picture_as_pdf 2003-09-25

REGISTRADA BAJO EL Nº 12141

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTICULO 1º - Apruébase el Acuerdo entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y Anexo, suscripto en la ciudad de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de Octubre de 2002, entre el Señor Gobernador de la Provincia, Dn. Carlos Alberto Reutemann y el Señor Administrador Federal, Dr. Alberto R. Abad, el que fuera inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el 1648, al Folio 26 del Tomo IV en fecha 28 de Octubre de 2002, por el que se acuerda facilitar las tareas de recaudación y fiscalización de ambas partes, el que forma parte de la presente ley.

ARTICULO 2º - Autorízase al Poder Ejecutivo a adoptar todas aquellas medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de la presente ley.

ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 23 de setiembre de 2003

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

CARLOS ALBERTO REUTEMANN

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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