del vencimiento del período de exclusividad previsto en el art. 43 de la L.C.Q. 13. Aceptado que sea el cargo por la Sindicatura por estudio, córrase vista por 10 días a los fines de que se pronuncie sobre los pasivos laborales denunciados por el concursado, y previa auditoria en la documental legal y contable, informe sobre la existencia de otros créditos laborales comprendidos en, el pronto pago, y la situación futura de los trabajadores en relación de dependencia ante la suspensión del convenio colectivo ordenada por el Art.20. 14. La sindicatura por estudio, deberá emitir un informe mensual acerca de la evolución de la empresa, si existen fondos líquidos disponibles y acerca del cumplimiento de las normas legales y fiscales. 15. Exhortar a los Juzgados donde se tramiten Juicios contra el concursado a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del Art. 21 de la Ley N° 24.522. 16. Efectúense mediante Oficio las comunicaciones normadas por el Art. 25 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia del 19 de Noviembre de 1986). Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria) - Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 18 de Octubre de 2017. Habiendo resultado sorteado el síndico Héctor González para intervenir en autos Conde, Alfredo Raúl s/Concurso Preventivo; (CUIJ 21-01989445-9) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 338693 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos BUSTOS, SILVIA NOEMÍ s/Quiebra; (Expte. Nº 21-01988457-8) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 17 de Octubre de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Silvia Noemí Bustos, apellido materno Bustos, argentina, D.N.I. Nº 14.538.133, CUIP N° 27-14538133-4, mayor de edad, jubilada, con domicilio real en Pje. Galisteo 2176, y legal en calle Bv. Gálvez 1959, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 18/10/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 06/12/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 21/12/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 23/02/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/4/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza; Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 18 de Octubre de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Martín, Susana Nieves del Milagro con domicilio en calle Uruguay 3150 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 338666 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos: GOGGI, VANINA SOLEDAD s/Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-01989029-2), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 17 de Octubre de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Vanina Soledad Goggi, apellido materno Segovia, argentina, D.N.I. N° 31.700.820, CUIL N° 27-31700820-7, mayor de edad, empleada, con domicilio real en Vieytes 4761, y legal en calle Francia 2098 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 18/10/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 06/12/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 21/12/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 23/02/2018 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 12/4/2018 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 18 de Octubre de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Cozza, Viviana María con domicilio en calle Corrientes 2724 - Of. 3 - PB de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 338668 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a acreedores, terceros interesados y cualquier persona que se crea con derecho, en razón del pedido de cambio de nombre formulado por Karen Daiana Ortega Imhoff, DNI 37.830.641, argentina, mayor de edad, nacida en fecha 7 de Noviembre de 1994, domiciliada en La Carlota 323 de la localidad de San Carlos Norte, Provincia dé Santa Fe, quien peticiona su cambio de nombre por el de Karen Daiana Imhoff; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de Ley, en autos caratulados: ORTEGA IMHOFF, KAREN DAIANA s/Cambio de nombre; CUIJ 21-01978126-4, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe por el término de ley (una vez por mes, durante el lapso de dos meses - Art. 70 del Cód. Civ. y Com.). Santa Fe, 12 de Octubre de 2017. Dra. Ma. Soledad Prieu Mántaras, Prosecretaria.

$ 66 338737 Oct. 25

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Santa Fe, en los autos caratulados PÉREZ, RICARDO c/TRONCOSO CARLOS JOSÉ s/Ordinario de usucapión; Expte. CUIJ 21-00841013-2, en fecha 13/09/17, haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde al demandado al Sr. Troncoso Carlos José, DNI 11.676.384. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el hall de los Tribunales. Firmado Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria; Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Juez. Dra. Desmonts, Prosecretaria.

$ 33 338780 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


Por orden de la señora Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: COLLINS, OSCAR ENRIQUE c/ARGÜELLO, LIDIA TERESA s/Escrituración; (Expte. CUIJ N° 21-01988237-0,Año: 2.017); de tramite en dicho Juzgado, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 03 de Octubre de 2017. Haciendo efectivo los apercibimientos decretados oportunamente, declárase rebelde a todos los que se consideren con derecho sobre el bien inmueble que se pretende escriturar. Inscripto al Tº 555I, Fº 2713, Nº 44333, Dpto. La Capital. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, de Octubre de 2.017. (Fdo. Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario).

$ 33 338761 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado Civil y Comercial de la 5ta. Nom. de Distrito de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: SARTORE ALBERTO VICTORIO c/BANCO FRANCÉS S.A. s/Usucapión, CUIJ Nro. 21-00900389-1; Santa Fe, 5 de Octubre de 2017. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declarase rebelde a la demandada Banco Unión Comercial e Industrial S.A. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dra. Alicia Roteta, Secretaria, Dr. Diego Aldao, Juez. Dra. Balestieri, Prosecretaria. Santa Fe, 13 de Octubre de 2017.

$ 33 338645 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 16 con asiento en la ciudad de Ceres, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE LA RUBIA c/LARCHGER, RENE y Otros s/Apremio Ley 5066; (Expte. Nº 443-Año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: Ceres, 29 de Agosto de 2017. Por deducida demanda de Apremio -Ley 5066- por cobro de $ 5.530,31.- en concepto de tasa general de inmueble, intereses y costas contra Rene LARCHER, Elena Fortunata Larcher, Carlos Francisco Larcher e Irma Cayetana Larcher, sin domicilio conocido en la provincia y/o contra quién resulte propietario, ocupante y/o poseedor del inmueble afectado al pago del tributo -ubicado en el Distrito de La Rubia- a quién se citara de remate por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL (art. 28 Ley 5066), en el inmueble y en Puertas del Juzgado para que en el término de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Para su notificación, ofíciese al Juzgado Comunitario de La Rubia. Ofíciese a la Secretaría electoral, a fin de que informe sobre la supervivencia o en su caso el domicilio registrado de los accionados y al Registro de Procesos Sucesorios. Resérvese en secretaria el sobre documental que acompaña, glosando copia autos. Trábese embargo sobre el inmueble descripto, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado de $ 5.530,31, con más la suma de $ 2.000 presupuestado provisoriamente para accesorios legales A los fines informativos, ofíciese al Registro General -Sección Propiedades- y al Tribunal Electoral de la Provincia de Santa Fe, como se pide. Autorizase al Dr. Arturo Perrero y/o profesional que éste indique a intervenir en el diligenciamiento de las medidas ordenadas. Notifiquen, Gorosito, Strobino y/u Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Dra. Luciana M. Silva (Secretaria) Dra. Alicia Longo (Jueza). Ceres, 5 de Octubre de 2017.

S/C 338766 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nro. 20 de la ciudad de San Javier, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Raúl Antonio Porfirio Yossen, DNI 3.168.275, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en autos caratulados: YOSSEN, RAÚL ANTONIO PORFIRIO s/Declaratoria de Herederos; (Expte. Nro. 583 año 2.016), que se tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nro. 20 de San Javier. Lo que a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Javier, 9 de Octubre de 2.017. Dra. Beltramino, Secretaria.

$ 45 338736 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos: COMUNA DE POJATO NORTE c/COPES ANALÍA LILIANA MIRIAN s/Apremio” (Expte. Nº 95 - Año 2017; se cita de remate al la Sra. Copes Amalia Liliana Mirian, 2.471.694 y/o propietario actual y/o poseedor a título de dueño del inmueble identificado con partida inmobiliaria API N° 09-25-00-090311/0221 ubicado en la localidad de Pujato Norte, dentro del término y bajo apercibimientos legales, asimismo se les hace saber que podrán suscribir convenio de pagos, suspendiendo el presente juicio, concurriendo a la sede comunal en horario matutino, lo que se publicará por tres días en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 12 de Octubre de 2017. Dra. Torassa, Secretaria.

S/C 338741 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados LAMAGNI RICARDO VITO s/Declaratoria de herederos” (Expte. N° 892 - Año 2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sr. Lamagni Ricardo Vito, argentino, L.E. N° 6.218.971, fallecido en fecha 02 de marzo de 2007, con último domicilio en calle Rivadavia N° 2794 de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 18 de Octubre de 2017. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 338723 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados: “BROSSIO NOKBERTO OMAR s/Declaratoria de herederos” (Expte. N° 915 - Año 2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que Se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sr. Brossio Norberto Omar, argentino, D.N.I. N° 12.353.744, fallecido en fecha 17 de Mayo de 2017, con último domicilio en calle Salta N° 080 de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 18 de Octubre de 2017. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 338724 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición de la Señora del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la ciudad de Esperanza, Departamento las Colonias, de esta Provincia, autos caratulados; “GRENON, ROBERTO OSCAR s/Declaratoria de herederos (Expte. N° 883/2017, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ROBERTO OSCAR GRENOM (Documento de Identidad Nº 6.213.19’Z), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 18 de Octubre de 2017. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 338713 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


En los autos caratulados: “(Expte. Nº 913/2011) ASOCIACIÓN MUTUAL DE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB ATLETICO ALMA JUNIORS c/DEL PIZZO, EDUARDO s/Ejecutivo, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial Nº 19 de la ciudad de Esperanza, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: Esperanza, 16 Marzo de 2012. Haciendo efectivo los apercibimientos decretados, declárese rebelde a la demandada. Notifíquese. Fdo.: Dra. Torassa, Secretaria; Dr. Erni, Juez.

$ 33 338745 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Distrito Judicial Nro. 1 ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de don ACOSTA SIXTO LUIS, D.N.I. Nro. 6.262.316, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL conforme a lo dispuesto en la Ley 11.287 y cumplimentado con lo resuelto en el acuerdo ordinario celebrado el 7/2/96, acta N° 3. Corresponde a los autos caratulados: Acosta Sixto s/Declaratoria de Herederos (Expte. Nro. 21-01985219-6), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de esta ciudad de Santa Fe. Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó -Secretaria-; Dra. Beatriz Forno Jueza.

$ 45 338779 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: caratulados SOBREVILLA, LUCILA EVANGELINA y Otros s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-01989168-9) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Lucila Evangelina Sobrevilla, D.N.I. N° 6.098.022 y de Buenaventura Zamora, D.N.I. N° 2.387.367 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretario) Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Santa Fe, 10 de Octubre de 2017.

$ 45 338770 Oct. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, se rita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor: Schiro Juan; DNI 6.231.631, fallecido el día 23 Enero de 2017, en la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, de la Provincia de Santa Fe, autos caratulados: SCHIRO JUAN s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-01983206-3 (acumulado 21-01983254-3) tramitados ante e) Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en las puertas del Juzgado. Santa Fe, 11 de Octubre de 2017. Fdo: Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario; Dr. Daniel Fernando Alonso, Juez. Dra. Romagnoli, Prosecretaria.

$ 45 338646 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Aurora Elvira Gandolfi, L.C. Nº 1.115.412, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos GANDOLFI, AURORA ELVIRA s/Sucesorio” CUIJ. N° 21-01987765-2 tramitados ante este Juzgado, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 18 de Octubre de 2017. Dra. Roteta, Secretaria.

$ 45 338670 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe; en autos: BLASON AURELIO s/Sucesorio; CUIJ 21-01987348-7, se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del Sr. Blasón Aurelio, L.E. Nº 06.201.737, fallecido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe en fecha 21 de Marzo de 2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, Octubre de 2017. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 338726 Oct. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante de TERESITA DE JESÚS RODRÍGUEZ, DNI 7.586.765, fallecida en fecha 30 de mayo de 2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirá en el hall de planta baja de Tribunales, según acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Santa Fe, 18 de Octubre de 2017. Dra. María Ester Noé de Ferro.

$ 45 338707 Oct. 25

__________________________________________


SAN CRISTÓBAL

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE MOISÉS VILLE c/SCARAFIA, ISABELA CATALINA SCARAFIA, JOSÉ JUAN SCABAFIA, CARLOS FRANCISCO- SCARAFIA, MAGDALENA TERESA SCARAFIA, JUAN BAUTISTA SCARAFIA, LORENZO FAUSTINO SCARAFIA, ANGEL JUAN s/Apremio; (Expte. N° 238- Año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: San Cristóbal, 15 de Agosto de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que acompaña, cuyas fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Previo a lo peticionado, aclare con mayor precisión el domicilio de los demandados y denuncie número de manzana y plano del inmueble objeto de autos. Notifíquese. Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 07 de Septiembre de 2017. Téngase presente lo manifestado y los datos informados. Por promovido juicio de apremio por cobro de la suma de $ 6.017,63 en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, por el período que indica en el escrito de demanda y conforme la liquidación que se acompaña y agrega a autos, con más intereses y costas, contra Isabela Catalina, José Juan, Carlos Francisco, Magdalena Teresa, Juan Bautista, Lorenzo Faustino y Ángel Juan SCARAFIA, con domicilio en calle Teodoro Hertz N° 812 de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), y/o sus herederos y/o quién resulte propietario del inmueble objeto de autos. Cítese y emplácese a los accionados para que dentro de los 8 días opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el/los inmueble/s —cuyos datos regístrales denuncia- por la suma demandada con más el 50 % en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorízase al profesional actuante a intervenir en su diligenciamiento. Notifiquen: García y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) – Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017.

S/C 338776 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE MOISÉS VILLE c/FIDEICOMISO PORTAL DEL PONIENTE s/Apremio; (Expte. N° 277- Año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: San Cristóbal, 26 de Septiembre de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra fideicomiso portal del poniente, con domicilio en calle 25 de Mayo N° 32 de la localidad de Moisés Ville y/o quién resulte propietario del inmueble identificado en la liquidación de deuda acompañada que se agrega a autos, por cobro de la suma de pesos tres mil novecientos sesenta con setenta y dos centavos ($ 3.960,72) -en concepto de tesa general de inmuebles urbanos, con más intereses y costas. Téngase presente la prueba ofrecida. Resérvese en Secretaría. Cítese y emplácese al mismo para que dentro del los 8 días oponga excepción legitima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50 % concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (Art. 28 Ley 5066). Al otro si digo: Téngase presente lo manifestado. Notifiquen: García y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) - Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017. Dra. Giampietri, Secretaria.

S/C 338775 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE MOISÉS VILLE c/FIDEICOMISO PORTAL DEL PONIENTE s/Apremio; (Expte. Nº 280- Año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: San Cristóbal, 26 de Septiembre de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra fideicomiso portal del poniente, con domicilio en calle 25 de Mayo N° 32, de la localidad de Moisés Ville y/o quién resulte propietario del inmueble identificado en la liquidación de deuda acompañada que se agrega a autos, por cobro de la suma de pesos cinco mil ciento ochenta y dos con cuatro centavos ($ 5.182,04) -en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, con más intereses y costas. Téngase presente la prueba ofrecida. Resérvese en Secretaria. Cítese y emplácese al mismo, para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50 % concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Al otro si digo: Téngase presente lo manifestado. Notifiquen: García y/o la oficial notificadora. Notifíquese.- Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017. Dra. Giampietri, Secretaria.

S/C 338772 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE MOISÉS VILLE c/SCARAFIA, ISABELA CATALINA SCARAFIA, JOSÉ JUAN SCARAFIA, CARLOS FRANCISCO SCARAFIA, MAGDALENA TERESA SCARAFIA, JUAN BAUTISTA SCARAFIA, LORENZO FAUSTINO SCARAFIA, ANGEL JUAN s/Apremio; (Expte. Nº 239- Año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: San Cristóbal, 15 de Agosto de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que acompaña, cuyas fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Previo a lo peticionado, aclare con mayor precisión el domicilio de los demandados y denuncie número de manzana y plano del inmueble objeto de autos. Notifíquese. Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 07 de Septiembre de 2017. Téngase presente lo manifestado y los datos informados. Por promovido juicio de apremio por cobro de la suma de $ 4.962,22, en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, por el período que indica en el escrito de demanda y conforme la liquidación que se acompaña y agrega a autos, con más intereses y costas, contra Isabela Catalina, José Juan, Carlos Francisco, Magdalena Teresa, Juan Bautista, Lorenzo Faustino y Ángel Juan SCARAFIA, con domicilio en calle Teodoro Hertz Nº 812 de la localidad de Moisés Ville (Pcia, de Santa Fe), y/o sus herederos y/o quién resulte propietario del inmueble objeto de autos. Cítese y emplácese a los accionados para que dentro de los 8 días opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el/los inmueble/s -cuyos datos registrales denuncia- por la suma demandada con más el 50 % en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al profesional actuante a intervenir en su diligenciamiento. Notifiquen: García y/o la oficial notificadota. Notifíquese. Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) - Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017.

S/C 338771 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia, de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE MOISÉS VILLE s/FIDEICOMISO PORTAL DEL PONIENTE s/Apremio; (Expte. Nº 278 - Año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: “San Cristóbal, 26 de Septiembre de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra fideicomiso portal del poniente, con domicilio en calle 25 de Mayo N° 32 de la localidad de Moisés Ville y/o quien resulte propietario del inmueble identificado en la liquidación de deuda acompañada que se agrega a autos, por cobro de la suma de pesos tres mil novecientos cincuenta y ocho con noventa y un centavos ($ 3.958,91) en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, con más intereses y costas. Téngase presente la prueba ofrecida. Resérvese en Secretaría. Cítese y emplácese al mismo para que dentro del los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50 % concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Al otro si digo: Téngase presente lo manifestado. Notifiquen: García y/o la oficial notificadota. Notifíquese.- Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) Dra. Claudia M. Giampietri, Secretaria. San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017.

S/C 338774 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE MOISÉS VILLE c/FIDEICOMISO PORTAL DEL PONIENTE s/Apremio; (Expte. N° 279 - Año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: “San Cristóbal, 26 de Septiembre de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra fideicomiso portal del poniente, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 32, de la localidad de Moisés Ville y/o quien resulte propietario del inmueble identificado en la liquidación de deuda acompañada que se agrega a autos, por cobro de la suma de pesos tres mil novecientos sesenta con setenta y dos centavos ($ 3.960,72) en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, con más intereses y costas. Téngase presente la prueba ofrecida. Resérvese en Secretaria. Cítese y emplácese al mismo, para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50 % concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 ley 5066). AL OTRO SI DIGO: Téngase presente lo manifestado. Notifiquen: García y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) - Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017. Dra. Giampietri, Secretaria.

S/C 338773 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: “COMUNA DE MOISÉS VILLE c/NUSBAUM, MANFREDO s/Apremio” (Expte. N° 259 - año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: “San Cristóbal, 07 de Septiembre de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra Manfredo Nusbaum, con domicilio en Zona Urbana de Moisés Ville y/o sus herederos y/o quién resulte propietario del inmueble identificado en la liquidación de deuda acompañada que se agrega a autos, por cobro de la suma de pesos seis mil doscientos cuarenta y cuatro con noventa y seis centavos ($ 6.244,96) en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, con más intereses y costas. Téngase presente la prueba ofrecida. Resérvese en Secretaria. Previo a denunciar con mayor precisión el domicilio del demandado y número de plano al que corresponde el lote y manzana denunciados, cítese y emplácese al mismo, para que dentro de los 8 días oponga excepción legitima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notiflquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Al otro si digo: Téngase presente lo manifestado. Notifiquen: García y/o la oficial notificadota. Notifíquese.- Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). Otro decreto: “San Cristóbal, 21 de Septiembre de 2017. Téngase presente lo manifestado y el domicilio denunciado del demandado, lugar donde se practicarán las notificaciones de ley. Téngase presente los demás datos denunciados. Notifíquese. Fdo. Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria) Dr. Germán Ariel Vivas (Juez). San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017.

S/C 338768 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: “COMUNA DE MOISÉS VILLE c/NUSBAUM, MANFREDO s/Apremio” (Expte. N° 260- año 2017); se ha dispuesto lo siguiente: “San Cristóbal, 07 de Septiembre de 2017. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra Manfredo Nusbaum, con domicilio en Zona Urbana de Moisés Ville y/o sus herederos y/o quien resulte propietario del inmueble identificado en la liquidación de deuda acompañada que se agrega a autos, por cobro de la suma de pesos seis mil doscientos cuarenta y cuatro con noventa y seis centavos ($ 6.244,96.-) en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, con más intereses y costas. Téngase presente la prueba ofrecida. Resérvese en Secretaria. Previo a denunciar con mayor precisión el domicilio del demandado y número de plano al que corresponde el lote y manzana denunciados, cítese y emplácese al mismo, para que dentro de los 8 días oponga excepción legitima, bajo apercibimientos de ley. A los fines de la notificación al demandado del presente proveído y/o de todo otro que resulte procesalmente necesario, líbrese oficio al Señor Juez Comunitario de la localidad de Moisés Ville (Pcia. de Santa Fe), autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Al otro si digo: Téngase presente lo manifestado. Notifiquen: García y/o la oficial notificadota. Notifíquese.- Fdo. Dr. Germán Ariel Vivas (Juez) - Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria). Otro decreto: “San Cristóbal, 21 de Septiembre de 2017.- Téngase presente lo manifestado y el domicilio denunciado del demandado, lugar donde se practicarán las notificaciones de ley. Téngase presente los demás datos denunciados. Notifíquese. Fdo. Dra. Claudia M. Giampietri (Secretaria) Dr. Germán Ariel Vivas (Juez; San Cristóbal, 6 de Octubre de 2017.

S/C 338767 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: “PANIAGUA, ROSA RAQUEL s/Declaratoria de herederos” (Expte. N° 423- Año 2017); se cita, llama y emplaza a los herederos, sucesores, acreedores, legatarios y todos aquellos que se consideren con derechos sobre los bienes de la causante: Paniagua, Rosa Raquel, DNI Nº F 5.904.138, fallecida el 06 de Julio de 2012 en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacerlos valer en juicio, en el término y bajo. San Cristóbal, 27 de Septiembre de 2017. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 338765 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


VERA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por así dispuesto en los autos: SULIGOY MIGUEL ANGEL y Otros c/PERUSSINI BENITO LUIS y Otros s/Posesión Veinteañal; (Expte. 560/2017), tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera, Segunda Nominación, se cita y emplaza a los demandados Benito Luis Perussini y/o sus Herederos y/o quien resulte Propietario y/o se considere con derechos sobre el inmueble, para que en el término de ley comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Fdo: Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria. Vera, 17 de Octubre de 2017. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 33 338729 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera, 1ra. Nominación, en los autos: WITMAN JOSE s/Declaratoria de Herederos; Expte. 561/2016, se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y/o a todo aquel que se crea con derechos a los bienes de la herencia del causante Witman José, nacido en Santiago del Estero el 8 de Marzo de 1928, DNI: 6.320.095 domiciliado realmente en calle Juan de Garay 838 de Calchaquí (Sta. Fe), fallecido en Calchaquí Santa Fe, el 23 de Agosto de 2016, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Vera, 17 de Octubre de 2017. Dra. Savant, Secretaria.

·$ 45 338732 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


RAFAELA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Alassia Octavio Florentino, D.N.I. 6.279.281, para que comparezcan a hacer, valer sus derechos en término y bajo apercibimientos de ley en el expediente 810-Año 2017- ALASSIA OCTAVIO FLORENTINO s/Sucesorio. A tales fines se publican los presentes en el BOLETIN OFICIAL y conforme Ley 11287 - sucesorio patrocinado por la Dra. María Eugenia Ferrati - Rafaela, 12 de Octubre de 2017. Agostina Silvestre, prosecretaria.

$ 45 338744 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________


RECONQUISTA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber que en los autos caratulados: DEAN DIANA NOEMI c/BENITEZ ERMELINDA s/Regulación de Honorarios; Expte. Nº 71/2016, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista (SF), a cargo de la Dra. Margarita Cismondi, Jueza; Secretaria de la Dra. María Martina Ballario, se ha decretado lo siguiente: Reconquista, 30 de Agosto de 2017. Agréguese constancia de AFIP y edictos acompañados. Regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Diana Noemí Dean, por su intervención en Autos en 1,00 unidad jus, equivalentes a la suma de Pesos Un mil ochocientos setenta y cinco con 53/100 ($ 1.875,53), estableciéndose el valor de dicha unidad en la suma de Pesos Un Mil ochocientos setenta y cinco con 53/100 ($ 1.875,53), y fijase un interés del 8% anual como interés moratorio. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 4, 6, 7 - Inc. 2 - Ap. b), 23, 32, 34, ss y concs. De la Ley 6.767 modificada por la Ley 12.851. Córrase vista a la Caja Forense. Notifíquese. Fdo: Dra. M. Cismondi, Jueza; Dra. M. M. Ballario, Secretaria. Reconquista, 10 de Octubre de 2017. Dr. Cristofoli, Secretario a/c.

$ 52,50 338695 Oct. 25 Oct. 27

__________________________________________


En los autos caratulados BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/AQUINO, RAMON OSCAR s/Cobro de Pesos/Sumas de Dinero; Expte. Nº FRE 41001596/2012, que se tramita por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Reconquista, Secretaría Civil a mi cargo, se ha dispuesto citar por el término de Cinco (05) días a los sucesores y/o Herederos de Aquino Ramón Oscar, DNI 8.485.623; para que comparezcan a estar a derecho, todo bajo apercibimientos de nombrar en su representación al Sr. Defensor Oficial. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL y en un diario de circulación en la ciudad de Vera (SF) por el término de ley. Reconquista, 3 de Octubre de 2017. Dra. Andrea I. De Ramseyer, Secretaria.

$ 52,50 338643 Oct. 25 Oct. 26

__________________________________________


Por disposición del Juez de la Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista, (Santa Fe), en autos caratulados: JUAREZ LILIAN DELIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 305/2017, se llama, cita y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios que se consideren con derecho a bienes de la herencia dejada por la Sra. Juarez Lilian Delia, para que dentro del término y bajo apercibimientos legales, se presenten a hacerlos valer. Fdo. Dr. José María Zarza Juez; Dra. Corina Serrichio, Secretaria. Reconquista, 10 de Octubre de 2017. Dr. Astesiano, Secretario.

$ 45 338697 Oct. 25 Oct. 31

__________________________________________