picture_as_pdf 2010-10-25

SECRETARIA DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION

 

RESOLUCION Nº 0102

 

Santa Fe, 19 de octubre de 2010.

VISTO:

El Expediente N° 00201-0132493-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a cinco (5) licencias de Ms Windows última versión en español, está relacionada con la necesidad de ser instaladas en cinco (5) computadoras personales que su adquisición se tramita en esta misma gestión y serán utilizadas como puestos de trabajo administrativos y del Sistema de Expediente;

Que el Sistema de Expediente es un sistema informático ya existentes y en uso, desarrollado por la Sectorial de la Jurisdicción, y que al momento de la promulgación de la Ley 12.360 ya se encontraban finalizado su análisis y desarrollo, realizado en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS Windows para su ejecución;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido...”, que es el caso en el que se encuentran estos sistemas;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, en carácter de excepción, a adquirir y utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1°.- Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe la compra e instalación del software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS Windows última versión en español, cinco (5) Licencias.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C             5338                Oct. 25

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RESOLUCION Nº 0103

 

Santa Fe, 19 de octubre de 2010

VISTO:

Por el Expediente Nº 00401-0202132-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes, la Sectorial de Informática del Ministerio de Educación gestiona para la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Despacho en la Delegación Rosario la autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que el Decreto N° 1820/05 en su Artículo 4° “EXCEPCIONES”, detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos  y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto Nº 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada para la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Despacho en la Delegación Rosario es para el uso de una (1) licencia del sistema operativo MS Windows Vista Bussiness con downgrade a Windows XP para ser utilizadas en una (1) computadora personal adquirida por Expediente Nro. 00401-0176916-1, realizándose la gestión de compra de la licencia por este mismo expediente de excepción;

Que la licencia MS Windows es para ser usada con el Sistema del Digesto Escolar, el cual al momento de la promulgación de la Ley Provincial Nº 12.360 ya se encontraba en uso desde hacía años, realizado en lenguaje de programación Visual Basic y que requiere de este sistema operativo para su ejecución;

Que a los efectos de cumplimentar con lo normado por la Ley Provincial N° 12.360 y el Decreto 1820/2005 en su Artículo 6to, la Sectorial de Informática presentó en su inventario de sistemas el software que se utilizó oportunamente para desarrollar las aplicaciones y Sistema Operativo requerido (Windows);

Que el Decreto 1820/2005 establece a su vez en el Art. 4° inciso b “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido.”, que es el caso en el que se encuentra la citada aplicación;

Que en cuanto, a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración;

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo o pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Despacho en la Delegación Rosario en carácter de excepción, el uso del software propietario peticionado.

Por ello:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la gestión a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Despacho en la Delegación Rosario perteneciente al Ministerio de Educación para que pueda utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle, adquirida por Expediente Nº 00401-0202132-9:

MS Windows Vista Bussiness última versión en español, una (1) Licencia.

Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C             5339                Oct. 25

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA

 

CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

Nº 2008

 

Objeto: Contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero y chofer para el sector Control de Perdidas Mitre.-

Presupuesto: $ 43.500. I.V.A. incluido

Apertura: 04/11/2010 Hora: 9,00

 

CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

Nº 2009

 

Objeto: Contratación utilitario tipo furgón, antigüedad no mayor a 7 años, con doble hilera de asientos, puerta lateral de acceso trasero, portaescaleras, aire acondicionado y chofer para el sector Inspecciones y Conexiones Oroño.

Presupuesto: $ 28.700.- I.V.A. incluido

Apertura: 04/11/2010 Hora: 9.15

 

CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS

N° 2010

 

Objeto: Reparación caja de velocidades de la Unidad N° 1743, camión M. Benz Unimog U-421, modelo 1973

Presupuesto: $ 12.000.- I.V.A. Incluido

Apertura: 04/11/2010 Hora: 9,30

Presentación de Ofertas: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe Bv. Oroño 1260 1er. Piso - (2000) Rosario.

Consultas: Unidad Movilidades Rosario - (0341) 4207793.

NOTA: Los pliegos serán entregados hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.

S/C             5312    Oct. 25 Oct. 28

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ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS

 

REMATE POR

MIRTHA M. CARDINALETTI

 

Por disposición de Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N°2-F de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria del Dr. Luis Chede, se hace saber que en los autos caratulados FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/CARBONI OSVALDO OSCAR JUAN s/EJECUCION FISCAL. Expte. Nº 9032-F, Boleta de Deuda Nº 40.215/00, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti, venda en pública subasta el día 10 de Noviembre de 20l0, a las l4,30 horas, la que se llevará a cabo en el local cedido sito en Bv. Balcarce 946 de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, y donde se encontrará expuesta, la bandera de remate, lo siguiente: Un lote de terreno con el edificio en construcción y demás clavado, plantado y adherido al suelo, situado en esta ciudad de Totoras, Dpto. Iriondo, Pcia. de Santa Fe, en la manzana Nº 13 del plano oficial, el que de acuerdo al plano confeccionado por el Agrimensor Mario Natalini, inscripto en la Dirección Gral. de Catastro; Dpto. Topográfico, de esta Pcia., bajo el Nº 18.943, año 1953, se halla designado como lote 7, está ubicado sobre la calle Remedios Escalada de San Martín, entre el Boulevard Juan de Garay y la calle Almirante Brown, a los 35,2 m de la esquina que forma las calles Almirante Brown y Remedios. Escalada de San Martín hacia el Este, compuesto de 11 m. de frente al Norte, por 36,2m. de fondo; encierra una superficie total, de 396,22 m2.; lindando: por su frente al Norte con la calle Remedios Escalada de San Martín; al este con parte del lote Nº 8; al Sud con parte del lote Nº 2; y al Oeste con el lote N° 6 y fondos del lote Nº 3, todos del plano y manzana citados.- Inscripción Dominio Tº 212 Fº 138 Nº 140.428 Dpto. Iriondo. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose hipotecas, pero sí lo siguiente: Embargo; Al Tº 117 E Fº 552 N° 316.729 por $ 5.520,32.- del 22.02.08 o/los presentes autos; e Inhibiciones: Al Tº 119 I Fº 11.332 Nº 416.422 del 20.12.07 por $ 1.412,91 o/Juz. de Circuito Nº 6 de Cañada de Gómez, Exp. Nº 1070/99, autos Administración Pcial. de Impuestos c/Carboni Osvaldo s/Ejec. Fiscal; Al Tº 121 I F° 4462 Nº 338.785 del 27.05.09 por $ 658.408,16 c/Juz. Federal N° 2-B de Rosario, Exp. Nº 980/98, autos Fis.Nac. (AFIP) c/Carboni Osvaldo Oscar s/Ejec. Fiscal; Al Tº 118 I F° 2551 N° 326.220 del 03.04.06 por $ 14.442.39 o/Juz. Federal Nº 2-B, Exp. Nº 7095/00, autos Fis.Nac. (AFIP) c/Carboni Osvaldo Juan s/Ejec. Fiscal; Al Tº 118 I F° 6198 N° 359.045 del 10.07.06 por $ 72.841,56 c/Juz.Federal Nº 1 de Rosario. Exp.Nº 25.907/97, autos Fis.Nac. (AFIP) c/Carboni Osvaldo Oscar Juan s/Ejec. Fiscal; Al Tº 1181 Fº 8738 Nº 383.862 del 20.09.06 por $ 17.000.- o/Juz. de Distrito 3º Nominación de Rosario, Exp. Nº 1509/02, autos “Barufaldi Ariel H. c/Carboni Osvaldo Oscar y/u Otro s/Demanda Ejecutiva”; Al Tº 121 I F° 3608 Nº 330.384 del 27.04.09 por $ 59.338.11 o/Juz. Federal N° 2-B de Rosario, Exp. Nº 21.207/97, autos Fis. Nac.(AFIP) c/Carboni Osvaldo Oscar Juan s/Ejec. Fiscal; Al Tº 121 I F° 9229 Nº 379.060 del 15.10.09 por $ 27.560.- o/Juz. Civ., Com. Y Lab. N° 1 de Cañada de Gómez, Exp. Nº 1340/92, autos “Bco. de Santa Fe SAPEM c/Carboni Osvaldo Oscar Juan s/Demanda Ejecutiva”; y Al Tº 122 I F° 4733 N° 339.844 del 26.05.10 por $ 19.012.- o/Juz. Civ. Com. y Lab. N° 1 de Cañada de Gómez, Exp. Nº 1167/99, autos Serra Domingo c/Carboni Osvaldo s/Demanda Ejecutiva.- Saldrá a la venta con la condición de “Ocupado”, con contrato de alquiler vigente hasta el 01.05.2018, encontrándose abonado por anticipado los primeros 4 años a partir del 01.06.2010 con un canon locativo de $ 190.- mensuales, el que se incrementara después de los 4 primeros años de contrato en un 10% por año, con la Base de $ 40.000. Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una Retasa del 25% de la Base o sea $ 30.000.-y de persistir la falta de oferentes por la Retasa la subasta se declarará desierta.- El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio de compra como seña, con más el 3% de comisión a la Martillera, o el honorario mínimo que fija la Ley 7547 de los Colegios de Martilleros, todo en efectivo o cheque certificado de plaza.- El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos.- Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble, fotocopias del título de propiedad y del contrato de alquiler, a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptarán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo de los compradores.- Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de 3 días para la ratificación por la persona indicada, o en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. Den resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizara al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera Te. 0341-4402392 (de tarde).— En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el Nº de C.U.I.T. del ejecutado es 20-06172581-5 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 13 de Octubre de 2010. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-

S/C             115946 Oct. 25 Oct. 27

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