REGISTRADA BAJO EL Nº 12577
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco suscripto entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria y la Provincia de Santa Fe, representada por el Secretario de Agricultura, Ganadería y Recursos Naturales, el día 6 de Abril de 2005, con el objeto de entablar una relación institucional de colaboración, cooperación y complementación a fin de realizar en forma conjunta o coordinada con las estructuras técnicas del Ministerio de la Producción, acciones en el mejoramiento integral de la Producción y Comercialización Frutihortícola.
Dicho Acuerdo fue aprobado por Decreto N° 2262/05 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 27-04-05, bajo el N° 2427, Folio 115, Tomo V, que se agrega como anexo y forma parte integrante de esta ley.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2094
SANTA FE, 18 08 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.577 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Roberto Armando Ceretto
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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