picture_as_pdf 2015-09-25

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RAUL ORTA


Por orden del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1º Nominación, de Rosario, Provincia de Santa Fe, en autos LAUDANNO OSVALDO SEGUNDO s/ Sucesión” Expte. 193/2008, el martillero público Raúl Orta (DNI: 8.524.114 - CUIT 20-08524114-2) subastará el día 01 de octubre de 2015 a las 17,30 hs., o el día hábil siguiente posterior a la misma hora, lugar y condiciones si el fijado resultare inhábil o algún otro impedimento, en la Asociación de Martilleros de Rosario, sito en calle Entre Ríos Nº 238, el siguiente inmueble que se describe: Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, designado en el plano número cuarenta y dos mil sesenta y tres del año mil novecientos veintinueve, con el número diez y seis de la manzana letra “C” ubicado en el Pasaje Wilson entre las calles América hoy Rueda y Virasoro, a los doce metros setenta centímetros de calle América hoy Rueda hacia el Norte y mide ocho metros sesenta y seis centímetros de frente al Oeste, por diez y seis metros trescientos quince milímetros de fondo, encerrando una superficie de ciento cuarenta y un metros veintinueve decímetros cuadrados; lindando por el Oeste con el Pasaje Wilson, por el Norte con parte del lote número diez y siete, por el Este con fondos del lote número catorce, y por el Sud con el lote número quince, todos de la citada manzana “C” Inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble al T 295 C F° 1711 N° 52055 Departamento Rosario. No tiene Embargos, Hipoteca e Inhibiciones: Saldrá a la venta de la siguiente manera: con la base de $ 1 500.000.- en el estado de ocupación en que se encuentra, conforme acta de constatación que obra agregada a autos a fs. 614/615. Seguidamente, y si no hubiera postores, con retasa del 20% o sea, 1.200.000.- y si tampoco hubiera postores, con última base de $ 850.000.- En el acto del remate el comprador deberá pagar el 10% del precio efectivo o cheque certificado, con más el 3% la comisión de ley al martillero. Con relación al saldo del precio, el mismo deberá ser abonado dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta. Caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa pasiva promedio mensual capitalizable cada treinta días que publica el Banco Central. Todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C. y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Hágase saber que estarán a cargo del comprador las deudas por impuestos, tasas, contribuciones que adeudare el inmueble, IVA si correspondiere, como así también todos los impuestos que graven la venta y los gastos que arroje la protocolización de actuaciones judiciales y trámite de transferencia a efectuarse por escribano público. También se encuentran a cargo del comprador los impuestos provinciales y nacionales que gravan el acto de subasta como los de transferencia del inmueble recayendo en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención asumiéndolo expresamente en el momento de aceptar el cargo. Todos estos importes adeudados deberán ser informados por el Martillero en el acto de remate. Hágase saber que en caso de cesión de los derechos y acciones de la subasta la misma deberá realizarse por escritura pública. Para el caso de compra en comisión deberá el oferente denunciar el nombre del comitente en el plazo de 3 días bajo apercibimiento de tener por efectuada la compra para sí. Asimismo, hágase saber a los interesados mediante la publicación de edictos correspondientes y en el acto de subasta: que para el caso que el precio a abonar en el acto de subasta, supere el valor de $30.000.-, el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Por lo cual, de superar el importe de $30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Autorízase al Martillero actuante a efectuar los gastos inherentes a su cometido, todo con oportuna y documentada rendición de cuentas. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta. Ello, sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL. Se deja constancia que el expediente deberá permanecer en el juzgado cinco días hábiles antes de la fecha de subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. Títulos, informes previos, constatación y demás constancias de ley se encuentran agregados autos para ser revisados por interesados en Secretaría, no admitiéndose luego de realizada la subasta reclamos por falta o insuficiencia de ellos. Exhibición: Los dos días hábiles anteriores a la fecha de subasta en horario a de 11 a 13 horas y/o coordinar con el Martillero. Informes: Teléfono: 0341-155001560 - 4487443. Rosario, 21 de septiembre de 2015. Elvira Sauan, secretaria.

$ 960 272651 Set. 25 Set. 29

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POR

LEON MARCO GAMBERINI


Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Novena Nominación Rosario, dentro autos “COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/ Otros (DNI. Nº 30.517.170) s/ Apremio Fiscal”, Expte. 1417/13, Martillero León Marco Gamberini (CUIT 20-06009377-7), venderá en pública subasta día 07 de octubre de 2015 a las 11,00 hs. (de resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente), en Puertas del Juzgado Comunal de Pueblo Esther, en estado de ocupación que consta en autos (Ocupado), siguiente bien inmueble: “Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, sito en la localidad de Pueblo Esther, distrito General Lagos, Departamento Rosario de ésta Provincia de Santa Fe, señalado como lote 22 de la Manzana “J”, en el plano 66.616/1971. Compuesto de 16 metros de frente por 33,22 metros de frente y fondo. Cuenta con una superficie de 531,52 m2. Linda al Sur con calle pública, al Norte con el lote 1, al Oeste con otra calle Pública y al Este con lote 21, todos de la misma manzana y plano.-“ Dominio: Tomo: 312, Folio: 66, Nº 68936, Departamento Rosario. Del informe registral consta a nombre del Sr. Daniel Roberto Camargo (se desconoce DNI) y registra siguiente gravamen.- Embargo: T° 123 E, F° 3685, Nº 394001, del 14/11/2014, por $25.985,19; orden juez y autos del rubro.- Saldrá a la venta con la base de $ 500.000; en caso de no haber postores, con una retasa del 25% y de persistir la falta de interesados a continuación el 20% menos de la anterior, retirándose de la venta en caso de reticencia. La venta se efectuará al mejor postor, debiendo abonar quien resulte comprador el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión al martillero actuante en efectivo y/o cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 B.C.R.A.), optando por los medios de pago mencionados o en su defecto, acreditaren el acto de subasta la transferencia bancaria del monto en la cuenta judicial Nº 5077996/5 abierta en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a nombre del Juzgado. Saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días de conformidad con el art. 499 del C.P.C.C. S.F. y si intimado no efectuare el pago se dejará sin efecto la misma de conformidad con lo previsto por el art. 497 del C.P.C.C. S.F., debiendo ser dicho saldo depositado en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos. En caso que dicho monto supere el importe de $ 30.000, y a tenor de lo dispuesto por la Comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., deberá realizarse por transferencia intercambiaria. Si se incumpliere con dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante al A.F.I.P. Impuestos, tasas y/o contribuciones (nacionales, provinciales, municipales o comunales) IVA y gastos centrales si correspondieren, como así cualquier gravamen que pese sobre el inmueble, serán a cargo del adquirente, como así también los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia de dominio e IV.A. si correspondiere. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyase, entre otros que correspondan, los siguientes: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F Código Fiscal). El adquirente del bien subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, excluyéndose la opción prevista en el art. 505 segundo párrafo del C.P.C.C. S.F. En caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá denunciarse el nombre y domicilio del comitente en el término de tres días bajo apercibimiento de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también, estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Se fijan los días 1 y 2 de octubre en el horario de 11 a 12 hs, a los fines de su exhibición.- Secretaría, septiembre de 2015. Publicación Sin Cargo.- (Fdo. Dr. Sergio A. González, Secretario).

S/C.- 272661 Set. 25 Set. 29

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