picture_as_pdf 2008-07-25
REGISTRADA BAJO EL Nº 12879

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todos sus términos el Memorando de Entendimiento celebrado el día 05 de marzo de 2008 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por el señor Gobernador, Dr. Hermes Juan Binner y la Oficina Internacional del Trabajo en Argentina, representada por su Director Dr. Javier González Olaechea, con el objeto del establecimiento de un marco de cooperación entre la Provincia de Santa Fe y la OIT para la elaboración, promoción e implementación de un Programa Provincial de Trabajo Decente en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe. 
Dicho convenio fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 06 de marzo de 2008, bajo el Nº 3269, Folio 236, Tomo VI, que se agrega y forma parte integrante de esta ley.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO. 
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Diego A. Giuliano
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE,  17 JUL 2008
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
ANTONIO JUAN BONFATTI 
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa – Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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