JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
OSMAR ISDAL BENITEZ
Por orden Juzg. de 1a. Inst. en lo C. y C. de Distrito de la 4ta. Nom. de Rosario, Secretaría suscripta hace saber que en autos caratulados: COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/Otro s/Apremio, (Expte. 443/13), se ha dispuesto que el Martillero Benítez Osmar lsdal Mar. 981-B-88 CUIT 20-06044372-7, subaste el día 21 de Agosto de 2014 a las 11 hs. en las puertas del Juzgado Comunal de pueblo Esther y de resultar el día fijado inhábil o afectado por medidas de fuerza mayor se realizará el día hábil siguiente en igual hora y lugar el siguiente bien: un Lote de terreno el cual s/plano nº 79.406/74, es designado como Lote nº 2 de la Manzana “VIII” compuesto de una Sup. Total de 300 mts, dicho lote de terreno esta comprendido dentro de una mayor área de una Sup. Total de 11 has, 30 cas, 51 as, mide 632,34 mts en sus lados Norte y Sur por 203,10 mts en sus lados Este y Oeste, estos dos últimos rumbos líneas inclinadas, linda: al Norte con la Fracción antes descripta, al Sur con Alejandro J. Almagro, al Este con Camargo y al Oeste con Sucesores de Cirilo Nuñez. Dominio: Tº 272 C F° 1912 N° 93.313 Dpto. Rosario. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación atento al acta de constatación obrante en autos. Registro General informa: Lote descripto en el dominio indicado a nombre del demandado, registra Embargo: T° 122 E Fº 3573 Nº 382301 de fecha 04/10/2013 por $ 2.576,43. Orden Juzg. de 1ra. Inst. en lo C. y C. de Distrito de la 4ta. Nom. de Rosario, autos COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/MILITO, BESSONE y/o MONZA JOSEFA s/APREMIO (Expte. 443/2013). Hipotecas e Inhibiciones no registra.- El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación atento al acta de constatación obrante en autos, con la base de cinco veces el avalúo fiscal informado por la A.P.I.; esto es la suma de $ 699,05 de no haber postores con una retasa del 25% y de subsistir la falta de postores con una retasa del 25%, precio mínimo en que podrá salir a la venta el inmueble: quien resulte adquirente deberá abonar, finalizada la subasta el 20% del precio ofertado mas el 3% al Martillero en pesos o cheque certificado. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000 no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario. Sucursal 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. 2º Los impuestos, tasas, servicios de aguas y cloacas, contribuciones y eventuales expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente y deberá el Martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber sobre la circunstancia en el acto de martillar así como a cuanto asciende el importe de lo adeudado. 3°) para el caso de compra por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los electos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 4°) El Martillero deberá de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente, será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del CPCC y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos en el art. 497 del CPCC. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario Suc. 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá animismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el Martillero actuante a la A.F.I.P. Publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL. El adquirente del inmueble subastado, deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará, la transferencia de dominio a su favor. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que se tome conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta. Ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del CPCC. Ofíciese a la Sra. Juez Comunal de pueblo Esther. En autos en Secretaría a disposición de los interesados, obran copia de título y acta de constatación de la que se dará lectura en el acto, no aceptándose luego de la subasta, reclamos por faltas o insuficiencias en ellas. Téngase presente el día y hora fijados para la exhibición del inmueble a subastar. Notifíquese, (Expte. 443/13). Firmado Dra. Silvia A. Cicuto (Juez) y Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria; todo lo cual se hace saber a los fines de que por derecho hubiere lugar. Rosario, Junio de 2014. Daniela A. Jaime, secretaria.
S/C 235472 Jul. 25 Jul. 29
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POR
JORGE ALBERTO ROMERO
Por orden Sr. Juez Primera Instancia Distrito Civil Comercial Segunda Nominación, de Rosario, el secretario que suscribe hace saber que en autos: ALABERN FABREGA Y CIA. S.A. c/Otra s/Ejec. Prendaria (Expte. 191/13), se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero, (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor el día Cuatro de Agosto de 2014 a las 16,30 hs. en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos 238 Rosario) el automotor Dominio HKX933 consistente en Una Pich Up marca Toyota model Hilux 4x4 Cab Doble SRV 3,0 TDI con motor marca Toyota N° 1KD 7597205 y chasis marca Toyota Nº 8AJFZ29G586064473. Año 2008. Del informe del registro automotor de Rufino se registra la prenda que se ejecuta por $ 130.000 de fecha 21/09/2010 y embargo por los autos que ejecutan por $ 130.000 de fecha 23/10/13. Saldrá a la venta con la base única de $ 130.000 adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta en concepto de seña y a cuenta del precio el 15% del precio total de su compra con más el 10% de comisión de ley, y el saldo deberá depositarlo indefectiblemente dentro de las 24 hs. de la subasta en el Banco Municipal de Rosario Suc Colegio de Abogados y para éstos autos siendo la entrega inmediata y en el estado en que se encuentra luego de haber satisfecho el referido saldo de precio, advirtiéndose que luego del remate no se aceptará reclamo alguno y con la condición especial de venta que las deudas por patentes adeudadas son a cargo exclusivo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia del dominio. Exhibición a posibles adquirentes los dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 14 a 15 hs. en Maipú 948 Rosario. Conforme Resolución 745 Afip Cuit martillero 20-11270660-8 y DNI. propietario 22.797.054. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 4/7/14.
$ 240 235470 Jul. 25 Jul. 29
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