picture_as_pdf 2008-07-25
REGISTRADA BAJO EL Nº 12887

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Interinstitucional sobre Capacitación y Asistencia Técnica Recíproca, celebrado entre la Sindicatura General de la Provincia de Santa Fe, representada por el Síndico General de la Provincia, CPN Carlos Ronchi, y la Sindicatura General de la Nación, representada por el Síndico General de la Nación, Dr. Claudio Moroni, y el Convenio de Coordinación y Cooperación Técnica, suscripto entre el Comité de Auditoría Federal de la Red de Control Público, representada por el Síndico General de la Nación, y la Sindicatura General de la Provincia de Santa Fe, representada por el Síndico General de la Provincia, ambos en fecha 4 de octubre de 2007, con el objeto de fomentar la cultura del control interno en sus respectivos ámbitos, y de integrar la Sindicatura General de la Provincia de Santa Fe a la Red Federal de Control Público y la incorporación de la misma al Comité de Auditoría Federal, respectivamente, aprobados por el Poder Ejecutivo a través del Decreto Nº 2569 de fecha 2 de noviembre de 2007. 
Los documentos suscriptos, inscriptos en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 09 de octubre de 2007, bajo los Nº 3196 y 3197, respectivamente, Folio 200, Tomo VI, se agregan como anexo y forman parte de esta ley.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO. 
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Diego A. Giuliano
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores

DECRETO Nº 1703

SANTA FE, 14 jul 2008
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO: 
La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.887 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BINNER
Antonio Juan Bonfatti 
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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