JUZGADO EN LO LABORAL
POR
JUAN CARLOS RENTERIA BELTRAN
Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 8ª. Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber en autos: “RODRIGUEZ, ALFREDO c/Otros s/Cobro de Pesos, Expte. 129/02”, se ha dispuesto que el Martillero Juan Carlos Rentería Beltrán, C.U.I.T. N° 20-06071678-2, proceda a vender en pública subasta el día 03 de Septiembre de 2014, a las 11:00 hs., en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Timbúes. De resultar inhábil el día fijado, la misma se realizará el posterior día hábil, a la misma hora y en el mismo lugar, el inmueble situado en calle Felipe de Hausburgo esquina Jacobo I de Timbúes, saliendo a la venta con la base de la tasación en la suma de $ 30.000, si no hubiere postores, con retasa del 25% $ 22.500, y si tampoco hubiere postores con una última base equivalente al 30% de la tasación $ 9.000 el bien que a continuación se describe: “Dos lotes de terreno que de acuerdo al plano archivado bajo el N° 87.189, año 1976, están ubicados en Rincón de Grondona, próximo a la Estación Oliveros, Distrito Timbúes, Departamento San Lorenzo de esta Provincia, y son los señalados con los números Quince y Dieciséis de la Manzana “Y”, los que unidos como están se encuentran ubicados en la esquina que mira al Sud-Sud-Este y al Oeste-Sud-Oeste, formada por dos calles públicas y miden 20m. de frente al Sud-Sud-Este por 30m. de frente y fondo al Oeste-Sud-Oeste, lindando por los demás rumbos: al Nor-Nor-Oeste con parte del lote 13 y al Este-Nor-Este con lote 17, ambos de la misma manzana y plano citados. Encierran una superficie total de 600m2”. Dominio inscripto al Tomo 241, Folio 363, Número 203.123, Departamento San Lorenzo”. Informa Registro General. Consta inscripto el Dominio a nombre de la codemandada. No posee Hipoteca, pero si el siguiente Embargo al Tº 121 E, F° 389, Nº 315656, de fecha 24/02/2012, por $ 20.811, Juzg. Laboral 8ª. Nom. de Rosario, en autos que se ejecutan. Así mismo posee la siguiente Inhibición ai T° 125 I, F° 7122, Nº 384432, de fecha 15/10/2013, por $ 34.760,37.- Juzg. Laboral 3ª. Nom. de Rosario en autos Ayala, Oscar c/Hotel Francia y Otra s/Cobro de Pesos, Expte. 446/1998. En el acto del remate el comprador deberá pagar el 30% del precio en efectivo, cheque certificado o cheque cancelatorio, con más el 3% de comisión de ley al martillero, la que se calculará sobre el precio de venta más la deuda por impuestos. Para el caso que la comisión del martillero fuera inferior a la suma de $ 376,70 se tomará a ésta como honorario mínimo. Deberá cumplimentarse con las comunicaciones del Banco Central de la República Argentina “A” 5147 y “A” 5212, según circular N° 79/11 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. En función de ello, se hará saber a los interesados que, para el caso de que el precio de compra, el saldo de venta o la comisión del martillero superen la suma de treinta mil pesos ($ 30.000), no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: transferencia bancaria, cheque cancelatorio o cheque certificado. El saldo del precio deberá abonarse dentro de los cinco (5) días de intimado el comprador, luego de aprobada la subasta. Las copias de títulos agregados a autos a disposición de los interesados en Secretaría para ser examinados, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate (art. 494 incisos 2 y 3 del C.P.C.C.). Los gastos por impuestos, tasas y contribuciones son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos e impuestos de transferencia e IVA, si correspondiere. Hágase saber a los interesados en el acto de subasta que en el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente dentro de los tres (3) días bajo apercibimiento de caer la compra en cabeza del tercero comprador. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). El inmueble saldrá a la venta según constancias obrantes en autos Desocupado. Los bienes se subastan y adjudican en el estado en que se encuentran y no se admitirán reclamos de ninguna clase sobre la situación fáctica y/o jurídica de los mismos. Publíquense los edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo y fíjese en la cartelera respectiva del hall de Tribunales. Lo que se hace saber a sus efectos legales. El martillero fija domicilio en calle Paraguay 1244 de Rosario. Rosario, 19 de Agosto de 2014. Dr. Pedro Daniel Herrero, secretario.
S/C 238202 Ag. 25 Ag. 27
__________________________________________
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
MARIA LAURA MASSERA
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/Otros s/Apremio Fiscal - Expte. Nº 789/11”, se ha ordenado que la Martillera María Laura Massera, Matrícula Nº 1983-M-192, CUIT. 23-25171329-4, proceda a vender en Pública Subasta el día 3 de Septiembre de 2014, a las 11:00 horas, en el Juzgado Comunitario y de las Pequeñas Causas de la ciudad de Roldán, provincia de Santa Fe, con la base de $ 10.611,40, de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un 25%, y de persistir la falta de oferentes, en tercera subasta como última base el avalúo fiscal, el siguiente Inmueble, situado en la ciudad de Roldán (Lote 10 de la Manzana “B”, Sector: 43; Plano Nº 70853/1972) y que según su título se describe así: “...Un terreno Libre de edificación, situado en esta Provincia, Departamento San Lorenzo, Distrito Roldán, Zona Rural, designado con el número Diez de La manzana “B” en el plano inscripto bajo el número setenta mil ochocientos cincuenta y tres, año mil novecientos setenta y dos, según el cuaL se describe así: ubicado a los 30,56m. de una calle pública sin denominación, hacia el Norte, compuesto de 15,28m de frente por 42,09m de fondo, encerrando una superficie de 643,14m2, y lindando: al Este con calle pública; al Norte con lote 9; al Oeste con fondos del lote 15 y al Sud con el lote 11”.- El inmueble se vende en el estado de ocupación en que se encuentra -desocupado- según constancia de autos. De informes, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado, al Tomo: 200, Folio: 197, Nro. 179459, Dpto. San Lorenzo. El demandado No registra Inhibición. El inmueble No registra Hipoteca; Registra Embargo: al Tomo: 120E, Folio: 4065, Nro. 376105, de fecha 14/09/2011, por la suma de $ 16.040,64.- por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio alcanzado, con más la comisión de ley al Martillero (3%), más el 2% en concepto de tasa de remate conforme Ordenanza Municipal 482/06, todo al martillero en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, deberá cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. según la cual no podrá realizarse en efectivo debiendo optarse por los medios de pagos mencionados o depositar precio al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos. El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente al aprobarse la subasta, dentro de los cinco días de intimado el comprador, debiendo cumplimentarse también con lo dispuesto en la comunicación “A” 5147 BCRA. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Son a cargo del adquirente los impuestos, tasas y contribuciones (IVA y gastos centrales, si correspondiere) como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a su favor. No procederá la compra en comisión. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Las copias de los títulos agregados a autos están a disposición de los interesados para ser examinados, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales. Rosario, agosto de 2014. Fdo: Dra. Carla V. Gussoni Porrez, secretaria.
S/C 238187 Ag. 25 Ag. 27
__________________________________________
POR
MARIA LAURA MASSERA
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/Otros s/Apremio Fiscal - Expte. Nº 843/12”, se ha ordenado que la Martillera María Laura Massera, Matrícula Nº 1983-M-192, CUIT. 23-25171329-4, proceda a vender en Pública Subasta el día 3 de Septiembre de 2014, a las 10:00 horas, en el Juzgado Comunitario y de las Pequeñas Causas de la ciudad de Roldan, provincia de Santa Fe, con la base de $7.344,20, de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un 25%, y de persistir la falta de oferentes, en tercera subasta como última base el avalúo fiscal, el siguiente Inmueble, situado en la ciudad de Roldan (Lote 1 de la Manzana “78”, Sector: 53; Plano Nº 34204/1937) y que según su título se describe así: “... un Lote de terreno situado en Villa Flores, Roldan, departamento San Lorenzo en esta provincia, designado en el plano respectivo con el número uno de la manzana setenta y ocho compuesto de 10,66m de frente al Nor Este, 32,93m de fondo y frente en su costado Sud Este, 30,84m en su costado Nor Oeste y 10,45m de contrafrente al Sud Oeste. Lindando: al Nord Este, calle cinco; al Sud Este calle Diez; al Nor Oeste, lote dos y al Sud Oeste lote once.-“ El inmueble se vende en el estado de ocupación en que se encuentra -desocupado- según constancia de autos. De informes. Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado, al Tomo: 16, Folio: 269V, Nro. 26078, Dpto. San Lorenzo. El demandado No registra Inhibición.- El inmueble No registra Hipoteca; Registra Embargo: al Tomo: 121E, Folio: 3900, Nro. 387879, de fecha 15/10/2012, por la suma de $6.157,80.- por orden de este Juzgado y para estos autos.- Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio alcanzado, con más la comisión de ley al Martillero (3%), más el 2% en concepto de tasa de remate conforme Ordenanza Municipal 482/06, todo al martillero en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000.-, deberá cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. según la cual no podrá realizarse en efectivo debiendo optarse por los medios de pagos mencionados o depositar precio al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos. El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente al aprobarse la subasta, dentro de los cinco días de intimado el comprador, debiendo cumplimentarse también con lo dispuesto en la comunicación “A” 5147 BCRA. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Son a cargo del adquirente los impuestos, tasas y contribuciones (IVA y gastos centrales, si correspondiere) como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a su favor. No procederá la compra en comisión. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Las copias y los títulos agregados a autos están a disposición de los interesados en Secretaría para ser examinados, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales. Rosario, agosto de 2014. Fdo: Publicación sin cargo. Dra. Carla V. Gussoni Porrez, secretaria.
S/C 238190 Ag. 25 Ag. 27
__________________________________________